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La noticia dice: "Telefónica ya comercializa su versión de OpenOffice por un precio de 2,95 € mensuales, que dan derecho a recibir soporte técnico mediante un sistema de chat integrado en la aplicación o por teléfono. La sorpresa viene en el contrato del servicio, que limita el uso del programa a "un único ordenador, y por un único usuario", además de prohibir la creación de programas derivados, hacer más de una copia de seguridad o ponerlo a disposición de terceros." ¿Incumple Telefónica la LGPL?
menéame
Y la licencia de la versión de OO de Telefónica: www.telefonica.es/on/io/es/atencion/consultas_y_dudas/contratos/soluci
Luego se cuando el SL aumente, harán anuncios en los que se les llenará la boca con lo que promocionaron...
¿Podríais cambiar alguno por favor la entradilla (y algunas de las opiniones que se han puesto, claro)?
La licencia LGPL ofrece la posibilidad de que se pueda crear software propietario usando trozos de software libre.
Y si es por soporte tecnico, si esta al nivel que tienen los que se ocupan ahora de las incidencias de la red van apañaos los usuarios de Oo
Indignao me he quedado al ver la noticia...
www.gnu.org/philosophy/why-not-lgpl.html
"A program that contains no derivative of any portion of the Library, but is designed to work with the Library by being compiled or linked with it, is called a "work that uses the Library". Such a work, in isolation, is not a derivative work of the Library, and therefore falls outside the scope of this License."
*Oracle
Sun debería plantearse el cambio de licencia a Mozilla Public License por ser bastante menos vírica.
Muchas empresas ofrecen contratos de soporte con productos GPL/LGPL o licencias similares y nadie lo ve como algo extraño.
El morbo de la noticia es que aparece Telefónica. ¿no?
No es el caso, por que aquí se está distribuyendo el software en su integridad y se está restringuiendo su uso (una licencia por equipo).
#13 Léete la noticia, o al menos la entradilla. El morbo viene porque Telefónica restringue el uso del programa, que se supone que es Software Libre.
Si es una versión modificada de OpenOffice, hay que cumplir con la LGPL, no puede ser propietario.
Si es un programa independiente que utiliza OpenOffice, debe incluir ambas licencias, la del programa independiente y la de OpenOffice.
Por lo que aparece en el PDF, es una versión modificada de openoffice que incluye solo una licencia propietaria.
Igual me equivoco, y LGPL permite realizar modificaciones y publicar el programa entero como propietario, pero me parecería bastante raro que se pudiera hacer algo así.
Apunto sobre #5 que el último párrafo es cierto en el caso de las librerías, puedes usar una librería LGPL en un programa no libre sin problemas, pero si modificas la librería la tienes que publicar. En este caso es un programa completo lo que se modifica, no pueden relicenciarlo sin permiso de Sun.
¿alguien se ha leído el contrato de Soporte ?
www.telefonica.es/on/io/es/atencion/consultas_y_dudas/contratos/soluci
5.3.- El CLIENTE no podrá ceder el Software/programa ni en todo ni en parte, así como tampoco sublicenciar ni autorizar a terceros su uso.
Y el apartado 7.2 de uso correcto del servicio atenta a todas las libertades que intenta defender el Software Libre.
Que cobren o no, es irrelevante, pero no pueden restringir de ningún modo el derecho de copia, modificación y redistribución.
La sección 5 del contrato se refiere a la LICENCIA DEL SERVICIO
Nada de lo que leo está en contra del software libre porque la restricción que impone telefónica es respecto a SU SERVICIO DE ASISTENCIA y no respecto al SOFTWARE. Es decir, es el servicio lo que se limita a tantos puestos como licencias y no el software. El problema es que ellos ofrecen el pack software+servicios como su servicio (por ponerselo más fácil al usuario) y eso puede inducir a mal entendidos.
Está claro que es un trabajo derivado, porque han modificado Openoffice, no han hecho un programa propio que use Openoffice.
Lo que me voy a reir cuando quienes yo me sé me vengan chuleando de lo último de lo último que se han comprado.
Juas, juas y rejuas.
Lo próximo la versión linux (timobuntu 39.99) de timofónica al módico precio de 39,99 € con soporte incluido y antivirus gratis.
OO es LGPL: www.openoffice.org/license.html
Mientras cumpla el 4º punto de la licencia (trabajos combinados) puede hacerlo perfectamente:
Usted podrá distribuir un Trabajo Combinado bajo los términos que desee (www.viti.es/gnu/licenses/lgpl.html)
Yo no veo en ningún sitio que te vendan el OpenOffice y sí que he leído en varios punto que es un servicio de soporte, repito lo de soporte.
el punto 5.3 del contrato se refiere al Servicio (de soporte) de Openoffice. Que no puedes ceder, ni sublicenciar....
