Hace 13 años | Por Rompe-y-RaSGAE a samuelparra.com
Publicado hace 13 años por Rompe-y-RaSGAE a samuelparra.com

La Agencia Española de Protección de Datos entiende que el spam enviado por un menor de edad no es sancionable toda vez que no queda acreditado que el menor conozca las consecuencias de su envío. En otras palabras, una excepción al principio de que el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, entendiendo que a un menor no se le puede exigir conocer la LOPD y la LSSI.

Comentarios

Rompe-y-RaSGAE

A partir de ahora mis sobrinos se van a inflar a enviar correos de alargadores de pene y viagra lol .

l

Esto es de locos. Ahora se llenará de mafias que usan a menores para enviar spam.

vsmska

Explotación infantil en las mafias del Spam en 1, 2...

D

no queda acreditado que el menor conozca las consecuencias de su envío

¿Que fue de aquello de el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento?

¿Si no se si una cosa es ilegal, puedo hacerla?

Al final, como hacia Homer Simpson cuando se saltaba los semáforos: Si no lo veo no es ilegal.

País...

D

#2 El artículo responde ampliamente a tu pregunta. Léelo hasta el final.