Publicado hace 4 años por efectogamonal a afectadosporlahipoteca.com

En menos de 24hs hemos vivido la noticia de un nuevo varapalo a la banca y la de un nuevo favor a sus intereses. ¿La diferencia? La primera viene de Europa y la segunda de la justicia española.

Comentarios

D

#9 Te cito de la constitución. Sacado directo del BOE: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1978-31229

Artículo 47

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.


A partir de ahí podemos divagar todo lo que queramos, pero los llamados constitucionalistas, deberían estar ahora mismo echando bilis al no cumplirse uno de sus artículos.

F

#10 Se llaman constitucionalistas por poner una excusa barata, usan lo que necesitan para excusar su aberrante comportamiento.

D

#23 #19 Nadie ha hablado de derecho fundamental. No obstante si que es un derecho. Lo que significa estar o no en una sección o en otra es que orden de preferencia tiene en tanto no haya recursos disponibles para satisfacer todo, es decir una causa de fuerza mayor que obligue a elegir. No obstante no es el caso de España en lo tocante a la vivienda donde de hecho sobra el recurso lo que ocurre es uqe se especula con el. Lo siento pero ninguno lleváis razón lo que ocurre es que este tema tendría que llegar a un tribunal constitucional no politizado para que se aplicase este y otros artículos que van en consonancia con la acción del gobierno por y para el interés general que es la premisa que sistemáticamente violan con descaro nuestros gobernantes. Repito que los amantes de esta "maravillosa" constitución impuesta a la mayoría de los que están vivos deberían llorar cuando se pasa por encima de ciertos artículos de la citada con tanto descaro y desvergüenza.

Arkhan

#29 Es que el derecho a la vivienda no se garantiza precisamente regalando casas a todo el que lo pida, se garantiza generando un marco legal oportuno para ello de todo lo que hay alrededor. De la forma que está registrado lo que dice es que el que quiera tiene que poder acceder a una vivienda.

Y ello se consigue con una normativa laboral que realmente fomente y proteja el empleo, garantizando unos servicios públicos básicos en los núcleos urbanos no muy poblados y evitando que el mercado inmobiliario caiga en una deriva alcista a causa de su uso como producto doble y meramente especulativo.

Deathmosfear

#31 No veo que #29 haya dicho en ningún momento que haya que regalar viviendas. Tú mismo lo dejas claro en tu último párrafo. El Estado debería evitar el uso especulativo de un derecho fundamental como es la vivienda (a eso se refiere la Constitución), cosa que no solo no hace, si no que fomenta con el apoyo a la banca. Un total despropósito.

marioquartz

#29 O es un "derecho fundamental" o es un "principio rector que informa positivamente la ley". FIN.
No existen mas opciones.
Ergo no es un derecho.

P

#23 lo sé, sé que obviamente no es aterrizable literalmente, pero como he dicho, se indica que se actuará para evitar la especulación, eso es bastante literal y, cómo diría nuestro querido ex presi, meridianamente objetivable. Vender vivienda pública a fondos buitre a precio regalado, no es trabajar hacia ese derecho y mucho menos evitar la especulación, más bien todo lo contrario.

Y, sin ser un derecho real, si debe ser una directriz o un objetivo a alcanzar pero se está trabajando en contra de ello. Por lo que no me vale.

¿Qué pasa? Que juegan en la línea roja, juegan al "a ver cómo demuestras que lo hago por interés y no por un motivo de bajar la deuda". Por poner un ejemplo.

anonymousxy

#26 Ahí te doy la razón básicamente en todo. Yo solo puntualizaba.

P

#56 ya lo he aclarado para tontos en otro comentario, léelo en #26.

Crack, monstruo, fiera.

Que os tienen que explicar todo y os agarrais a un clavo ardiendo para defender a vuestro amo.

x

#10 deberías leer el link del comentario al que respondes.

P

#9 cómo ya te han aclarado, se recoge en la Constitución. Además, en ese mismo artículo, se específica que los políticos han de trabajar para evitar la especulación (vivienda pública a fondos buitre, eso es evitar le especulación, no?).

