Hace 8 años | Por israelf a eldiario.org
Publicado hace 8 años por israelf a eldiario.org

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado nulo el despido de una empleada que se negó a cumplir el requerimiento de la empresa para que fuera maquillada a trabajar.

Comentarios

israelf

#4 Ya. El enlace del Expansión sale en el del El Diario.

trasier

#8 Que fallo, la he meneado pensando era de "el diario".

israelf

#8 ¿Pero si es AEDE no se puede enviar esto?

angelitoMagno

#11 En mi opinión, si la fuente original no es válida y el resto son copias claras, no enviaría y esperaría a encontrar una fuente correcta. No sería la primera vez que me quedo sin enviar algo por esa razón.

Pero bueno, parece que al resto de meneantes les da igual.

m

#16: Yo te lo confirmo: Me importa tres pepinos ese criterio.

Porque al final es lo de siempre:
- Esta no que es AEDE.
- Esta no que es "copia"
- Huy, aquí el autor añadió una coma. ¡Microblogueo!
- Esta no que es duplicada de las anteriores.

Y al final no sale nada a portada.

D

#11 El boicot es por el canon de aede.
El canon de aede lo justifican porque, dicen, muchos de los contenidos de internet salen de su trabajo y por eso hay que pagarles a ellos, para remunerarles ese esfuerzo.
¿ Cuál es la mejor forma de darles la razón ?
Pues eso.

Yo no me pronuncio sobre si se debe hacer un boicot o no. Pero si se hace, que sea con un poco de cabeza, no justificando el canon.

D

¿Y si trabaja de payasa?

earthboy

#2 En este caso era la empleadora la que era una payasa. Una cosa es ser un payaso y otra muy distinta que te lo confirme el TSJM. Eso ya es serio.

Findopan

#17 ¿Y por qué razón?

D

Pues nada, que contraten a Carmen de Mairena como dependienta, que maquillaje nunca le va a faltar. Y así de paso deleita a la clientela con algunas de sus rimas, como por ejemplo "hoy comienza agosto y a mí el chichi me chorrea mosto."

delawen

Pues yo sí que me hubiera maquillado. Hay muchas formas de maquillarse que pueden hacer que la empresa dé muy mala imagen. Pero ojo, yo voy maquillada, ¿eh? Cumplo las normas.

Es que no sé maquillarme de otra forma

a

#5 Es que el reglamento interno lo que decía es que el maquillaje debe ser discreto y el tribunal interpreta que eso no equivale a la obligación de maquillarse.

Yo de ser la empleada pues diría: "Cumplo el reglamento a rajatabla: mi maquillaje es tan discreto, tan discreto, que ni se nota!"

delawen

#12 Pero define discreto. Hay maquillajes discretos que deforman la cara. Por ejemplo, maquillarte de forma que un ojo sea más grande y el otro más pequeño. O que los labios se queden muy finos. O muy gruesos.

Y seguiría siendo discreto y no se notaría que es maquillaje, si se hace bien.

D

#15 No es comparación, es reducción al absurdo. Si la legislación establece unas limitaciones, cualquier cláusula que se pase de ahí no tiene ningún valor, aunque venga en el contrato con letras de oro. Hay derechos irrenunciables (aunque muchos trabajadores estén dispuestos a regalarlos porque "al menos tengo trabajo")

pablicius

#18 De acuerdo. Lo único es que no creo que en un trabajo cara al público ir con aspecto descuidado sea un derecho irrenunciable defendido por la ley.

Hay otra gran cantidad de requerimientos establecidos para puestos de trabajo que nadie discute: la mayor parte de los trabajos industriales exigen uniformes y gorros para trabajar. Los futbolistas tienen prohibido desplazarse en moto. Los camioneros pasan días enteros fuera de casa.

Si para ti ir desaliñado es irrenunciable, no te empeñes en trabajar en eso. No se trata de que el empleador sea un discriminador arbitrario. Simplemente, tener un aspecto aseado es necesario para ciertos puestos. Tanto trabajador como empresario suelen verlo con perfecta naturalidad. Ir con buena presencia al trabajo no creas que es algo que todos hacen "porque al menos tengo trabajo". Para la mayor parte de la gente es simplemente algo normal.

m

#21: ¿Ir sin maquillar es ir "desaliñado" o "descuidado"?

pablicius

#25 Sí, en ciertos contextos, y para ciertos puestos, puede entenderse así. No de forma general, claro.

No obstante, no pretendía tanto opinar sobre este caso concreto, del que no conozco detalles. No sé quien tiene razón, ni pretendo decirlo. Más bien señalaba que el establecimiento de ciertos requisitos en el desempeño de un puesto no tiene por qué ser arbitrario ni abusivo, de forma general, siempre que se establezca de forma clara, y desde el principio.

m

#27: Es que a mi todo lo que sea exigir corbatas, tacones, maquillajes... me parece innecesario.

robustiano

Pos estoy de acuerdo, a no ser que la interfecta se dedicara a la prespitución, es algo prescindible...

Arzak_

si es una mimo, no aplica

Tartesos

Periodismo cobarde que acusa del pecado pero no al pecador.

m

¿Y si en vez de maquillada la piden estar encorbatada? ¿Y si es un hombre el que se niega a estar encorbatado?

En todo caso me alegro, poco a poco debemos eliminar los dumb dress codes.

D

Pues como a los payasos les de por trabajar "al natural" vamos a tener unos cuantos niños traumatizados

pablicius

¿El cumplimiento de ese reglamento estaba en el contrato? ¿Se lo dieron o se lo comentaron en el momento de la contratación? Hay bastante que mirar en este caso.

D

#10 Aunque el contrato diga que te pueden dar latigazos por no inclinarte cuando pase el jefe no tendría ninguna validez.

pablicius

#14 No compares

Cart

#10 Sí, por eso fue al TSJM. Y han mirado lo que tenían que mirar.