Hace 4 años | Por Jony_a a elfarodeceuta.es
Publicado hace 4 años por Jony_a a elfarodeceuta.es

El Juzgado número 4 archiva el caso: no hubo violencia de género l Las investigaciones del CNP concluyen que la misma bala con la que se disparó alcanzó las piernas de la fémina: fue accidental

Comentarios

D

#2 "No importa" pero se ha investigado y se ha concluido que no es el caso. Sécate las lágrimas y sal un poco a la calle, anda.

T

#5 pssst!, estoy de acuerdo con tu discurso irónico, pero lo que la ley y el T.S. dicen a día de HOY es que se trata de violencia de "género" en caso de que haya o hubiese una relación afectivo-sentimental entre ambos. No a cualquier mujer.

Otra cosa es lo que entre el PSOE y Podemas quieran que se convierta la ley, pero hoy aún no.

m

#9 Lo que es igualmente absurdo. Si al apartarme del charcho le doy a mi mujer o a mi prima es violencia de género lol

T

#17 Si le das a tu mujer, sí. Si le das a tu prima, no. A no ser que en vuestros tiempos mozos hubierais hecho guarreriras en el pajar...

kevin_spencer

#28 bueno, no sabemos que relación tiene con su prima... Alomejor es de la España profunda

T

#30 ya lo he dejado así indicado y, por otro lado, no hace falta ser de la "España profunda" para que ocurran esos casos.

D

#9 Aceptada la aclaración. Y gracias, tanto por la aclaración como por contribuir al enriquecimiento del debate.

T

#20 No hay de qué. Comparto tu punto de vista (al menos lo que has escrito) pero no puedo "permitir" que se diga lo que no es o quienes están en contra de estas ideas lo cogerán como motivo para invalidar todo el argumento. Sería una falacia pero tendrían cierta base argumental, así que mejor quitársela.

D

#27 Estoy totalmente de acuerdo.

La lucha es contra lo irracional, contra lo absurdo, contra lo incoherente, contra lo arbitrario, contra la mentira, contra lo falso, venga de donde venga, porque eso es lo que nos hace daño. Si eso está en la izquierda, hay que criticarlo, si eso está en la derecha, también, si está en el feminismo, también, no importe dónde esté hay que criticar sus absurdos.

Pero nosotros también tenemos de todo eso. Así que si alguien me muestra uno de mis absurdos, no me importa cómo me lo diga, si como crítica constructiva, crítica destructiva o como sea, yo aprenderé y ya no tendré dentro de mí esa tara. Solo los totalitarios, irracionales y dogmáticos, prefieren quedarse con sus mentiras a pesar de las demostraciones, hechos y evidencias que estén contra sus creencias. Ésas son religiones con ideas inamovibles.

A veces soy muy fácil de convencer, otras veces tardo más, y antes alguna que otra vez tardé años en aceptar algo que era cierto pero que no aceptaba. Pero aprendí, ahora, generalmente, soy un poco más rápido para aceptar mis absurdos y corregirlos.

Por eso gracias.

T

#32 Hombre, no era ningún absurdo, era una equivocación y ya. Aunque bien es cierto que es algo que quieren implantar, lo cual sería el absurdo del absurdo.

D

#6 Esta tendrá que pasar por encima del comando Vaginesil para llegar a portada...

triste_realidad

#3 #16 Si, para que sea una agresion tiene que ser intencional. Asi que si no es intencional no es agresion.
"Agresión: Requisito de Intención

Puede sorprender que un acto de agresión no siempre requiere intención alguna de dañar a la víctima (si bien dicha intención por lo general existe en los casos de agresión). Por el contrario, una persona solo necesita tener la intención de entrar en contacto o de generar un contacto con otra persona. Asimismo, si alguien actúa con imprudencia o negligencia delictiva que resulta en dicho contacto, esto puede constituir un asalto. Como resultado, chocar accidentalmente con alguien, por más ofensivo que la "víctima" lo considere, no constituiría una agresión."
Asi que tranquilo, te puedes apartar para que no te atropellen o suicidarte sin que te acusen de agresion.

