Hace 9 años | Por --434325-- a publico.es
Publicado hace 9 años por --434325-- a publico.es

La modificación del artículo 140 de la Carta Magna no está incluida entre aquellos que requieren una compleja tramitación por no estar contemplado en el Título preliminar, el Capítulo segundo, la sección segunda del Título I o en el Título II, es decir en lo que se denominan derechos fundamentales. Tan solo se requiere el voto favorable la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados y del Senado.

Comentarios

D

#2 No es un "tío" es un periodista que consulta fuentes y dice: Diversos expertos constitucionalistas consultados por Público coinciden en destacar que "tanto en la letra como en el espíritu de este artículo la Carta Magna hace una distinción entre el sistema general de elección de los alcaldes a través de los concejales y el sistema de concejo abierto, muy minoritario, en el que la elección se hace directamente por los vecinos". Pues mira hay otros expertos consultados que no piensan como tu

D

#5 una cosa es que la ley que pretendan aprobar sea oportuna y constitucional y otra que el procedimiento de una hipotética reforma de la constitución, si así fuese necesario, sea el que se ha inventao el "tío" ese.

D

#7 Yo no soy abogado pero para aprobarla por el articulo 167 de la constitución , es necesario que después se celebre un referéndum de ratificación ¿o no?

D

#11 no. La vía del 167 no obliga a referéndum. Es opcional.
En realidad la reforma constitucional son un par de artículos. Es muy clarita y muy fácil de leer. No hace falta ser abogado para comprenderla.

D

#12 Bueno ¿es opcional?, eso quiere decir que gobernando el PP lo de que el pueblo decida , es que no hay referéndum... Bueno aclarada esa duda... en el articulo se desprende que no se podría hacer por el articulo 167 por afectar a derechos fundamentales...

D

#13 te pondré un ejemplo reciente... en época de zetapé se hizo una modificación en la constitu. Recuerdas haber votado? ... pues eso... que no cuentan para nada con nosotros. Pero eso es connivencia entre los 2 partidos, porque, la oposición podría forzar ese referendum opcional ... pero ya sabes que no lo van a hacer.

D

#15 No vote, pero porque no se hizo por el articulo 167 del que tu hablas, de todas maneras eso de que es opcional el referéndum en una aprobación por "Procedimiento ordinario", no lo tengo muy claro, ya investigare... no quiero discutir lo que no se o dudo

Berenjenales

#5 Si te vas a poner chuleta y meterte en berenjenales, ¿tanto cuesta leerse cuatro artículos de la Constitución?

#19 Pase a recoger el Nobel de la Paciencia, jefe.

rayfth

#19 Entiendo que si el 10% del congreso o senado pide el referéndum es obligatorio hacerlo, y la oposición al completo es mas de ese 10% actualmente, por tanto hay una posibilidad de tener que votar el pucherazo ¿es así?.

j

#2 ¿También debe de ser ratificada por el Rey? Según este artículo explica el proceso:

http://educacion.practicopedia.lainformacion.com/politica/como-se-reforma-la-constitucion-13942

D

#17 #19 y en la figura agravada tampoco votarias, ya que el propio artículo 168 no está protegido por su propia figura, por lo que basta modificado por el procedimiento ordinario, para luego modificar el artículo protegido.

Wayfarer

#2 #19 #49 Oye, lo de la disolución de las Cortes... ¿se lo podemos encargar al Pozolero?

México: el hombre que disolvió en ácido a 300 personas

Hace 9 años | Por Spain_is_differ... a bbc.co.uk

lial

Si el 10% de la camara solicita el referendum, si tiene que celebrarse. #15

D

#42
#52

Pues yo veo bastante factible que un 10% de la cámara lo solicite. Bastaría con que lo solicite el Grupo Mixto (18 dipus), PNV (5), UPyD (5), Izquierda Plural (11) y hasta sobraría el apoyo de CIU. Lo que me extrañaría es que en el PP se arriesguen a una modificación que supusiera la posible convocatoria de un referendum. ¿Seguro que no hay algún vericueto legal para que se modifique sin estos peligros democráticos para ellos? Cuando la anterior reforma en ningún momento se planteó esto. No recuerdo si un 10% de la cámara se oponía pero supongo que sí.

