Hace 13 años | Por --18676-- a ladinamo.org
Publicado hace 13 años por --18676-- a ladinamo.org

Comunicado aparecido en el blog de La Dinamo, donde se explica que la tensa situación creada en la empresa Alalza Sistemas de Información, vinculada al Ministerio de Trabajo (Alalza realiza ahí tareas externalizadas), donde se está vulnerando flagrantemente el derecho de huelga.

Comentarios

D

"La huelga no era de funcionarios"

Estamos hablando de la huelga indefinida que se está dando AHORA en Alalza, una empresa que realiza tareas externalizadas por el Ministerio, no hablamos de la huelga del sector público, evidentemente. ¿Se entiende?

"¡Más vale que la gente aprenda sobre los derechos de los trabajadores y nos ahorre leer estupideces.!"

Más vale que la gente aprenda a leer y nos ahorrer leer estupideces

Wolverine

#5 Es que estoy de la huelga "fantasma" hasta las "trancas", y ya la veo por todos lados. sorry.

Ramen

#7 Esta es seria, y hay que reconocer el valor que tiene esta gente

D

la empresa para cumplir su contrato tiene que enviar "sustitutos"

No, la empresa NO puede hacer que trabajadores que no estén en huelga cubran el puesto de los que si están, sea en la propia empresa o en el cliente, es ilegal. Vulnera el derecho a la huelga, si fuera asi nunca se podría hacer huelga estando en el cliente.

Y tiene delito que esto pase en las mismas narices del propio Ministerio de Trabajo... ¡¡¡apañados estamos!!!

ES DECIR: si el Ministerio de Trabajo permite que se sustituya ilegalmente a trabajadores en huelga (dándoles acceso a Ministerio, asignándoles las tareas de los huelguistas...), está entonces vulnerando el derecho a la huelga gravemente, al igual que Alalza

Wolverine

La huelga era de funcionarios., y el servicio externalizado no lo realizan funcionarios.
Pues no se pueden poner de huelga por que no hay ninguna convocatoria.
El trabajador de esa empresa que se pusiera en huelga podría incurrir en una falta muy grave y podría ser despedido.

¡Más vale que la gente aprenda sobre los derechos de los trabajadores y nos ahorre leer estupideces.!

sharcashmo

Impresionante... eso sí que da asco.

Mucho hablar del derecho a trabajar de los no huelguistas, pero cuando por fin alguien tiene los cojones de ir a la huelga y defender sus derechos entonces EL PROPIO MINISTERIO se pasa la ley por el forro de los cojones. Sustituir a los trabajadores en huelga está prohibidísimo.

Me pregunto si el Ministerio ahora se auto-sancionará. En caso de hacerlo... ¿se cobrarán a sí mismos la multa?

Manda cojones!

D

aristegui, yo pondría más etiquetas: ministerio,trabajo,telefonica,esquiroles,etc, busca que seguro se te ocurren más.

Remarco esquiroles, porque los propios compañeros que os están suplantando, debería tener dos dedos de frente y respetar a sus compañeros, peeeeero... hay gente para todo.

D

"el artículo 8 en su apartado 10, de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (9), regula como sanción muy grave el acto del empresario que sea lesivo al derecho de huelga, consistente en sustituir a trabajadores en huelga por otros no vinculados “ al centro de trabajo “ al tiempo de su ejercicio. Una sentencia del TSJ de Galicia, de fecha 17 de febrero de 1998 (AS 1998/115), entre otras similares, establece que la prohibición de sustitución de huelguistas se extiende no sólo a trabajadores que no estuviesen en la empresa al momento del inicio del conflicto sino también a aquellos que estuviesen ligados a la empresa en ese momento pero en otros centros de trabajo" http://www.nodo50.org/caes/articulo.php?p=1281&more=1&c=1

ojovirtual

Creo que para que esto quede más claro, habría que leer antes esto: http://www.kaosenlared.net/noticia/cgt-convoca-huelga-indefinida-alalza-cesion-ilegal-ministerio-trabajo (que tampoco es que lo aclare mucho).

D

El ministerio tiene un contrato con una empresa para que haya x trabajadores durante x horas haciendo un cierto trabajo. Si las personas que están haciendo ese trabajo se ponen en huelga (en todo su derecho, ahora que he entendido que no se referían a la huelga de funcionarios) la empresa para cumplir su contrato tiene que enviar "sustitutos". Creo que la diferencia está en que el Ministerio no tiene contratadas a esas personas en concreto para ese puesto sino a "unas" personas, y tiene que tener gente siempre en esos puestos de trabajo. Diferente sería si tuviera contratado a personas concretas (con nombre y apellido) y en un día de huelga pusieran a un sustituto, eso sí que sería ilegal.

Lo de la tarjeta para fichar es simplemente control de acceso, no un contrato con esas personas...

#6 Gracias, mucho más claro con tu enlace

D

Wolverine, ok, la entradilla tampoco es clara del todo!!!

Saludos

Ramen

Aquí no son servicios mínimos. Aquí hay tres compañeros que están de huelga siguiendo los trámites legales (negociación previa, aviso a la empresa etc etc). La empresa, Alalza, ha puesto a otros tres trabajadores de la plantilla en los puestos de los compañeros de huelga ¡puestos que están en el propio ministerio!. Esto es completamente ILEGAL. Tanto el Ministerio como Telefónica (la responsable del proyecto) como Alalza (la contratadora) están incumpliendo la ley.

D

Ahí va mi meneo, para estos tres con dos cojo..es, y ovarios (que conozco el tema de cerca y conozco a un 33.3%)