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	<title>Menéame: comentarios [1105059]</title>
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	<description>Sitio colaborativo de publicación y comunicación entre blogs</description>
	<pubDate>Sat, 27 Nov 2010 23:18:36 +0000</pubDate>
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		<title>#5 El Gobierno ve insuficiente el anuncio de Batasuna porque 'no rompe con ETA'</title>
		<link>https://www.meneame.net/story/gobierno-ve-insuficiente-anuncio-batasuna-porque-no-rompe-eta/c05#c-5</link>
		<pubDate>Sat, 27 Nov 2010 23:18:36 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[<p>En &#34;comentarios&#34; como el que he hecho en <a class="tooltip c:1105059-4" href="https://www.meneame.net/story/gobierno-ve-insuficiente-anuncio-batasuna-porque-no-rompe-eta/c04#c-4" rel="nofollow">#4</a> suelo marcar en negrita lo que me parece relevante para la noticia. En este caso he sido incapaz, hay muchos puntos a los que agarrarse. Sobretodo si nos fijamos en el último párrafo que indica que el cambio de denominación no es relevante y que por lo tanto se debe tener en cuenta toda la historia previa del partido y verificar que ningún incumplimiento pasado haya quedado sin corregir.</p><p>&#187;&nbsp;autor: <strong>sorrillo</strong></p>]]></description>
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		<title>#4 El Gobierno ve insuficiente el anuncio de Batasuna porque 'no rompe con ETA'</title>
		<link>https://www.meneame.net/story/gobierno-ve-insuficiente-anuncio-batasuna-porque-no-rompe-eta/c04#c-4</link>
		<pubDate>Sat, 27 Nov 2010 23:15:34 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[<p><i>Artículo 9 de la Ley de Partidos<br />
<br />
2. Un partido político será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave:<br />
<br />
a) Vulnerar sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas, o la exclusión o persecución de personas por razón de su ideología, religión o creencias, nacionalidad, raza, sexo u orientación sexual.<br />
<br />
b) Fomentar, propiciar o legitimar la violencia como método para la consecución de objetivos políticos o para hacer desaparecer las condiciones precisas para el ejercicio de la democracia, del pluralismo y de las libertades políticas.<br />
<br />
c) Complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, tratando de someter a un clima de terror a los poderes públicos, a determinadas personas o grupos de la sociedad o a la población en general, o contribuir a multiplicar los efectos de la violencia terrorista y del miedo y la intimidación generada por la misma.<br />
<br />
3. Se entenderá que en un partido político concurren las circunstancias del apartado anterior cuando se produzca la repetición o acumulación de alguna de las conductas siguientes:<br />
<br />
a) Dar apoyo político expreso o tácito al terrorismo, legitimando las acciones terroristas para la consecución de fines políticos al margen de los cauces pacíficos y democráticos, o exculpando y minimizando su significado y la violación de derechos fundamentales que comporta.<br />
<br />
b) Acompañar la acción de la violencia con programas y actuaciones que fomentan una cultura de enfrentamiento y confrontación civil ligada a la actividad de los terroristas, o que persiguen intimidar, hacer desistir, neutralizar o aislar socialmente a quienes se oponen a la misma, haciéndoles vivir cotidianamente en un ambiente de coacción, miedo, exclusión o privación básica de las libertades y, en particular, de la libertad para opinar y para participar libre y democráticamente en los asuntos públicos.<br />
<br />
c) Incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas, o mantener un amplio número de sus afiliados doble militancia en organizaciones o entidades vinculadas a un grupo terrorista o violento, salvo que hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión.<br />
<br />
d) Utilizar como instrumentos de la actividad del partido, conjuntamente con los propios o en sustitución de los mismos, símbolos, mensajes o elementos que representen o se identifiquen con el terrorismo o la violencia y con las conductas asociadas al mismo.<br />
<br />
e) Ceder, en favor de los terroristas o de quienes colaboran con ellos, los derechos y prerrogativas que el ordenamiento, y concretamente la legislación electoral, conceden a los partidos políticos.<br />
<br />
