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#38 A algunos no nos queda más remedio que trabajar con "La Caixa". Por ejemplo, en mi caso el constructor tenía la hipoteca con ellos, y cuando compré llevarme la hipoteca a otro lado me saldía mucho más caro. Aún así les doy el mínimo negocio posible (pago la hipoteca una vez al mes y nada más), y no tienen derecho a cobrarme ninguna comisión, aunque lo intenten.

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#23 #37 Bueno, y en un par de ocasiones tuve que presentar una queja al Banco de España después de 2 meses sin respuesta (y estamos hablando de cantidades ridiculas). Tan pronto como envié la reclamación al Banco de España entonces si que respondió La Caixa, sin llegar a esperar la Respuesta del BdE. El BdE es muy permisivo con los bancos: Después de 4 meses la respuesta fue en la línea de "La Caixa ya devolvió el dinero, archivamos la reclamación". Lo suyo era que alguna vez le pusieran una multa o algo.

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#23 "Atención al cliente" suele ser una buena opción. Puedes escribirles y en teoría puedes entregar la carta en cualquier sucursal (e incluso que te sellen una copia conforme la has entregado). A mi algunas veces se me han negado a recogerla (fundamentalmente en sucursales pequeñas de barrio). Hay que insistir e incluso pedir una hoja de reclamaciones si no acceden.

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#23 #37 Bueno, y en un par de ocasiones tuve que presentar una queja al Banco de España después de 2 meses sin respuesta (y estamos hablando de cantidades ridiculas). Tan pronto como envié la reclamación al Banco de España entonces si que respondió La Caixa, sin llegar a esperar la Respuesta del BdE. El BdE es muy permisivo con los bancos: Después de 4 meses la respuesta fue en la línea de "La Caixa ya devolvió el dinero, archivamos la reclamación". Lo suyo era que alguna vez le pusieran una multa o algo.

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Si en vez de alemán llega a estar en gallego o catalán sin traducción al castellano, la habrían acribillado a negativos.

Manolitro

#25 si no fuera porque es un microblogging de libro y a nadie le interesa el contenido, sino simplemente: mirad que hasta los alemanes piensan que esto es un cachondeo!

juvenal

#11 #28 #29 votad duplicada si queréis, pero me molesta que se diga que es microblogging cuando no cumple ninguna de las condiciones. Me he limitado a traducir el titular y la entradilla (con más o menos éxito porque esta claro que no se alemán) pero no he metido mis opiniones en ellas.

D

#31 El meneo tiene por objetivo destacar que un medio ponga cierto titular, no pretende menear el contenido de la noticia en sí. Por lo tanto, es microblogging.

salva6

#31 pide al@admin que la descarte. Creo que es lo mejor (tampoco va a afectar mucho a un K20 )

D

#31 Si el titular fuese "i nombre es Cristina y no sé nada" sabes que no te comerías un mojón, por eso lo completaste con "Frankfurter Allgemeine Zeitung: Mi nombre es Cristina y no sé nada".

¿Qué de relevante aporta este periódico al suceso? Nada que nosotros no sepamos. Ah, pero es que son alemanes. Y nosotros, en el más puro complejo landista, tenemos que menear un titular solo porque es de un periódico alemán.

#35 El artículo es bastante neutro y suave si lo comparas con otros muchos de la prensa española.

fincher

#36 Porque celebro que el Rey se haya despertado hoy con este titular (y otros) de la prensa internacional, y que trague sapos.

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#7 Es un número "redondo" para los que escribimos en hexadecimal: 25

O

#127 Los de la AESA son unos sinverguenzas.

La sentencia del caso C-549/07, Wallentin-Hermann v Alitalia, del 22/dic/2008, proporciona algo de claridad al Reglamento y viene a decir que fallos tecnicos rutinarios no son "causa extraordinaria" (en el caso de Alitalia era un fallo del motor)

No obstante, la AESA y el resto de organismos nacionales de los otros paises comunitarios (CAA UK, etc...) elaboraron un documento en el que especifican lo que consideran circunstancias extraordinarias.
http://ec.europa.eu/transport/themes/passengers/air/doc/neb-extraordinary-circumstances-list.pdf

Pero este documento ignora la jurisprudencia existente y favorece a las compañías aereas. hay que resaltar que este documento no cuenta con la probacion de la Comision Europea, y no tiene ninguna transcendencia juridica
http://www.bottonline.co.uk/aviation-latest-news/462-european-commission-clarifies-flight-compensation

La consecuencia es que AESA probablemente le dara la razon a la empresa y habra que ir a juicio. Pero en reclamaciones de hasta 2.000 euros es un proceso simple (incluso aunque la empresa sea extranjera) y no es necesario ni abogado ni procurador.

Lo siento, pero no tengo tildes.

O

El cálculo de 33g (33 veces su peso) es totalmente incorrecto. Para que fuera correcto los paracaidistas tendrían que pasar de los 45 m/s de la caída libre a los 8 m/s de la velocidad terminal en poco más de una décima de segundo, provocando casi seguramente una fractura del cuello.

D

#4 es lo que se llama fuerza de inercia (o algo así). Cuando el origen de coordenadas (el paracaidista) sufre una aceleración (frenazo del paracaídas) el objeto (calabaza) recibe una fuerza en dirección contraria igual a su masa por dicha aceleración (vamos, la calabaza pasa a pesar un huevo). Vamos, que la sensación que va a tener el paracaidista es que ese objeto que tiene en las manos tira hacia abajo con una fuerza equivalente a la de un objeto de 70 kilos. O al menos creo que era así hace 17 años, cuando lo vi en el instituto

Por cierto, no he comprobado las cuentas ni he mirado datos, pero me pasa como a #21, diría que el cálculo ha sido demasiado exagerado (habría que ver cuánto tiempo pasa entre esos 45 y 8m/s y si esos datos son correctos, que no digo que no sea correcto, pero a mi al menos me parece demasiado así de primeras).

O

Por lo que se ve, esto está lleno de expertos.

D

#76 En dos días tenemos ya una legión de especialistas en ASFA y ERTMS.