1573
C&P Google responde que no lo es. En un comunicado de fecha 18 de febrero la Unión Europea ha insistido en que la dirección IP debe ser considerada dato personal y por tanto sometida a la normativa europea y nacional de protección de datos.
menéame
pero quizas con la ipv6 esto acabe y se considerarán completamente datos personales. Menuda mierda, no podré burlar a megauload jamás
Es más los 40 millones de españoles (para empezar) tenemos derecho a tener -cada uno- una IP propia.
¡¡Queremos todos nuestra IP!!
Cuanto paleto mandando por Europa, poddiós.
Personales son los datos de los que dispone el proveedor, y esos no se proporcionan con la ip, y además no garantizan que el usuario de la máquina es el mismo que contrató el servicio de acceso, es más, ni siquiera se puede garantizar que la máquina esté gobernada por un ser humano que casualmente se encuentre en la misma habitación.
Yo creo que lo que quiere decir la UE es que no se debe dar la búsqueda inversa, es decir, que al igual que con el nº de teléfono no se puede localizar al titular de la línea, con la ip no se podrá localizar al usuario de la misma.
Al final los dos vienen a decir prácticamente lo mismo, pero en rigurosidad gana google.
Tú pones en la policía una demanada porque te han pegado y durante el juicio en los trámites te dan a firmar unas hojas donde ves los datos de tu atacante y él cuando firma ve los tuyos(luego te amenaza)
Pones una denuncia por malos tratos y al agresor le dan tu dirección para que sepa de donde tiene que alejarse.
¿Alguien le ve lógica a todo esto? Son cosas que están pasando hoy día.
Tampoco tiene sentido tanta leche con la LOPD y tal, y luego la LSSI obliga a casi cualquiera que tenga una web y blog a poner todos los datos suyos, dirección, DNI, etc.
Si insisten es por alguna otra razón que no nos comentan, yo no hago nada por tener en mi web (cualquier cms graba las ips de los usuarios) direcciones IP si es imposible que pueda utilizarlas para identificar a alguien.
Cuando aparque en doble fila y venga un policía a pedirme que retire el vehículo o me multará, yo muy amablemente intentaré organizar un debate en torno a si realmente estoy en doble fila o son los demás los que están mal aparcados. Ya verás que rápido me hacen cumplir la ley.
Por otra parte estamos hablando de si una ip puede ser un dato personal o no, y a la conclusión que llego es que no, como dice google, pero solo porque la UE simplifica y se equivoca diciendo que la ip es un dato personal cuando entiendo que lo que se quiere decir es que no se va a permitir que se obtengan datos personales a través de la ip.
Cuanto paleto mandando por Europa, poddiós.
Personales son los datos de los que dispone el proveedor, y esos no se proporcionan con la ip, y además no garantizan que el usuario de la máquina es el mismo que contrató el servicio de acceso, es más, ni siquiera se puede garantizar que la máquina esté gobernada por un ser humano que casualmente se encuentre en la misma habitación.
Yo creo que lo que quiere decir la UE es que no se debe dar la búsqueda inversa, es decir, que al igual que con el nº de teléfono no se puede localizar al titular de la línea, con la ip no se podrá localizar al usuario de la misma.
Al final los dos vienen a decir prácticamente lo mismo, pero en rigurosidad gana google.
okeil Nó la IP identifica a una máquina en un determinado lugar, pero salvo que estés en una empresa o en un lugar público, si estás en tu casa identifica a la persona. Si tienes IP estática identifica directamente a la máquina, si tienes IP dinámica identifica la máquina, pero durante un tiempo determinado, que será hasta que el router/modem pierda la conexión con el servidor que nos dá el acceso, se del operador que sea.
Por lo tanto sí es un dato personal, por que o bien directamente o indirectamente identifica a la persona (titular del servicio), salvo que sea un sitio público o en una empresa (y sólo en algunos casos, por que basta que le pregunten al/a la empresario/a quien se sienta en determinado lugar).
www.agpd.es/upload/Canal_Documentacion/Informes%20Juridicos/Otras%20cu
Salu2
Para una investigación (criminal o no), que no sería lo que estamos discutiendo, la IP sería un indicio de la "persona" que realiza la acción, y nunca una prueba irrefutable.
Volviendo al DNI, si alguien utiliza tu documento para, por ejemplo, una transacción económica que queda impagada, inicialmente van a reclamarte a ti la deuda, hasta que tú denuncies el engaño. El engañado es el que te require el dinero, y puede ser capaz o no de localizar al estafador, pero tú ya estás dando indicios de que el acreedor ha cometido, como mínimo, un error, o que la estafa iba contra él.
Si con un dato tan personal como este se pueden producir situaciones como esta, con un número que identifica a una máquina (programable) en una red pueden ocurrir muchísimas más cosas desagradables.