f) Colaborar habitualmente con entidades o grupos que actúan de forma sistemática de acuerdo con una organización terrorista o violenta, o que amparan o apoyan al terrorismo o a los terroristas.<br />
<br />
g) Apoyar desde las instituciones en las que se gobierna, con medidas administrativas, económicas o de cualquier otro orden, a las entidades mencionadas en el párrafo anterior.<br />
<br />
h) Promover, dar cobertura o participar en actividades que tengan por objeto recompensar, homenajear o distinguir las acciones terroristas o violentas o a quienes las cometen o colaboran con las mismas.<br />
<br />
i) Dar cobertura a las acciones de desorden, intimidación o coacción social vinculadas al terrorismo o la violencia.<br />
<br />
4. Para apreciar y valorar las actividades a que se refiere el presente artículo y la continuidad o repetición de las mismas a lo largo de la trayectoria de un partido político, aunque el mismo haya cambiado de denominación, se tendrán en cuenta las resoluciones, documentos y comunicados del partido, de sus órganos y de sus Grupos parlamentarios y municipales, el desarrollo de sus actos públicos y convocatorias ciudadanas, las manifestaciones, actuaciones y compromisos públicos de sus dirigentes y de los miembros de sus Grupos parlamentarios y municipales, las propuestas formuladas en el seno de las instituciones o al margen de las mismas, así como las actitudes significativamente repetidas de sus afiliados o candidatos.<br />
<br />
Serán igualmente tomadas en consideración las sanciones administrativas impuestas al partido político o a sus miembros y las condenas penales que hayan recaído sobre sus dirigentes, candidatos, cargos electos o afiliados, por delitos tipificados en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal, sin que se hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión.</i><br />
<br />
Fuente: <a href="http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&#38;id=2002/12756" title="www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&#38;id=2002/12756" rel="nofollow">www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&#38;i</a></p><p>&#187;&nbsp;autor: <strong>sorrillo</strong></p>]]></description>
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		<title>#3 El Gobierno ve insuficiente el anuncio de Batasuna porque 'no rompe con ETA'</title>
		<link>https://www.meneame.net/story/gobierno-ve-insuficiente-anuncio-batasuna-porque-no-rompe-eta/c03#c-3</link>
		<pubDate>Sat, 27 Nov 2010 21:42:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>mmlv</dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p>Para PPSOE y todo su aparato propagandístico nunca será suficiente. <br />
<br />
Pero parece que esto ya no tiene marcha atrás, ahora si la paz está más cerca, el pueblo vasco no debe permitir ninguna vuelta atrás.<br />
<br />
<a href="http://www.youtube.com/watch?v=BgACim4XxCM" title="www.youtube.com/watch?v=BgACim4XxCM" rel="nofollow">www.youtube.com/watch?v=BgACim4XxCM</a></p><p>&#187;&nbsp;autor: <strong>mmlv</strong></p>]]></description>
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		<title>#2 El Gobierno ve insuficiente el anuncio de Batasuna porque 'no rompe con ETA'</title>
		<link>https://www.meneame.net/story/gobierno-ve-insuficiente-anuncio-batasuna-porque-no-rompe-eta/c02#c-2</link>
		<pubDate>Sat, 27 Nov 2010 21:36:31 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[<p>¿Quién es el Ministerio de Interior para dictaminar si la izquierda abertzale puede o no volver a las instituciones? ... serán los jueces, supongo, los que lo decidan.<br />
<br />
Se les ve el plumero, tanto al PSOE como al PP ... si la izquierda abertzale llega a poder presentarse, se les jode el montaje que tienen en Euskadi.</p><p>&#187;&nbsp;autor: <strong>--117328--</strong></p>]]></description>
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		<title>#1 El Gobierno ve insuficiente el anuncio de Batasuna porque 'no rompe con ETA'</title>
		<link>https://www.meneame.net/story/gobierno-ve-insuficiente-anuncio-batasuna-porque-no-rompe-eta/c01#c-1</link>
		<pubDate>Sat, 27 Nov 2010 21:32:35 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[<p>esto mismo decían de Iniciativa Internacionalista, y en las elecciones estuvo</p><p>&#187;&nbsp;autor: <strong>martingerz</strong></p>]]></description>
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