Hace 5 años | Por --596443-- a 20minutos.es
Publicado hace 5 años por --596443-- a 20minutos.es

Una joven de 20 años, testigo de Jehová, se encuentra ingresada en el hospital San Jorge de Huesca en estado crítico, que se prolonga por la imposibilidad de realizarle una transfusión de sangre en concordancia con lo dispuesto en su testamento vital a causa de los preceptos religiosos de la denominación religiosa a la que pertenece, según publica este jueves el diario Heraldo de Aragón.

Comentarios

D

Problema suyo. Fin.

stigma1987

#1 ojalá...el problema como siempre se lo comerán los médicos por inseguridades jurídicas. Como bien cita en #16

manuelpepito

Voy a abrir un debate un poco chungo.
Esta persona esta en el hospital costandole un dineral al erario publico por rechazar una solucion facilmente aplicable
¿Que se debe hacer con esta gente?
-¿Mandalo a su casa?
-¿Cobrarle el sobreprecio de su decision?
-¿Tratarlo acorde a sus deseos?

j

#9 Es un ciudadano y tiene derecho a la sanidad pública, y en ningún sitio dice nada de que la sanidad debe actuar como un dictador, expulsando a quien no le parece que haga lo que los médicos digan. ¿A un fumador se le debe negar la sanidad pública?¿A un accidentado por exceso de velocidad hay que negarle la atención pública?

O

#5 #13 Se ruega la utilización del lenguaje inclusivo en todas las facetas de la vida. En este caso, si cabe, más, ya que se trata de una mujer. Gracias.

j

#21 Hay que respetarLA, es decir, respetar su decisión, y decisión es una nombre de género femenino. Es un error gramátical (concordancia de género). NO se trata de inclusividad.

O

#39 De tu comentario: es un ciudadano.
Recuerda, asimismo, la segunda frase de mi comentario. Primero hablo del lenguaje inclusivo para cachondearmen de quienes lo propugnan y en segundo lugar, matizo que se refiere a una mujer. Gracias.

strike5000

#9 #13 La pregunta sería, ¿tiene el paciente derecho a elegir el tratamiento por encima del dictamen médico? Porque una cosa sería el derecho a rechazar un tratamiento, que creo que sí debe tenerlo, y otra exigir un tratamiento alternativo con la misma o menor eficacia y un coste mayor.

jabujavi

#29 This!
Es como:
- Tengo una caries.
+ Ok la solución es un simple empaste.
- Nope. Mi religión exige que me hagas un implante completo que cuenta 100 veces más.
+ Ok, marchando implante.
...
Simplificado mucho pero....

j

#38 El ejemplo del dentista no vale, por encima de las extracciones la sanidad pública no te da nada.
Así que busco otro. Una hernia y un miedo total a las intervenciones quirúrgicas, así que me voy apañando con bragueros y esas cosas. La hernia se pone tonta y me provoca una obstrucción intestinal ¿dejo de tener derecho a una intervención de urgencia?

D

#41 "La hernia se pone tonta y me provoca una obstrucción intestinal ¿dejo de tener derecho a una intervención de urgencia?"

SI, porque no es matematico las consecuencias medicas, es un accidente a posteriori, algo no previsible. pero es 100x100 previsible que lo que dice la pirada de jehova va a tener un coste mucho mayor, deberia pagarlo. Ademas, en el caso que pones toda intervencion tiene riesgo implicito.

j

#51 Realmente este tema es más complicado de lo que parece si nos ponemos a pensar. De entrada el tema económico tratándose de una vida humana en mi opinión debiera salir fuera de la discusión. De seguido eliminaría los insultos a quien no opina o actúa según nuestros criterios.
Luego una hernia inguinal si no se cura existe un porcentaje muy alto, pero muy alto, de que se estrangule. Pero he puesto ese ejemplo como podría haber puesto otro, que los hay. Si alguien se niega a recibir tratamiento por un tumor por ejemplo por miedo a los efectos secundarios por ejemplo. Piensa y hay bastante situaciones donde el paciente no acepta un tratamiento y acaba peor con necesidad de tratamientos extras.
No obstante pongamos el caso de una huelga de hambre, cuando la persona corre peligro de muerte la ley obliga a alimentarlo contra su voluntad. ¿sería este caso análogo?
La eutanasia: una persona decide dejar de vivir ... ¿sería aceptable?
En fin no es tan simple como pueda parecer. La vida humana es propiedad de la persona... sin embargo el suicidio no es legal.

D

#56 una cosa es negar un tratamiento y otra aceptar otro mas caro, peligroso y peor.
Aunque te compro que quiza estos casos son tan tan excepcionales que mejor no hacer nada...

E

#9 Aunque apetece desenchufarlo, toca mantenerlo.

