Hace 14 años | Por neyla a iabogado.com
Publicado hace 14 años por neyla a iabogado.com

La fea y rancia jerga jurídica del siglo XXI: el lenguaje que gastan los jueces y no pocos abogados está apolillado y huele a naftalina. Hay en la Administración de Justicia un ceremonial, un rito, una escenografía y un lenguaje de reliquia tan feo y tan rancio, tan absurdo y desusado, que ya no basta con decir que es barroco, sino que es absolutamente arcaico, a veces anterior al siglo XIV.

Comentarios

c

La jerga jurídica la hacen difícilmente comprensible para una persona sin conocimientos de Derecho. Desde que se ha redactado "La Carta de Derechos de los ciudadanos ante la Justicia", no se han hecho muchos avances para su cumplimiento (http://www.consultatuderecho.com/carta_derechos_ciudadanos_justicia.htm):

"...—Un lenguaje sencillo y comprensible, para todos, especialmente cuando no sea obligatoria la intervención de abogados y procuradores."

#10 Y sin embargo, en las sentencias se recoge una cantidad ínfima de los testimonios que se realizan en el juicio. Normalmente un par de frases que consideren significativas y listo.

Como no suelen grabar el juicio, a veces te quedas con la sensación de que "hablas y hablas" para la galería. No suelen tomar notas, nunca me han requerido que ponga nada por escrito tras decirlo, para que quede constancia.

No sintetizan las sentencias, pero las tipifican y simplifican en función del tipo de causa a juzgar, con una facilidad...

N

#10 ¿Como recurres tu una sentencia en la que no dicen claramente porqué te condenan?
¿Y como recurres una sentencia que no entiendes? Lo ideal sería que escribiesen el tocho legal (técnico) que quisieran para justificarse y ADEMÁS, sintetizasen el resultado (culpable, tantos euros, tal fecha). Incluir un par de líneas no tendría ningún impacto en los jueces, pero la gente sabría que coño ha pasado sin tener que pagar a un abogado.

D

#9 "No hay juicios donde no se hayan escuchado las partes, así que eso es superfluo decirlo."

En realidad, sí los hay. Son los llamados "abogado untado que no presenta el caso" (que lo he visto con estos mis ojos).

D

#6 #9 Ja ja ja. Me habeis recordado "Idiocracy": "el acusado es culpable que te cagas".

ElPerroDeLosCinco

#8 Así sí que se entiende, antes no. AHORA SÍ, ANTES NO.

D

#8 Mierda nos han descubierto.

air

Y un lenguaje anquilosado y lejano al ciudadano, repleto de arcaísmos tales como: "otrosí digo", abuso del futuro de subjuntivo (resultare, hubiere manifestado)....

Todo esto los abogados estamos intentando mejorar en nuestros escritos.

walli

El ejemplo del artículo es genial:

«Literalizando documental obrante en la alzada conteniendo carta de la codemandada Supermercado S. SA a su correduría de Seguros, en relación con el accidente objeto de análisis, «esta señora se tropezó con unas cajas de mercancías que había comprado otro cliente, justo a la salida de nuestra escalera mecánica», uniendo la testifical de doña S.R.A., contestación a la repregunta cuarta «presenció el accidente, vio cómo pasaba la niña y que la señora no podía pasar y se cayó», es afirmable manifestar negligencia en la demandada al no tener en perfectas condiciones de utilización la vía de salida del establecimiento. Siendo la escalera mecánica, vía de salida, de titularidad propia, siendo el objeto, caja de mercancías, que obstaculiza el final de la precitada escalera propiedad de la demandada, siendo manifiesto que dicha vía debe estar expedita, apta para su utilización como salida del centro comercial, no produciéndose tal realidad, se plasma negligencia, tangibilizada en la falta de actuación de operario para retirar todo obstáculo que impida la salida, y no sólo la impida sino que cree riesgo para las personas, materializado en la presente, en el accidente analizado, base de la reclamación»

Nota: El corrector ortográfico encuentra en ese párrafo 6 palabras desconocidas.

