Hace 6 años | Por ccguy a laboro-spain.blogspot.ie
Publicado hace 6 años por ccguy a laboro-spain.blogspot.ie

causa ternura oír decir que hay que prohibir esta brecha o desigualdad. La misma ternura que escuchar a un trabajador cuando dice que tendrían que prohibir las horas extras ilegales, porque ya están y siempre han estado prohibidas, que por algo se llaman ilegales. Es decir que la discriminación salarial, que sería el nombre mucho más correcto que el de desigualdad salarial o el de brecha salarial, ya está prohibida al menos desde el año 1978 con la Constitución, que recordemos que dice que los españoles son iguales ante la ley.

Comentarios

Varlak

#5 Ves como no lo has entendido?

Quienes usan con mayor frecuencia los derechos de conciliación? Las mujeres. Bingo. Ahí es donde está la discriminación indirecta

D

#6 tienes razón. Y de quién es la culpa de que las mujeres tengan que pedir la reducción de jornada, si el 80 % de las custodias las tienen en exclusiva ellas?

Varlak

#7 Es irrelevante de quién es "la culpa". Si algo es discriminatorio es discriminatorio y punto, es irrelevante que la culpa sea del "equipo de los hombres" o "del equipo de las mujeres".

Si por suerte la situación cambia y es tan habitual en hombres como en mujeres tener la custodia o pedir reducción de jornada entonces esto dejará de ser discriminatorio

D

#10 aquí solo importan las discriminaciones que discriminan a las mujeres.

Varlak

#15 como por ejemplo.... la discriminación salarial de la que habla el artículo?

Creo que tienes un problema de comprensión lectora, no se si estás entendiendo lo que escribo, la verdad....

iolerei_iu_iu

#6 ponlo en negrita y con neones. a ver si así..
#7 por favor..
#15 y vuelta con la burra al trigo

https://www.20minutos.es/noticia/2941485/0/custodia-compartida-espana-ley-comunidades-autonomas/
y esta reciente y caliente Un juez impone la custodia compartida a un padre que no quería cuidar de su hijo con discapacidad

Hace 6 años | Por --550559-- a europapress.es


cuando los derechos de conciliación sean disfrutados 50% por hombres y 50% por mujeres dejará de ser discriminación.

Varlak

#17 Grandes links, me lo copio en favoritos, discutir con@achopower es como discutir con una pared, pero hay que contestarlo, que si no los que vienen detras se creen sus tontadas...

Varlak

#11 goto #6

D

#2 entonces donde está la discriminación por género?

De verdad, si el diagnostico de un problema es erróneo, las soluciones que se aporten serán equivocadas. En este caso sería un problema de conciliación, no de género.

D

En el caso de Celia, si fuera un hombre el que pidiera la reducción de jornada, ¿Le permitirian seguir siendo encargado?

Si la respuesta es si, esta claro que hay discriminación. Si la respuesta es no, no.

z

#1 Si es hombre y pide reducción de jornada también le pedirían que renunciara al puesto de encargado, por las mismas razones que le dijeron a esa empleada.

D

#4 El que no lo has entendido eres tú. En ningún momento hablan de que sea ella como mujer la que pide la reducción de jornada. Si no que como es mujer, al pedir reducción de jornada se le obligaría a bajar de escalafón.

En ningún momento se habla de estadísticas

z

#4 La empresa tiene unas políticas que son iguales para los hombres que para las mujeres y por lo tanto no discrimina por sexo, otra cosa es que esa política te parezca adecuada o no.

Varlak

#8 Pero tu te has leido el artículo?

z

#9 Si, e insisto que es un tema de política de empresa incorrecta ya que también perjudica a los hombres que piden la reducción de jornada. Lo correcto sería que permitieran cargos con reducción de jornada independientemente del sexo.

pilarina

" El verdadero problema es el absoluto descontrol y permisividad ante el incumplimiento de la legislación laboral en Españistán y que además se acepta por los propios trabajadores como algo natural"

.

a

desigualdad salarial o el de brecha salarial, ya está prohibida al menos desde el año 1978 con la Constitución, que recordemos que dice que los españoles son iguales ante la ley

El Tribunal Constitucional suspendió este artículo de la constitución en la sentencia sobre la Ley de Violencia de Género.

No aplica.