Porque esa misma lógica se puede aplicar a cientos de casos de gente que llega echa mierda de un accidente que tuvieron por ir conduciendo borrachos, el que sufrió una embolia por negarse a perder peso aunque se lo dijo el médico 20 veces, el que aparece con cáncer de pulmón despues de que le mandasen dejar de fumar hace 10 años pero no quiso... Ellos también lo tuvieron fácil en su momento, pero tomaron la decisión estúpida.

A mi también me apeteceria ahorrar dinero con esos casos que se han buscado la ruina ellos solos, pero estamos en una sociedad civilizada y toca apechugar con estos casos.

ur_quan_master

#9 La solución a medio plazo es sencilla pero se descarta/pospone por el poder que tienen los magufos de las religiones aún en el siglo XXI.
Hay que prohibir los preceptos religiosos que vayan en contra de los derechos constitucionales de las personas , dar un tiempo a las religiones para que se adapten y en caso contrario prohibirlas y encarcelar a sus líderes.

D

#9 cobrarle el sobreprecio

vvjacobo

Murió haciendo lo que más le gustaba hacer: el gilipollas.

skaworld

Si diosito asi lo quiere que se haga su voluntad.

santiellupin

#3 Amen! el vivo al bollo y el muerto al hoyo!

La selección natural tiene modos de manifestarse absolutamente desconcertantes!

D

#3 Que diosito quiera lo que quiera. Por mucho que ponga en su testamento vital, en el momento en que pierda el sentido los médicos están obligados a hacer todo lo posible para mantenerla con vida existiendo un tratamiento posible que lleve a su curación.

Es patético en este país cómo cada juez puede interpretar como le de la gana las leyes con un margen tan amplio.

En la legislación se establece que el testamento vital refleja los límites de tratamiento que desea una persona cuando se enfrenta a una enfermedad o padecimiento incurable o terminal que le lleve a la muerte con toda probabilidad, pero no pueden establecerse procedimientos contrarios a la ley, como la eutanasia activa, ni tampoco puede reflejar actuaciones contrarias a las buenas prácticas clínicas, esto es, al conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar una enfermedad en un momento concreto.

Es decir, si en un momento concreto el enfermo necesita una transfusión para curarse ésta debería administrársele sí o sí, como se ha hecho en otros muchos casos, incluso a hijos de testigos de jeovah aún negándose sus padres: no se trata de una enfermedad terminal, y forma parte del conjunto de prácticas medicas adecuadas para tratar una enfermedad.

O aceptamos legalmente la eutanasia (porque esto no es más que una forma de eutanasia) o no podemos dejar a unos hacer por la fe, lo que a otros no se les permite por simple criterio o decisión propia, pero ya vale de que cada juez interprete, como en tantos casos, la ley como le sale de los cojones, y ya vale de doble moral.

skaworld

#16 Las leyes mundanas no son nada ante la omnipotencia de jesus niño diosito, si su deseo es que te retuerzas de dolor hasta desear no haber nacido mientras te revuelves en tus propios excrementos mezclados con sangre, sin duda forma parte de su plan, que asi sea y que ningun hombre se interponga en sus designios

strike5000

#16 ¿El testamento vital no es precisamente para eso? ¿Para dejar claras tus intenciones y voluntades en caso de perder la consciencia?

D

#28 En caso de perder la conciencia ante un padecimiento irreversible o terminal que lleve a la muerte con toda probabilidad.

swapdisk

#35 No, en caso de no estar en condiciones de expresarte por ti mismo, lo dices antes. INFÓRMATE.

Caresth

#16 En el caso de los niños está claro: prevalece el interés del menor y los padres no son quien para condenarlo a muerte. En este caso, eres adulto y responsable. No es eutanasia, puesto que el médico no hace nada para que mueras. Tú rechazas el tratamiento y no debería haber ningún problema, igual que si hubieses decidido no ir al hospital. Se te advierte de las consecuencias, firmas y punto. Tenemos demasiada manía de meternos en la vida de los demás. Otra cosa es que lo consideremos incapaz y se le inhabilite.

D

#33 No es eutanasia, puesto que el médico no hace nada para que mueras.

Si no se trata de una enfermedad terminal, no es cuestión de que no haga nada para que mueras, sino que no hace lo adecuado para que vivas, a lo que está obligado, y según cómo se le crucen los cables a los familiares puede ser considerado incluso de homicidio. Ojito con el lío legal que hay en este país sobre el tema.

Tenemos demasiada manía de meternos en la vida de los demás
Para nada, lo que quiero decir es que si el Estado se mete en la vida de alguien, que sea en la de todos o en la de ninguno, no que quede a criterio de un juez según le salga de los cojones, y que exista una normativa clara al respecto, que defienda los intereses de todos: afectados y sanitarios.

