Hace 13 años | Por javitube a net1news.org
Publicado hace 13 años por javitube a net1news.org

Incrustado en el paquete de la 'ley mordaza', el gobierno de Berlusconi ha incluído el enmendamiento 1707, que modifica el código 380 del código penal cuyo contenido especifica los casos en los que se debe proceder al arresto en caso de sorprender al culpable in fraganti. Esta modificación establece que no se debe proceder al arresto en aquellos casos en los que se sorprende a alguien comentiendo un abuso sexual de "gravedad menor". (Traducción en el primer comentario)

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Las fuerzas del orden podrían encontrarse en la situación de pillar a un pedófilo con los calzoncillos bajados (o la falda subida)

O con la sotana subida...

javitube

Traducción: El enmendamiento 1707, presentado por Gasparri, Bricolo, Quagliariello, Centaro, Berselli, Mazzatorta, Divina, prevé una variación del artículo 380 del código penal que enumera los caso en los que se debe (no se puede, se debe) proceder al arresto en caso de "pillada" in fraganti. Entre los casos en los que se "debe" arrestar, no se encuentra el delito por actos sexuales con menores de edad (609 del código penal). En la propuesta actual, quien cometa actos sexuales con menores y es sorprendido in fraganti no tiene que ser necesariamente arrestado si comente un acto sexual de "gravedad menor". Las fuerzas del orden podrían encontrarse en la situación de pillar a un pedófilo con los calzoncillos bajados (o la falda subida) y tener que decidir, antes de arrestarlo, si lo que estaba haciendo era de gravedad normal o menor de lo normal.