Hace 3 años | Por pilarina a loentiendo.com
Publicado hace 3 años por pilarina a loentiendo.com

El nuevo real decreto-ley 18/2020 incorpora algunas mejoras para los trabajadores, pero también pérdida de derechos que ya se consideraban garantizados

Comentarios

El_Cucaracho

#3 Más bien hablan con los acreedores y los que donan dinero al partido.

oceanon3d

#3 Lo que tu digas guapi....lo que tu digas.

Shuquel

#3 Seguramente el PP hubiera permitido los 20 días por año, PSOE y Podemos lo que hacen es encarecer el despido hasta fin de año.

G

#9 que no engañen... a todos los que estan teletrabajando les pueden despedir procedente volb 20 dias y maximo un año alegando baja productividad.... el unico efecto de la ley es para pymes sin departamento legal... esos tendrán que cerrar por culpa de la ley

Sinfonico

#3 Claro,
-el paro concedido a gente sin derecho o a autónomos,
-los ERTE
-El ingreso mínimo vital
-suspender los desahucios y los alquileres
-la prohibición de corte de suministros básicos,
-prestación para las trabajadoras del hogar
-La amplicación de la moratoria en hipotecas
-Moratoria en las cotizaciones a la seguridad social
-Moratoria en los créditos al consumo

...todo esto lo hubiera aprobado el PP,estamos acostumbrados a las políticas "sociales" de los corruptos, como ya se vio en la anterior crisis lol

No os da para más...cada día usáis argumentos más lamentables, lo jodido es que creeis que engañáis a alguien y en realidad lo único que hacéis es vivir con una venda en los ojos....animalicos....

G

#11 la mitad de las cosas que dices ya existían antes. La otra mitad todavía no existen. Las tragaderas que tenéis algunos para defender a estos incompetentes.
No sólo gestionan mal sino que además traicionan vuestra ideología... y les seguís defendiendo porque os dicen que si no viene Franco...

Sinfonico

#12 Cuáles existían antes?
Te das cuenta de que estás mintiendo?
Crees que me vas a convencer con mentiras?, lo único que haces es degradarte.

G

#13 si no sabes que antes del covid también había ERTEs no tengo interés en seguir en esta conversación. Buenos días.

Sinfonico

#14 Qué conversación?

sorrillo

Ahora, lo con este nuevo Real-Decreto Ley 18/2020, lo que se permite es lo que antes estaba prohibido: muchas empresas podrán utilizar el despido por causas objetivas para reducir su plantilla, aún estando en los 6 meses posteriores al ERTE.

AmenhotepIV

Lo que no se permitía a las empresas beneficiarias de las ventajas de los ERTE era utilizar el despido por causas objetivas para desprenderse de sus trabajadores, con una indemnización de 20 días de sueldo por año trabajado, pero las empresas podían seguir despidiendo pagando la indemnización del despido improcedente, con 33 días de salario por año trabajado.

Ahora, lo con este nuevo Real-Decreto Ley 18/2020, lo que se permite es lo que antes estaba prohibido: muchas empresas podrán utilizar el despido por causas objetivas para reducir su plantilla, aún estando en los 6 meses posteriores al ERTE. Y no todas las empresas

desobediente

No todas las empresas, eso si, pero se abre el abanico para que sectores enteros, aquellos que según el RDL “presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo“, como el turístico o la hostelería. Y “tampoco resultará de aplicación el compromiso de mantenimiento del empleo en aquellas empresas en las que concurra un riesgo de concurso de acreedores“. Esto se traduce en que veremos casos de empresas que tras el ERTE (que es una suspensión temporal) abren un proceso de EREs definitivos, para despedir a sus plantillas.

D

El régimen del 78, tan cerca de los propietarios y tan lejos de los subalternos.

D

Los calientasillas deberían estar entre muy preocupados y preocupadísimos.

Rogue

Como no entiendo no opino.