Hace 10 años | Por poyeur a lne.es
Publicado hace 10 años por poyeur a lne.es

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dictado una sentencia por la que anula la fijación de los servicios mínimos para los servicios de urgencia hospitalarios en las movilizaciones de octubre de 2012 por entender que vulneraron el derecho a la huelga. El TSJA argumenta esta estimación "ante la falta de la adecuada proporcionalidad entre los servicios mínimos acordados por la Administración Sanitaria del Principado de Asturias y el ejercicio del derecho de huelga al mantener el 100% de los servicios de urgencia".

Comentarios

D

¿Y ahora que?... Pues nada, estas sentencias tendrían que añadir castigo para quien los decreta

poyeur

Es que con servicios mínimos de un 100% se cantearon un pelín... #1, totalmente de acuerdo