Hace 6 años | Por padrecurro a youtube.com
Publicado hace 6 años por padrecurro a youtube.com

Video en el que el abogado David Bravo habla sobre la estrategia judicial seguida por Cristina Cifuentes y en el que aprovecha para explicar diferentes conceptos jurídicos y procesales como el derecho a la información y la querella.

Comentarios

D

#1 Disculpa, no todos los cuñados somos mala gente

Manolitro

#7 cuando condenan al enemigo se demuestra que son unos corruptos y cuando condenan a los míos es que el sistema está corrupto

Cuñadistán seal of approval

M

#27 No hubo ninguna condena

#27 El seal of approval de cuñadistán los tienes tu, pegadito en la cara, obviamente tapándote los ojos.

Beldarr43

#7 Bueno el juez dijo que la información era veraz y contrastada, lo que como indica David Bravo no significa que cierta. Ahora bien, también nos indica en el vídeo que el periodista debe practicar las debidas diligencias para contrastar la información y no valerse de simples rumores. Aquí es donde entra el punto de vista del juez y decide si aquello era hacerse eco de un rumor o practicar las debidas diligencias y contrastar adecuadamente la información. Y mucho me temo que dependiendo del juez la cosa podría haber cambiado mucho, porque aquellas pruebas eran difíciles de digerir como para considerar eso "veraz y contrastado".

S

#36 el Juez dijo eso únicamente porque la fuente era un alto cargo de la Policía.

Por lo tanto, mientras no se demuestre que Inda SABIA que la información era una patraña, difícilmente se le puede condenar.

De ahí lo de "información veraz". Ya se sabía que era falsa pero la querella de PI era contra Inda por publicarla a sabiendas de su falsedad y eso es lo que no se pudo demostrar.

D

#7 Estoy de acuerdo, lo mismo se puede aplicar en caso contrario cuando el juez es filocomunista progre. La justicia no es más que otro reflejo de la sociedad y como tal en ella se encuentran personas de todos los pelajes incluyendo aquellos que nos gustan y los que no. Idealmente la justicia no debería ser así pero al ser un producto humano no puede ser de otra manera. Y sí, en España SI hay separación de poderes otra cosa es que los jueces sean a veces más o menos arbitrarios o que sus veredictos nos puedan gustar más o menos, pero eso ocurre en todos los países democráticos y es una consecuencia de ese carácter imperfecto del ser humano y sus productos.

Mariele

Hay David Bravo, hay meneo

borrico

Aprende Sauron. Así se convoca a un ejército de trolls lol

D

PAF

D

#13 Espero te sirva: http://goo.gl/U6yvj2

X

#14 lol lol Que bueno ! Gracias hombre.

lvalin

Crowdfunding para comprarle una cámara y micro a@dbravo ¡pero ya!

J

Hay algo que no comenta, y que considero básico en ese derecho a la información del que habla y contrasta con el derecho al honor. Asume que la información lo es (o dicho de otra forma, hay datos que resultan contener información), pero nada dice de cómo se ha obtenido tal información (o cómo se han sustraído los datos de los que se ha derivado la información).
Si hay derecho a la información entonces estaría justificando el robo de historiales médicos de personalidades públicas o cualquier otra información que en principio es personal como puede ser la académica o la fiscal (en mayor o menor grado de sensibilidad) con el único fin de 'corrobar' tal información. Vamos, que el fin no justifica los medios creo yo. Aunque no dudo que se pueda obtener tal derecho a la información de alguna otra forma en base a estos indicios pero desde luego dudo que en base a información 'robada' es cuánto menos tendencioso por el precedente (absurdo) que implicaría.

earthboy

#15 Si el historial médico se ha falseado y usado para obtener una pensión...
De lo contrario no existirían los delitos de este tipo ya que no podrían ser investigados porque "es información personal".

J

#17 Entonces estás aceptando que todo historial médico pueda ser revisado (y publicado) por el mero hecho de que pueda haber sido falseado.
Esto es un absurdo y básicamente asume que todo el mundo es culpable mientras no demuestre lo contrario. Sea personaje público o no porque para poder validar la afirmación de que no han hecho nada malo, hay que revisar todo su historial (médico, fiscal, académico,...) para verificar que no hay nada falso.
Entiendo el derecho a la información en base a información pública u obtenida legalmente, pero no lo entiendo en este caso porque asume el concepto de pre-crimen.

