Hace 4 años | Por Gotsel a noticias.juridicas.com
Publicado hace 4 años por Gotsel a noticias.juridicas.com

Hace calor y quieres acudir con ropa veraniega a tu trabajo. ¿Puedes? Depende. La forma de vestir suele ser un asunto espinoso en el ámbito laboral, más con la llegada del calor. Aunque no existe una regulación específica sobre el asunto de la vestimenta en el trabajo, los trabajadores tienen la obligación de obediencia general a la dirección de la empresa recogida en el artículo 20 y 5 del Estatuto de Trabajadores. Esto es, los jefes sí pueden elegir cómo visten sus empleados, aunque con límites.

Comentarios

gamberro

#5 como la fallera mayor esta

Vodker

#13 igual igual. Yo también estoy rasuradito lol

t

#2 Más bien depende si de los lleva puestos o en la mano.

cosmonauta

En determinados trabajos habría que despedir a los del pantalón largo.

Que a estas alturas todavía haya que llevar camisa, corbata y americana para hacer tareas comerciales en latitudes mediterráneas es absurdo.

Luego hemos de poner el aire acondicionado a toda hostia, pero no para estar más fresquitos, sino para minimizar la proliferación de bacterias que los encorbartados traen de fuera en sus sobaquillos.

#8 Que se pongan la corbata justo antes de llegar a ver al cliente, o que acepten un código de vestimenta bussines-casual, con camisa de manga corta y botones de arriba abirtos y camisa de manga corta. Y pantalones de traspiren, o incluso pesqueros, que ventilan por debajo.

Deberían primar más la salud antes que la imagen corporativa.

ailian
E

#4 Más que "sí" o "no" rotundos es "depende". El artículo comenta varias sentencias con resultados dispares. Según trabaje cara al público o no, según el sector... se considera despido permitido, y en otros improcedente o en uno de los casos incluso despido nulo.

Creo que no es fácil "ahorrar un click" en este artículo sin perder información.

Mosquitocabrón

#7 En caso de incompatibilidad con la seguridad en el trabajo, sí.
Por ejemplo en cualquier obra, aunque sea en Cádiz en agosto.
Tu al andamio te subes bien vestido y con casco y que no te vean quitándote casco ó guantes.

empanadilla.cosmica

#4 Si, No, depende, te ahorro seis créditos ETCS en Introducción a Derecho del Trabajo.

El no respetar el código de vestimenta de la empresa se puede considerar una infracción. El que sea de gravedad o no dependerá de varios factores. Uno de ellos dependerá de si hay una uniformidad establecida o de si es obligatorio llevar ropa de seguridad.

Es más, incluso en lugares donde no hay una uniformidad establecidas puede haber un código de vestimenta que aunque no sea estricto detallado puede ser más o menos serio. Se me ocurre por ejemplo el caso de un abogado que entró al juzgado sin corbata y el juez detuvo la vista hasta que alguien le prestó una corbata. Si. Imagino que si va en pantalón corto tipo shorts o en chanclas al juzgado el responsable de su despacho dejará de contar con él, pues las normas procesales se las toma a chiste.

En resumen. Incluso aunque sea una falta grave y el ir en pantalón corto pueda suponer una sanción disciplinaria según el caso si el la primera sanción disciplinaria no debería acarrear despido. La empresa como primera medida debe darle la oportunidad de subsanar la deficiencia en su vestuario, y después si eso ya actuar disciplinariamente.

Otra cosa es que se acumulen las acciones disciplinarias contra el trabajador, en cuyo caso cualquier sanción disciplinaria podría acarrear despido.

Gotsel

Estoy de acuerdo con las ideas del artículo de@Livingstone85, pero hoy he ido a recoger las notas de mi hijo, y ver a su tutor en pantalón corto con to los pelacos al viento no me ha parecido serio.

m

#1 y podemos saber porque no te ha parecido serio

Gotsel

#18 no lo critico, pero será que todavia me choca, prejuicios que tiene uno.

powernergia

Si trabaja con la colada de un alto horno e insiste en ello, será mejor dejar trabajar a Darwin.

D

Nada, a trabajar en faldita fresquita

Mosquitocabrón

#6 Me conformo con trabajar.

Esperanza_mm

Solución: Haced como nosotras, falda y blusa sin mangas, luego en el juicio alegad que es discriminación de género que nosotras podamos ir en falta y sin mangas y vosotros tengáis que ir con pantalones largos y corbata.

D

#23 o mejor aún, decir que un ser imaginario te dice que tienes que ir con pantalón corto, cuando te despidan vas llorando a Twitter llamando racistas a tu empresa hasta que ésta se disculpe públicamente, tal y como ha conseguido esta mujer: "Mi primer día de trabajo duró media hora: me dijeron que no podía entrar por llevar velo"

Hace 4 años | Por --175549-- a eldiario.es

cuacion

Un cocinero en pantanga, chancletas y gorro de cocina eso si

D

#11 Mejor el de la funeraria que va recoger a tu padre. Veremos que se opina entonces del vestuario.

m

#15 a mí me parecería perfecto

D

#15 con camisa hawaiana

D

A ver, hay trabajos que requieren una etiqueta. Como dice #15, el de la funeraria que va a recoger un fallecido no es plan que vaya en bermudas, aunque caigan 40° de canto.
Es cierto que tampoco hay que ir en plan cordobés (lo siento si alguien se ofende, pero los cordobeses, por muy bellas personas que sean, aquí en Málaga teneis fama de eso... Y de inundar Torre del Mar en verano) para pasarse 8 horas delante de una pantalla.

Yo creo que si se exige una etiqueta en el trabajo la pauta debería ser o bien un complemento salarial para gastos de vestimenta o bien que la empresa proporcione el uniforme.

En ese aspecto me encantó Suecia, donde la "media etiqueta" son vaqueros y camisa.