Un juez de Gijón ha impuesto a los cuatro abuelos de una menor la obligación de pagar una pensión de 250 euros mensuales para cubrir los gastos de su nieta. El juez ha considerado que los padres no podían hacer frente a los gastos necesarios para la atención de la niña y ha determinado que los abuelos paternos deberán aportar 135 euros al mes para la manutención de la menor y que los abuelos maternos deberán abonar otros 115 euros.
#1:
En un país civilizado, sería el Estado el que pusiera esos 3.000 euros anuales, en lugar de cargárselos a cuatro señores mayores cuyas pensiones, visto lo visto, no serán de tirar cohetes. Y todavía habrá algún mameluco que la tome con el juez, hable de vagancia y mantenidas y sea incapaz de comprender que una menor de edad debe tener una vida digna.
#13:
#9 No sé si estás siendo irónico o no, pero en la noticia se centra precisamente en eso:
"Los padres de la pequeña están separados y en el paro. Ella cobra una pensión de minusvalía de 438 euros y tiene a su cargo a otros dos hijos menores, fruto de un matrimonio anterior. Él, según la sentencia, "no tiene trabajo y tiene pocas posibilidades de conseguirlo dados los problemas mentales que padece, por los que está a tratamiento y sin recibir pensión alguna", por lo que lleva ya varios meses sin enviarle dinero a su exmujer.
El juez considera una "estricta necesidad" que la menor reciba 250 euros cada mes para que pueda continuar con su nivel de vida, a pesar de que actualmente sus necesidades están suficientemente cubiertas. La sentencia señala que, según el artículo 152 del Código Civil, la obligación de dar alimentos a los hijos cesa "cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades", como es el caso del padre de la niña. El juez añade que las obligaciones con los menores no se limitan a los padres, sino que están "jerarquizadas en función de la proximidad del parentesco", por lo que los abuelos también deben asumir su responsabilidad si es necesario.
Atendiendo a la situación personal de los abuelos paternos y maternos, así reparte qué parte de esos 250 euros debe aportar cada uno. El abogado que llevó la demanda a petición de la madre ha señalado a La Nueva España que se trata de una sentencia "única y novedosa en España" y que el juez ha tenido en consideración "la carencia de medios económicos" de la madre y la "situación de insolvencia" del padre para concluir que "en estos casos se puede abrir la vía de reclamación a los abuelos".
#29:
#28 Los abuelos tienen derecho a visitas en casos de divorcio, y a custodia en caso de fallecimiento... Eso está en nuestras leyes, y son derechos que obviamente conllevan obligaciones. La mayoría de los abuelos ya se habrían metido a ayudar a que esa cría no viviese en la miseria de forma voluntaria, del mismo modo que en la mayoría de divorcios los abuelos siguen viendo a sus nietos. Pero cuando no sucede, la ley puede obligarlos, y es razonable que así sea.
#15:
#13 eso no responde a mi pregunta. La madre pide a sus propios padres que les ayuden económicamente por vía judicial.
Me parece tristísimo que haya que llegar a eso.
#46:
#30 "en un país donde hay gente que no tiene hijos porque no puede permitírselos tengamos que estar pagando para mantener a los hijos de los demás."
Tu frase no tiene sentido: o pagamos para mantener a los hijos de los demás (y por lo tanto otros pagan para mantener los nuestros) o la gente no tiene hijos porque no puede permitírselos. Decir que ocurren las dos cosas a la vez es una fantasía española muy recurrente fruto del egoismo (tó pa mí).
#21:
#20 pues por eso que es normal que los abuelos se hagan cargo sigo sin entender que tenga que obligarlos un juez.
#20:
#15 Claro que la responde, otra cosa es que tú no entiendas que la madre sea discapacitada y tiene otros dos hijos de otro matrimonio, y el padre padece problemas mentales.
Es tristísimo, pero no es culpa ni de los niños de los padres.
Y este caso es extremo, pero en la práctica, que sean los abuelos los encargados de dar vivienda y alimentos no sólo a sus nietos si no a sus hijos es bastante normal ahora mismo.
#19 ¿Pero qué coño dices? ¿No lees que la madre tiene una porquería de pensión, tiene otros dos hijos, y su padre tiene problemas mentales que le impiden tener un trabajo?