Cart

#12 Obliga a referéndum su así lo solicitan un 10% de los diputados o senadores, si no me equivoco.

a

Errónea, errónea, errónea. Como ya se ha mencionado por aquí no se necesita reformar el artículo 140 y aún en el hipotético caso de que así fuera no sería suficiente con tan sólo mayoría absoluta.
Me remito a los artículos citados por #49 y #50 que sólo hace falta molestarse en leer y que no hace falta ser ningún "experto constitucional" porque son cristalinos como el agua. El periodista se ha montado una película él solo.

D

#49 Gracias nada que debatir con quien no respeta el derecho de pensamiento ya te dejo a ti para que te expreses.. Bye..bye

StuartMcNight

#58 ¿Derecho de pensamiento?

lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol

¿De verdad crees que es cuestión de "opiniones" o de "pensamientos" lo que dice ESE texto literal de la constitución que te he pegado?

Tu puedes pensar u opinar lo que te parezca. Pero en este caso estas totalmente equivocado. Y si pretendes ir por la vida de sobrado... al menos asegurate de hacerlo sin meter la pata hasta el fondo.

Supongo que si yo pensará que 2 + 2 =5, eso sería totalmente cierto. Porque claro. Es mi "derecho de pensamiento" y nadie puede decirme que estoy equivocado.

#73 Vaya tontería. Precisamente, el cambio que están haciendo es para elegir alcaldes. Y en los pueblos se cumple que 1 voto = 1 voto.

Y como comodín, me permito añadir. Para acabar con los "nacionalismos asquerosos" tu problema no es la "ley D'Hondt". No se porque tanta manía a la Ley D'Hondt cuando aunque no totalmente justa no supone el mayor problema. El problema real y el que hace que CiU, PNV, ERC o Amaiur tengan tanta representación son las circunscripciones y los umbrales minimos por circunscripción NO la ley d'Hondt.

D

#74 El derecho de pensamiento es no poner negativos a alguien, porque le quitas la opción de debatir, yo en mis comentarios, no he insultado, ni hice ningún comentario racista, ni Spam, ¿me puedes argumentar tu voto negativo?, si no te gusta lo que digo lo rebates y ya esta. De todas maneras aun así no he dicho nada que no fuera verdad...

De todas maneras como esto todo queda grabado, ya veremos si es necesaria un cambio de la constitución, y de ser así como dice en tu copia y pega , si sera necesario un referéndum, porque estando en contra la cámara, supongo que si habrá un 10% para llevarlo a cabo, porque si pones un copia y pega y no te lo lees no se para que lo pones.

StuartMcNight

#75 Has mentido. Y el negativo es por mentir y por encima tratar de faltar al respeto al que te estaba diciendo la verdad. Y si te fijas... después de spam hay tres puntos suspensivos. Aunque bueno, viendo tus comentarios dudo que sepas lo que significa. Porque es evidente que no sabes leer.

De todas maneras como esto todo queda grabado, ya veremos si es necesaria un cambio de la constitución,

Pero colega... ¿Donde cojones digo yo que sea necesario cambiar la constitución? Yo te respondo a un comentario donde tu llamas mentiroso a alguien que está diciendo que las reformas constitucionales NUNCA se hacen por mayoría absoluta. PUNTO. Si tu querías hablar de otra cosa, haber hablado de otra cosa. Ahora no pongas palabras en mi boca que no he dicho.

y de ser así como dice en tu copia y pega , si sera necesario un referéndum, porque estando en contra la cámara, supongo que si habrá un 10% para llevarlo a cabo, porque si pones un copia y pega y no te lo lees no se para que lo pones.

Pero.... de verdad... ¿Que cojones estás diciendo? Quieres seguir el puto hilo de la conversación y no responder a cosas que yo NO HE DICHO.

D

#76 deberías de seguir el hilo de la conversación, ademas para empezar me has votado negativo el comentario 5 donde yo no hablo de lo que dices, de todas maneras me puedes decir en que comentario he dicho yo eso de que las reformas constitucionales NUNCA se hacen por mayoría absoluta. Porque me parece que el que mientes eres tu, di que votaste negativo porque te salio de los "cojones" pero no me vengas con argumentaciones que no te las crees ni tu.

StuartMcNight

#78 Por favor. Lee el comentario al que respondes en 5 insinuando y casi afirmando que miente en lo que está diciendo. POR FAVOR. Y deja de hacer el ridiculo.