Pero bueno, no hay más ciego que el que no quiere ver. Ahora, a ahogarte en bilis.

Spartan67

#16 pues se han pasado por el forro la Constitución y muchas cosas más.

P

#18 presunta prevaricación, intereses, tráfico de influencias... Pero no pasa nada, no hay juicio ni se le espera.

marioquartz

#16 Pero NO ES UN DERECHO DE VERDAD. Puede venir en la Constitución Y NO SER UN DERECHO. Precisamente el ciego eres tu. Informate un poco en que parte y con que carga tiene esa parte de la Constitución.

Cehona

#9 #56 Nadie dice que me otorguen / regalen una vivienda, se supone que las leyes están para defender al ciudadano y que los jueces (cuando quieren) interpreten las leyes, leyes que son muy interpretativas, como asi la UE continuamente remarca a la justicia (injusticia) española.

thingoldedoriath

#4 La justicia española actual es hija del franquismo, endogámica y con los vicios de la dictadura

Sí. Los jueces independientes escasean y es cierto que a partir de la primeara instancia, la endogamia comienza a notarse bastante (aunque sigue habiendo magistrados como el señor Castro!!). Y sí, en general mantiene muchos de los vicios que tenían durante la dictadura (por cierto, yo viví unos cuantos años de aquel régimen); de hecho, yo diría que el sistema judicial es de los que menos han cambiado desde 1978.

#6 Hay intervención de "pares" en todos los puntos que tu solo nombras al los "poderes políticos". Y por fortuna, se cuelan magistrados que no se colarían si sólo interviniesen los "poderes políticos".
Y por cierto, ya se que mal de muchos... pero las fiscalías dependen de forma directa del Fiscal General del Estado que nombra cada gobierno que se forma, ahí si podrías mencionar sólo a los "poderes políticos".

Peazo_galgo

#6 lo curioso es la argumentación que dan para justificar el sistema actual... Algún ex-juez ha comentado que si se eliminara la designación política, el sistema judicial derivaría en lo que pasa en la sanidad, ésto es, al igual que con los médicos y sus errores se iría al corporativismo puro y duro y todos los jueces estarían cubriéndose las cagadas y vergüenzas sin excepcion... Vamos, que prácticamente dicen que en el país de pandereta en que vivimos es la solución menos mala porque los jueces de una terna política al menos saben que si la cagan estarán al acecho los de enfrente (como ha pasado en el caso reciente del juzgado cesado por putear a la ex-compañera de podemos) ... En cualquier caso y en los dos sistemas los puteados finales somos siempre los mismos desde luego.

tul

#11 en sanidad los politicos son los que eligen a los medicos que ocupan los sillones de arriba asi que no tiene ningun sentido tu explicacion.

thingoldedoriath

#11 Eso se arreglaría bastante (no del todo, claro) haciendo que los fiscales jefes y unos cuantos magistrados de audiencias provinciales, TSJ, TS y TC sean elegidos en las urnas, como se hace en algunos países.

D

Quien se extraña, si son parte de las cloacas...

D

#52 De tu comentario:
"No soy un experto en leyes".
De la Constitución:
Artículo 53
Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).

Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.

El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.

Mío:
El caso del derecho a la vivienda es el del apartado 3. Ese derecho "informará la legislación positiva" pero no tiene tutela directa ante los tribunales.

P

Yo no puedo exigir que el gobierno me garantice una vivienda, pero sí a que regule y vigile ese entorno (especulación, corrupción, etc). No pido más que eso.

th3b1gb0ss

#33 Exacto, eso es lo que se supone que deberían garantizar según la constitución pero se lo pasan por el forro de los cojones porque lo de la vivienda es un mercado sumamente goloso. Por eso se esta repitiendo la misma historia de políticuchos corruptos llenandose los bolsillos a base de pasar del tema e incluso participar en la acción de los buitres que se ponen a especular.

