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kimnet el 16-11-2012 01:53 UTC publicado: 16-11-2012 07:25 UTC

En la foto se aprecia a Mossos d'escuadra vestidos de paisano con pegatinas de CGT y armados con porras extensibles.
etiquetas: mossos, cgt, 14n, manifestacion negativos:
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www.google.es/search?q=comprar+porra+extensible&ie=utf-8&oe=ut
Y ,por otro lado, si el poder que hace los recortes va contra CGT ¿No habria quizás que afiliarse y fortalecerla?
Ahí lo dejo.
¿Os habéis fijado la campaña brutal que hay contra la CGT? En todos los telediarios han hablado de "radicales antisistema miembros de CGT". Quieren que el pueblo (o sea los adoradores de sálvame y similares) crea que la CGT es el diablo, o peor aún ETA.
El artículo que tú enlazas hace referencia al borrador del nuevo reglamento de armas. Ese borrador resultó tremendamente polémico, y creo que no llegó a aprobarse. Si se aprobaron, en cambio, algunas modificaciones al antiguo reglamento de armas, en las que no se hace mención alguna a las defensas extensibles.
www.boe.es/boe/dias/2011/07/09/pdfs/BOE-A-2011-11778.pdf
"11778 Real Decreto 976/2011, de 8 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero."
No sé si aparte de estas modificaciones se aprobó un nuevo reglamento de armas, pero lo dudo mucho.
Por lo que yo entiendo, y que alguien me corrija si me equivoco, los artículos que no se modifican siguen vigentes, y esto es lo que decía el antiguo reglamento:
"SECCIÓN IV. ARMAS PROHIBIDAS.
Artículo 4.
1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo.
Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.
2. No se considerará prohibida la tenencia de las armas relacionadas en el presente artículo por los
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