D

#79 Yo no hago el ridículo, esto pongo yo. No es un "tío" es un periodista que consulta fuentes y dice: Diversos expertos constitucionalistas consultados por Público coinciden en destacar que "tanto en la letra como en el espíritu de este artículo la Carta Magna hace una distinción entre el sistema general de elección de los alcaldes a través de los concejales y el sistema de concejo abierto, muy minoritario, en el que la elección se hace directamente por los vecinos". Pues mira hay otros expertos consultados que no piensan como tu , lo de cursiva pertenece a lo que dice el articulo y lo de negrita lo que pongo yo, de verdad que deduces de ahí que yo pongo: las reformas constitucionales NUNCA se hacen por mayoría absoluta. Mira ver quien hace el ridículo anda...

StuartMcNight

#80 No se como puedes ser tan lerdo. A ver que te hago un dibujo. Tú le estás diciendo al comentario 2 lo siguiente:

Pues mira hay otros expertos consultados que no piensan como tu

Y ahora... vamos a ver que es lo que está diciendo 2.

Esto es tan falso que flipa que un tío pueda escribir esto en un periódico. La modificación ordinaria (la que no requiere disolución de las cortes) no es por mayoría absoluta sino por mayoría de 3/5 de congreso y senado o 2/3 de congreso más mayoría absoluta de senado.

Es decir que lo que TÚ le estás diciendo a 2, es que hay gente (en la que por supuesto te incluyo) que cree que LO QUE EL DICE no es cierto.

¿Lo entiendes ahora?

D

#82 No soy lerdo, es tu opinión, nada "respetable" por cierto.
Tienes una deficiente comprensión lectora, o simplemente no lees los artículos antes de opinar. Ese "tío" que critica dice lo mismo en el articulo, así que esta criticando una cosa que no viene a cuento. y dice

...La modificación del artículo 140 de la Carta Magna no está incluida entre aquellos que requieren una compleja tramitación por no estar contemplado en el Título preliminar, el Capítulo segundo, la sección segunda del Título I o en el Título II, es decir en lo que se denominan derechos fundamentales. Tan solo se requiere el voto favorable la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados y del Senado. Así ocurrió con las dos reformas que ha tenido la Constitución en sus artículos 13 (en agosto de 1992) y 135 (en septiembre de 2011). Esto es lo que dice el articulo vamos lo mismo que dice 2 así que lee antes de criticar, porque yo no hablo ahí de nada de eso.

Anda déjalo porque veo que andas un poco perdido.

StuartMcNight

#86 No me puedo creer que estes copiando ese extracto.

Vamos a comparar lo que dice el artículo marcando las partes clave:

Lo que dice el artículo:

Tan solo se requiere el voto favorable LA MAYORÍA ABSOLUTA del Congreso de los Diputados y del Senado.

Nota: Mayoria absoluta es 1/2 +1.

Lo que dice 2:

La modificación ordinaria (la que no requiere disolución de las cortes) no es por mayoría absoluta sino por mayoría de 3/5 de congreso y senado o 2/3 de congreso más mayoría absoluta de senado.

Y ojo que ahora pregunto en serio.

¿De verdad estás diciendo que 1/2 +1 es lo mismo que 3/5?

¿Y te atreves a hablar de deficiente comprensión lectora?

lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol

D

#88 desiste... no le entra.

D

#86 y dale... ninguna vía de reforma de la constitución requiere solamente la mayoría absoluta de congreso y senado.
Las mayorías para la reforma son lo que se llama "mayorías cualificadas"
La mayoría absoluta sólo es necesaria para aprobar leyes orgánicas, o reglamento de las cortes (que tiene rango de ley orgánica), por ejemplo pero no una reforma constitucional (ni la ordinaria ni la agravada) que requieren mayorías más abundantes además de tener una tramitación más exigente.

StuartMcNight

#86 Para que lo entiendas. EL congreso tiene 350 diputados.

¿Estás diciendo que 176 (1/2 +1) es LO MISMO que 210 (3/5)? ¿176 = 210?

lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol

¿Ves quién hacía el ridiculo cielo?

D

#74 CiU, PNV, ERC o Amaiur no tienen sobrerrepresentación. Los que están sobrerrepresentados son PP y PSOE e infrarrepresentados IU, UPyD y EQUO. Si no te lo crees saca la calculadora y divide número de diputados por número de votos en las últimas generales.