J

#39 Por menciones, me refiero a la privacidad de hecho y los derechos que la protegen.
El juicio paralelo que ésta señora está sufriendo (ni me va ni me viene) se basa en un juicio sobre su vida privada en base a información personal (privada) que ha sido robada y difundida. Dada su esfera pública, la información se ha convertido en pública porque un medio la ha difundido de tal forma.

Las pruebas o indicios se han obtenido de forma ilícita, que luego una investigación obtenga las mismas de forma lícita es otra cosa. Pero si cualquier juicio se basa en éste supuesto entonces se está exponiendo a cualquier persona a que su esfera tenga que ser escrutada por la población cuando le pete. El absurdo de este tema lo explico en #44.

Para mí es esencial el origen de la información, que derivaría en el resto del asunto obviamente. Si éste asunto entra dentro del derecho a la información entonces se puede sacar los expedientes académicos de cualquier diputado así como información fiscal y publicarlos en la prensa con la mera excusa de cuestionar la veracidad de las notas académicas o la declaración del IRPF. Esto es un absurdo en mi opinión.

Beldarr43

#47 Como he comentado en #39 NO se puede sacar la información de los expedientes académicos o historiales médicos porque ésta es privada y está protegida por la LOPD. No obstante tal y como está diseñado nuestro ordenamiento jurídico, si alguien la obtiene de forma legal o ilegal y la publica, no comete infracción alguna si se cumplen los requisitos que menciona David Bravo por el hecho de publicarla. No obstante por el hecho de obtener la información si que le puede caer el pelo.
Digamos que la ley protege al medio que publica y no al sujeto que extrae la información de forma ilegal, pero como el medio no está obligado a revelar su fuente, el infractor suele salir de rositas y el medio también.

Coincido contigo que las personas con un perfil público están desprotegidas ante la ley tal y como ésta funciona, ya que prevalece el derecho a publicar su vida privada frente a su derecho a la privacidad. Pero ocurre que al ser personajes públicos, el derecho a conocer sus trapos sucios es más importante para la sociedad que su derecho a taparlos y la verdad es que estoy de acuerdo en que así sea.

earthboy

#44 No. Eres tú el que habla de "todo". Eres tú el que hace una reducción al absurdo.

J

#56 Demostración por reducción al absurdo

D

#15 Me parece muy interesante que menciones ese punto, pero creo que en tu siguiente comentarios das un salto muy grande al decir que eso implicaría aceptar un vale todo (#44). De hecho lo mismo podemos decir de cualquier filtración, por decir algo del caso watergate o de los archivos de wikileaks. Al menos en este tema creo que tiene poco que ver el derecho a la privacidad, es más diría que esto evidencia que gran parte de ese procedimiento debería ser mucho más público.

Por ejemplo, en teoría los TFG/TFM (me parece) que podrían tener público como las defensas de tesis doctorales, pero para nada es así. Por último, solo diría que si acaso hay un delito en cómo se obtuvieron esas informaciones pues algo que debería ser tratado por separado. Es como si me cuelo en tu casa, encuentro un cadáver en tu salón, y si lo denuncio la policía va a mirar para otro lado porque yo no debería haber entrado y no debería saber que tienes un cadáver. A ti te denuncian por romper la cadena de frio y a mi por transgredir tu propiedad.

s

#15 Si te pegan un tiro y sobrevives, lo primero es llevarte al hospital e intentar salvarte la vida. Luego ya vendrá la investigación sobre quien te pegó el tiro, etc.
En este caso está claro que han usado material interno de la universidad, pero como afecta a más gente, ya que falsificar expedientes es muy grave y los controles internos pata que esto no pase no funcionan, es necesario aclarar que pasa aquí. Y la publicación en los medios es el primer paso para que se inicie una investigación posterior via tribunales.