Caresth

#34 Ahí tienes toda la razón: las leyes de este país son de coña, con el típico caso de "esto es así, salvo..."
No conozco la legislación sobre la obligación de los médicos de mantenerte vivo, pero si necesito un consentimiento informado para una operación sencilla, debería haber una exención de responsabilidad si yo rechazo el tratamiento.

swapdisk

#34 No, no está obligado. LEE LA NOTICIA. La jueza que sabe más que tú de esto lo ha dicho claro. ¿Es lo que ha firmado? Nada que discutir, sobreseído.

m

#16 Creo que estás totalmente equivocado, si a mí, por ejemplo, me diagnostican un cáncer, el que sea da igual, tengo derecho a no ser tratado de él si no me da la gana, en España no hay obligación de seguir un tratamiento médico y es lo que refleja el testamento vital y es lo que el juez ha dicho que se respete, a ningún médico le va a pasar nada legalmente por respetar la voluntad del paciente, un médico no es un juez al que hay que obedecer en sus resoluciones.

D

#52 Creo que no me has leído, o no me has entendido.

m

#53 Te he entendido perfectamente y si ahora mismo fuese al médido y éste me diagnosticase un cancer que podría tener tratamiento pero que si no se le trata me muriese y yo renunciase al tratamiento no hay ley en España que me pueda obligar a tomar ese tratamiento y el médido no sería responsable de absolutamente nada ya que no tiene poder para obligarme. Y los familiares pueden ponerle a los médicos las querellas que quieran, ahora mismo hay un juez que ha dicho que el testamente vital es totalmente válido y por tanto es la voluntad del paciente por lo que ellos son totalmente irresponsables de lo que pase o deje de pasar así que sí, te he leído, he entendido tu razonamiento y sigo creyendo que estás totalmente equivocado. Por cierto ¿eres abogado?

D

#54 No, no me has entendido.

m

#55 Y te lo vuelvo a repetir, te he entendido perfectamente, el que no tiene nada claro de que va esto eres tú y por eso te he preguntado si eres abogado porque por tus afirmaciones creo que no. Dices:

En la legislación se establece que el testamento vital refleja los límites de tratamiento que desea una persona cuando se enfrenta a una enfermedad o padecimiento incurable o terminal que le lleve a la muerte con toda probabilidad

y en la legislación, hablamos de la española que es donde estamos y donde se da el caso, no pone eso, la ley del testamento vital en España pone en su artículo 11, punto 1:

1. Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas.

Vamos, que ahí no pone, como afirmas, lo de enfermedad incurable o terminal, eso te lo has inventado por eso dudo de que seas abogado. El testamento vital sólo regula la voluntad del paciente cuando no sea capaz de expresarlas personalmente, lo que decía antes de que yo, conscientemente, puedo renunciar a un tratamiento aunque ello suponga que voy a morir y ello es totalmente legal y los médicos no cometen ningún delito. Te lo repito, no tienes ni idea de lo que has dicho y estás totalmente equivocado.

D

#58 Eres un poco pesado. Te repito que no me has entendido. Lo que me contestaste ya en tu primer mensaje no tenía nada que ver con lo que dije. Si tú quieres insistir es tu problema, pero me aburre un debate donde ya desde la primera intervención lo que dices no tiene que ver con lo que digo, y empiezo a sospechar que por desconocimiento.

Un saludo.

PD: No existe ninguna "Ley del testamento vital". Afectan a lo que estamos hablando una ley, que no lleva ese nombre, un real decreto, y normativa específica de cada comunidad Autónoma. Buscarlo te lo dejo como ejercicio. La parte que "me he inventado" me apuestas algo interesante y te pongo la fuente, si no, pensaré que acusas a los demás de desinformados y de "no tener ni idea" desde el desconocimiento.

m

#59 PD: No existe ninguna "Ley del testamento vital". Afectan a lo que estamos hablando una ley, que no lleva ese nombre, un real decreto, y normativa específica de cada comunidad Autónoma. Buscarlo te lo dejo como ejercicio. La parte que "me he inventado" me apuestas algo interesante y te pongo la fuente, si no, pensaré que acusas a los demás de desinformados y de "no tener ni idea" desde el desconocimiento.

Es como se conoce a la ley https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-22188 así que no desvíes, y en esa ley publicada en el BOE no pone absolutamente nada de enfermedad o padecimiento incurable o terminal, nada, absolutamente nada y eso es lo que vale, lo que hay publicado en el BOE, luego cada comunidad ha podido desarrollar la suya propia pero no se ha podido salir de la nacional, punto. Y te lo vuelvo a repetir, ni zorra idea de lo que hablas, has metido la pata engañando y en lugar de rectificar venga, para adelante.

swapdisk

#59 eres tú el que no se entera:

https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-22188


Artículo 11. Instrucciones previas.
1. Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas.

