Hace 11 años | Por evropski a indefenso.com
Publicado hace 11 años por evropski a indefenso.com

El día 4 mi padre falleció con 59 años. Tenía un viaje programado para ver Bruselas con mi pareja y un amigo que vive allí. La fatalidad quiso que ese día no pudiera marcharme de viaje, como es natural. Ni siquiera me acordaba del viaje ya cuando mi pareja me dijo que en la clausula 10.3 de Ryanair quizás podrian devolverme el dinero...

Comentarios

Jiraiya

Es que practicamente hay que reclamar por las vías propias de una empresa como un mero trámite, donde te van a hacer valer tus derechos será en la administración (con suerte) y finalmente en la justicia (con tasas).

Lo que tiene que hacer la administración pública es sancionar a las empresas que no contemplen la normativa europea.

Es como poner una reclamación contra una operadora en la misma operadora: se pasarán tu reclamación por el ojo moreno. Ve directamente a los organismos que la regulan, a una asociación de consumidores y finalmente a la justicia, si todo ha fallado.

Shotokax

#1 totalmente de acuerdo. Y me ha encantado lo del "ojo moreno". lol

oso_69

"10.3 FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR

En caso de fallecimiento de un familiar directo (cónyuge, pareja de hecho, madre, padre, hermano, hermana, hijos, abuelos o nietos) los catorce días anteriores al día del viaje, le efectuaremos un reembolso de acuerdo con el Artículo 10.2, previa solicitud hecha tan pronto como razonablemente sea posible y en todo caso no más tarde de la fecha prevista de viaje, adjuntando copia del correspondiente certificado de defunción."


En el post falta indicar si la solicitud de devolución del billete fue hecha antes o después de la fecha del viaje.

I

Cuando se trata de grandes empresas, es difícil que te ayude la defensa del consumidor. No creo en el sistema, y por experiencia propia. Hay que tener la suerte de conseguir el abogado adecuado.