D

#11 Pero si esta clarriiisimo: La empresa demandada es responsable porque su operario no despejó las escaleras mecánicas de salida que son de su propiedad. Fin.

j

#11 A mi lo que más me gusta de esa parrafada es que son dos frases, literalmente lol

D

#11 Curioso, yo lo entiendo perfectamente. ¿Será por esa malsana costumbre de pensar al leer?

walli

#41 ¿Por qué piensas que no lo entiendo? ¿Alguna costumbre de pensarse superior a los demás?

D

#46 Me temo que no hablaba de ti. Otra vez será.

walli

#48 En cualquier caso, en tu comentario #41, das a entender que tú sí eres capaz de entenderlo, porque tú sí piensas al leer, como si los demás no lo hiciéramos... si tu intención era no ser prepotente, entonces sí que debo de admitir que no he sido capaz de entenderte

Sin acritud...

filets

Todos los lenguajes de especialistas son complejos. Sentencias, prospectos de medicinas, manual de router cisco, etc...

¿O es que todo el mundo entiende a Sheldon Cooper?

IndividuoDesconocido

Entiendo que el lenguaje legal ha de ser así de complicado. El principal problema del lenguaje coloquial son las ambiguedades [ops, perdón mi teclado no tiene diéresis], imprecisiones etc. Imagino que como en matemáticas o cualquier otro sector. El lenguaje debe ser lo bastante preciso y concreto como para no dar lugar a dudas. Lo que habría que hacer sería convertir el lenguaje legal en un metalenguaje de etiquetas como el HTML o el XML y luego pudieramos pasar el tocho a través de un "navegador legal" o traductor o algo así que nos dijera, si vamos a la carcel, si hemos heredado y cuanto Lo digo en serio.

s

Si quieren exagerar y abultar sus pomposidades (abogados, médicos, o quien sea), que lo hagan, pero que no olviden poner al final un último apartado "Conclusiones" donde resuman todo de forma comprensible. Al menos eso es lo que me exigen a mí en el trabajo. ¿Por qué no ellos?.

petrov1848

Pero entonces mucha gente dejaría de pagar a un abogado-escriba para que le interpretase las sagradas escrituras judiciales

Eagle_Ray

Desde el punto de vista de la ciudadanía puede resultar confuso, pero es de lo más necesario. Si refundaramos el lenguaje jurídico volveríamos a crear un sistema complejo de exposición porque la complejidad de los procesos judiciales así lo requieren.

Ahora, sí estoy a favor de que se expusiera una especie de "conclusión" en la que se explique de manera coloquial (que no vulgar lol) el contenido.

RamSys

¡Herejes! ¿De qué vivirán los abogados si se simplifica toda esa burocracia legal?

Ah, vale. De un canon que pagaremos cada vez que veamos una peli de juicios.

D

De eso se trata, que el vulgo no se entere de nada.

Tomaydaca

El lenguaje judicial, debería ponerse al día, y que pudiese ser entendido por la mayoría de los mortales, en lugar del galimatías que nos meten en los autos y sentencias.

Rufusan

Si es una exposición oral, la ley de procedimiento administrativo común obliga a farfullar ininteligiblemente los datos importantes (únicamente los importantes, ojo, los comunes son a potestad del orador).

HORMAX

Habría que empezar por simplificar las leyes. Los códigos legales son un auténtico galimatias que ni los mas expertos jueces son capaces de entender lo que da lugar a diversas "interpretaciones".

Cuando una ley hay que "interpretarla" es una mala ley, una ley que no está bien hecha.

Para aplicar las leyes no deberían ni hacer falta los jueces, pero para eso las leyes han de ser claras y precisas, las que tenemos ahora son todo lo contrario.