Al final va a pasar lo mismo que la última vez y no se va aprender nada de nuevo. Eso sí, el precio de la vivienda no tocará fondo porque ya se aseguraran de sacar propaganda diciendo que esta todo baratito baratito para que la gente vuelva a comprar. Baratito para los fondos a los que le hacen un precio especial por comprar a granel lol

Noctuar

Justicia no. Sistema judicial. No es lo mismo.

s

Agresion!!! violencia bancaria!!! Terrorismo hipotecario!!!! Fascistas!!! fascistas!!!!

De verdad que tanto usar determinada terminologia la esta despojando de sentido.

D

Pisos gratis para todos ya, a mi un ático en serrano

Kenzoryyy

#14 que dices pedazo de desgraciado? El IRPH es una clàusula ilegal abusiva que los bancos han aplicado desmesuradamente y literalmente robando a millones de familias como la mia, y probablemente a la tuya

c

#14 #15 #28 #32 la protección a consumidores en ejecuciones hipotecarias forma parte del contenido del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Por último, aunque esto ya no sorprenda, no existe alusión alguna a los Tratados de Derechos Humanos que determinan una protección cualificada de la vivienda habitual como Derecho Humano de toda persona.

Algunos están tan acostumbrados a ser esclavos que ni ven las cadenas que penden de su cuello.

En España el banco redacta la ejecución hipotecaria y el juez simplemente la firma. En los países civilizados de nuestro entorno el juez examina caso por caso qué es lo que se hace, que no siempre es lo que el banco decide.

El TS español, como queda demostrado una y otra vez cuando hay que decidir sobre temas hipotecarios, se cubre de mierda todo lo que haga falta para servir de cortafuegos entre la justicia europea y los consumidores españoles.

D

#34 Espera, espera... Está el derecho a la vivienda entre los derechos que han de ser interpretados de acuerdo a la DUDDHH y los demás tratados en la materia ratificados por España?
Es eso?

Artículo 53
Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).

Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.

El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.

Mira a ver dónde se encuentra el derecho a la vivienda y luego mira a ver qué protección debe recibir o a qué está destinado...

Deathmosfear

#36 De eso va el artículo, de que las leyes españolas sobre derechos fundamentales son una mierda. Si tú no consideras que el vivir bajo un techo es un derecho fundamental, solo porque las leyes españolas no lo especifiquen como tal, pues tú mismo.

D

#45 No. No lo considero.
Los únicos bienes que debe proveer un estado son los públicos. Nos podemos dar con un canto en los dientes que aquí tenemos, además, sanidad y educación (y pensiones, subsidios, etc).

Deathmosfear

#46 Bueno, pues si tu no lo consideras, la ONU sí. Eso de "agradecer" por lo que tenemos en lugar de exigir lo que no tenemos no va conmigo.

D

#48 Conmigo va lo de procurarme lo que no tengo.
Ya ves qué cosas de locos, eh

Deathmosfear

#49 Eso está muy bien, si vivieses tú solo sin depender de nadie. Pero como vives en una sociedad a la que contribuyes (mediante tu trabajo, impuestos, etc), pues la sociedad debe devolvértelo (para eso está el Estado). Si lo que propones es un sistema anarquista individualista, ánimo, lucha por ello.

D

#51 Gracias a esa contribución a la sociedad te dan rentas con las que te puedes proveer de vivienda y de lo que quieras. No te lo devuelven en especie, ¿sabes?

c

#36 Espera, espera... Está el derecho a la vivienda entre los derechos que han de ser interpretados de acuerdo a la DUDDHH?....


Espero, espero...

La respuesta es sí. Aparece en el articulo 25 de la DUDDHH (pegadito a la palabra 'alimentación'), que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico. Agunos españoles de a pie, de tanto que le chupan la polla a sus amos, no tienen tiempo de leerse la declaración hasta el final.