J

#23 No sé porqué mezclas churras con merinas.
Una herida de bala implica el uso de un arma y es un indicio necesario de una bonita colección de delitos aunque no suficiente (me puedo haber disparado por error con un arma para el que tengo permiso de pertenencia y uso por poner un ejemplo).
En este caso, de asumir tal material interno, se está asumiendo una serie de delitos para obtener tal material. El resto de posibles delitos derivados es otro asunto, aclarar la veracidad de la documentación implica aclarar cómo se ha obtenido, lo cuál puede derivar en una obtención ilícita de información personal, una difusión de la misma y quién sabe si una falsificación (piensa que la persona que haya sustraído la información lo ha podido haber hecho de forma parcial y no ha obtenido todo porque no podía acceder a todo el sistema).

La publicación en los medios no es un requisito necesario para que la justicia actúe. Ésta afirmación es suficiente para invalidar tu argumentación. La publicación en los medios es un requisito suficiente y necesario para que se haga un juicio paralelo, pero ello no implica que derive en un juicio donde procede en todo estado democrático.
El problema es que hay que vender periódicos y/o impresiones de anuncios on-line que todo el mundo tiene que comer.

s

#49 Está claro que a un diario llegan documentos e informes que no son públicos, como por ejemplo la contabilidad de Bárcenas, pero eso no significa que el director del periódico haya cogido esa información de la sede del PP, del antiguo despacho de Bárcenas. El delito del periódico es publicar esa información, pero eso no es delito, es su trabajo.

J

#54 Publicar información puede ser delito de por sí y además podría llevar a otros.
Su trabajo es contrastar la información pero la ética está por bajos niveles y los clicks valen más que cualquier futura indemnización.
Ello no quita que no deban hacer su trabajo, dentro de la ley y la ética

sxentinel

#15 Por lo que tengo entendido esos temas se resuelven mediante una especie de jerarquia de derechos, hay derechos con mas peso que otros, en ese caso hablas del derecho a la intimidad, que si estaria contrapuesto al de la informacion, es un dato privado y de especial proteccion, por eso los medios respetan que cifuentes no muestre el trabajo y no hacen sangre por ahi, pero el derecho al honor pesa menos que el de la informacion, por eso informan de que cifuentes no es honorable y cometio irregularidades para aprobar su titulo.

Forni

#25 No va por ahí... es más que depende las circunstancias. Las jerarquías vienen a ser derechos humanos, fundamentales y luego leyes ordinarias, decretos ley (tramitaciones de urgencia), etc...

En este caso ambos son fundamentales, pero como explica el vídeo se dan circunstancias en las que la información "prevalece" al honor. En este caso explican las 3 claves para que eso se de: que sea información veraz, relevante y su forma de transmisión no tenga expresiones injuriosas (interpretación que hace el juez y siempre está en una línea muy delgada). E importante la idea de veracidad, que la explica también Bravo. La verdad que el vídeo para esas claves está genial.

J

#25 El tema del derecho al honor es secundario en mi opinión. Y es un derivado del asunto.
Cuestiono la validez del derecho a la información por el mero hecho de publicar una información sobre un personaje público. Tal información ha sido robada y difundida sin autorización de su legítimo dueño, si esto entra dentro del derecho a la información porque el dueño sea un personaje público se está asumiendo que cualquier personaje público está desnudo ante todo lo que haga, incluso cuando vaya al podólogo por poner un ejemplo absurdo.
El resto no lo cuestiono porque primero entiendo se debe resolver la validez de todo en base a lo dicho anteriormente.

padrecurro

#15 ahí...erre que erre. Tas más perdido que el barco del arroz. El meneo iba dedicado a personas como tú. Pero ya veo que eres durito de mollera. En casos como este, en el que un medio revela una información mientras se cumpla los 3 requisitos q comenta Bravo el derecho a la privacidad queda en segundo lugar. Jurisprudencia del TC. Y punto. Te lo explican en un video, te lo explican en estos comentarios y si googleas un poco te puedes hartar de leer sentencias al respecto. Pero tú has venido de "esssperto" a iluminarnos a todos, verdad? Ayyyy. Que manera de quedar en evidencia por querer llevar la razón. Con lo fácil que es ir a Google e informarse bien antes de comentar.
P.S. busca "Pablo Iglesias pierde demanda Inda" en Google. Anda. wall