2. Cada servicio de salud regulará el procedimiento adecuado para que, llegado el caso, se garantice el cumplimiento de las instrucciones previas de cada persona, que deberán constar siempre por escrito.

3. No serán aplicadas las instrucciones previas contrarias al ordenamiento jurídico, a la «lex artis», ni las que no se correspondan con el supuesto de hecho que el interesado haya previsto en el momento de manifestarlas. En la historia clínica del paciente quedará constancia razonada de las anotaciones relacionadas con estas previsiones.

4. Las instrucciones previas podrán revocarse libremente en cualquier momento dejando constancia por escrito.

5. Con el fin de asegurar la eficacia en todo el territorio nacional de las instrucciones previas manifestadas por los pacientes y formalizadas de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de las respectivas Comunidades Autónomas, se creará en el Ministerio de Sanidad y Consumo el Registro nacional de instrucciones previas que se regirá por las normas que reglamentariamente se determinen, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud

Cómo bien te dice #62

D

#66 Entiendo que es muy fácil jugar a los abogados sin tener los más mínimos conocimientos. Pero de veras que es cansino tener que explicar a profanos estos conocimientos al respecto a quienes se han leído un BOE y se piensan Perry Mason, que por desgracia son legión. Si leyendo en Google hay quien se piensa médico repartiendo prescripciones a diestro y siniestro y recomenando acerca de tratamientos o automedicándose, es decir, jugando con su salud, imagínate lo barato que sale jugar a ser jurista. Luego se dan contra la realidad cuando van a un despacho de abogados a intentar que defiendan lo que ellos creen que es la Ley. O peor, cuando dan con abogados sin escrúpulos que los ven venir y les dicen "si si... tienes razón, dame 3mil euros y te lo defiendo" pensando "ya le dará la torta el juez".


La jueza que sabe más que tú de esto lo ha dicho claro

Que sabe más que tú del tema está claro, pero pecas de nuevo de arrogancia al pensar que sabe más que yo, especialmente cuando no tienes idea de quien soy ni mis conocimientos; basta decir que mi criterio se basa en sentencias del Tribunal Supremo que está claro la jueza no conoce ni tú tampoco (chorprecha! los jueces no son dios!). Y no es culpa de la jueza, el ritmo que se lleva en un juzgado queda lejos, para la mayoría de causas, de la tranquidad, pausa y sosiego que estás acostumbrado a ver en la tele mientras te zampas unas palomitas y tienes tus erecciones fantanseando con ser abogado. Es por esto que instancias superiores están siempre saturadas.

¿Sabes lo que es la "lex artis"? ¿Sabes que en caso de menores de 12 años, para lo que estamos hablando, no existe ninguna diferencia?

El tema de menores es harina de otro costal y no aplica en esta noticia

No, no lo sabes. Voy a usar tus mayúsculas, para que me entiendas en tu idioma. Por supuesto que se aplica, ¿conoces algo del tema de menores? SI TE LO HUBIESES LEÍDO...

Haberse leído la noticia en este caso ayuda
Yo me he leído la noticia. Haberse leído algo sobre leyes ayuda. ¿TÚ LO HAS HECHO O TE BASAS EN LO QUE DICE LA NOTICIA DE UN PERIÓDICO PARA DAR POR CULO CON TEMAS LEGALES QUE DESCONOCES?.

Te dejo nuevamente tarea para casa. Ponte a buscar y leer sentencias, que están todas las referencias. Luego me cuentas tus conclusiones:

"No obstante, un defecto en la prestación del consentimiento no genera responsabilidad en todo caso. La declaración de responsabilidad patrimonial (art. 139,1 Ley 30/1992, de 26 noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -EDL 1992/17271-) requiere que se haya ocasionado un resultado lesivo como consecuencia de las actuaciones médicas realizadas sin tal consentimiento informado (STS de 13 julio 2007, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, sec. 6ª, rec. 6354/2002 -EDJ 2007/92386-). En la actualidad la Sala reafirma que "ha evolucionado en esa cuestión del defecto u omisión del consentimiento informado desde una postura que lo reputaba en sí mismo constitutivo de un daño moral grave, distinto y ajeno al daño corporal derivado de la intervención y por tanto indemnizable (así, en la Sentencia de 4 abril 2000 -EDJ 2000/9963-), a otra que afirma como regla o principio que la mera falta o ausencia de aquél no es indemnizable si no concurre el elemento del daño antijurídico (así, entre otras, las Sentencias de 26 marzo 2002 -EDJ 2002/15243-, 26 febrero 2004 -EDJ 2004/7534-, 14 diciembre 2005 -EDJ 2005/289144-, 23 febrero 2007 -EDJ 2007/10592-, 1 febrero -EDJ 2008/17250- y 19 junio 2008 -EDJ 2008/97603-, o las de nuestra Sala Primera, de lo Civil, de 23 octubre 2008 -EDJ 2008/190074- y 30 junio 2009 -EDJ 2009/158045-)" (Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, sec. 4ª, Sentencia de 24 febrero 2010, rec. 2302/2008 -EDJ 2010/14275-). Por consiguiente, aun cuando el consentimiento informado no se hubiera completado en forma, tal ausencia por sí sola no genera la responsabilidad. Parece sin embargo una vuelta a la anterior posición la Sentencia de 3 enero 2012 (Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, sec. 4ª, Sentencia de enero 2012, rec. 7014/2010 -EDJ 2012/2035-) que insiste en la autonomía del daño en caso de inadecuada información a la paciente."