En un país civilizado, sería el Estado el que pusiera esos 3.000 euros anuales, en lugar de cargárselos a cuatro señores mayores cuyas pensiones, visto lo visto, no serán de tirar cohetes. Y todavía habrá algún mameluco que la tome con el juez, hable de vagancia y mantenidas y sea incapaz de comprender que una menor de edad debe tener una vida digna.
#1 Tu lo has dicho,un país civilizado vela por el bienestar de sus niños y no carga a la espalda de sus mayores esa obligación,pues la gran mayoría de ellos bastante tiene con llegar a fin de mes.
#1 Yo no veo tan claro que en un país donde hay gente que no tiene hijos porque no puede permitírselos tengamos que estar pagando para mantener a los hijos de los demás.
#38 No quiero entablar una conversación con alguien que dice una gilipollez en internet. Quiero dejar constancia de que me parece una gilipollez y de por qué me parece una gilipollez.
#41 va a ser verdad que lo eres, porque lo pone bien claro y es una sola frase
Ya en serio, me da mucha pereza que en internet siempre haya que explicar lo mismo muchas veces y la tontería del "arguméntame, arguméntame", como si los comentarios de internet fueran un debate de alto nivel. Has dicho una gilipollez, te han contestado. Fin. A todos nos ha pasado alguna vez. Vive con ello y no des mas la brasa.
#43 No me dirás que tu argumento es "mucho mejor pagar para rescatar bancos".
Nota- No hace falta un debate de alto nivel para usar argumentos, se usan en cualquier tipo de debate. Insultar no es debatir. Me sorprende que alguien tan inteligente como tu no sepa esto.
#30 "en un país donde hay gente que no tiene hijos porque no puede permitírselos tengamos que estar pagando para mantener a los hijos de los demás."
Tu frase no tiene sentido: o pagamos para mantener a los hijos de los demás (y por lo tanto otros pagan para mantener los nuestros) o la gente no tiene hijos porque no puede permitírselos. Decir que ocurren las dos cosas a la vez es una fantasía española muy recurrente fruto del egoismo (tó pa mí).
#46 ¿Es egoísta que una persona que llegue a duras penas a fin de mes se abstenga de tener hijos porque sabe que no va a poder darles lo necesario para vivir bien?
#48 Guau, veo que vuestro punto de vista esta claro y es el único correcto, pero a la hora de defenderlo en vez de usar argumentos os limitáis a tartamudear e insultar. Nada nuevo cara al Sol.
#49 mejor eso que poner palabras inventadas en boca de otros, está feo feo, y si tienes más de 12 años y sigues usando ese tipo de retórica, pues apechuga porque eres lo que eres...
#50 Yo no he dicho eso, la niña tiene para vivir porque su familia tiene para que viva, en ese caso, ¿por qué gente con menos dinero tiene que ayudar a esa niña?
#1 En un país civilizado las pensiones serían personales. no familiares. A parte de eso en Asturias hay pensiones muy altas. Hay much obreros jubilados cobrando 2000 euros al mes gracias a las privatizaciones del PPSOE, y el acuerdo de los sindicatos.
#9 No sé si estás siendo irónico o no, pero en la noticia se centra precisamente en eso:
"Los padres de la pequeña están separados y en el paro. Ella cobra una pensión de minusvalía de 438 euros y tiene a su cargo a otros dos hijos menores, fruto de un matrimonio anterior. Él, según la sentencia, "no tiene trabajo y tiene pocas posibilidades de conseguirlo dados los problemas mentales que padece, por los que está a tratamiento y sin recibir pensión alguna", por lo que lleva ya varios meses sin enviarle dinero a su exmujer.
El juez considera una "estricta necesidad" que la menor reciba 250 euros cada mes para que pueda continuar con su nivel de vida, a pesar de que actualmente sus necesidades están suficientemente cubiertas. La sentencia señala que, según el artículo 152 del Código Civil, la obligación de dar alimentos a los hijos cesa "cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades", como es el caso del padre de la niña. El juez añade que las obligaciones con los menores no se limitan a los padres, sino que están "jerarquizadas en función de la proximidad del parentesco", por lo que los abuelos también deben asumir su responsabilidad si es necesario.