¿algún abogado en la sala para salir de dudas?
CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO OPENOFFICE
no obstante hay cosas que no cuadran en un contrato de soporte técnico sobre software libre, como la renuncia a la ingeniería inversa. Pero si pueden prohibir modificar o instalar en varios ordenadores y si incumples dejar de contestar a tus reportes de bugs, o contestarte en el chat dque tienen en este caso, de darte actualizaciones y soporte en general(y si no que pregunten a clientes de Red Hat o Novell).
En concreto, el Cliente se compromete a abstenerse de
(I) realizar actos de ingeniería inversa, descompilar, desensamblar, reproducir, alterar o
transformar el Programa o alguna de sus partes o componentes, así como de crear
programas derivados del Programa, salvo en la forma y con los efectos previstos en estas
Condiciones Generales;
(II) realizar más de una única copia de seguridad del Programa, enviar copias del Programa
a terceros o poner el Programa a disposición de terceros por cualquier medio;
(III) utilizar el Programa de cualquier manera o para cualquier finalidad que difiera de la
establecida en la Condición;
(IV) desarrollar actividad alguna que vulnere derechos de terceros, en particular a través del
uso, comunicación o puesta a disposición pública, reproducción, distribución o modificación
de comunicaciones o materiales que vulneren derechos pertenecientes a terceros de
propiedad intelectual, derechos de propiedad industrial u otros derechos;
La pregunta clavees si han puesto a disposición pública sus cambios, la integración con el servicio de chat. Aunque si la han hecho en forma de extensión ni siquiera tienen que hacer eso.
Como extra el contrato tiene drm, para impedir que se pueda copiar su contenido, relacionado box.jisko.net/i/fe517e.png
Y encima, que te limiten.
Si lo que vende es una version 'muy' mejorada respecto al open office habitual, me quedo igualmente con la version gratuita del mismo. Telefonica solo entiende de cobrar por conceptos, tengan o no tengan sentido.
«El CLIENTE no podrá ceder el Software/programa ni en todo ni en parte, así como
tampoco sublicenciar ni autorizar a terceros su uso.»
Las licencias *GPL impiden que se pueda limitar el uso, modificación y distribución del PROGRAMA, además son licencia que permiten el "sublicencionamiento" de forma automática.
Pero creo que es un error de redacción al intentar limitar el SERVICIO, más que un intento real de limiar el uso del PROGRAMA.
Si usted modifica una copia de la Biblioteca, y, en sus modificaciones se hace referencia desde alguna función a un servicio o datos suministrados por una Aplicación que utilice esa función (exceptuando los argumentos pasados al realizar la llamada a la función), entonces usted puede distribuir una copia de la versión modificada:
* a) bajo los términos y condiciones de esta Licencia, siempre que haga un esfuerzo razonable para asegurar que, en el caso de que la Aplicación no ofrezca la función o los datos, la utilidad siga funcionando y realice cualquier parte de sus propósitos de manera aceptable, o
* b) bajo los términos y condiciones de la Licencia General GNU ( GNU GPL), sin que sea aplicable ningun permiso adicional de esta Licencia a esa copia.
A pesar de lo que comenté más arriba, todo depende de cómo hayan realizado las modificaciones, ya que la licencia es bastante concreta en ese aspecto, pero si simplemente es un rework (y no han extendido las clases) han de atenerse a la LGPL o GPL.
Y respecto a los que habláis de relicenciar la aplicación sí se puede, siempre y cuando sea de LGPL a GPL.
La LGPL se podría resumir en idioma mundano a:
"Tu puedes usar mi programa sin restricciones, puedes además, crear agregados a mi programa, y no distribuirlos, además también puedes crear software privativo que enlace contra mi librería o programa, que utilice mi librería o programa de alguna forma etc"
Básicamente, LGPL existe para que una librería de software libre, pueda ser utilizada en un programa privativo, sin que el programa, tenga que ser libre.
Eso NO quiere decir que puedas hacer privativa la librería, cuidado no confundirse.
1. Si creas una versión modificada de la librería o programa, debes proporcionar el código fuente (mucha gente no sabe esto de la LGPL), pero no tienes por que proporcionar tu programa que interactua con mi librería.