StuartMcNight

#81 La palabra sobrerrepresentación la has usado tú, no yo. Y el que hace referencia a los asquerosos nacionalismos es el comentario al que respondo, no yo.

De todos modos:

Amaiur: 47.500 votos/diputado
Gbai: 42.000 votos/diputado
PP: 58.000 votos/diputado
PSOE: 63.000 votos/diputado
CiU: 63.000 votos/diputado
PNV: 64.500 votos/diputado

Si PP y PSOE estan sobrerrepresentados, también lo están Amaiur o GBai (que necesitan menos votos que ellos), o también CiU y PNV que necesitan los mismos.

D

#85 Bonito ejemplo de cherry-picking. ¿Por qué no añades los ratios de ERC, BNG, CC, Compromis, FAC como nacionalistas, e IU, UPyD, EQUO o PACMA como nacionales?

¿Qué tendencia se aprecia? Altísima sobrerrepresentación del PP, y alta sobrerrepresentación de los partidos mayoritarios nacionales o regionales (PSOE, CiU y PNV)

StuartMcNight

#92 ¿Cherry-picking? Pero si has sido tú el que has hablado de sobrerrepresentados. Yo me he limitado a ponerte los "sobrerrepresentados" segun TU baremo. Porque eres tú el que has dicho que el listón de "sobrerrepresentación" está en el PSOE y en el PP.

Pero volvamos al problema inicial, porque me parece que te has puesto el traje de Don Quijote para luchar contra molinos.

Si tu problema es que alguien ha hablado de sobrerrepresentación, entonces peleate contigo mismo que eres el que lo ha dicho.
Si tu problema es que alguien ha criticado los partidos nacionalistas, entonces, peleate con la persona que lo ha hecho, no conmigo.

Yo me limito a decir que el principal problema en el sistema electoral de nuestro país NO es la Ley D'Hondt. Son las circunscripciones provinciales y especialmente los umbrales provinciales. Eso es lo único que mi propia cosecha. Si quieres discutir eso, hagamoslo. Pero es absurdo que quieras discutir conmigo algo que YO NO HE DICHO.

D

#93 Aclaremos: estoy de acuerdo contigo en que la ley D'Hont no es el problema, son las circunscripciones. Las cicunscripciones hacen que algunos partidos estén sobrerrepresentados, de los cuales, en términos generales, el más beneficiado es el PP, seguido por PSOE, CiU y PNV. El resto de nacionalistas en general están perjudicados, y los claramente perjudicados son los minoritarios de ámbito nacional.

Por tanto, en la siguiente afriamción hecha por ti:

El problema real y el que hace que CiU, PNV, ERC o Amaiur tengan tanta representación son las circunscripciones y los umbrales minimos por circunscripción NO la ley d'Hondt.

1- Hablas de sobrerrepresentación (i.e. "tengan tanta representación")

2- Dices que esta favorece a que CiU, PNV, ERC o Amaiur tengan tanta representación, cuando en realidad a quien más favorece es a PP, cosa que no mencionas.

StuartMcNight

#95 Vuelve a leer el comentario. Porque no digo NI 1 NI 2. Lo lamento pero "tanta representación" no es "sobrerrepresentación". Y no. No digo que favorece a nadie en ningun momento. Menciono esos porque son los partidos nacionalistas que me vienen a la cabeza al responder a alguien que menciona al "asqueroso nacionalismo".

Digo que el motivo de que los partidos nacionalistas tienen tanta representación (que es lo que afirmaba y molestaba el comentario al que respondo llegandolo a calificar de "asqueroso") es ese.

Ni más ni menos.