INFÓRMATE.

swapdisk

#71 ¿Que me informe yo?

Tu has dicho que el registro de Voluntades anticipadas no estaba para eso, que sólo en casos muy particulares.... y no es cierto.

Ahora me sales con palabrería e insultos, tu verás. De tus palabras te juzgaba contra lo que la jueza contesta, que muy acertadamente ha dicho que no hay nada que hacer. Por otro lado, has caído en lo insolente y rayando lo soez. No me interesa la abogacía, hace mucho decidí no ser abogado, principalmente por aquello de que "no tienen corazón ni entrañas y su cabeza y su culo son intercambiables" (es un chiste muy viejo, por si te lo piensas tomar como un insulto).

La realidad, rollo legal aparte, es muy sencilla: si eres adulto y tienes derecho a decidir, decides sobre tu cuerpo. Y lo que no das permiso a hacer, consciente o inconsciente, sobre todo si te has molestado en escribir que no quieres que se haga, pues no se hace. Y tu decides, no tu padre o tu madre por el hecho de que estés inconsciente. Esos episodios de House de "pónganlo en coma inducido y luego consigan que la madre firme un consentimiento" son, afortunadamente, fantasmadas.

No hace falta ser Perry Mason ni usar lenguaje complicado, señor letrado. Lo que usted dijo en sus comentarios no era cierto. El paciente decide, y su voluntad se respeta, no hay nada que añadir. Cualquier otra cosa (en un adulto) es intentar conseguir autorización legal para una violación de la integridad de su persona.

Dices: "El tema de menores es harina de otro costal y no aplica en esta noticia

No, no lo sabes. Voy a usar tus mayúsculas, para que me entiendas en tu idioma. Por supuesto que se aplica, ¿conoces algo del tema de menores? SI TE LO HUBIESES LEÍDO..."


Igual estabas tan concentrado en rebatir que no leías o no me expresé con claridad. Un adulto tiene derecho a decidir lo que se hace sobre su cuerpo. No su médico. En el caso de un padre, tiene derecho a decidir sobre su hijo, pero ese derecho tiene limitaciones, para evitar abusos sobre la integridad del menor. Por eso digo que es harina de otro costal, que ahí puede que el juez decida meterse si cree que el padre es un zumbado que está haciendo daño al niño. ¿Es incorrecto, rollo legal aparte, la idea que acabo de expresar?

La verdad es la verdad, dígala Agamenón o su porquero. Llamarme ignorante no me quita la razón.

D

#66 Por cierto, cuando acabes con eso me avisas, que tengo más. Si será por literatura jurídica y jurisprudencia al respecto...

swapdisk

#72 ¿a que parte de esa literatura va a ser la que ha permitido a esa persona tomar una decisión, dejarla escrita y que luego una jueza la respete a pesar de la presión de la familia y el médico?

Deja de ir de sobrado hombre, que los petulantes no caen bien.

D

#75 Sí, te voy a hacer un resumen de esa "parte de esa literatura" y te lo voy a explicar vestido de teletubbie, para que tú lo entiendas. Tú no leas, no vaya a ser que te confundan con alguien que ha terminado la ESO.

Si hago una afirmación y en un alarde de orgulloso desconocimiento me contestas con gaitas que por un lado no son ciertas y por otro ni vienen al caso y encima con ínfulas de "tú no sabes de qué hablas" es que soy yo el que no tengo ni idea; si ante tu pesadez te saco información sobre por qué estás equivocado como para parar a un caballo, entonces es petulancia. El win-win del ignorante.