D

#22 Es muy agradable ver una respuesta razonada que refute de mis argumentos. Lo normal es todo menos eso, violencia, falacias, agresividad, odio, irracionalidad, burlas, insultos, etc.

Gracias.

D

#24 Ya lo leí en #22, quien se tomó la molestia de explicarlo muy bien.

Dramaba

#26 Si uno es activo en la búsqueda de información se retiene mejor.

D

#23 Creo que sí, como lo explica #22.

Sin embargo siento que en muchísimos, pero muchísimos casos existe una arbitrariedad e inmoralidad enorme en la "justicia" que se imparte con la LIVG, tan grande que la pudiera calificar de masacre, tanto contra muchos hombres como a sus hijos, ambos víctimas de esa nefasta ley, que por otro lado, no beneficia mucho a las verdaderas víctimas de violencia de género, que deben estar tan aterrorizadas o sometidas que ni se atreverán a denunciar.

Es más una ley para mantener chiringuitos, sacar beneficios por denuncias falsas, y maltratar, someter a los hombres y mantener la sociedad separada y dividida, que para defender a las verdaderas víctimas de violencia de género.

Cabre13

#2 ¿De dónde has sacado la frase que nos gritas en mayúsculas?
Además, esta noticia desmiente esa frase...

D

#11 El tribunal supremo no lo dice con esas palabras. Dice textualmente

"a partir de ahora la intención de dominación o machismo no es un requisito que tenga que probarse en el juicio. El mero hecho de una agresión de un hombre contra una mujer que sea su pareja o expareja ya constituye un acto de violencia machista"

Es decir, siempre es violencia de género, no importan las circunstancias, no importa nada.
Agresión a mujer --> violencia de género

https://elpais.com/sociedad/2019/01/08/actualidad/1546959665_854962.html

Tribunal Feminista Supremo | UTBH

Cabre13

#16 Bueno, aparte de los enlaces que tienes preparados en tu carpeta, te digo lo que te dije antes, esta noticia (o la de la eutanasia) es la prueba de que el juez puede decidir si es VG o no.

Cabre13

#36 Tienes razón, el caso aún está en curso y, aunque los jueces desestiman la VG, todavía no se ha producido el juicio.

Dramaba

#16 Ahora busca la definición de agresión...

Conde_Lito

#11 El Tribunal Supremo sentó criterio al respecto en Enero de este año.

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Archivo-de-notas-de-prensa/El-Pleno-de-la-Sala-Segunda-del-Tribunal-Supremo-fija-criterio-en-los-casos-de-agresiones-reciprocas-hombre-mujer-que-sean-pareja-o-expareja

1.- Cualquier agresión de un hombre a una mujer en la relación de pareja o expareja es hecho constitutivo de violencia de género.

2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.

3.- La Audiencia había considerado que en la agresión recíproca hombre y mujer es solo delito leve, pero el TS señala que no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o expareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo.

4.- En el hecho de agredirse la pareja solo deberá reflejar un golpe o maltrato sin causar lesión para integrar delito de violencia de género y violencia familiar respectivamente sin mayores aditamentos probatorios.

5.-Podría valorarse en cada caso si hubo legítima defensa en su respuesta agresiva, pero no puede dictarse una sentencia absolutoria si queda constatada la agresión mutua.

6.- Se considera que cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género. Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.



Lógicamente el Tribunal Constitucional se llevó las manos a la cabeza ya que el TC prodría estar saltándose el artículo 14 de la Constitución.
https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/politica/estupor-magistrados-constitucional-sentencia-supremo-violencia-genero/20190109175737120237.html

Igoroink

#2PasapolloPasapollo se curró mucho unos artículos dónde te lo explica todo con pelos y señales.

Aquí el primero:

Violencia de Género (I): Introducción

U5u4r10

#13 ¿Dónde están el resto?