Pero el problema está en que quienes tiene que hacerlo son los mas interesados en que no se haga, porque entonces perderian su medio de vida que esta basado, precisamente en mantener el actual estado de cosas.

D

#25 Estoy de acuerdo con que la riguridad y la precisión no está reñida con la claridad y la concisión. La Justicia, como servicio público y derecho fundamental que es, debe ser lo más asequible posible a todos, no solo económicamente, sino también en cuanto a su comprensión.

Ahora bien, que una Ley necesite interpretación no significa que esté mal hecha. Una Ley, por definición, es una norma abstracta que debe aplicarse a una generalidad indeterminada de supuestos de hecho. Son tan amplios los supuestos que debe abarcar, que no siempre es posible que la solución al problema se de a simple vista. Por otro lado, el ordenamiento jurídico no es un conglomerado de normas, sino que hay cierta jerarquía, en la que Legislación no es igual a Derecho, y en la que existen Principios Generales que deben conjugarse con las distintas normas. No en vano la jurisprudencia existe desde tiempos del Derecho romano, allá por los tiempos de los colegios pontificales.

No obstante, te doy la razón en que gran parte de las normas están pésimamente redactadas. La doctrina ha criticado en innumerables ocasiones la pésima técnica legislativa del legislador español. En lo que no estoy de acuerdo es en que sea deliberado, sino que simplemente nuestros legisladores son... malos. Malos y vagos. Puedes encontrarte, por ejemplo, la transposición de una directiva comunitaria al ordenamiento español que básicamente es un calco, con todas los problemas que plantea; artículos que se repiten; terminología obsoleta... y un largo etcétera.

Por otro lado, el Derecho es una disciplina compleja y tiene su propia terminología. Básicamente el codo, en fontanería, es una especie de tubo doblado, pero si le pides al albañil que llame al codo "tubo doblado", simplemente te dirá que ese objeto ya tiene nombre y que no hay por qué cambiarlo. Algo parecido ocurre con la terminología usada en Derecho.

Pero como dije al principio, no creo que esto tenga que estar reñido con la claridad y la concisión. Leer esas tediosas sentencias en el que el tiempo verbal más conjugado es el gerundio y con frases kilométricas que se sabe donde empiezan pero no donde acaban es un infierno tanto para el profesional del derecho como para el justiciable.

klam

¿Que dices #25? Las leyes siempre se interpretan, y no tiene que ver con que la ley esté mal, sino con que el lenguaje tiene limitaciones inevitables.

La vida es muy compleja para poder codificarla, y siempre habrá que interpretar los códigos. Cuando la ley prohíbe difundir material protegido por derechos de autor, es clara, ¿no? El P2P ¿es difusión o no? En este momento los jueces españoles interpretan que no lo es, mientras los jueces de EE.UU interpretan que sí lo es, y es que el asunto tiene mucha tela que cortarle.

p

Pues parte del lenguaje jurídico es importante porque, por ejemplo, cuando te mandan una comunicación y en ella te citan/emplazan/notifican/requieren, cada una de estas palabras tiene un significado muy concreto. Está pensado para que lo entiendan juristas y es técnico porque es necesario que lo sea.

Es como si el médico, un arquitecto, un ingeniero, etc te da un informe, usa un lenguaje técnico porque es necesario expresarse de manera inequívoca y no puede usarse lenguaje común.

Otra cosa es que cuando el informe médico o la comunicación judicial va dirigido a alguien que no conoce los términos, se debería hacer un resumen simplificado.

f

Me temo que la mayoría de los legisladores son incapaces de sintetizar las ideas fundamentales de un texto, y para qué hablar de simplificar.