Los que no caen bien son los listillos, que llaman petulantes a los demás cuando los dejan en su sitio precisamente por ir "de sobraos" por haber hojeado un BOE.

swapdisk

#76 gaitas que no son ciertas, vale, recapitulemos... el juez sigue decidiendo igual, la voluntad de la paciente sigue registrada, su voluntad se sigue respetando a pesar de lo que digan los familiares, el registro donde está la voluntad sigue existiendo y funcionando ... pues los abogados tenéis una curiosa forma de no ver la realidad que se opone a su punto de vista.

¿Gaitas que no son ciertas? El BOE que cité existe, el registro existe y funciona.
¿Que te he dicho que no hacen falta "circunstancias excepcionales" para que se tenga en cuenta el registro? Cierto es. ¿Que te he dicho que se respeta lo que hay ahí? Cierto es.
¿Que te he dicho que ese registro existe y hay una ley al respecto? Cierto es

Yo no he hecho ningún alarde de "orgulloso desconocimiento" ni te he contestado con "gaitas que no son ciertas y no vienen al caso" y si sueltas una patochada como la que soltaste cuando te dije que "no tienes ni idea" pues tendrás toda la idea que quieras y te sabrás todas las sentencias desde 1800 hasta aquí de memoria, pero lo que afirmado no era cierto y era exactamente lo que diría alguien que no tiene ni idea.

Sinceramente, la primera vez que rayaste lo insolente y lo soez me dio igual, pero sigues sin tener razón y sigues fundamentando tu argumentación en insultos y empieza a ser molesto. Básicamente a estas alturas me da igual, no pierdas más el tiempo conmigo, quien me insulte me sobra, en serio.

D

#77 No he pasado de leer la mitad del primer párrafo, para cerciorarme de que no te has leído la jurisprudencia que te relaté.

Un saludo y te repito: acábate la ESO.

swapdisk

#78 nada, ahora mismo me olvido de lo aprendido las ultimas décadas y me vuelvo a sacar la ESO, muchas gracias por tu orientación, estaría perdido sin ti. ¡Anda, espera! Que no, que yo soy de los de EGB, BUP, COU y carrera... vaya... cosas que pasan. Pero nada, ahora mismo te hago caso ¿eh?

Eso si, la realidad va a seguir sin ser como a ti te gustaría, por más que la marees.

D

#79 EGB, BUP, COU y carrera...

lol lol lol lol

swapdisk

#80 Si, y parvulitos de los 4 a los 6 años. No recuerdo si antes me llevaron a guardería, creo que no... ¿algún problema?

D

#82 goto #80

swapdisk

#78 A ver, pegando tu comentario #16 de antes.... te contesto en clarito, que tanto insulto empieza a molestar....

Que diosito quiera lo que quiera. Por mucho que ponga en su testamento vital, en el momento en que pierda el sentido los médicos están obligados a hacer todo lo posible para mantenerla con vida existiendo un tratamiento posible que lleve a su curación. --> Falso, el paciente tiene derecho a rechazar un tratamiento , independientemente de que se vaya a morir o no. Puede pedir sólo cuidados paliativos, por ejemplo. O pedir irse a casa sin tratamiento. O no dejar que le hagan algo. Es su derecho.

Es patético en este país cómo cada juez puede interpretar como le de la gana las leyes con un margen tan amplio
. --> Si, es patético, pero en este caso el juez no ha "interpretado" nada, ha "aplicado"... pensé que en la facultad de derecho os lo explicaban ¿o ya no?

En la legislación se establece que el testamento vital refleja los límites de tratamiento que desea una persona cuando se enfrenta a una enfermedad o padecimiento incurable o terminal que le lleve a la muerte con toda probabilidad, pero no pueden establecerse procedimientos contrarios a la ley, como la eutanasia activa, ni tampoco puede reflejar actuaciones contrarias a las buenas prácticas clínicas, esto es, al conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar una enfermedad en un momento concreto
. --> Si, ahí sale lo de la "lex artis" médica, pero puedes rechazar un tratamiento. No aceptar un tratamiento es un derecho. Si no te gusta se siente, es así. Si mañana decides (espero que no) que no quieres quimio y prefieres morir tranquilo, es tu decisión, no vendrá un médico a decirte que lo tienes que hacer y obligarte. La parrafada distrae pero no cambia la realidad.

Es decir, si en un momento concreto el enfermo necesita una transfusión para curarse ésta debería administrársele sí o sí, como se ha hecho en otros muchos casos, incluso a hijos de testigos de jeovah aún negándose sus padres: no se trata de una enfermedad terminal, y forma parte del conjunto de prácticas medicas adecuadas para tratar una enfermedad. --> NO, sigue siendo falso. Primero, el paciente tiene derecho a rechazar el tratamiento. Segundo, una falacia en la frase... el "necesita... para curarse sí o sí..." El médico no puede asegurar ni predecir, puede afirmar que es el mejor tratamiento que el conoce o sabe aplicar. Y el paciente tiene derecho a decidir. Y, mira por donde, tan necesaria no era, la chica se está recuperando.