Atendiendo a la situación personal de los abuelos paternos y maternos, así reparte qué parte de esos 250 euros debe aportar cada uno. El abogado que llevó la demanda a petición de la madre ha señalado a La Nueva España que se trata de una sentencia "única y novedosa en España" y que el juez ha tenido en consideración "la carencia de medios económicos" de la madre y la "situación de insolvencia" del padre para concluir que "en estos casos se puede abrir la vía de reclamación a los abuelos".
#15 Claro que la responde, otra cosa es que tú no entiendas que la madre sea discapacitada y tiene otros dos hijos de otro matrimonio, y el padre padece problemas mentales.
Es tristísimo, pero no es culpa ni de los niños de los padres.
Y este caso es extremo, pero en la práctica, que sean los abuelos los encargados de dar vivienda y alimentos no sólo a sus nietos si no a sus hijos es bastante normal ahora mismo.
#19 ¿Pero qué coño dices? ¿No lees que la madre tiene una porquería de pensión, tiene otros dos hijos, y su padre tiene problemas mentales que le impiden tener un trabajo?
#21 Yo no veo tan normal que los abuelos se tengan que hacer cargo. Es decir, si quieren, si les tiran los lazos familiares, si son buena gente, pero... ellos tuvieron a sus hijos, los criaron y fueron responsables legales hasta los 18 años. Decidir de pronto que son también responsables de los hijos de sus hijos puede ser social y moralmente edificante, pero es un atropello jurídico de primera!
No veo yo a una pareja de adultos, a punto de corrida, llamando a sus respectivos padres para preguntar si tienen su consentimiento de corresponsabilidad en quedarse preñados.
Cuando deshaucian a alguna pareja de abuelitos porque fueron avalistas de la hipoteca de sus hijos es porque su firma aparece en algún sitio, sólo faltaría que bastase con tener más de un 50% de coincidencia genética.
#20 habría que considerar el concepto de planificación familiar y responsabilidad reproductiva. No sé si tener hijos es un derecho, pero tener tres es tal vez demasiado "ambicioso" en estos tiempos, eso asumiendo que la discapacidad y los problemas mentales hayan aparecido después del nacimiento de la pequeña.
Lo mismo los padres sí tienen algo de culpa, vaya. Pero desde luego la pequeña no debería sufrir por ello y merece una vida digna y en igualdad de oportunidades con (por ejemplo) sus compañeros de clase.
#23 Una vez que la niña ya ha nacido hablar de si debería haberlo hecho es bastante desagradable, ahora da igual si debería haber tenido o no 3 hijos, ahora hay 3 seres humanos en el mundo que no tienen que sentir de ninguna manera que su nacimiento es poco adecuado dada la situación económica actual, son personas, mucho más importantes que el dinero que se tenga para criarlos.
Otra cosa es hablar de prevención y de planificación familiar antes de tener hijos, muy distinto.
#31 Si las minusvalías de ambos les impedían ver claro el futuro cuando se pusieron a procrear, lo correcto hubiera sido una incapacitación judicial y que los abuelos (o hermanos) hubieran sido sus tutores en cuanto a decisiones se refiere. Una podría haber sido una vasectomía. Aunque a toro pasado, como apuntó #24, es bastante inútil el lamentarlo.
Y si no pues sus tíos... amigos de la familia... y en última instancia algún vecino con quien se crucen en el pasillo de la escalera.
El caso es que el Estado no se haga responsable de la situación de crisis en que está sumida gran parte de la población gracias su corrupta gestión del país.
#37
Artículo 152
Cesará también la obligación de dar alimentos:
1. Por muerte del alimentista.
2. Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia.
Artículo 144
La reclamación de alimentos cuando proceda y sean dos o más los obligados a prestarlos se hará por el orden siguiente:
1. Al cónyuge.
2. A los descendientes de grado más próximo.
3. A los ascendientes, también de grado más próximo.
4. A los hermanos, pero estando obligados en último lugar los que sólo sean uterinos o consanguíneos.
Entre los descendientes y ascendientes se regulará la gradación por el orden en que sean llamados a la sucesión legítima de la persona que tenga derecho a los alimentos.