Beldarr43

#29 Bueno yo creo que el comentario de #15 no habla del derecho a la privacidad, si no de la validez de pruebas que se obtienen por medios ilegales. Y la respuesta que yo le daría es que a lo mejor en un juicio las pruebas no tendrían valor, pero para publicar algo no es necesario que las pruebas hayan sido obtenidas de forma legítima, si no, no podría destaparse ningún escándalo ya que sería ilegal publicarlos y al parecer el derecho a la información te protege contra cosas así. El que quizás no esta protegido es el que consiguió las pruebas, ese posiblemente haya incurrido en algún delito por darle a la prensa información que no le pertenece, por eso los medios nunca desvelan sus fuentes, porque a estas si que les podría caer un buen marrón por como han obtenido las pruebas, pero al medio no. No en vano, eldiario.es tiene un buzón de filtraciones anónimas, para poder publicar cosas sin comprometer a la fuente.

Con respecto a esta forma de obtener y publicar información reservada, el PP lanzó un globo sonda diciendo que debería poder sancionarse al medio que hiciera este tipo de publicaciones, pero no tuvo mucho recorrido.
Aquí un enlace que he encontrado googleando rápido: https://www.republica.com/2015/04/29/catala-plantea-sancionar-a-los-medios-que-publiquen-filtraciones-para-evitar-juicios-paralelos/

J

#29 Insisto, asumir que esto entra dentro del derecho a la información implica permitir el robo y difusión de información personal de cualquier personaje público, lo cuál es un absurdo de por sí.

Lamento que seas capaz de entender la lógica de la demostración del absurdo a la que me refiero.
Buen día!

padrecurro

#41 eres muy cansino, tio y además ignorante. Así que , ¿por qué no te formas un poco y luego hablas? Fin.

J

#43 Me informo, si no deseas argumentar lo que intentas hacer entender y sólo asumes tu verdad como única y válida entonces poco puedo hacer. Porque una persona opine X y sea relativamente conocida (y admirada en muchos casos) no quiere decir que ostente la verdad.
Siento que te aburra explicar algo que todavía nadie explica, es normal cuando no se tienen argumentos para poder explicarlo. Pero no pasa nada por admitirlo, así es como aprendes.

empanadilla.cosmica

#15 La policía de las analogías te va a tener que poner a disposició judicial, porque desde luego no tiene nada que ver.

El derecho a la información no se puede invocar cuando la información es fálsa, y tiene como fronteras el derecho al honor y también el derecho a la intimidad.

El derecho a la información no lo abarca todo, y por ejemplo si una persona no es cargo público ni de intertés público al periodista no le va a amparar el derecho a la información y primará más el derecho a la intimidad. Es decir, el derecho a la información no está creado para cubrir a porteras chismosas. Está hecho para proteger a personas que descubren y revelan información que la gente necesita saber. Yo como estudiante necesito saber donde regalan los máster según clanes políticos para decidir si me interesa hacer ese máster o unirme a ese clan. Como ciudadana necesito saber a quien le regalan los máster para saber que no deseo votar a esa clase de personas.

Otra cosa es el derecho al honor. Que solo protege a la gente cuando lo que se dice de ellos es manifiestamente falso. Obviamente el derecho al honor no proteje a las personas que cometen delitos de que se publique que esas personas han cometido esos delitos, y tampoco el derecho a la intimidad les protege. Si los hechos mencionados son ciertos no hya derecho al honor que valga Los ladrones no peuden invocar su honor para impedir que se informe de aquello que son.

Una tercera cosa diferente es el derecho a la intimidad, que protege la esfera privada e íntima de las personas. Es decir, aquellas cosas no relevantes de la vida privada y más personal sin relevancia en la esfera pública. Cómo duerme, se ducha o caga alguien entra dentro de lo que protege este derecho, sea cierto o falso. Si es privado, personal y sin relevancia pública es íntimo y no es necesario entrar a valorar si es cierto.

El el caso que nos ocupa respecto a CIfuentes da igual la información en la que se basa la acusación es sustraída o no. Si se ha obtenido por medios ilegales quizás no pueda ser adminitida como prueba, pero es Cristina Cifuentes que tiene que demostrar que su máster es auténtico ahora que está en entredicho. Y para deostrar que el máster es auténtico tiene que demostrar que todos y cada uno de los trámites que llevan a obtenerlo son auténticos.

