Hace 3 años | Por baraja a confilegal.com
Publicado hace 3 años por baraja a confilegal.com

Dos agentes han sido sentenciados por allanamiento de morada a un año y 9 meses de prisión e inhabilitación absoluta durante 6 años; por detención ilegal a una multa de 1.080 euros, y por falsedad en documento oficial a 3 años de prisión, a una multa también de 1.080 euros, y a inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión de Policía durante dos años. Entraron sin permiso en un domicilio para detener e incautar drogas y luego falsificaron el acta de detención para decir que había sido en la vía pública.

Comentarios

U

#7 Así es como se las gastan, en todas partes.

l

#1 Si oyes detras de una puerta pelea o bronca es una sospecha o un delito flagrante. Puede ser una bronca entre familiares y alguien esta jugando con sonido muy realista.

Sin tener la puerta abierta no se que se puede considerar flagrante. Si pillas alguien con droga y te dice en que puerta ya es suficiente?

Hay muchas cosas que son interpretables y si interpretas mal es un riesgo o si hay manga ancha pues los limites no sirven para nada.

#7 El falso testimonio de alguien con presuncion de veracidad, deberia tener consecuencias seria y perder la presucion a veces de todo el grupo porque en ocasiones se tapan y que uno perjudique al grupo tambien cambia las actitudes.
Tambien deberia haber mas democracia y tener mas capacidad de elegir a nuestros servidores publicos.
Por ejemplo, hay locales que todo el pueblo les tiene mania con razon y no hay mecanismo para echarlo.
El mecanismo actual es denunciar y un proceso costoso para e que hay que tener una gran motivación.

Lo psicologos forenses tiene tecnicas para dar veracidad a un testimonio y mas si hay 8 testimonios. Si te quejas hay medios por lo menos para tener serias sospechas de los policias y si pasa a menuto tomar medidas si se tiene interes, pero tampoco hay mucho interes.
Tambien seria interesante saber a quien quejarse, tal vez en algun punto superior no le gusta que subordinados actuen asi.
#11 pensaba que lo de flagrante seguia vigente. Aunque en la practica no sé que diferencia hay en el cambio.

D

#1 Pues tiene sus pros y sus contras digo yo y deberían clarificarse tal vez algunas excepciones, porque todos sabemos a menudo en que sitios y hasta como se delinque...


Mas vale que se lo miraran, yo desde luego no estoy de acuerdo...

Si hay indicios razonables de la comisión de delitos, creo que hay que abrir mas la mano

D

#3 Lo que es una violacion de los derechos humanos deberia ser permitir quier otros puedan violar los de los demás con impunidad..

Ferran

#13 se acoje a la quinta enmienda

Dramaba

#18 A la 88 más bien...

Rafael_Martin_2

#6 eso sería un delito flagrante y sí está contemplado como una de las excepciones para entrar en un domicilio sin orden judicial.

F

#6 La solución en último término es una sociedad sana(no corrupta en gran medida), solidaria(no neocon de capitalismo salvaje) y educada (sin partidos con líderes ignorantes que se sacan carreras como churros).
Pero claro, eso requiere de los ciudadanos una actitud ante la vida política responsable. Cosa que en este país, viendo la deriva que lleva y cómo sus ciudadanos refrendan en las elecciones comportamientos criminales de sus dirigentes, es muy difícil.

m

#2 opino igual pero que abran la mano en determinados delitos solamente.

Nuevo_1666

#31 pólvora o globos, globos de qué?

T

#53 Ni idea.

Nuevo_1666

#55 lol lol lol

T

#62 Creo que ahora sí he encontrado una fuente correcta:
https://www.porticolegal.com/foro/entrada-en-domicilio-sin-orden-judicial_626968

Ley de Enjuiciamiento Criminal, a partirdel artículo 545 "...De la Entrada y Registro en lugar cerrado..."