Insisto 144.3 A los ascendientes de grado más próximo. Grado no grados, es dificil interpretar otra cosa.
La que recibe la pensión es la nieta, no la hija.
#40 Yo lo veo muy claro: desaparece la obligación de los progenitores, la obligación de alimentos va a los abuelos. Vamos, no hay que ser Castán para intuirlo.
Coño, te voy a poner otro ejemplo, aprovechando el 152: si mueren los padres, ¿quien se encarga de los hijos?
Está pacíficamente aceptado por doctrina y jurisprudencia que la obligación de alimentos se desplaza al pariente más próximo (en línea recta o a los hermanos) que tenga una capacidad económica mínima.
#44 En el ejemplo que propones confundes derecho con obligación, si fallecen los padres los abuelos tienen derecho a acogerles pero no obligación. Las obligaciones con los menores terminan en sus tutores legales.
Ya que estamos con ejemplos vamos a darle la vuelta y imaginemos que un juez condena a un nieto a pagar una pensión alimenticia a su abuelo discapacitado, a su tío o a su primo.
El Código Civil contempla el orden que se ha de seguir en la reclamación de alimentos entre parientes. Cuando sean dos o más los obligados a prestarlos se reclamará en primer lugar al cónyuge, después a los descendientes de grado más próximo (hijos antes que a nietos), a los ascendientes de grado más próximo (padres antes que abuelos) y, por último, a los hermanos.
Mucho me temo que la valoración del juez "las obligaciones con los menores no se limitan a los padres sino que están jerarquizadas en función del grado de parentesco" no tiene ningún fundamento jurídico.
Y que conste que pienso que el juez actuó de buena fé, pero es difícilmente justificable. Por ejemplo, cuando fallecen los padres de un menor, los abuelos, tíos, primos... pueden decidir si hacerse cargo del menor o nó, nunca tienen la obligación.
Otro ejemplo si un menor está desatendido o abandonado a quien se le exigirán responsabilidades es a los padres o tutores nunca al resto de familiares.
Por lo tanto si el juez considera que es un caso de extrema necesidad debería obligar a la consegería de asuntos sociales que es junto con los tutores legales los unicos responsables de garantizar el bienestar de los menores.
#28 Los abuelos tienen derecho a visitas en casos de divorcio, y a custodia en caso de fallecimiento... Eso está en nuestras leyes, y son derechos que obviamente conllevan obligaciones. La mayoría de los abuelos ya se habrían metido a ayudar a que esa cría no viviese en la miseria de forma voluntaria, del mismo modo que en la mayoría de divorcios los abuelos siguen viendo a sus nietos. Pero cuando no sucede, la ley puede obligarlos, y es razonable que así sea.
#28 No estoy de acuerdo en absoluto. Creo que el juego entre el juez lo único que ha hecho ha sido aplicar los artículos 144 y 152.2º del Código Civil.
Tengamos un pelín de respeto por las decisiones judiciales. En la gran mayoría de los casos, están dictadas por gente que sabe algo más de derecho que el meneante medio.
Tener hijos no es un derecho ni una obligación. Si tu situación no te lo permite, te jodes y no los tienes. Estamos hablando de una mujer con minusvalía que no puede mantener una hija, pero tiene tres y de un hombre incapaz de trabajar por sufrir problemas mentales, pero que es padre. La irresponsabilidad de unos no la deben pagar sus padres. O sí, porque tal vez tengan parte de culpa de cómo son este par de cenutrios.
Desde el punto de vista de que la tercera edad es el principal nicho de votantes al PP, celebro la noticia, dado que supongo que implica 4 votantes menos a ese partido-pantalla de la mafia.
El juez está castigando a los abuelos por heredar tan malos genes y crianza. Si hubiesen sido unos abuelos de bien, temerosos de Dios, votantes del PP o, mejor aún, ser del PP, esa nieta ya estaría postulada desde ahora a un gran cargo en la política devengando euro$$$ en cantidades astronómicas.
"El juez considera una "estricta necesidad" que la menor reciba 250 euros cada mes para que pueda continuar con su nivel de vida, a pesar de que actualmente sus necesidades están suficientemente cubiertas."
"El abogado que llevó la demanda a petición de la madre..."
