Hace 10 años | Por Minipunk a adiciones.es
Publicado hace 10 años por Minipunk a adiciones.es

Llega la hora de presentar la factura. 2000 euros más IVA (21%), igual a 2420 euros. Ahora resta el IRPF (21%), o sea, se queda en 2000 euros de nuevo. Pero como debe abonar trimestralmente el IVA generado a la Agencia Tributaria, en realidad su sueldo es de 1580 euros. Pero espera, el último día del mes debe pagar su cuota a la Seguridad Social. Pongamos que paga lo mínimo, es decir 261 euros. Por lo tanto su sueldo vuelve a disminuir, y se queda en 1319 euros.

Comentarios

c

#2 El pago a las cámaras de comercio no es obligatorio.

D

#22 El que no sea obligatorio es algo relativamente reciente. En cualquier caso, aunque ahora no sea obligatorio, los falsos autónomos, como el resto de la gente dada de alta en ese régimen, recibe una cartita de la Cámara, reclamando el pago de un tanto por ciento de lo declarado por IRPF. Habrá quien no lo pague, habrá quien sí. Sigue siendo una cornada indecente para un falso asalariado/autónomo/loqueseaquelollamenparaputearlo.

R

#2 Muchas empresas de desarrollo web, etc. Tienen a empleados así, es más, en realidad aunque no sean autónomos básicamente cuando un cliente viene está pidiendo un trabajo que hará uno de los empleados y le saldría mejor pagar al empleado que a la empresa (y el empleado cobraría más).

Hay mucha PYME que ve a los empleados como un gasto simplemente, sin entender que realmente la empresa a largo plazo solo funcionará si los empleados están motivados y tienen también beneficio por su trabajo.

Por algo mucha gente que intenta hacer outsourcing a India acaba viendo como no todo es sencillo y al final, sale más rentable tener empleados.

Sueldos de 1000€ y se quejan todavía.

c

#4 esa inspectora disfrazada de funcionaria no es más que la cómplice de una estafa.

Gaeddal

#4 Una historia creíble, por supuesto.

D

#15 , #29 , os juro que así fué, mi "amigo" soy Yo

Gaeddal

#32 Doy fe de que eso es así: yo era la inspectora.

¡Mira que no pagar la cotización! Aún me dura el disgusto. Paga, porfi porfi.

D

#4 Buen películas es tu "amigo".

Artok

#33 es sobre la base imponible, los 2000.

Grandes verdades dice. Yo tengo la sensación de que me chupan la sangre. Y eso de estar sólo, clavao. Te jodes y punto, aqui no hay nadie que defienda nuestros intereses. Nos suben cuotas, irpf e iva y absolutamente nadie ha dicho ni mu.

Yo por mi parte ando mirando el tema de una offshore en Belize (las baratitas), no me queda otra, o eso o trabajar de esclavo para el Estado.

#4 buenísimo. Asi es la cosa, pagar un dineral por una basura de seguro.

D

#4 y si el cliente no te paga la factura, te jodes.

z

#4 Por muy bueno que sea el seguro de salud privado, ¿incluye asistencia sanitaria ilimitada? ¿incluye operaciones y tratamientos sanitarios por miles y miles de euros de manera ilimitada? ¿incluye pensión aunque sea de 600 €? La SS con la base mínima (cuota de 261 euros/mes) sí.

Asistencia sanitaria ilimitada + pensión de 600 €/mes por una cuota de 261 €/mes me parece un chollo, por cualquier asalariado mileurista de pagan 500 ó 600 € de SS.

PD. Soy autónomo.

A

#5 Por regla general es del 21% en actividades profesionales, y el cálculo esta bien hecho: BASE+IVA-IRPF

A

#19 Y en el ejemplo tenemos un autónomo en actividades profesionales ... asín que...

Te daría positivo, pero no me llega el karma. lol lol

D

#5 La retención del IRPF ea del 21%

Señor-X

#5 Generas 2400, eso es lo importante.

Stash

#35 No lo veo así.
Generas 2.000€, tu cliente tributa por 420 y hacienda te retiene a ti 420 (a través de tu cliente).