2. Como no eres el copyright holder de la librería, no puedes, bajo ningún concepto, cambiar la licencia de la librería.
Hay que entender que la LGPL existe para no obligarte a ti, a ser software libre, por el hecho de usar una librería libre, ademas, de para evitar incompatibilidades entre la GPL y otras licencias libres, a la hora de usar librerías. Eso NO quiere decir, insisto, que tu puedas convertir la librería en privativa: lo que quiere decir, es que la librería libre, te va a permitir seguir siendo privativo si quieres.
En este caso, telefónica está quebrantando la LGPL sin lugar a duda alguna, por que a cogido el software LGPL y le ha aplicado unas clausulas de uso, que no están presentas en la LGPL, por lo que, está cambiando las condiciones de un programa de terceros, sin ser el copyright holder.
Por cierto, estoy de acuerdo con #32 en que esto parece mas un error de redacción, que un ataque a la LGPL/GPL, tampoco hay que pecar de amarillistas (aunque tampoco de confiados...)
En mi empresa intentamos implantar openoffice y el problema es que la gente está tan acostumbrada a MS office que ni encontraba el botón de imprimir en openoffice. 2'95€ al mes para solucionar todo este tipo de problemas me parece barato y todo.
Por ejemplo, yo me hago mi programa ofimático privativo y uso librerías de OpenOffice para convertir ficheros entre formatos. Eso es legal. Coger el programa tal cual y revenderlo con restricciones propias del software privativo como la de no crear software derivado NO cumple la LGPL.
La LGPL permite enlazar dinámica o estáticamente software propietario con software libre. Eso quiere decir que si tengo un fragmento de código LGPL puedo enlazarlo con mi software propietario siempre que la parte libre se pueda modificar por el el usuario y enlazar nuevamente con la parte propietaria.
No es simplemente tomar un pedazo de software libre, incorporarlo en mi programa, y poner a disposición de los usuarios el código libre. Es necesario que si el usuario modifica la parte libre pueda volverla a usar junto con el programa propietario que la incluía.
Ahora, respecto a la noticia, a menos que telefónica tenga un acuerdo especial con Novell y Sun, están definitivamente incumpliendo la licencia, ya que no proporcionan acceso al código modificado, y limitan la distribución de la aplicación.
y debería añadir:
valorada para el que no conozca el tipo de asistencia que dan éstos,
En éste no sé, pero en otros servicios te sale una operadora que sigue un guión con tres opciones sencillas, no está soportado lo que se sale del guión y en este caso pueden mandarte a ... llamar al número de asistencia al cliente. En resumen, si es un problema sencillo puede que con una llamada de una media horita solucionen algo, y sino tienen tanta ineficacia como el cuento de nunca acabar.
además, espero que una parte de lo que facturen por este servicio revierta en los desarrolladores de OpenOffice, que están aprovechandose de su trabajo y deberían tener la decencia de reconocerlo monetariamente.
De todas formas, mi postura con todos los productos de ésta empresa, es que deben adquirirse solamente los productos obligatorios que vienen con el servicio,
Me he encontrado con gran cantidad de sus productos que son como las versiones de venta en el mercado pero les han cortado alguna posibilidad, como ejemplo de esto ya empezaron hace años con los routers ADSL de los que no daban el usuario/password, después con el firmware modificado al que le falta funcionalidad, con los aparatos PowerLine bloqueados que no pueden reconfigurarse, etc...
O sea, no pienso comprarles hard o soft habiendo una alternativa.
hombre, no me parece mal pagar por soporte técnico. Por ejemplo me acabo de comprar red hat y tiene soporte para un año, pero no por restringir los códigos, sobre todo si el original antes era libre. Hombre, el software libre es libre, no gratis...weno, en fin, no me acaba de quedar claro. A diferencia de telefónica, red hat acaba liberando todo lo que programa (o gran parte) pero telefónica parece que hace al revés, habrá que ver y estudiar si respetan la libertad, no la gratuidad. Lo importante del tema es ver dónde queda el código fuente, si siguen siendo libre o no. Pagar por soporte técnico me parece muy bien, siempre que no se hagan con el monopolio y consigan que otra gente no pueda dar soporte técnico gratis por no joder los temas de competencia de mercado (el típico ejemplo es el de la wi fi, que no se puede poner gratis por no joder la competencia de las empresas que han hecho negocio de algo que debiera ser un bien público, lo que es lo mismo: privatizar)
conclusión:
modelo de negocio ejemplar --->>> red hat
modelo de negocio que no sabemos cómo va a acabar repercutiendo ---> openoffice de telefónica.
yo no lo rechazaría de antemano sin antes haber visto hacien dónde quieren ir.
Ya. Y tu puedes dejar de pagar cuando te dejen de dar el soporte.
Además, si no publican las modificaciones están incumpliendo la licencia y no pueden distribuír OO legalmente.