Él, según la sentencia, "no tiene trabajo y tiene pocas posibilidades de conseguirlo dados los problemas mentales que padece, por los que está a tratamiento y sin recibir pensión alguna" ¿Y porqué está ese señor con una minusvalía que le impide trabajar y sin recibir pensión alguna? ¿No sería más correcto asignarle a él una pensión y que ambos padres puedan ocuparse de sus hijos?
Comentarios
En un país civilizado, sería el Estado el que pusiera esos 3.000 euros anuales, en lugar de cargárselos a cuatro señores mayores cuyas pensiones, visto lo visto, no serán de tirar cohetes. Y todavía habrá algún mameluco que la tome con el juez, hable de vagancia y mantenidas y sea incapaz de comprender que una menor de edad debe tener una vida digna.
#1 Tu lo has dicho,un país civilizado vela por el bienestar de sus niños y no carga a la espalda de sus mayores esa obligación,pues la gran mayoría de ellos bastante tiene con llegar a fin de mes.
#1 Los abuelos son los padres de Cani y Jenni...y el juez les está castigando.
#1 Yo no veo tan claro que en un país donde hay gente que no tiene hijos porque no puede permitírselos tengamos que estar pagando para mantener a los hijos de los demás.
#30 mucho mejor pagar para rescatar bancos, donde va a parar...
#36 Si tu forma de defender tus ideas es recurrir al insulto en vez de usar argumentos, me temo que nuestra conversación ha acabado antes de empezar.
#38 No quiero entablar una conversación con alguien que dice una gilipollez en internet. Quiero dejar constancia de que me parece una gilipollez y de por qué me parece una gilipollez.
#39 Perdona, pero como soy gilipollas no veo donde dejas constancia de por qué te parece una gilipollez, porque argumentos no me has puesto ninguno.
#41 va a ser verdad que lo eres, porque lo pone bien claro y es una sola frase
Ya en serio, me da mucha pereza que en internet siempre haya que explicar lo mismo muchas veces y la tontería del "arguméntame, arguméntame", como si los comentarios de internet fueran un debate de alto nivel. Has dicho una gilipollez, te han contestado. Fin. A todos nos ha pasado alguna vez. Vive con ello y no des mas la brasa.
Saludos
#43 No me dirás que tu argumento es "mucho mejor pagar para rescatar bancos".
Nota- No hace falta un debate de alto nivel para usar argumentos, se usan en cualquier tipo de debate. Insultar no es debatir. Me sorprende que alguien tan inteligente como tu no sepa esto.
#45 te voy poniendo el ignore, que esto ya hace rato que me aburre.
http://xkcd.com/386/
#30 "en un país donde hay gente que no tiene hijos porque no puede permitírselos tengamos que estar pagando para mantener a los hijos de los demás."
Tu frase no tiene sentido: o pagamos para mantener a los hijos de los demás (y por lo tanto otros pagan para mantener los nuestros) o la gente no tiene hijos porque no puede permitírselos. Decir que ocurren las dos cosas a la vez es una fantasía española muy recurrente fruto del egoismo (tó pa mí).
#46 ¿Es egoísta que una persona que llegue a duras penas a fin de mes se abstenga de tener hijos porque sabe que no va a poder darles lo necesario para vivir bien?
#47 efectivamente, dices gilipolleces.
#48 Guau, veo que vuestro punto de vista esta claro y es el único correcto, pero a la hora de defenderlo en vez de usar argumentos os limitáis a tartamudear e insultar. Nada nuevo cara al Sol.
#49 mejor eso que poner palabras inventadas en boca de otros, está feo feo, y si tienes más de 12 años y sigues usando ese tipo de retórica, pues apechuga porque eres lo que eres...
#53 Yo no he puesto palabras inventadas en boca de nadie, yo te he hecho una pregunta para intentar comprenderte.
#54 ni con dibujitos llegarías a comprender, me temo que tu nivel intelectual roza lo peligroso.
#55 Sé que me falta mucho por conocer, pero también se que para expresar mis opiniones no hace falta que insulte a nadie.
#30 Claro que sí, si la niña no tiene para vivir que se vaya al metro a pedir. Para qué coño vamos a ayudar a la gente que lo necesita.