Sólo hay que ver cosas como ésta (ejemplo sacado de http://iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=12120000). "Explica" cómo se establece la duración de la pena aplicable, algo que debería estar claro como el agua:

Las reglas generales

La sentencia determinará la pena aplicable en función del delito cometido, si ésta debe imponerse en su mitad inferior, o en su mitad superior, si cabe su reducción en uno o dos grados o, por el contrario, cabe incrementarla en un grado. Así:

* Si el delito cometido lo fue en grado de tentativa, esto es, no se logró obtener el resultado pretendido, se puede imponer una pena inferior en uno o dos grados a la legalmente establecida.
* Al cómplice también se le impondrá la pena inferior en un grado a la que corresponda al autor del delito.
* Si concurre una eximente incompleta o bien dos o más circunstancias atenuantes o una sola muy cualificada, se podrá imponer también la pena inferior en uno o dos grados.

Entonces, ¿qué pena es la que debe cumplir el condenado?

Para calcular cuál es la pena superior en grado, se parte de la cifra máxima señalada por la ley para el delito de que se trate, añadiendo a ésta la mitad de su cuantía.

El resultado será el límite máximo de la pena superior en grado. Por ejemplo, si la pena establecida es de 2 a 4 años de prisión y la sentencia recoge que debe ser impuesta en un grado superior, el límite mínimo de la pena será 4 y el máximo será 6, esto es, la suma de 4 años (que es el límite máximo de la pena establecida para el delito) y 2 (que es la mitad de 4). Por tanto, la pena impuesta en su grado superior será de 4 a 6 años de prisión.

Para calcular cuál es la pena inferior en grado se realiza la misma operación, esto es, se parte de la pena inferior señalada para el delito y se deduce de ésta la mitad de su cuantía. Siguiendo con el ejemplo anterior, si la pena establecida es de 2 a 4 años de prisión, la pena inferior en grado se calculará dividiendo por la mitad su límite mínimo, el resultado constituirá el límite mínimo y el que antes era el mínimo, pasará a ser el máximo; así, en nuestro ejemplo, la pena inferior en grado será de 1 a 2 años de prisión.

¿Y cómo se calcula la pena cuando concurren circunstancias atenuantes o agravantes?

El Código Penal también distingue dentro de la extensión de la pena dos mitades, la mitad superior y la mitad inferior en la pena que resulte después del cálculo de los grados de la misma (superior o inferior).

Así, dependiendo de si concurren circunstancias atenuantes y agravantes o no, el órgano judicial que impone la sanción puede recorrer la extensión de la pena y aplicar la que considere más adecuada en cada caso.

Deben distinguirse por tanto, dos situaciones:

* Si concurre alguna circunstancia atenuante: La pena debe imponerse en su mitad inferior.
* Si concurre una o varias circunstancias agravantes: La pena se debe imponer en su mitad superior.

Para establecer la duración de cada mitad, se divide por la mitad la diferencia entre el límite inferior y el superior; el resultado será el límite máximo de la mitad inferior y el límite mínimo de la mitad superior.

En nuestro ejemplo, la condena a prisión de 2 a 4 años, el resultado de la resta entre 4 y 2, es 2, y la mitad de 2, es 1, por lo que el límite máximo de la mitad inferior será de 3 años (el resultado de 2 más 1) y el límite mínimo de la mitad superior será de 3 a 4 años.

Esquemáticamente las operaciones a realizar son:

* Condena: 2 a 4 años.
* Diferencia: 2 - 4 años = 2 años.
* División: 2 : 2 = 1 año.
* Mitad inferior: 2 + 1 = 3 años: De 2 a 3 años.
* Mitad superior: De 3 a 4 años.

En cualquier caso, un abogado podrá ofrecer asesoramiento sobre todas estas cuestiones a la vista de las circunstancias que presente cada supuesto concreto.

D

Totalmente de acuerdo con el autor.

D

¿Apolillado?¿Rancio? ni que necesitáramos "el español en mil palabras". Algo tan importante para la Justicia como la palabra, debe tener riqueza de matices, dado la gravedad del asunto que se trata. Todavía quedan facetas de la vida pública que mantienen una riqueza de palabras y expresiones que no se deben perder. Si se eliminaran palabras grandes y vetustas de las sentencias judiciales, parecerían notas de prensa de Telecinco.

u

Lo que no entiendo es la imagen de los jeroglíficos. Pone claramente THnw, es decir, libios.