De todos modos, y como ya te he mostrado en eso que tú has calificado como "cherry-picking", el sistema, "a quien más favorece" de acuerdo a los ultimos resultados fue a Amaiur y GBai. A cierta distancia PP. Y a muy poquita distancia PSOE, CiU y PNV. Si vamos a decir las cosas, lo decimos bien. Igual que los menos favorecidos, como siempre, son IU y UPyD. Y supongo que en las próximas elecciones, también estará Podemos en ese saco.

makertan

#74 Estás completamente equivocado respecto a la ley d'hondt. De EFE el 19/11/2011..."Para empezar, en cada circunscripción se excluye primero a las candidaturas que no hayan obtenido, al menos, el 3 % de los votos válidos emitidos. Con el resto de las candidaturas, se ordenan de mayor a menor, en una columna, las cifras de votos obtenidos. Se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, etc., hasta un número igual al de escaños correspondientes a la circunscripción. Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores, atendiendo a un orden decreciente."-->http://www.laverdad.es/apoyos/graficos/leydhondt.html
¿Y qué ocurre amigo con todos los votos no asignados por la Ley d'hondt? Llámalo circunscripciones o llamalo capitales, o diputación, la regla es la que falla; circunscripción es sólo una X, una variable.

D

#99 El que dice lo que has dicho en #5 debería aceptar, primero, que da igual los expertos y los periodistas que digan lo contrario, la constitución dice lo que dice; y segundo, que se le recuerde eso desde el respeto (que yo sepa en #98 no te he insultado ni menospreciado).

¿Que quieres decir lo que quiera, sea cierto o falso, y que nadie te contradiga? Pues como en #58 dices, bye bye.

D

#5 Pues es un periodista que hace mal su trabajo, así como esos expertos consultados por público:

"Artículo 167

Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.

De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, EL CONGRESO, POR MAYORÍA DE DOS TERCIOS, podrá aprobar la reforma.

Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
"

http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=166&fin=169&tipo=2

Voto errónea.

P.D.: Eso sin contar con lo de que la inconstitucionalidad es como poco dudoso, sin ver de qué manera se altera el concejo abierto y contando con lo que #28 y #50 dicen.

D

#98 y a mi que me cuentas? go to 58

r

entradilla errónea por el motivo que comenta #2

D

#28 La explicación que da Público es coherente. Dice que se refiere a elección por vecinos sólo en caso de concejo abierto, que se aplica en caso de pocos vecino y debe estar regulado por una ley específica. Sí parece que sería un tema no constitucional. Aunque debería retificarlo el Trib Constitucional, y teniendo en cuenta lo independiente que es...

f

#2 Abundando en lo "enterao" que está el periolisto, a continuación dice lo siguiente:

Tan solo se requiere el voto favorable la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados y del Senado. Así ocurrió con las dos reformas que ha tenido la Constitución en sus artículos 13 (en agosto de 1992) y 135 (en septiembre de 2011).

Extraigo la sinopsis de la tramitación de la reforma del artículo 135:

http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=135&tipo=2

El texto aprobado por el Congreso fue remitido al Senado y publicado el 3 de septiembre, pasando a la Comisión Constitucional. Se abrió un plazo de presentación de enmiendas que concluyó el 5 de septiembre, presentándose un total de 29. La Comisión rechazó las enmiendas y aprobó como Dictamen el texto enviado por el Congreso el día 6 de septiembre. Finalmente, el Pleno debatió la Proposición de Reforma el día 7 de septiembre, siendo el resultado de la votación 236 votos emitidos; 233 a favor y 3 en contra. El texto aprobado por el Senado no introdujo ninguna variación respecto al enviado por el Congreso. En ambas Cámaras, se alcanzó en votación final la mayoría de tres quintos exigida por el artículo 167.1 para los procedimientos de reforma ordinaria.

Cinco putos minutos lleva contrastar ese asunto y no le ha salido de los huevos.

D

#83 efectivamente. Ha consultado a expertos y se ha olvidado de leer unos pocos párrafos de la constitución que están bien claritos y contrastarlo correctamente con hechos históricos recientes del mismo tipo. Periodismo de alto nivel.
Por cierto, creo que en la educación elemental se debería incluir un trimestre de derecho constitucional. Que los alumnos aprendiesen desde pequeños qué es lo que garantiza sus derechos y lo importante que es. Que no es complicada y que conociéndola se puede entender mucho mejor la realidad política actual

Lobazo

#1 vas a tener que ir a la óptica que tienes al lado del LIDL a que te revisen. Ya nos contarás, por supuesto lol

D

#1 Tu subconsciente es avispado.

D

#1 Pues para ser asexual te veo muy obsesionado con las cosas del meter.

Wheresthebunny

#14 Es lo que tiene ser troll. Se puede estar obsesionado con las cosas del meter siendo asexual.

D

#1 no es necesario. Ya se la follan gratis cuando quieren.