D

#67 Pues puedes esperar lo que quieras pero ese derecho en la CE78 no se encuentra entre los que España ha de interpretar de acuerdo a la DUDDHH.
Por mucho que te pongas, es así...
Para más información, art 53 CE78

c

#69 que no sea objeto de protección agravada no quiere decir que no tenga que ser objeto de ninguna protección. Y eso es especialmente sangrante en el caso de la ley hipotecaria española y del tribunal supremo, que para redactar una sentencia antes tiene que llamar a Ana Patricia Botín.

D

#71 A ver si puedes distinguir estas dos cosas:
a) derecho a la vivienda.
b) litigios derivados de un contrato hipotecario.

c

#72 A ver si puedes distinguir estas dos cosas:

Métete tu condescendencia por donde te amarguen los pepinos. En España no hay ''litigios'' derivados de un contrato hipotecario, en el sentido de que no hay nada que litigar: el juez se limita a firmar lo que la entidad ordena, sin margen de maniobra alguna, vulnerando el principio de tutela judicial efectiva. Es algo que llevan señalando los tribunales europeos desde hace mucho tiempo. Por eso seguimos sin trasponer a nuestra legislación a los requisitos mínimos exigidos por las directivas europeas.

Tu mentalidad de vasallo te impide siquiera concebir que un impago pueda terminar de otra forma que en ejecución, como sucede en otras partes del mundo. Por eso te inventas cosas que no he dicho para desacreditarlas, o simplemente fanfarroneas como un bebedor de bar fe carretera con bromas del estilo ''si encima querrán que le regalen los pisos''. Eres un esclavo: has nacido esclavo y morirás como un esclavo, defendiendo al amo que te pega.

No creo que merezca la pena intentar razonar con un lacayo acerca del valor de la libertad y de los derechos.

D

#73 No, nene. Yo tengo inmuebles... Y lo que más me mola es vivir a costa de la gente como tú.
lol
No sabes el placer que da.

c

#74 Yo tambien tengo inmuebles, pagados y sin cargas La ventaja es que yo no tengo la autiestima baja: por eso no soy un troll.

Eso no me da ningún gun placer. Me da pena. Y vergüenza ajena.

D

#75 lol lol lol
Y se lo va a creer la madre que te parió

c

#76 Qué es lo no se va a creer? Que tengo mi vivienda pagada? Acaso es tan raro?

Tu nunca desperdicias una oportunidad de quedar como un gañán ignorante, no? No hay más que echar un vistazo a tus comentarios.

R

No entiendo muy bien, un crédito hipotecario se diferencia de un préstamo fundamentalmente en que tiene como garantía de cobro el bien hipotecado y en base a esa garantía se pide un interés menor y un plazo mayor. Se ha fijado que para ejecutar la garantía se requieren 12-15 cuotas impagadas.

¿Que se solicitaba? ¿que aunque no se pague el crédito no se pueda ejecutar la garantía nunca? ¿más plazo de impago? ¿Esperar a que la vivienda no esté habitada?

Deathmosfear

#13 También puede pedirse la anulación de la ejecución cuándo ya has pagado más de la mitad del préstamo, o alguna medida similar. Me parece bastante abusivo que después de 15 años pagando una hipoteca, cuando te falta por pagar, por ejemplo, sólo un 10% del valor del bien, el banco pueda requisarte la totalidad del bien por impago. Lo justo sería que se ajustara el cobro de manera proporcional al valor restante por pagar. O que tras pagar el 50% del valor, el cobro pase a ser meramente económico y no se pueda requisar el bien, o que se yo. Medidas menos abusivas seguro que pueden ponerse.

LeDYoM

Oh, la "justicia"espanyola haciendo lo que le da la gana.
Cuentenos mas.

D

No existe el derecho a la vivienda tal como lo entiende el populacho.
Con populacho me refiero al meneante medio.

Deathmosfear

#15 Existe. Art 25.1 de la DUDH. Otra cosa es que la Constitución española no lo considere como algo importante. Una ley a nivel global tiene mas peso que una a nivel estatal.

D

#47 Una ley a nivel global vincula si la has ratificado. Si no, no. Soberanía y tal; ya sabes... Y España sólo se considera vinculada por la DUDDHH en lo que respecta a la interpretación de los artículos que se reflejan en el art. 53 CE78.