D

En Francia lo arreglaron hace tiempo:

Ma vraie gloire n'est pas d'avoir gagné quarante batailles; Waterloo effacera le souvenir de tant de victoires. Ce que rien n'effacera, ce qui vivra éternellement, c'est mon Code Civil.

Napoleon.

A Napoleon se le entendía todo.

D

Los trabajadores sociales suelen adjuntar un papel escrito por ellos explicando en un lenguaje mas comprensible las resoluciones judiciales. Cosa que me parece muy bien

s

El gitano en el furgón policial al que le suena el teléfono:

- Dime María

- ¿Que tal el juicio Lucas?

- María, me ha dicho el juez que o 100.000€ o 6 años de cárcel

- No seas tonto Lucas, coge el dinero!!!

D

"El desconocimiento del lenguaje no exime de su entendimiento". O algo así...

D

Si la justicia seria comprensible por todos no necesitariamos abogados ni tanto papeleo y claro, eso no interesa.

t

#20 al menos en los textos jurídicos saben usar el subjuntivo: Si la justicia fuera comprensible...

D

Tienen que hacer teatro como los magos o lo sacerdotes para que la gente trague sus sentencias y razonamientos la mayor parte de las veces absurdas, fuera de lógica y contra la ley que dicen defender.

D

¿Y qué sucede con los informes médicos?

natrix

#1 Lo mismo. Pero no sólo con ellos, también con los informáticos, etc.
Se trata de una estrategia de casi todos los grupos profesionales para resaltar la pertenencia al grupo.
Y cuanto más exagerado, suele corresponder con los individuos que más necesitan remarcar su pertenencia al grupo, es decir, los más ignorantes.

Andair

#1 los informes médicos se redactan en un lenguaje ESTANDARIZADO que tiene que tener correspondencia en TODO el mundo, de acuerdo con la clasificación internacional de enfermedades, la de actos médicos, etc.

Y si, es latinizante (lo dice un euskerista), pero es INTERNACIONAL. Nosotros no utilizamos apenas verbos, el informe mismo lleva "El paciente refiere"; en cambio los informes judiciales son infumables.

P.D: El asunto de la letra es otra cosa, hoy en día van por ordenador.

mikelx

#1 los informes médicos son básicamente para otros médicos, y aunque el medico escriba en el papel algo ininteligible para el paciente no es así como se lo explica. Caso distinto el del lenguaje judicial...
Y sobre esto hay mucho debate [OFF TOPIC] porque no sé hasta que punto están obligados los ciudadanos a conocer las leyes... todo el mundo sabe que es delito matar, que "hay que llevar" el DNI encima etc etc... pero ésto nos lo explican en las escuelas o lo sabemos por el boca a boca?[/OFFTOPIC]

Andair

#27 hombre, uno al paciente le explica que una "candidiasis" es una infección bacteriana que ocurre cuando se está inmunodeprimido; pero es que ya cuando el paciente te pregunta "¿qué es eso de immunoqué?" desistes, no aporta nada explicárselo y vas a perder mucho tiempo:

¿pero sabéis la de pacientes que no saben que lo que es el sistema inmunológico?

Eso si, les decís que es lo del Actimel y las defensas (que es falso además!) y entonces ya lo entienden (lo mejor es cuando luego te preguntan: "¿pero esto con actimel no se curará?")

D

Nada, a partir de ahora, las comunicaciones judiciales serán algo así:

Illo: K tas llenoh de mierdah hasta er kuelloh, te via mete ar trullo 6 mesesitoh (loh mismoh k yevo saliendo con la jessi) o te dejo en arresto en tu keli si me pagah la fiansa surmano, dame un euro, no?