www.informativos.telecinco.es/descarga/musica/internet/le... por
josh el 05-10-2007 11:21 UTC publicado el 05-10-2007 11:45 UTC
Tele5 informa correctamente que la condena de $222,000 por descargar música no es aplicable en nuestro país.
negativos:
0 usuarios:
334 anónimos:
536
PD: La condena no es por descargar, es por compartir.
PD: Coño #0, somos tocallos
¿Y qué dirá Mercedes Milá de esto?
De todas formas es cierto que en España este hecho no es delito, así que a nadie se le aplicaría el Código Penal, lo que no quiere decir que las compañías musicales no puedan demandar por la vía civil. Nadie va a ir a la cárcel en España por compartir archivos musicales sin ánimo de lucro, pero eso no significa que uno no pueda ser condenado a pagar por los daños y perjuicios causados a los titulares de los derechos de autor en un juicio civil. Todo depende de cómo interpreten los jueces el alcance del derecho de copia privada. Yo soy pesimista y creo que la nueva redacción de la Ley es perjudicial para los consumidores y puede hacer que los jueces interpreten la copia privada de forma restrictiva.
El PSOE y el PP son los que han causado esta situación y no creo que tengan intención de modificar la Ley para dejar claro que las descarga mediante redes P2P están incluidas en el derecho de copia privada. Si los jueces acaban interpretando que estas descargas no están incluidas en el concepto de copia privada, se abriría la puerta a que los usuarios de redes P2P fueran condenados a pagar fuertes indemnizaciones también en España. La única esperanza que tengo es que finalmente el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas determine que es ilegal identificar a los usuarios de redes P2P por parte de las operadoras de Internet (está pendiente que el Tribunal decida si las compañías de telecomunicaciones tienen la obligación de facilitar esos datos a las sociedades gestoras de derechos cuando quieren demandar a algún usuario por violación de la propiedad intelectual o si, por el contrario, se trata de datos protegidos por el Derecho Comunitario que sólo pueden ser desvelados en el seno de un proceso penal, pero no en uno civil). En ese caso daría igual que la descarga estuviera o no protegida por el derecho de copia privada, porque al no poder identificar a los usuarios de ese tipo de redes no podrían entablar un pleito contra ellos. Ya veremos qué pasa.
La tierra de las libertades
Y ese ejemplo os parecera una estupidez, pero más estupidez me parece que tengas que pagar un canon por si te bajas música gratis, cuando encima, bajarse la música gratis no es ilegal, y pasarse la velocidad permitida si.