Hace 15 años | Por macfly a nortecastilla.es
Publicado hace 15 años por macfly a nortecastilla.es

La familia del policía nacional asesinado en Madrid el 17 de noviembre de el 2000, supuestamente a manos del terrorista del Grapo Marcos Martín Ponce, se concentró a lo largo del día de ayer en la Plaza Mayor para recoger firmas (cerca de dos mil) con las que reabrir el caso que concluyó el pasado mes de abril con la sentencia absolutoria por parte del Tribunal Supremo.

Comentarios

macfly

El alto tribunal anuló este fallo al considerar determinante la ausencia en el juicio, de julio de 2007, de una testigo directa de los hechos que en su día identificó fotográficamente "sin ningún género de dudas" al terrorista como autor del disparo que acabó con la vida del policía en Madrid. Esta mujer no fue localizada por la Policía Judicial para que diese su testimonio en la vista pese a tener el estatus de testigo protegido.

dunachio

la justicia aveces es dificil de comprender

macfly

Explicaciones por su absolución

Respecto a la absolución de Martín Ponce por la muerte del Policía, la Audiencia Nacional indicó que el tribunal que condenó al grapo intentó sin éxito, hasta en cuatro ocasiones, citar a la principal testigo de la acusación. Ante el fracaso de estas iniciativas, durante la vista se utilizó el testimonio prestado por esta misma mujer en el juicio contra otro miembro de esta organización, Israel Torralba, condenado en firme por participar en los mismos hechos.

La Audiencia Nacional explica, además, que cuando un testigo no comparece a una vista oral, el tribunal "no puede suspender el juicio si no se lo solicita alguien, acusación o defensa". Añade que si los magistrados intervinieran en este punto podría declararse el juicio nulo debido a la parcialidad del tribunal. "En el caso concreto ni la acusación ni la defensa pidieron la suspensión, por lo que el tribunal no podía acordarla", añade la Audiencia Nacional.

La incomparecencia de la testigo "no fue seguida de una diligente labor de indagación de las razones que hacían imposible" su presencia en el juicio, por lo que "se sustrajo la práctica del interrogatorio de las exigencias derivadas del principio de contradicción, contraviniendo así elementales exigencias del derecho de defensa y del derecho a un proceso con todas las garantías", añade el Supremo en su sentencia, de la que fue ponente el magistrado Manuel Marchena.

http://www.libertaddigital.com/index.php?action=desanoti&cpn=1276327923

ColaKO

#1 Como las faltas de ortografía...

Por cierto, hay algo que se llama justicia, creo yo que sabrá más del caso que nosotros o unos cuantos preguntando ¿y estas firmas para qué son?

D

#1 Y la voluntad popular también.