En realidad lo cojonudo del tema es que de una operación de 2.000€ hacienda se embolsa 840€, o sea, el 42% sobre el total la operación.

Hanxxs

#5 Eso de que el IVA no es algo que ganas tú sino que se lo recaudas a hacienda suena muy bonito hasta que el gobierno sube los tipos y a ti te toca absorber la subida reduciendo márgenes.

Stash

#39 Sigue sin ser algo que ganas. Es más, con tu planteamiento realmente lo que haces perder aún, pero nadie te obliga a absorver la subida....en teoria...ya sabes...

D

Yo he sido siempre asalariada y como dice #6 hay muchas condiciones poco ventajosas en serlo.
Pero para hablar de autónomos nos tendríamos que lavar la boca con jabón antes de decir nada; muchos no son los típicos empresarios que buscan ensanchar beneficio,sino de los que no tienen ni un empleado e intentan susbsistir con su trabajo.
Duro ,es poco ,cuando se te llevan todo ese dinero y muchas veces el trabajo es impredecible. Y luego está lo del atraco de la SS para no recibir ninguna contraprestación y conseguir una jubilación de mierda aunque hayas trbajado 10 o 12 horas al día ,si es el caso de que por la crisis no puedas más que cotizar el mínimo .

c

#6 No tienes ni idea.

sotillo

#6 Tranquilo, dentro de poco la mayoría seréis autónomos

D

#6 y eso que cuentas es victimismo de asalariado. Trabajando por cuenta ajena no te tienes que esforzar ni la mitad que un autónomo y el sueldo te cae si o si. Si te despiden te corresponde indemnización, finiquito y la prestación del paro. Las vacaciones pagadas por supuesto, bajas médicas y una larga ristra de ventajas con las que no cuenta un autónomo.
El mercado en España está diseñado para las grandes empresas y los aborregados. Es por eso que no existe ni la mitad de la iniciativa que existe en EEUU u otros paises.
La mentalidad del español medio es la de cobrar una paguita como funcionario o que le pongan a huevo el trabajo en una empresa, y mirar mal y criticar a los que con su iniciativa crean valor.
El beneficio de la empresa lo crea el que diseña el negocio y lo pone en marcha. Los trabajadores crean tanto valor como crean las herramientas y máquinas de la misma.
Por ejemplo todo el mundo tiene un ordenador, algunos saben desarrollar con los mismos pero muy pocos crean servicios y aplicaciones que crean valor. El que lo hace es el legítimo generador del beneficio, los que se unen a posteriori al proyecto aportan un valor relativo y limitado y reciben la parte que les corresponde.

Dab

#23 Es que existen profesiones que sólo se pueden desarrollar mediante "una paguita como funcionario o que le pongan a huevo el trabajo" como, así por ejemplo, a bote pronto, un cirujano cardíaco, un militar o un catedrático en física de partículas

Fingolfin

#23 Las vacaciones pagadas por supuesto, bajas médicas y una larga ristra de ventajas con las que no cuenta un autónomo.

Los asalariados generan en su trabajo los impuestos (propios, o los pagados por la empresa) con los que se pagan esas ventajas. Si el autónomo quiere esas ventajas, que las pague, como las pagan otras empresas.

D

#26 el empleado se beneficia del 100% de esas prestaciones tanto si su puesto de trabajo genera valor como si ha dejado de hacerlo por falta de negocio.
Si su puesto de trabajo deja de ser necesario, cobra una buena mordida como indemnización (absurdo donde los haya) y el paro, prestaciones que le permitirán vivir de las rentas una larga temporada.
El autónomo afronta esas contingencias con sus ahorros, e independientemente de si factura mas o menos, y peor aún si cobra o no esas facturas está obligado a cotizar a la SS y cualquier seguro que suscriba. Si deja su actividad se queda con el culo al aire.

D

#12 Se les conoce como falsos autónomos, decir que el empresario es un mero transmisor del IVA, ya que este debe de ser pagado al final por el consumidor es incierto. No hay que olvidar que sino te pagan, o se demoran en pagarte, tu debes pagar ese IVA igual y si te retrasas lo pagaras con recargo.

