Publicado hace 15 años por --78301-- a servicios.eldiariomontanes.es

La mal llamada multipropiedad, o lo que técnicamente se denomina el derecho de aprovechamiento por turnos, atribuye a su titular la facultad de disfrutar en exclusiva, durante un determinado periodo al año, de un alojamiento amueblado así como de sus servicios complementarios (piscinas, instalaciones deportivas, etc.) Desde el punto de vista legal, este sistema supone una división temporal del derecho a disfrutar de la vivienda. Aunque parece un invento anglosajón, allá por 1960 ya existía una patente española que cubría las pólizas de........

Comentarios

kekobola

El artículo tiene su interés, pero la relación de su contenido con el título es... ¿Aleatoria? ¿Críptica? ¿Da-dá?

D

#1 he dejado el que venía

yatoiaki

He leido el articulo y, aun no he encontrado la relacion del titulo con el contenido del mismo, es verdad el tema de la multipropiedad o club de vacaciones, yo mismo sufri el intento de venta agresiva de una accion de club de vacaciones, tras aguantar el rollo de los expertos, lo que no termino de relacionar es el titulo, llama a engaño y si fuera funcionario yo mismo protestaria.