De especial interés el Artículo 553:

Los Agentes de policía podrán, asimismo, proceder de propia autoridad a la inmediata detención de las personas cuando haya mandamiento de prisión contra ellas, cuando sean sorprendidas en flagrante delito, cuando un delincuente, inmediatamente perseguido por los Agentes de la autoridad, se oculte o refugie en alguna casa o, en casos de excepcional o urgente necesidad, cuando se trate de presuntos responsables de las acciones a que se refiere el artículo 384 bis, cualquiera que fuese el lugar o domicilio donde se ocultasen o refugiasen, así como al registro que, con ocasión de aquélla, se efectúe en dichos lugares y a la ocupación de los efectos e instrumentos que en ellos se hallasen y que pudieran guardar relación con el delito perseguido.

art. 21 de la L.O. de seguridad ciudadana sólo se anuló el punto 2. Quedó así:

Artículo 21.

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad solo podrán proceder a la entrada y registro en domicilio en los casos permitidos por la Constitución y en los términos que fijen las Leyes.

2.

3. Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad.

En tales supuestos, y para la entrada en edificios ocupados por organismos oficiales o entidades públicas, no será preciso el consentimiento de la autoridad o funcionario que los tuviere a su cargo.

4. Cuando por las causas previstas en el presente artículo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad entrasen en un domicilio, remitirán sin dilación el acta o atestado que redactaren a la autoridad judicial competente.

CC a #53 #11barajabarajaFar_VoyagerFar_VoyagerSanTwisterSanTwisterbarajabaraja@Atla

T

#70 #31 Está mal, el correcto es #67 o eso creo. (Para España),

E

#31 me da que eso que enlazas no habla de la Policía Española

T

#62

loborojo

#68 #31 te lo explica

E

#11 qué concepto de flagrante dices que se derogó? Por delito flagrante la policía puede seguir entrando en un domicilio. Que por otra parte, la desobediencia grave a agente de la autoridad también es un delito, y en esa desobediencia grave entra por ejemplo el caso de que salgas de tu casa, te niegues a identificarte a los agentes y pretendas irte otra vez dentro desoyendo sus órdenes.

voidcarlos

#2 Si es delito flagrante pueden entrar. Si hay indicios razonables, no flagrantes, pueden pedir una orden judicial en el marco de su investigación.

baraja

#17 o esperar en la puerta e identificar a todo quisqui al salir

voidcarlos

#33 Eso es otra opción aceptable

baraja

#34 lo que se hizo en la última rave de año nuevo, eso mismo

voidcarlos

#36 Creo que aquello no era una vivienda, no sé si es el mismo caso...

jer_esc

#2 la línea está claramente marcada en la ley, la flagrancia, todo lo demás debe ser con previa autorización judicial, ante los indicios razonables o bien pides la orden al juez o ya ibas con ella porque previamente le habías informado en el marco de la investigación en marcha.

El derecho fundamental es mucho más importante de defender que unos simples indicios y recogido así tanto en la CE como en multitud de tratados internacionales precisamente para evitar abusos indiscriminados
El problema de abrir la mano es decidir después cuando cerrarla

F

#2 Es que ha de ser un juez el que autorice y sólo en casos flagrantes se permita la entrada. Es un derecho fundamental que no permite abrir la mano a cuerpos de seguridad, formados para lo que están formados y no para valorar derechos fundamentales. Derechos complejos de abundante jurisprudencia de los que entienden los que han sido formados para ello.

o

#2 No estoy deacuerdo, si sabes que en un domicilio se trapichea con drogas llamas a un juez y el señor te da una orden, y si lo sabes será porque tienes pruebas no porque ese puto gitano de mierda con un mercedes te da envidia.

Si en un domicilio hay 20 de fiesta y el juez no te autoriza, esperas fuera y punto que es cuestión de tiempo.