Estás enfermo, macho.
#50 Yo no he dicho eso, la niña tiene para vivir porque su familia tiene para que viva, en ese caso, ¿por qué gente con menos dinero tiene que ayudar a esa niña?
#1 En un país civilizado las pensiones serían personales. no familiares. A parte de eso en Asturias hay pensiones muy altas. Hay much obreros jubilados cobrando 2000 euros al mes gracias a las privatizaciones del PPSOE, y el acuerdo de los sindicatos.
#9 No sé si estás siendo irónico o no, pero en la noticia se centra precisamente en eso:
"Los padres de la pequeña están separados y en el paro. Ella cobra una pensión de minusvalía de 438 euros y tiene a su cargo a otros dos hijos menores, fruto de un matrimonio anterior. Él, según la sentencia, "no tiene trabajo y tiene pocas posibilidades de conseguirlo dados los problemas mentales que padece, por los que está a tratamiento y sin recibir pensión alguna", por lo que lleva ya varios meses sin enviarle dinero a su exmujer.
El juez considera una "estricta necesidad" que la menor reciba 250 euros cada mes para que pueda continuar con su nivel de vida, a pesar de que actualmente sus necesidades están suficientemente cubiertas. La sentencia señala que, según el artículo 152 del Código Civil, la obligación de dar alimentos a los hijos cesa "cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades", como es el caso del padre de la niña. El juez añade que las obligaciones con los menores no se limitan a los padres, sino que están "jerarquizadas en función de la proximidad del parentesco", por lo que los abuelos también deben asumir su responsabilidad si es necesario.
Atendiendo a la situación personal de los abuelos paternos y maternos, así reparte qué parte de esos 250 euros debe aportar cada uno. El abogado que llevó la demanda a petición de la madre ha señalado a La Nueva España que se trata de una sentencia "única y novedosa en España" y que el juez ha tenido en consideración "la carencia de medios económicos" de la madre y la "situación de insolvencia" del padre para concluir que "en estos casos se puede abrir la vía de reclamación a los abuelos".
#13 eso no responde a mi pregunta. La madre pide a sus propios padres que les ayuden económicamente por vía judicial.
Me parece tristísimo que haya que llegar a eso.
#15 Claro que la responde, otra cosa es que tú no entiendas que la madre sea discapacitada y tiene otros dos hijos de otro matrimonio, y el padre padece problemas mentales.
Es tristísimo, pero no es culpa ni de los niños de los padres.
Y este caso es extremo, pero en la práctica, que sean los abuelos los encargados de dar vivienda y alimentos no sólo a sus nietos si no a sus hijos es bastante normal ahora mismo.
#19 ¿Pero qué coño dices? ¿No lees que la madre tiene una porquería de pensión, tiene otros dos hijos, y su padre tiene problemas mentales que le impiden tener un trabajo?
#20 pues por eso que es normal que los abuelos se hagan cargo sigo sin entender que tenga que obligarlos un juez.
#21 Perdona, no te había entendido.
#21 Yo no veo tan normal que los abuelos se tengan que hacer cargo. Es decir, si quieren, si les tiran los lazos familiares, si son buena gente, pero... ellos tuvieron a sus hijos, los criaron y fueron responsables legales hasta los 18 años. Decidir de pronto que son también responsables de los hijos de sus hijos puede ser social y moralmente edificante, pero es un atropello jurídico de primera!
No veo yo a una pareja de adultos, a punto de corrida, llamando a sus respectivos padres para preguntar si tienen su consentimiento de corresponsabilidad en quedarse preñados.
Cuando deshaucian a alguna pareja de abuelitos porque fueron avalistas de la hipoteca de sus hijos es porque su firma aparece en algún sitio, sólo faltaría que bastase con tener más de un 50% de coincidencia genética.
#20 habría que considerar el concepto de planificación familiar y responsabilidad reproductiva. No sé si tener hijos es un derecho, pero tener tres es tal vez demasiado "ambicioso" en estos tiempos, eso asumiendo que la discapacidad y los problemas mentales hayan aparecido después del nacimiento de la pequeña.
Lo mismo los padres sí tienen algo de culpa, vaya. Pero desde luego la pequeña no debería sufrir por ello y merece una vida digna y en igualdad de oportunidades con (por ejemplo) sus compañeros de clase.