Dab

#16 También si no me equivoco a los asalariados se nos deduce una parte de la nómina llamado directamente "Paro". También el autónomo puede contratar un seguro privado de desempleo.
#14 Creo que se ha modificado como anexo en alguna de las últimas reformas, aunque no sé si está en vigor ya o no. No obstante, es absolutamente lógico y nadie entiende cómo hasta el día de hoy nadie había implementado esa circunstancia: no tiene ni el más mínimo sentido que un autónomo deba pagar impuestos sobre algo que no ha cobrado.

Waskachu

#12 de momento se me ocurre que siendo asalariado tienes derecho a cobrar el paro, siendo autonomo no. Nada mas que por eso....

HyperBlad

#12 Tanto tu retención como la suya se ajustan todos los años en la declaración de la renta. Si un autónomo tiene los ingresos que tienes que tener tú para que te retengan el 37,5% y paga solo el 21%, le van a dar un palo de la leche al hacer la declaración.

sebiyorum

a ver si de cada 2000 euros prácticamente el estado y otros se quedan más de mil 1000, seria rentable ser autónomo si nuestro abanico de facturación superara un mínimo de 3000 euros mensuales. Ahora entiendo porque muchos profesionales prefieren cobrar en negro o lo que es lo mismo ¿con iva o sin iva?

iveldie

Y los que tenemos tienda física todavía es más sangrante. Teniendo en cuenta que ganas un 30% de lo que vendes, tienes que facturar 6000 euros para quedarte 2000, y hoy en dia es muy complicado hacer 6000 euros mensuales de caja. Luego de esos 2000 resta alquiler, seguro, luz, impuesto, modulos, contable, a final muchos meses me toca añadir despuesd e trabajar 10 horas al dia de lunes a sabado y con 4 o 5 dias de vacaciones en todo el año, que son año nuevo, navidad, reyes y alguno mas.

D

Corregido. Muy bien. Progresas adecuadamente.

s

A mi lo que me choca es la entradilla, porque 2000 euros más el 21 % si son 2420 euros, pero 2420 menos el 21 % son 1911,8 no 2000 como pone . Si todas las cuentas las hizo igual aún es hasta optimista.

D

Victimismo puro y duro.

Vermel

¡Con lo fácil que es hacerlo todo en B...!
Es como si nos obligasen por algún oscuro motivo...

Stash

#46 La exención de retención no es de tres años y no es completa, es durante los dos primeros años de la actividad y, cuando se tributaba al 15%, la retención reducida era del 7%. Asi lo era hace tres años y pico.

frodo969

#47 de verdad muchas gracias por tus comentarios. Voy a revisarlo

s

Para ser justos, hagamos una comparación de cuánto ganaría un asalariado en las mismas condiciones. Su empresa factura 2000€+IVA gracias a su trabajo, que habría que multiplicar por 11 meses, ya que uno de ellos está de vacaciones, igual que el autónomo del ejemplo. Esto da un total de 22000€+IVA facturados. Suponiendo que la empresa decidiera no tener beneficios y dárselo todo al trabajador (una empresa un tanto rara, ¿no?) calcularemos ahora mismo el salario bruto del empleado teniendo en cuenta que la empresa pagará un 29,9% de seguridad social del mismo: 16936€

Con una calculadora de IRPF, pasamos a calcular el salario neto del empleado en 14 pagas, tal y como hace el autónomo del ejemplo: 975€

Al final el neto está bastante cerca de lo que gana el autónomo del ejemplo, todo esto suponiendo que la empresa no gana beneficio alguno, con lo que el sueldo real del asalariado sería bastante menor si la empresa tuviera ánimo de lucro y/o gastos. Eso sí, el autónomo sigue teniendo la gran desventaja del paro, baja por enfermedad, adelantar el IVA de facturas no cobradas (me parece una barbaridad), etc.