D

#7 no es delito, yo puedo grabar una conversación contigo sin comunicártelo, lo que no puedo es enseñársela a un tercero.

D

#18 "lo que no puedo es enseñársela a un tercero"
Pero sí servirá en un tribunal.

D

#19 por supuesto

Conde_Lito

#19 No estaría yo tan seguro...

Luego busco sobre este tema, pero no se por qué me da que no es así de fácil.

a

#39 Hasta donde tengo yo entendido, realizar grabaciones es legal siempre que una de las partes sea consciente de que se está realizando esa grabación. Por eso lo que comenta #7 de "si se oye la voz de uno" (yo realizo la grabación y aparezco en ella implica que una de las partes era consciente de dicha grabación).

Difundir esa grabación no es legal sin el consentimiento de ambas partes (con excepciones que no vienen al caso). No obstante, como la grabación sí es legal, se puede usar como prueba en un juicio. Igual que se usan mensajes de whatsapp y similares.

c

No acabo de verlo claro.

En la noticia de cuando se produjo:

"La mujer....era hallada en el suelo de las inmediaciones del edificio con las piernas ensangrentadas al presentar dos heridas por arma de fuego"

"presunto agresor, convencerle de que depusiera su actitud y se entregara, pero todo fue en vano. En la barriada se volvía a escuchar una nueva detonación que hizo presagiar lo peor, y es que el agente de la Guardia Civil...decidía acabar con su vida disparándose en la cabeza"


Pasamos de dos disparos muy separados en el tiempo y con testigos, a uno de sólo. Además el segundo se produce cuando la mujer está siendo atendida en la ambulancia y el marido "hablando con familiares y agentes".

Para mi que "lo suicidaron" para salvar al bebé y publican esta bola para evitar problemas.

D

#10 Periodismo moderno. Ahora mismo ya han tomado la costumbre de inventarse las noticias.

La historia real es con toda probabilidad la que aparece en este meneo, más que nada porque el juez usa datos forenses y no creo que el forense esté por la labor de inventarse cosas.

El periodista escucharía algo sobre herida de bala y a partir de ahí se inventó el resto. Tampoco es para tanto. Es lo normal en el periodismo actual. Lo bueno es que al ser en parte ficción, es más entretenido. Tendrás que reconocer que la historia que publicaron en las noticias es mucho más interesante y tiene más giros de guión que la verdadera.

c

#14
Una cosa u otra.

O el periodista inventó la primera noticia, o los jueces ocultan algo tinfoil tinfoil

Pero llevas razón, es más probable la primera opción.

Cabre13

Hum, igual soy muy mal pensado por ver algo raro en la diferencia entre la noticia inicial y lo que se ha dicho en el juicio...

D

no hace ni falta leerse el artículo para deducir que no había violencia de género. Dos datos:

1- Una única bala.

2- Si eres de los que antes de suididarte quieres llevarte a la pareja por delante contigo no le apuntas a las piernas.

D

En un mundo paralelo donde hubiera una corriente de machinazismo esa mujer sería imputada por el suicidio de su pareja.

Carlos_Gwada

Suicidio machista!

yolibruja

Por qué pensáis que las operadoras informan de que están grabando?
Si no lo comunicas, no vale la prueba... y puede, digo puede, que ni sea legal.
Recordad casos perdidos por grabar a la asistenta incluso en tu propia casa.
Si no tienes permiso, no puedes grabar.

a

#40 Las operadoras informan porque quién realiza la grabación (la empresa) no es quién participa en ella (el teleoperador y tú). Si no avisaran, no podrían permitir a nadie más que al teleoperador escucharla excepto en juicio, puesto que estarían haciendo difusión ilícita.

A la asistenta no la puedes grabar en vídeo porque es una grabación en la que tú no intervienes.

En resumen, tienes derecho a grabar (sin avisar) todo lo que te ocurre a tí mismo. No tienes derecho a difundirlo sin el consentimiento de todos los que aparezcan en la grabación (pero sí a presentar dicha grabación como prueba en un juicio).