Ferran

#1 En qué estarías pensando roll

Mister_Lala

#1 Yo he leido "erección". Debemos de dejar de conectarnos tanto a xhamster, tío

p

#34 da en el clavo.
Al alcalde lo siguen eligiendo los concejales. Lo que quieren es cambiar la forma de elegir concejales.
No hace falta reformar la constitución. Cagada de público y de los "expertos constitucionalistas"

j

#34 #50 Mayoría absoluta es mayoría absoluta. O también vamos a cambiar la forma de hacer las sumas.

Lo que dice es la elección directa de alcaldes por el partido que adquiera un mínimo del 40 %

Pero ya te dice la constitución sobre una representación proporcional. Igualmente #60 lo pone:

Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto,

TyrionGal

Como dice #34, lo que propone el PP no tiene nada que ver con la elección directa de alcaldes, aunque pretendan venderlo así. Lo que quieren hacer es sobrerrepresentar los concejales de la fuerza que alcance el 40% de los votos, apuntalando aún más la partitocracia (nada de "una relación más estrecha de vecinos y alcalde") y beneficiando claramente al PP.

Espero que la irrupción de Podemos haga que les salga el tiro por la culata, pero analizando los resultados de las elecciones de 2011 da miedito ver los resultados del PP, que llega incluso al 60% de los votos en varias capitales de provincia (sobre todo en el sur, curiosamente).

iguindo

#34 Pues es posible que hasta para eso tengan que reformar la constitución: Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto,

f

#10 Que es anticonstitucional ? si se puede cambiar cuando les de la gana al PPSOE.

AsK0S1t10

Jugando a pitoniso, el PP lanza el globo sonda, que si que facha, golpe de estado, república bananera... Luego lo cambia por un sistema a doble vuelta, muy europeo, muy "democrático" y se quita de golpe al tercer y posteriores partidos...

i

#18
¡Que va!Es mucho mas sencillo: El PP propone algo que es absolutamente dictatorial, el PP lo lleva a cabo, la gente(hasta los viejos) se cabrean y en las siguientes elecciones votan en masa al PSOE "pa'castigar".
Y la casta se perpetua.

wooldoor

Con tanta regeneración democrática corremos el riesgo de que la dinastía de los Rajoyes pase a gobernar por los siglos de los siglos.

rafaelbolso

PP = PPucherazo, maniPPulación, desPPilfarro, corruPPción y decretazos.

p.d. E hijoPPutez.

Azucena1980

Pues si hay que reformar la sacrosanta e intocable Constitución, pues se reforma, que ya lo avalará el independiente Tribunal Constitucional

D

En realidad es un tema que no está nada claro. Hay expertos que dicen que sí y otros muchos que no. Lo que debería es ser anticonstitucional cambiar la ley electoral sin contar con el procedimiento agravado.

p

Pensaba que la constitución era algo que no se podía modificar porqué llevaba ahí desde el big bang o algo... Por lo menos es el cuento explicado por lo de la independencia y su consulta.

davamix

#38 El que va a cambiar la ley ahora porque no le gusta es el mismo que le dice a los catalanes que se atengan a la ley, aunque no les guste.

bdebaricco

La constitucion se puede sobar manosear estrujar cuanto haga falta.Eso si, para una consulta popular en Cataluña no se puede uno acercar a menos de tres metros.

Mark_

Pues nada...se le hace otro agujerito a la Constitución y se le viola salvajemente entre PP y PSOE. Ya lo hicieron cuando la deuda pública...no veo impedimento en hacerlo de nuevo.

Sólo tengo una pregunta...¿de qué sabor queréis la vaselina? Pagamos nosotros

D

¡¡Ayvá, como Hitler en Febrero del 33!! (Godwin Godwin ♫ ♪ ♫)

D

Bah todos tranquilos, durante décadas nos dijeron que la constitución era intocable y sagrada, y que cambiarla rompía el espíritu de la transición, pero luego vimos como en un mes la cambiaron para impone un gasto máximo porque Merkel así lo quiso. Esa vez se pusieron velozmente de acuerdo PP y PSOE, quizá esta vez no haga falta el otro. Cosas de la mayoría absoluta, disfruten lo votado.

reemax

A los fascistas del PP la constitucionalidad se la trae floja: lo hacen y dentro de 10 años cuando el tribunal dictamine....

