Hace 4 años | Por Autarca a diarioinformacion.com
Publicado hace 4 años por Autarca a diarioinformacion.com

El conductor fue sancionado con 60 euros por la Policía Local y el juzgado sentencia que mientras no se prohíba pueden ir por las calles y avenidas

Comentarios

ﻞαʋιҽɾαẞ

Pues a cascar multas a los que circulan por la acera.

arturios

Oh! dios mío, un juez que aplica el principio de legalidad recogido en la Constitución ¡paren las rotativas!

Artículo 25.1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

En román-paladín, todo lo que no está prohibido está permitido.

Y esto viene del 11.2 de los Derechos Humanos "Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito."

Homertron3

#7 Hombre algunos con potencia por poder pueden, pero no deben. Un patinete a más de 25km/h no tiene permiso para circular por la vía pública y por cierto, a las bicicletas eléctricas les pasa lo mismo.

Si el juez dice que la multa estaba mal puesta pues muy respetable, solo quería traer a la palestra que aunque no sea el caso de la noticia, ojo con lanzarse a la calzada en patinete ya que si no se llega al mínimo de la misma se pueden tener problemas y como sé que normalmente pocos alcanzan los 25 en condiciones normales (el mío mueve unos 100 y poco kilos a 22 o así en llano y cargado) pues ir por la calzada según como yo lo cogería con pinzas.

Homertron3

Obviamente es un vehículo, pero si el máximo permitido es de más de 50 km/h el mínimo es la mitad y por lo tanto al no poder alcanzar ese mínimo legalmente (solo pueden ir a 25 como mucho) pasarían a no poder ir por calzadas.

Desconozco el límite de esa calzada así que...

T

#2 9. Ciclomotor: Tienen la condición de ciclomotores los vehículos que se definen a
continuación:
a) Vehículo de dos ruedas, con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h y con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm³, si es de combustión interna, o bien con una potencia continua nominal máxima inferior o igual a 4 kW si es de motor eléctrico.
¿Te cuadra con patinete? Pues pueden circular por donde vaya cualquier ciclomotor.

Homertron3

#5 no, no cuadra, por ejemplo en lo que dije, los patinetes no pueden pasar de 25km/h y como dije nada puede circular por la calzada por debajo de la velocidad mínima permitida.

Solo quiero que quede claro que un patinete no puede ir por ninguna calzada que tenga el límite de velocidad por encima de 50

T

#6 ¿Por qué dices que no pueden pasar de 25km/h?
Por otro lado, aquí se están mezclando los conceptos de calzada y vía urbana, ya que la multa fue dentro de poblado.

M

Si las bicicletas pueden circular por calles y avenidas, no veo el motivo para que se les prohiba a los patinetes...