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Tanatos el 18-07-2012 15:55 UTC

Los sindicatos en un comunicado hecho público han asegurado que todos los trabajadores tendrán suprimida su paga extra de Navidad porque ningún empleado de la Administración Pública cobra menos de 1,5 veces el SMI bruto como exige el requisito de Hacienda. "Ninguna empleada o empleado público de la Administración General del Estado cobrará la paga extra de diciembre", dice el comunicado argumentando que el sueldo más bajo del Personal Laboral III, sin trienios, complementos ni productividad es de 978€ por una jornada completa.
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Conozco bastantes médicos con contratos de guardias que no llegan a los 900 € muchos meses (cobran en función de las guardias que hagan). Las pagas extra se las prorratean hasta ahora.
Las retribuciones de los funcionarios son básicas y complementarias.
Son retribuciones básicas:
Las retribuciones que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que este no tenga subgrupo, por cada tres años de servicio y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas, están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias.
Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, salvo aquéllas a las que se refieren al grado de interés, iniciativa o esfuerzo, o los servicios extraordinarios.
Cuando un funcionario cambie de adscripción a grupo antes de completar un trienio, la fracción de tiempo transcurrido se considerará como tiempo de servicios prestados en el nuevo grupo.
Las pagas extraordinarias, que serán de UNA al año ( Modificado por Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, en año 2012, el personal del sector público, verá reducidas sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes) por un importe mínimo de una mensualidad del sueldo y trienios, se devengarán los meses de junio.
Artículo 2, párrafo 6 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad: "Lo dispuesto en los apartados anteriores [supresión de la paga extra] no será de aplicación a aquellos empleados públicos cuyas retribuciones por jornada completa, excluidos incentivos al rendimiento, no alcancen en cómputo anual 1,5 veces el salario mínimo interprofesional establecido en el Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre". -
Es decir los que cobran menos de 962 euros/mes o 13.469 euros/anuales, cobrarán la paga extraordinaria de diciembre.
Retribuciones básicas para el 2012
Grupo/Subgrupo Ley 7/2007----Sueldo-Euros----Trienios-Euros
A1-------------------------------------13.935,60--------------- 535,80
A2-------------------------------------11.827,08--------------- 428,76
B--------------------------------------10.264,44--------------- 373,68
C1------------------------------------- 8.816,52--------------- 322,08
C2------------------------------- ------7.209,00--------------- 215,28
E --------------------------------------6.581,64--------------- 161,64
Más información:www.tuabogadodefensor.com/Derecho_Administrativo/index_funcionarios.ht
el sueldo más bajo del Personal Laboral III, sin trienios, complementos ni productividad es de 978 euros por una jornada completa
Ningún funcionario está amparado por el III Convenio Único para el Personal Laboral porque, por definición, el convenio es para laborales y un funcionario no es personal laboral. Joer, es que es de conocimiento básico de la Administración.
#23 Un bombero no trabaja en la administración publica, por ejemplo
Como que un bombero no trabaja en la administración publica?, yo creo que si, y en mi opinión cualquier empleado publico, trabaja en la administración pública, sea un bombero un soldado, ya dependa de un ayuntamiento, o del misnisterio de defensa.
La noticia dice exactamente: "Ninguna empleada o empleado público de la Administración General del Estado cobrará la paga extra de diciembre", evidentemente no todos los empleados públicos trabajan en la Administración General del Estado.
En mi opinión, si que hay funcionarios que cobran menos de esa cantidad, aunque no están en la administracion general del estado, pienso que esta medida, está pensada muy concretamente en los soldados profesionales.
1) Entiendo que se refiere, como es normal, a salario bruto.
2) Si trabajas 30h/semana y cobras, por ejemplo 810€, esto equivale a 1.080€/mes.
#14 Algo falla en tu información de salarios. El SMI en España es de 8.979,6€ (641,40€ x 14). Los grupos C1, C2 y E no pueden existir.
#24 Por supuesto que es bruto. El salario que recibe uno es el bruto, a pesar que esté obligado a pagar IRPF y SS, eso es tan obligatorio como pagar el IVA, pero es un gasto personal. Además la retención del IRPF varía dependiendo de algún concepto personal.
Lo de las horas semanales... Sinceramente no se como hacen la equivalencia, ¿una guardia de 24h en fin de semana a cuantas "horas de jornada laboral equivalente" resulta?
"me podeis decir el sueldo funcionario grupo c2???????????????"
[...]
"Pues en el Estado yo, administrativo, unos 1100 €. Los auxiliares poco mas de 1000." = 14.000€/año. En tu mensaje dice 7.209€.
Hay que añadir una serie de complementos al salario. De esta manera lo mínimo que puede ganar un funcionario por lo que veo es un Grupo D, de nivel 16 y Pte.E 11, que son 17.400,11€/año que son 1.242€/mes brutos. Lo cual concordaría con la información del foro: www.ulpgc.es/hege/almacen/download/7087/7087535/retribuciones_pas_func
Esto es de una universidad. No se si cambiará en la administración general. Pero hay una serie de complementos, como se ve, que son fijos desde el principio y que hay que añadir a la base. Nadie puede ganar menos que el salario mínimo, con lo cual yo me inclino a pensar que esta información es correcta.
Todas estas cosas se prorratan. Si se estima que el salario para cobrar paga doble es 942€/mes, si resulta que solo trabajas 24h/mes, pues para ti será (942€/176h)*24.
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdl20-2012.html
Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público. noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdl20-2012.html#a2
¿Marineros? De que estás hablando?
En la Armada, al escalafón más bajo es el de marinero. Son miembros de las FFAA que no llegan a los 900€ a no ser que estén embarcados.
pariasfuncionarios-mileuristas que andan por los 1000 - 1100 mientras que no incluye a nadie.