A mi casa han venido algunas veces en algunos pisos de alquiler antes de las 12 de la noche, porque el/la vecino/a les ha llamado 8 o 9 veces seguidas simplemente porque estaba con otras 9 personas hablando en casa y jugando juegos de mesa y posiblemente hablando fuerte y algún grito, y evidentemente le he dicho a la policía que no podían entrar salvo que traigan una orden, algunos policias se han reído porque olía a maria y otros se han encabronado pero ninguno ha entrado y la mayoría me ha dado respuestas caballerosas como "Pues por favor moderen el volumen", "No hagáis tanto ruido hombre que no son las 12 pero tampoco hace falta molestar" pero siempre hay alguno que intenta entrar directamente, le aclaras la ley y en paz, incluso si quieres lo puedes hacer desde la puerta sin abrir que no tienes obligación ninguna.

s

#4 Si estoy en el ajo, a mi abogado le digo que siga para adelante, y me busco otro si no quiere

tiopio

#1 Sólo en caso de delito flagrante: "2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito".

Jangsun

#8 Pero si no entran no pueden saber 100% que se está cometiendo el delito, a no ser que se vea claramente por las ventanas lo que estén haciendo...Si te pones muy tiquismiquis no podrían entrar nunca porque, antes de entrar y ver allí en directo, es muy dificil constatar con 100% de seguridad que se está comentiendo un delito.

loborojo

#26 En tu razonamiento falta añadir la orden judicial.

Jangsun

#43 #49 #50 #64 No sé si me habéis entendido. Por ejemplo, si oyes gritos de una mujer diciendo que la están matando, no puedes estar seguro 100% de lo que pasa ahí. Igual es la tele que está muy alta o están ensayando una obra de teatro. En ese caso, ¿qué hacen, no entran?¿se van a pedir la orden judicial? A mí desde luego me parece un tema complicado, no lo veo tan claro como vosotros.

Nuevo_1666

#68 a ver, en esos casos investigan los indicios, vamos lo que es llamar a la puerta y preguntar que pasa, si nadie les atiende se identifican como policía y la situación persiste los indicios pueden pasar a ser una evidencia y ya cambia la situación.

F

#26 Eso que dices es querer que esto sea un estado policial.
Eso es lo que pasa con estados franquistas (y vale, estalinistas también), donde con dos tortas se soluciona todo.
Ya puestos, quita el habeas corpus y todas las garantías constitucionales y confía en el criterio legal de personas con la eso y en muchos casos con problemas psiquiátricos.

Nuevo_1666

#26 si, pero lo contrario puede acabar en voy a entrar a ver que pillo.

#26 Por eso es flagrante:

1. Que ocurre o se realiza en el momento presente.
"los parlamentarios solo podrán ser detenidos en caso de fragante delito y no podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva"
2. Que es muy claro y evidente.
"prueba flagrante"

Por ejemplo, ver un ladrón colándose en una casa.

m

#1 No se yo, si se sabe que están cometiendo un delito diría que si pueden entrar, imagina que te están matando en tu propia casa y que como no hay orden pues se quedan en la puerta esperando dicha orden, diría que lo mismo pasa con las fiestas esas, otra cosa es que lo que haya son sospechas de si se trapichea con drogas.

baraja

#22 delito flagrante

D

#1 No deberían ser meras faltas administrativas, debería ser delito contra la sanidad pública. Y sí, son solo hijos de puta que con sus acciones provocan la muerte de otros por no respetar las normas. La policía debería tener mucho más margen para ajusticiarlos

Nuevo_1666

#30 la policía no está para ajusticiar a nadie, ni eso hp que tu mencionas ni ninguno. Para eso están los jueces que para eso han estudiado leyes.

D

#1 y no es delito flagrante el menudeo de droga??

Battlestar

#1 Pues en lugar de entrar en domicilios a multar por meras faltas ya podrían entrar en las casas donde venden y guardan droga los miembros de cierto colectivo en riesgo de exclusión social.
Pero vamos, yo antes de la pandemia les he visto decirles a unas señoras sentadas a la fresca charlando en verano que se quitaran de ahí que estaban bloqueando la cera, y luego pasar de largo cuando miembros del colectivo en riesgo de exclusión social en cuestión se habían montado una barbacoa en el parque y colocado la mesa para comer todos los primos en mitad de la carretera asi que no me voy a hacer ahora el sorprendido

Nuevo_1666

#42 y cuando quieren entrar en esos domicilios de ciertos colectivos el juez lo autoriza y entran con todas las de la ley. Lo que pasa que esos dispositivos no los montan los agentes de a pie, depende de comisarios, delegados de gobierno, fiscales, etc y a veces políticos, y ya sabemos que un exceso de presión no está bien visto.