O aceptamos legalmente la eutanasia (porque esto no es más que una forma de eutanasia) o no podemos dejar a unos hacer por la fe, lo que a otros no se les permite por simple criterio o decisión propia, pero ya vale de que cada juez interprete, como en tantos casos, la ley como le sale de los cojones, y ya vale de doble moral. --> No, sigue siendo falso. No es una forma de eutanasia rechazar un tratamiento, ni siquiera eutanasia pasiva, como no lo es un "no RCP". Y además, dado que la chavala no se ha muerto, no hay eutanasia que valga. Y tus apreciaciones sobre lo que vale que el juez haga o no, sobran.

Y como la realidad es que el paciente sigue teniendo derecho a decidir lo que permite que le hagan con su cuerpo (no el médico ni los familiares) y además hay un instrumento legal para que lo pueda dejar escrito para que cuando no pueda seguir expresándose de voz nadie viole su decisión, todo lo que has argumentado son tonterías. Sácate toda la jurisprudencia que quieras por medio, busca detalles, huecos, bordes... lo que quieras. La realidad es esa.


Vuelve a la ESO, a que te enseñen que 2+2=4 que los abogados siempre estáis buscando que sume lo que os conviene y a veces se os va un poco la olla.

D

#81 Nuevamente, leyendo tu primer renglón, me queda claro que no has leído la jurisprudencia al respecto que te ofrecí. Siento tus esfuerzos, pero hasta ahí leí.

Acábate la ESO.

m

#59 Y por cierto, que no te he dicho que en esa posdata vuelves a meter la pata y vuelves a demostrar que no tienes ni zorra idea, la ley 41/2002 que es donde está el artículo 11 que ha permitido que algunas comunidades autónomas redacten sus leyes de testamento vital es eso, una ley, no un real decreto. Y no, no te tengo que apostar absolutamente nada, te he puesto la ley publicada en el BOE con el texto exacto publicado en el BOE, eres tú el que has hecho una afirmación que no se corresponde con ese texto de esa ley y eres tú el que tienes que demostrar que el el BOE se ha publicado eso que has puesto. Si no lo haces quedarás como un bocachancla.

D

#67 Tu nivel de pesadez solo se ve sobrepasado por tu falta de comprensión lectora y por tu infantil intento de jugar a los abogados.
La ignorancia es muy atrevida, y tu eres atrevido hasta decir basta.
Relee los mensajes, y si aun así no entiendes que no estendiste mi mensaje menos aun vas a entender un texto legal.

Buenos días y suerte con tus sueños húmedos de leguleyo, porque lo de abogado te digo yo que te queda lejos.

PESADO.

PD: Y encima necesitas al otro... para pastear algo que ni entiende lol El nick te viene al pelo...

swapdisk

#16 con todo el respeto: no sabes de lo que hablas. La Ley de autonomía y derechos del paciente recoge el derecho a decidir sobre el propio cuerpo y a aceptar o rechazar un tratamiento.



Si tú dejas en tu DVA o DIP dependiendo de la Comunidad Autónoma escrito que no quieres un tratamiento, nadie te lo aplicará. Incluso aunque hayas nombrado un interlocutor, no podrá ir en contra de lo que has especificado.

Tanta historia con eso y luego hay quien tiene inscrito que NO RCP y lo hay que respetar y esos sí que se mueren sí o sí, y no pasa nada. Y a ningún médico se le ocurriría saltárselo si no quiere tener una buena querella.

Haberse leído la noticia en este caso ayuda, hubieras visto como la jueza ni se mete, no ve problema por ningún lado, diga misa la familia o el médico, no son los que deciden.

El tema de menores es harina de otro costal y no aplica en esta noticia, por más que quieran sacar la referencia, por morbo periodístico, a otro caso de hace años (creo que fue lucemia terminal, si mal no recuerdo, con lo que tampoco hubieran arreglado nada).

Otro punto en este caso es: ¿Hasta que punto la peritonitis (que no la operación) es responsabilidad del equipo médico? ¿Puede que intenten a la desesperada parchear una pifia por miedo a lo que pasará si muere?

parabola

Da para capítulo de House

O

#4 ¡Actualízate!: The Good Doctor.

pitercio

Parece que en este caso la protección familiar ha llegado tarde y ya no pueden interferir con el anhelo de la paciente para reunirse con su creador.

TheIpodHuman

Justo ayer por la noche estuve viendo una película con Emma Watson que trataba este tema https://www.filmaffinity.com/es/film492457.html. Como esta mal visto en MNM prefiero no hacer spoilers...

poyeur

#17 Interesante compañía

ElPerroDeLosCinco

Si a esta chica le inculcaron esas creencias cuando era menor de edad, que es lo más probable, creo que es una víctima. No deberíamos cachondearnos ni mencionar a Darwin. Es un caso grave de lavado de cerebro a una persona vulnerable, con consecuencias fatales.