El asunto es el que sigue:

Medio de comunicación llega a la conclusión de que un político ha falsificado un título, con ayuda de personal de la universidad.
Publica esa información, y las pruebas en las que se basa.
Político dice que eso es falso y atenta a su honor.
Ese político tiene que mostrar su título.
Si muestra el título el medio puede rectificar y disculparse.
Político muestra documentos falsos e historias que no encajan y ni rastro del título.
Medio de comunicción sigue publicando información que desmonta versión del político.
El político sigue emperrado en que el medio miente y se querella por su derecho al honor.
Tendrá que demostrar a los juzgados que lo que se dice de él es falso.

J

#33 Nuevamente, nadie (ni tú) responde a la base del asunto. El origen de la información y su veracidad.

El derecho a la intimidad protege a cosas como tus calificaciones una vez se han retirado del tablón de anuncios (recuerdo en mis tiempos que eran públicas), algo que no es relevante en la esfera pública me temo. También protege tu historial médico o tu información fiscal. De hecho, tal derecho protege prácticamente todo lo que hagas en tu círculo personal, lo que excluye tu esfera pública.
Es evidente esta afirmación en tanto que ni tú ni yo tenemos derecho a pedirle al Jefe del Estado información de los médicos que visita o de las notas que ha obtenido en sus estudios o incluso qué coño ha comido ayer por mucho dinero público que haya usado en el tema y por mucha figura pública que sea.

No acabo de entender porqué la acusada deba demostrar su inocencia. Salvo que el sistema haya cambiado, quien acusa ha de demostrar tal acusación. Aunque en parte ya asumes que miente (afirmas que la documentación que muestra es falsa, y esa afirmación es tan verdadera o falsa como la equivalente con la información de la fuente que ha utilizado el tal medio de comunicación) y por tanto pre-juzgas a la acusada, aunque finalmente le das una oportunidad para que pueda revertir la sentencia que ya le has colocado.

Lamentablemente este asunto quedará en nada. Aunque tengo las garantías y espero que el funcionario que presuntamente haya robado tal información sea juzgado porque esto entra dentro del derecho a la intimidad donde no todo vale.

Sorry!

#40 Los cargos electos están obligados a hacer presentaciones de bienes, por lo tanto el derecho a la intimidad no abarca su declaración fiscal.

El dercho a la información no tiene nada que cer con si la información se ha obtenido de manera legal o no. Muchas veces los periodistas de investigación recurren a la impostura o el soborno para obtener documentos o información.

Las calificaciones concretas obtenidas también es algo privado, en tanto en cuanto no esté falsificando un título o haya sospechas del mismo. A efectos prácticos nos da igual si aprobó las matemáticas a la primera o a la segunda. Sin embargo si alguien publica tras una investigación que no aprobó las asignaturas necesarias para obtener un título y dieran las circunstancias de que ese fuera requisito necesario para optar a cargo eso pasa a dejar de formar parte de su esfera privada y pasa a ser algo relevante públicamente.

La acusada tiene su master hasta que se demuestre que no lo tiene. No es que no tiene que demostrar que no es culpable, es que hay un conflicto de intereses que no puede dirimirse sin un árbitro. En este caso deberá ser un juez. Ante un juez solo se tiene en cuenta la parte de la realidad que se pueda demostrar, mejor documentalmente, y mejor cuantos más documentos se presenten, siempre y cuando esos documentos sean coherentes entre si y coherentes con los procedimientos adminsitrativos vigentes en su momento.

Como se trata de enfrentar sus realidades y al final la versión mejor docuementada es la que prevalece es la acusada la que tiene que intentar presentar todas las pruebas posibles de que su máster es merecido. Como he dicho en otra nota un título oficial es una sucesión de trámites administrativos según un proceso regulado por un reglamento. El último de los trámites, la obtención del títtulo, depende de que todos los demás se hayan podido completar en tiempo, forma, y que se cumpían los requisitos. Si uno de esos trámites no se ha hecho de acuerdo a la legalidad el trámite final, el título, se desvanece como por arte de magia.