D

La mera sospecha.

D

Comparto con mi hermana la herencia de una propiedad que tiene en su interior una vivienda en estado semiruinoso.
De vez en cuando voy para dar una vuelta y la última ocasión detecté en el suelo restos de la plata de las papelinas y vi que habían intentado forzar la puerta de la vivienda.
Ya tengo localizado un agujero en los campos de alrededor por si algún día llego y me los encuentro dentro.
Y esa idea me la ha dado la misma patrulla de la GC de la zona, medio en broma medio en serio, pero a buen entendedor pocas palabras bastan.

baraja

#12 Ya tengo localizado un agujero en los campos de alrededor por si algún día llego y me los encuentro dentro.

Disculpa, ¿qué?

loborojo

#15 Está planificando un homicidio múltiple.

baraja

#45 Barrapunto ya no es lo que era

D

#15

Pilfer

#12 a mi, cuando trabajaba en un cibercafé allá por el 2000, entró uno a atracarlo con una navaja, bien el tema es que cuando vino la poli, literalmente nos dijeron, que se lo llevarían al calabozo pero que por la mañana tendrían que soltarlo, y que no servía de nada detenerlo, luego mientras haciamos las declaraciones, el poli más mayor nos dijo literalmente, que cuando pasan estas cosas, si cierramos la puerta, lo matamos, y lo tiramos bajo un puente, que ni lo investigan, que lo ponen como ajuste de cuentas y punto.

Mi cara era de wtf total.

e

#14 No, de hecho la noticia de este artículo (y la sentencia) dice justo lo contrario
Destaca que «no se trata de que no puedan entrar cuando el ciudadano lo prohíba, sino que no pueden hacerlo si no se les autoriza»

D

#23 El problema no lo encuentras si autoriza o no, es si no hay nadie para autorizar.

e

#65 ¿Problema por qué? A mí me parece que está bien claro cómo actuar en ese caso.

Vodker

También es curioso que "El TS ha declarado que el jardín de una casa unifamiliar forma parte del domicilio constitucionalmente protegido. Ha dicho que si se entra si mediar consentimiento, se vulnera la inviolabilidad del domicilio, aunque la puerta esté abierta."

O sea, no pueden entrar a una propiedad ni con la puerta abierta de par en par.

D

#9 Si está la puerta abierta y entran a pie llano, mientras no le pidan que se vayan pueden estar. En cualquier caso, conviene grabar esas actuaciones para evitar posibles manipulaciones de atestado, recuerda que tienen presunción de veracidad.

R

Que casualidad que a la policía siempre le caigan un año y nueve meses... Hagan lo que hagan...

loborojo

#27 También les caen penas más gordas acompañadas del correspondiente indulto.

i

Está claro. La policía no puede entrar en tu casa sin tu permiso o con orden. Defendamos nuestros derechos. A muchos se les olvida con la escusa de la pandemia.

D

Vivimos en un país de mierda en el que el delincuente se aprovecha de la excesiva garantía.

baraja

#29 Bienvenido al estado de derecho

Nuevo_1666

#29 de esas garantías nos aprovechamos todos.

a

El estado es muy magnánimo con las actuaciones policiales, pero es mas duro con todo lo que suponga un desacato al propio estado o a los superiores de los policías, lo que está penado mayormente es la falsedad en documento público, es decir el intentar engañar al estado, lo otro, las faltas contra el ciudadano es poca cosa en comparación.

D

Cómo se nota que estos capos de la droga tienen buenos abogados.

loborojo

#39 No tan buenos que esta vez han palmao el juicio.
El vuelco que salió mal.

Yermense

#58 Muy fino. lol