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Cómo es posible que la simple palabra de un mujer puede ser prueba suficiente para que te metan casi 10 años de prisión... Sinceramente, tengo miedo y pavor a las mujeres para ser heterosexual.

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Bueno, a Samantha Villar la exculparon de un delito de colaboración de un robo en Sevilla, pero como era periodista, pues está por encima de la ley.

Así que no creo que vaya ningún directivo a la cárcel por infligir el delito 402 de fingir la autoridad.

Por lo tanto chicos, si queréis pisotear las leyes en España, haceros periodista y escusarse siempre con "nuestro objetivo es el de informar"...

Sea PSOE, PP, IU, Partido comunista, ¡que más!, la cárcel es siempre para el estúpido ciudadano medio-bajo el resto está por encima de la ley.

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@11 -> Exactamente, Que pruebe a ver una semana solo y después que diga ... le podrán todo los lujos que quieras pero, al fin al cabo, están privados de libertad y eso no se compensa ni con "spa", ni langostinos, ni TV, ni piscinas, etc...

Aparte que en éste gobierno todo se justicia con la pena privativa... Si tiras un cigarro a la calle:carcel, si te da por gastar una broma por Internet: carcel, si (etc). Bueno realmente no es nuestro gobierno sino la herencia del PP antes de perder las elecciones.

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lo mismo o incluso peor:

Condenada a un año de prisión por hacer uso indebido de una dirección de correo electrónico privada

Hace 14 años | Por --85940-- a europapress.es


En ambos, según ley, debió ser 2 años (no solo por descubrir sino también por revelar) y a la mujer solo le cayo 1 año...

U

Es lo que digo yo... si el que lo hace es una mujer hacia un hombre la pena es de 1 año y si es al revés... le cae el doble de años... Así es la justicia Española, Sí señor..

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Bueno y entonces... ¿alguien me puede explicar como una mujer por robar 2 cuentas de correos y enviar datos de forma difamatoria además de imágenes con contenido comprometedores con el fin de hacer mella en la familia del ofendido le cae una pena de 1 año de cárcel y una multa de 2.160 euros y éste caso por un simple acceso le piden año y medio de cárcel más 4.500 euros de multa?... ¿porque si el que lo hace es hombre y el ofendido una mujer hay algún agravante por sexismo o supuesta violencia de género (puesto que el requisito necesario y suficiente es: victima -> 1 mujer y agresor -> 1 hombre)?...

No lo entiendo.

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@UGEUVE -> tienes razón, perdón, ya he actualizado la entradilla (gracias por el aviso)

LambdaLambda -> actualmente no hay ley penal que recoja tal acto en España, pero si se está planteando la misma para la próxima reforma del C. Penal. Este delito lo están persiguiendo por otra rama que tiene algo que ver en parte, pero no necesariamente toda intromisión es por querer invadir la intimidad.

U

Que yo sepa, actualmente en España el mero acceso no autorizado no está penado en el código penal, otra cosa muy diferente es el uso que se le diera a "posteriori" pudiendo recabar en delitos de estafa, chantaje, descubrimiento y revelación de secretos, suplantación de la identidad civil, etc.

A parte... ¿que tiene que ver la supuesta intención que supone el fiscal "con el fin de saber qué guardaba en su ordenador" con acceder a una cuenta online?¿o es que ahora si te acceden a tu correo webmail también pueden meterse en tu ordenador sin que te des cuenta y sin necesidad de software malicioso?¿o es que el fiscal no tiene muchos conocimientos técnicos por lo visto?.

Se está asociando últimamente cualquier intromisión a una cuenta (la simple intromisión) con el delito 197.1 del C.Penal que castiga algo totalmente diferente: el apoderamiento (que en este caso es justificado virtualmente) + un DOLO (querer descubrir los secretos o invadir la intimidad del ofendido).

Me parece injusto que se castigue igual al que invade realmente la intimidad para hacer daño (cosas de celos de parejas y tal...) con una simple intromisión y salida de la cuenta... Así está el País con más presos de la UE (es en lo único en lo que nos estamos pareciendo a USA por desgracia)

U

Son 20 años en un Centro penitenciario psiquiátrico. Vamos, sin eufemismos, a la cárcel para enfermos...

U

y digo yo... ¿que diferencia hay entre uno con 17 años y otro con 18 recien cumplidos?. Si los 2 cometen el mismo delito (un homicidio por ejemplo...) ¿al 1º lo dejan en libertad y al 2º lo encierran durante 20 años?...

U

Me adjunto a lo dicho por yoma (#3).

Si es que en este País lo de la presunción de Inocencia no existe me parece a mi...

"Es Ud. Culpable, ahora, Ud. se las había para demostrar su inocencia..."

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Tampoco creo que vaya al talego, sobretodo si no tiene antecedentes penales pero... buff yo creo que esa deja de hacer ese tipo de reportajes de por vida, aparte de si la condenan, llevar durante algunos añitos esa mancha.