La acusada lo tiene jodido. Si ha hecho algo fuera de procedimiento puede decir adios a su título y a su honor, y además posiblemente no caíga sola. Ningún periodista se la juega así contra un presidente de comunidad autónoma, y ex-delegada de gobierno con buenos contactos en la policían nacional sin estar seguros de la autenticidad de la información.

mdudu

#40 olvidas continuamente que el tribunal y el acto de lectura es público y todos tenemos el derecho a saber si el título que alguien ostenta es cierto.

redscare

#15 Por eso la labor de los jueces es interpretar la ley y dirimir cada caso concreto, viendo que derechos priman según la importancia de la información.

J

#48 Siempre que haya información, que es el caso, y lo que cuestiono. Los datos que pertenecen a la esfera privada no son información por muy públicos que se hagan, otra cosa es que un juez lo considere así. En cuyo caso, como he dicho en otros comentarios, autoriza el robo de datos personales de cualquier personaje público para que, como dices, un juez dirima cómo de importante es la información que puedan contener, previa publicación el medio de comunicación de turno.
Esto es un absurdo.

reygecko

David Bravo es un tipo que, cuando quiere, resulta muy interesante ver sus vídeos, charlas o artículos. La lástima es que últimamente se dedica más a hacer promoción del canal de YouTube de su hijo que a otra cosa. O de las canciones de su amigo rapero.

akaks

#19 lol , el tote era conocido antes que david bravo la sorpresa fue que iban juntos al insti

X

¿ Y quien es el tio este ?

J

#11 ¿No sabes usar Google?

X

#12 Claro , lo inventé yo ...

E

Coño, David Bravo se mete a Youtuber

D

Dejando a un lado que El Diario nunca se ha referido a cifuentes de forma injuriosa, y que la noticia tiene toda la relevancia que dice David, entonces toda esta cuestión de la querella quedará reducida a un solo punto: si la noticia del master de cifuentes es veraz o no (es decir, si El Diario hizo todo lo que diligentemente está en la mano de cualquiera hacer, teniéndose en cuenta que quien realice la investigación siempre juega con desventaja porque tiene que enfrentarse con todas las oportunidades de encubrimiento, opacidad y no transparencia que tienen de su lado esos delincuentes que acaparan el control de las instituciones).

Es decir, cifuentes no va a intentar batallarle a Escolar si la noticia es VERDADERA o no, cifuentes va a intentar batallarle a Escolar si la noticia es veraz o no, o sea, si la investigación de El Diario ha sido suficientemente buena o no, o si El Diario se ha esforzado y aplicado lo suficiente o no a la hora de investigar.

Creo que este último punto lo dice todo. cifuentes, la regeneradora, tenía que estar partiéndose la cara por superarse a sí misma en cuanto a proporcionar formalismos cada vez de mayor transparencia y honradez, de manera que los periodistas tengan demostrada la honradez de los altos cargos incluso aunque no quieran mover un dedo para comprobarlo, pero por el contrario cifuentes hace justo lo inverso, intentar superarse a sí misma huyendo y escondiéndose cada vez mejor, transfiriendo la carga a los periodistas de quedar a ellos el deber de ingeniárselas para averiguar, contra vientos y mareas, que los altos cargos no son corruptos.

Es como si los delincuentes que acaparan el control de las instituciones nos estuviesen diciendo a ciudadanos y periodistas que el deber de ellos no es ser honrados, sino crear las suficientes barreras y trabas institucionales para no ser pillados en su delincuencia por periodistas y ciudadanos que investiguen.

D

Típica huida hacia delante. Le doy hasta la primera semana de abril.

searex

Lo que a mí no me queda claro es: ¿ha presentado ya la querella o solo lo ha anunciado?

D

¿Pero quién es David Bravo? ¿Qué opiñón le merece a jorista el caso Villar? ¿Peligra el bosón de Higgs? (Publicidad: Hoy en Venezuela tienen máster de Arepa o aire para cenar). Si yo fuera youtuber encendería la luz y limpiaría de caspa el micro. Lo demás bien...

darkcopperpot

Este hombre siempre ha querido ser el centro de atención. Este cuando estaba en la Sgae siempre quiso chupar del bote, ahora cualquier oportunidad de hablar la usa para atormentar a los justos.

IkkiFenix

#2 ¿comentario irónico?

D

#16 Primero tendría que haberlo visto, lo que ya es mucho suponer