Hace 4 años | Por Noctuar a partido-comunista.es
Publicado hace 4 años por Noctuar a partido-comunista.es

El Gobierno podía haber incluido los casos de despido de trabajadores y trabajadoras en situación de Incapacidad Temporal como uno de los supuestos de despido nulo regulados en el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores. En ese caso, la empresa tendría obligación de readmitir al trabajador despedido, abonando los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión (salarios de tramitación). Pero no han querido.

Comentarios

Noctuar

No es bueno que haya gente que crea que tenemos un gobierno comunista, o que crea que no te pueden despedir estando de baja por enfermedad, porque, para empezar, eso no se ajusta a la verdad.

io1976

Ya les ha jodido bastante hacerlo improcedente y que tengan que soltar la guita los empresaurios marca España.

D

#1 Qué gracioso. ¿Tú has visto protestar a las patronales por esta reforma? Aunque sea nulo, un altísimo porcentaje de gente no se acercará al juzgado ni de coña. Y a los que se acercan les pagarán los 33 días mediante las horas extras que han hecho en toda la empresa. En la práctica les sale casi gratis.

io1976

#4 ¿Y todo eso, en el caso de que fuese verdad, desmiente algo de lo que he dicho?
Si he escuchado a representantes de la patronal criticándolo, en Esradio y Libertad digital Tv por ponerte dos ejemplos.

vicus.

Y después dicen que gobiernan los comunistas. Jajajaja

Ovlak

Es que para que en la práctica fuera nulo tendrían que prohibir explícitamente el despido mientras se está de baja, que es distinto a que no te puedan despedir objetivamente por absentismo reiterado. Creo que aquí se están mezclando churras con merinas.

j

Es lo máximo que UP ha podido sacar al socioliberal PSOE.