Deathmosfear

#50 No soy experto en leyes, pero diría que cuando un pais entra en la ONU, acepta la autoridad de esta en materia legal y tal.

D

#52 En España no hay nada que pueda ir contra la Constitución. Todo el resto de normativas están por debajo, incluidos los DDHH.

Y esto es así aquí y en todos los paises

D

A las barricadas españesties, luchemos por los derechos fundamentales nuestros y de nuestros hijos , ha llegado la hora , que trajín inconformistas luchando por sus derechos más básicos por todos lados roll

Cehona

¿Pero la justicia española a favor de quien está?

#5 No es que estén a favor de los políticos, es que ellos son políticos. Así que ya sabes el que parte y reparte...

D

#7 Dado que ya hay sentencias lo de "presuntamente" lo podemos eliminar del texto.

johel

#40 Lo habia puesto pero de vez en cuando intento equilibrar los textos, asi que al darle la presuncion al "posoe" se la he tenido que extender tambien a "democrazia cristiana"
¿Asignarles como alias "democrazia cristiana" no sera constitutivo de delito en este pais de sujetarnosla con papel de fumar, no?

D

#64 Pues no se, yo puestos a jugarmela los llamaría hijos de puta directamente lol

dudo

#1 in dúbito pro reo

D

Comentario a # 57 mariqyuartz
La tercera opción es un derecho ordinario. No ni derecho fundamental ni derecho ordinario, es solo un principio rector.

D

El derecho a la vivienda no existe.

Demostración:



Más específicamente, ir directo al minuto 3:19

Spartan67

Hechos, cuando vea casos reales me lo creeré. Esto son palabras bonitas de momento.

y

No me extraña que a algunos se les llene la boca con la palabra "España". Hay tanto por lo que estar orgulloso...

K

No entiendo que quieren exactamente los de la PAH. Por lo que lei ayer antes con no pagar 3 meses te desahuciaban y ahora son 12 meses.
¿Los de la PAH quieren que nunca te puedan desahuciar?
¿La sentencia de la UE que dice exactamente pero en cristiano?
Es que no me queda claro que es lo que dice la sentencia ni lo que quieren que se hiciera la PAH.
Porque si es que nunca se pueda desahuciar a quien pide una hipoteca entonces para que pagar...

D

#38 son un lobby que quieren pues eso mismo. Solo tienes que leerte su fumada de propuesta de ley y ver cómo pretenden expropiar el usufructo de viviendas por la cara, además de apoyar la ocupación,....

El nazismo anti españoles pervive, nos odian y nos quieren ver debajo de un puente.

pacoco

¿Derecho a la vivienda?, ¿y dónde está el derecho del arquitecto de quedarse en su casa y tocarse los huevos?, ¿y el derecho de los obreros a no levantar los cimientos si no les pagan? La vivienda tiene detrás muchas obligaciones para que vengan unos listillos a hablar de derechos. Podemitas, fijo.

V

Señores, el "derecho a la vivienda" no existe en la constitución. No está contemplado en los derechos fundamentales ni en los ordinarios. El "derecho a la vivienda" es un principio rector de la constitución, no un derecho, por mucho que la izquierda os lo haya repetido hasta la saciedad y seáis tan vagos de comprobar lo que es o deja de ser. Venga, ya podéis seguir con lo vuestro.

sinozzuke

joder, el TSJ parecen los Skeksis

El_joseador

Para libertarios y voxeros, la vivienda digna no es un derecho, y hay que ignorar a los miles de ciudadanos que no tienen acceso a viviendas porque la especulación inmobiliaria.
Solo es un derecho tener armas y “defenderte” de un ladrón o de un ocupa que entra en tu casa...
Para vox y demás, el problema no son los desahucios pero si las ocupaciones ilegales, que ocurren con mucha menos frecuencia y se solucionan más fácilmente.

marioquartz

#70 Soy de izquierdas y como se leer digo que la vivienda no es un derecho tal y como algunos creen.