Esto debería llevarse a los tribunales, pero claro, entra en juego la "libre voluntad" de una persona que ahora es mayor de edad. Pero, ¿hasta qué punto es libre una persona adulta, si sus creencias se las impusieron cuando era un niño?

D

¡Que bueno, ya tenemos eutanasia!. Solo hay que ponerlo en nuestro testamento, tal vez un poco disimulado con creencias religiosas supersticiosas y en caso de una enfermedad terminal y dolorosa nos fulminen sin sufrimiento.

Gracias por la idea, testículos de geo-vá.

x

Pues dejemos que Darwin marque los próximos pasos

sevier

#2 Lo malo es que posiblemente ya haya dejado herederos también sectarios.

ur_quan_master

¿20 años? Si aún no está emancipada alguien la ha metido mierda en la cabeza y debería pagar por ello

PacoJones

#45 Una vacuna no te asegura 100% que vayas a contraer la enfermedad, la inmunidad de grupo minimiza muchísimo más ese riesgo.: https://www.abc.es/media/salud/2018/08/21/vacunas-animacion--620x446.gif
Además, como vacunado, me preocupa la gente que no puede vacunarse por x razones y estaría resguardado por la inmunidad de grupo.

E

#44 No. Eso explica por qué los niños no vacunados no enferman, que es porque los demás están vacunados. Si tú estás vacunado, lo que haga el resto te da igual

hazardum

Es una pena que una chavala de 20 años, pueda morir, por una interpretación absurda de los testigos de jehova. Los fragmentos de los testamentos en los que se refieren para no hacer transfusiones, solo hablan de no comer sangre, en ningún caso de una transfusión para salvar la vida.

Espero que se recupere, y pueda salir de ahí.

D

Me suena que los testigos de Jehova tenían sus trampitas para saltarse esta norma, como tener bancos de su propia sangre o aceptar hemoderivados...

E

es parecido a los antivacunas, es una decisión personal suya.

PacoJones

#27 Ya pero los antivacunas nos afectan todos, en el caso de la chica sólo a ella.

E

#42 a ti no te afecta si estas vacunado

D

Entonces...los derechos de uno son válidos siempre que lo decida quien?
Si ella decidió su voluntad, y no hace daño a nadie...quien tiene derecho a violar su decisión?
Miles de personas fuman por libre decisión y están en la libertad de matarse.
Además, recordemos que no está muerta. Los médicos están recomendando un tratamiento, me gustaría ver el final de la noticia y si queda, como me temo, en mierda sensacionalista.

D

LO VEO BIEN, pero que pague la FACTURA, la diferencia entre el coste de transfusion y para casita, al coste de todo esto.
Si los medicos dicen TRATAMIENTO A y tu dices, mi religion me lo impide, quiero el B, perfecto, pero te toca pagar B-A

D

#68 de acuerdo. Pero hasta cierto punto cuando se llega a situaciones irracionales.

j

Si es su decisión, y es mayor de edad, hay que respetarlo. Es su vida.

D

#12 pero que se lo pague ella, imagina 2 meses de hospitalizacion en vez de 2 dias por culpa de sus ideas religiosas.

j

#49 ¿Y si no son ideas religiosas sería diferente? No me parece lógica el comportamiento de esta persona según mis convicciones, pero creo no podemos retirarle sus derechos pro pensar como piensa. Si se hace esto habría que extenderlo a otros muchos campos y al final acabamos en un régimen fascista de pensamiento único.

D

#57 sería lo mismo. Si el medico dice tratamiento a y eliges el b que es mucho mas caro (y arriesgado y peligroso) pues pagas la diferencia.

j

#60 Creo que reduces el problema a lo puramente económico. Yo no sigo por ahí. Las personas deben estar por encima.

D

Hace falta ser subnormal...

O

De todas formas, me temo que no es noticia. Los Testigos de Jehová llevan toda la vida negándose a recibir transfusiones de sangre.

D

OK.

Irrelevante y siguiente noticia.

m

Que sí, que soy muy pesado y tú eres un bocachancla que ha soltado una gilipollez y que cuando se te pone el texto por delante, un texto muy muy muy claro lo único que se te ocurre es salta con la gilipollez del relee, mira eres un bocachancla y el vivo ejemplo de los males que aquejan a esta página, la gracia es que tienes los santos cojones de afirmar que el texto de una ley publicada en el BOE y al que cualquiera tiene acceso no es el que pone en ese BOE, con dos cojones de bocachancla.