#23 Una vez que la niña ya ha nacido hablar de si debería haberlo hecho es bastante desagradable, ahora da igual si debería haber tenido o no 3 hijos, ahora hay 3 seres humanos en el mundo que no tienen que sentir de ninguna manera que su nacimiento es poco adecuado dada la situación económica actual, son personas, mucho más importantes que el dinero que se tenga para criarlos.
Otra cosa es hablar de prevención y de planificación familiar antes de tener hijos, muy distinto.
#24 hay muchas cosas desagradables en esta noticia, pero esconderlas debajo de la alfombra no soluciona nada.
#31 Si las minusvalías de ambos les impedían ver claro el futuro cuando se pusieron a procrear, lo correcto hubiera sido una incapacitación judicial y que los abuelos (o hermanos) hubieran sido sus tutores en cuanto a decisiones se refiere. Una podría haber sido una vasectomía. Aunque a toro pasado, como apuntó #24, es bastante inútil el lamentarlo.
#13 Lo que habría que hacer es castrar a los hijoputas de los padres.
CARNET DE PADRES YA!!!
Unos se lo reparten en sobres, mientras a otros les quitan la pensión.
La pregunta que no resuelve el artículo es: ¿cual es la situación de los abuelos?
#4 ni tampoco explica qué ha pasado para que una persona llegue a pedirle a un juez que sus padres le ayuden.
#9 shhhh.. calla. Que tu te lo has leído. No hagas spoleirs.
Será ésta "la niña de Rajoy"?
Y si no pues sus tíos... amigos de la familia... y en última instancia algún vecino con quien se crucen en el pasillo de la escalera.
El caso es que el Estado no se haga responsable de la situación de crisis en que está sumida gran parte de la población gracias su corrupta gestión del país.
#37
Artículo 152
Cesará también la obligación de dar alimentos:
1. Por muerte del alimentista.
2. Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia.
Artículo 144
La reclamación de alimentos cuando proceda y sean dos o más los obligados a prestarlos se hará por el orden siguiente:
1. Al cónyuge.
2. A los descendientes de grado más próximo.
3. A los ascendientes, también de grado más próximo.
4. A los hermanos, pero estando obligados en último lugar los que sólo sean uterinos o consanguíneos.
Entre los descendientes y ascendientes se regulará la gradación por el orden en que sean llamados a la sucesión legítima de la persona que tenga derecho a los alimentos.
Insisto 144.3 A los ascendientes de grado más próximo. Grado no grados, es dificil interpretar otra cosa.
La que recibe la pensión es la nieta, no la hija.
#40 Yo lo veo muy claro: desaparece la obligación de los progenitores, la obligación de alimentos va a los abuelos. Vamos, no hay que ser Castán para intuirlo.
Coño, te voy a poner otro ejemplo, aprovechando el 152: si mueren los padres, ¿quien se encarga de los hijos?
Está pacíficamente aceptado por doctrina y jurisprudencia que la obligación de alimentos se desplaza al pariente más próximo (en línea recta o a los hermanos) que tenga una capacidad económica mínima.
#44 En el ejemplo que propones confundes derecho con obligación, si fallecen los padres los abuelos tienen derecho a acogerles pero no obligación. Las obligaciones con los menores terminan en sus tutores legales.
Ya que estamos con ejemplos vamos a darle la vuelta y imaginemos que un juez condena a un nieto a pagar una pensión alimenticia a su abuelo discapacitado, a su tío o a su primo.
#56 Algo perfectamente plausible.
El Código Civil contempla el orden que se ha de seguir en la reclamación de alimentos entre parientes. Cuando sean dos o más los obligados a prestarlos se reclamará en primer lugar al cónyuge, después a los descendientes de grado más próximo (hijos antes que a nietos), a los ascendientes de grado más próximo (padres antes que abuelos) y, por último, a los hermanos.
http://civil.blogs.lexnova.es/2012/04/20/alimentos-entre-parientes-en-epoca-de-crisis/
eh, no pasa nada, españa va bien!!!
relacionada: Rajoy, en su mundo: "El Estado de Bienestar está funcionando mejor que nunca"
Rajoy, en su mundo: "El Estado de Bienestar e...
publico.esRealmente los abuelos tienen responsabilidades jurídicas respecto a sus nietos?.
