Hace 14 años | Por snevado a fiscalweb.es
Publicado hace 14 años por snevado a fiscalweb.es

Recientemente, la Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa en su página web. Entre la información que se incluye en esta nota destaco la relativa a la inclusión por parte de los arrendadores de las operaciones de arrendamiento en el modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceras personas las operaciones relativas), pese a que estas operaciones ya hayan sido comunicadas mediante el modelo 180 (Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento...

Comentarios

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Las notas informativas se realizan constantemente dentro de la tributación . En este caso el model de operaciones con terceros ya vigente en el 2008 , se ha realizado por la posible confusión suscitada en la obligación por doble via modelo 180 de arrendamientos de inmuebles y el modelo de operaciones con terceros donde existe la única diferéncia en que esta debe adjuntarse la referencia catastral correspondiente , cosa que en el modelo 180 no.

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Quizás, una posible solución para evitar el coste administrativo que supone elaborar ambos modelos (347 y 180) con datos duplicados, sería incluir en el modelo 180 la posibilidad de incluir el dato de la referencia catastral.

Igualmente, una medida positiva seria elevar el importe desde los 3005,06 hasta los 6000 a partir del cual existe la obligación de declarar.