Lo que quiero resaltar es que la mal llamada "cuota de autónomo" la pagamos también los asalariados, y bien pagada, ya que es un 29,9% que paga la empresa más un 6,35% que pagamos en nuestra nómina. Lo que pasa es que la parte que paga la empresa no la vemos en nuestra nómina, pero no deja de ser un dinero que hay que facturar gracias a nuestro trabajo y que luego no llegamos a ver en nuestra cuenta del banco.

f

No os preocupeis ahora con la tarifa plana de rajoy todo son ventajas...

Benkiu

Yo soy autónomo y lo flipo con lo leído. Hay muchos comentarios constructivos a esta parte, pero siempre están los que escriben que si es victimismo o que no lloremos. A mi no me ha quedado más salida que ser autónomo, aún teniendo estudios superiores y la verdad, de lo que trabajo no son necesarios pero ayuda al desarrollo de éste.

Alguien ha probado a cobrar lo que yo? Trabajo de lunes a sábado, 40h semanales y apenas llegó a tener para mí, a modo de salario 500e. Se que no es culpa de los asalariados ni del Gobierno, pero la verdad, lo que facturo sólo sirve para que cambie de manos.

Yo opino que hay gente que por su propia personalidad quiere ser asalariados, porque prefiere ir a trabajar, realizar su tarea e irse a casa sin pensar en nada relacionado con su empresa, y es una opción de vida la verdad.

Ser autónomo creo que es ser tu propio jefe y eso es lo más sacrificante porque te exiges como el que más y otra parte de ti pide que tengas tiempo para ti.

D

Totalmente mal planteado... las cuentas no estan ni remotamente bien, lo que es escribir sin tener ni idea de lo que se dice...

raulion

Llega la hora de presentar la factura. 2000 euros más IVA (21%), igual a 2420 euros. Ahora resta el IRPF (21%), o sea, se queda en 2000 euros de nuevo.
¿Desde cuando el 21% de 2420 es 2000? Es 1911,8

Catacroc

#33 El IRPF se calcula sobre la cantidad sin el IVA, por lo que se compensan el IVA y el IRPF.

frodo969

Yo lo estoy flipando un poco, 33 comentarios y nadie se pone de acuerdo en como hacer una factura. Vamos a ver, si yo me doy de alta en una actividad profesional, aunque se realice a una empresa NO LLEVA RETENCION a cuenta, y como han dicho otros meneantes el IVA es una recaudacion que se realiza en nombre de hacienda, que abona el cliente final. Otra cosa es si te das de alta en una actividad empresarial, que si lleva retencion. Pero ojo, esa retencion se aplica SOLO a la parte de mano de obra .
Ah y otra cosa, los que os quejais de que pagais mucho de autonomos y que no cobran paro y tal. Recordaros que el pago de impuestos es algo SOLIDARIO, ya que no cubre SOLO a la persona que paga o es que su familia no tiene cobertura sanitaria? Y si de todas formas no salen las cuentas, es como en cualquier negocio (yo ya he cerrado alguno) se cierra y a otra cosa.
Un saludo

Stash

#43 ¿Como que no lleva retención a cuenta?. La lleva siempre.

O en la propia factura (caso 1) o en la declaración trimestral (caso 2), segun el caso.
Y se aplica a lo que se considere el rendimiento neto de la actividad, esto es, lo que has ganado con el trabajo menos lo que te ha costado realizarlo, grosso modo. Simplificando mucho podría aceptar lo de que "solo la mano de obra", pero realmente es (caso 2) sobre la diferencia entre los ingresos computables de la actividad y los gastos fiscalmente deducibles (Casillas [1], [2], [3] y [4] del modelo 130 de la AEAT) menos la casilla [6] si te aplica (caso 1) que se corresponde con las retenciones e ingresos a cuenta soportados en la actividad.

Y ya si eso ajustas cuentas con Hacienda en junio del año siguiente en la declaración de renta (MOd 100).
Ah, yo sufro ambos casos segun el trabajo que haga.

frodo969

#44 ahora no dispongo de la información concreta, pero dicho por un tecnico de hacienda a la hora de darme de alta. Por cierto segun me comenta mi contable, los tres primeros años estas exento de retenciones. Pero de todas formas lo confirmare. Gracias por tu respuesta