Pues no entiendo cómo pueden hacerlo y porqué. Tendrá su explicación en lo de los padres, pero aun así
Mucho me temo que la valoración del juez "las obligaciones con los menores no se limitan a los padres sino que están jerarquizadas en función del grado de parentesco" no tiene ningún fundamento jurídico.
Y que conste que pienso que el juez actuó de buena fé, pero es difícilmente justificable. Por ejemplo, cuando fallecen los padres de un menor, los abuelos, tíos, primos... pueden decidir si hacerse cargo del menor o nó, nunca tienen la obligación.
Otro ejemplo si un menor está desatendido o abandonado a quien se le exigirán responsabilidades es a los padres o tutores nunca al resto de familiares.
Por lo tanto si el juez considera que es un caso de extrema necesidad debería obligar a la consegería de asuntos sociales que es junto con los tutores legales los unicos responsables de garantizar el bienestar de los menores.
#28 Los abuelos tienen derecho a visitas en casos de divorcio, y a custodia en caso de fallecimiento... Eso está en nuestras leyes, y son derechos que obviamente conllevan obligaciones. La mayoría de los abuelos ya se habrían metido a ayudar a que esa cría no viviese en la miseria de forma voluntaria, del mismo modo que en la mayoría de divorcios los abuelos siguen viendo a sus nietos. Pero cuando no sucede, la ley puede obligarlos, y es razonable que así sea.
#28 No estoy de acuerdo en absoluto. Creo que el juego entre el juez lo único que ha hecho ha sido aplicar los artículos 144 y 152.2º del Código Civil.
Tengamos un pelín de respeto por las decisiones judiciales. En la gran mayoría de los casos, están dictadas por gente que sabe algo más de derecho que el meneante medio.
Tener hijos no es un derecho ni una obligación. Si tu situación no te lo permite, te jodes y no los tienes. Estamos hablando de una mujer con minusvalía que no puede mantener una hija, pero tiene tres y de un hombre incapaz de trabajar por sufrir problemas mentales, pero que es padre. La irresponsabilidad de unos no la deben pagar sus padres. O sí, porque tal vez tengan parte de culpa de cómo son este par de cenutrios.
Desde el punto de vista de que la tercera edad es el principal nicho de votantes al PP, celebro la noticia, dado que supongo que implica 4 votantes menos a ese partido-pantalla de la mafia.
Estos son los brotes verdes que dice el Mariano, ¿no?
El juez está castigando a los abuelos por heredar tan malos genes y crianza. Si hubiesen sido unos abuelos de bien, temerosos de Dios, votantes del PP o, mejor aún, ser del PP, esa nieta ya estaría postulada desde ahora a un gran cargo en la política devengando euro$$$ en cantidades astronómicas.
Nota: soy irónico
Espero que vivan muchos años esos abuelos
(Nótese la ironía por favor)
que tenga que ser un juez quien dictamine esas cosas....vaya dramas tenemos en españa, estamos ya deshumanizados
No quisiera ser suspizcaz, pero...
"El juez considera una "estricta necesidad" que la menor reciba 250 euros cada mes para que pueda continuar con su nivel de vida, a pesar de que actualmente sus necesidades están suficientemente cubiertas."
"El abogado que llevó la demanda a petición de la madre..."
"...para que pueda continuar con su nivel de vida, a pesar de que actualmente sus necesidades están suficientemente cubiertas." ¡Con dos huevos!
Él, según la sentencia, "no tiene trabajo y tiene pocas posibilidades de conseguirlo dados los problemas mentales que padece, por los que está a tratamiento y sin recibir pensión alguna" ¿Y porqué está ese señor con una minusvalía que le impide trabajar y sin recibir pensión alguna? ¿No sería más correcto asignarle a él una pensión y que ambos padres puedan ocuparse de sus hijos?
¿Como puede ser eso legal? Los abuelos no han tenido ninguna responsabilidad directa en la "creación" de esa niña.
#26 Habría que mirar lo que dice el código civil, que mirando la sentencia va a ser que sí.