Hace 10 años | Por psantos a graduadosocial.net
Publicado hace 10 años por psantos a graduadosocial.net

La ley no es muy clara. Los principales requisitos para pagar la cuota de autónomos estando en el régimen general (ya trabajas en una empresa) es tener ingresos superiores al salario mínimo y que existan ingresos habituales y periódicos. No importa si uno está dado de alta en el régimen general y que trabaje para otra empresa.

Comentarios

D

En España siempre estás obligado a pagar, sí o sí, siempre, sea como sea. Si no pagas por un lado ya se encargarán de sacarte el jugo por otro lado, aunque sea con un radar de tráfico.

La casta necesita euros para sus gastos personales.

D

Segurp que sí, con la admisnitración siempre hay que pagar!

TocTocToc

Por supuesto, la voracidad recaudatoria de la SS no tiene límites.

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Si, en efecto, pagas dos veces. Esto supone una gran ventaja, al jubilarte ¡podras elegir entre lo cotizado por el regimen general o lo cotizado como autonomo!