Hay que parar el pucherazo electoral de los franquistas del Partido Popular para perpetuarse en el poder.

D

#25

A los fascistas del PP la constitucionalidad se la trae floja

Reformar la consituticion es para evitar que algo sea anticonstitucional.
Y te recuerdo que el PP tiene mayoría , la que le ha querido dar el pueblo en referendum democratico

D

Anda haber si de esta vez la votan

#3 *a ver

F

"Artículo 167.3: aprobada la reforma...será sometida a referéndum si así lo solicitan una décima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras."

Por tanto: habrá referéndum si 35 diputados o senadores lo solicitan.

D

Pues no hay cosa más fácil que reformar la Constitución para lo que les interesa.

alejandrico73

Que ganas tengo de la llegada de las Municipales para volver a votar a PODEMOS y dar una lección a esta gente .

Mister_Lala

#70 Lo del alcalde perpetuo dalo por hecho, sobre todo en pueblos pequeños donde el ayuntamiento emplea a gente de muchas familias distintas, que lo votarán de nuevo para que su hijo/marido/hermano/yerno/sobrino/primo/... no se quede sin trabajo.

D

Lo que mas me gusta de esta reforma es que no existe ni existirá, pero da para rellenar muchas tertulias de PPSOeros

D

Y después de follarsela, nos dirán que para cualquier otra cosa, la construcción es inamovible.

Nomada_Q_Sanz

Para modificar la ley electoral se necesita el consentimiento de una mayoría de las fuerzas politicasq representadas en las dos cámaras.

JohnSmith_

Es mas simple que eso. Se premia al grupo mayoritario con concejales extra hasta la absoluta y estos eligen al alcalde.

Victor_Martinez

PSOE al rescate?

imagosg

Si modifica la constitución con o sin apoyo, va a ser su final político. Y ellos lo saben.

D

#39 no estaría tan seguro.

mira la zona cero (valencia). Han conseguido quebrarla y siguen ganando con holgura.

Mister_Lala

Hace mucho que no digo esto, pero.... DISFRUTEN LO VOTADO.

Y no estarían proponiendo este cambio si no estimasen que la gente va a volver a votarlos, al menos hasta el 40% de cada municipio.

Esos despedidos por cuatro perras, esos enfermos que se han quedado sin tratamiento o en lista de espera para operar, esos opositores sin oposiciones, esos jóvenes sin ayuda a la entrada para la compra de vivienda, esos no tan jóvenes que ya no pueden desgravarse la compra de vivienda,... ¿en qué coño piensan?

j

#67 Sobre todo en Madrid y Valencia. En otros sitios es todo lo contrario. Pero en definitiva un alcalde perpetuo para toda la vida (de otros partidos).

Sea como sea es una ley antidemocrática, no proporcional y que margina a los vecinos al negarle el voto o un referéndum.

D

Y los ciudadanos no pintamos nada ?.siempre gobernara quien sea elegido por mayoria, da igual el porcentaje. Quien dice que va ser el Pp ?. Gilipolleces las justas.

Spartan67

Expropiese añadió Rajoy a continuación.

D

Se que puede parecer tonto pero segun ellos "hay que respetar las reglas de juego" y cabiar la constitucion, algo que es normal, para ellos " es inconstitucional " pero lo necesitan o se van a la cuneta... Hijos de la gran puta.

Blackmoon

Lejos de entender todo este proceso, ¿para que cojones queremos cambiar esto?, cual es la justificación.
Es escandaloso y vergonzoso, hemos llegado a un punto en el que... todo se ve como realmente es y a mí, me repugna.

b

Si no me conviene no se puede tocar la constitución, pero si me conviene a mi la toco por que me da la gana,cada día se les ve mas el plumero,se proponen gobernar igual que cuando estaba Franco como un coto privado,toda vía no se han dado cuenta que estamos en la Unión Europea y quien la hace la paga

makertan

A mí el cambio me parece bien, sin embargo y esta es la clave que me tendría que responder rajoy: ¿Van a modificar la ley de D'Hondt también? De nada sirve que las mayorías aun siendo simples puedan gobernar si el sistema de votación electoral no varía. Hagan que 1 voto = 1 voto, y cambien el sistema de nacionalismos asquerosos de este país (PP, PSOE, CiU, PNV)

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