Hace 3 años | Por --642375-- a eldiario.es
Publicado hace 3 años por --642375-- a eldiario.es

Agentes de la Policía Nacional han detenido en Las Palmas de Gran Canaria a un hombre de 53 años, sin antecedentes policiales, como presunto autor de un delito de coacciones al cambiar la cerradura de su inquilina, tras querer ésta dar por finalizado el contrato y solicitarle la fianza.

Comentarios

D

#19 Pues yo, que he sido arrendatario y ahora soy arrendador, espero que se resuelva de parte del arrendador, porque la cosa huele a kilómetros a inquilina con gato encerrado.

D

#20 Tú, como arrendador, cambiarías la cerradura de la casa de tu inquilino? No verdad? Si lo haces sabes que estás cometiendo un delito, independientemente del delito que tú, como arrendador, creas que está cometiendo tu inquilino.

D

#21 De eso se trata: si un inquilino no me paga, no debería ser delito que le cambie la cerradura. En el momento en que no paga, el contrato debería devenir nulo y por tanto ya no tiene derecho a estar en casa. Automático. A posteriori, ese inquilino podría reclamar en tribunales, pero no la situación actual esperpéntica en que los arrendadores tenemos meses y años a sinvergüenzas profesionales

Y eso sin entrar en los okupas, que esos no tienen ni contrato. Patada al culo y a prisión.

D

#22 Quizás el Artículo 47 de la Constitución Española: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. tenga algo que ver? La Constitución da prioridad al derecho de una persona a vivir una vivienda y no al propietario a cobrar un alquiler por lo que, quizás, habría que hacer es cambiar la Constitución

D

#23 Tienen derecho a disfrutar, pero no a mi costa. Ese artículo consagra la propiedad privada, no la okupación. A ver si aprendemos a leer.

D

#24 Si fuese así, por qué dan credibilidad/ verosimilitud al inquilino y no al propietario? Algo falla en la ley o en tu argumentación

D

#25 Porque los medios tienen tendencia a dar credibilidad a quien va de víctima. Por eso triunfan los programas de Ana Rosa y demás: víctimas, todo víctimas. Que luego resultan no serlo.

K

#24 completamente de acuerdo, el derecho está pero no a costa del arrendador o incluso a costa del dueño de la propiedad en caso de ocupación ilegítima. Es algo que no entiendo.

D

#27 No es a costa de "el propietario o de perico el de los palotes", es que la constitución contempla ese derecho a pesar de... Sin embargo, los sucesivos gobiernos se pasan ese derecho por el forro, pero eso es harina de otro costal...

K

#28 pero como que no es acostá de si te ocupan la casa por encima de tu derecho a habitar la siendo el dueño. El estado tendría que dar ese derecho no el particular. El estado es el que asegura que se cumplan los derechos entre ellos vivienda y trabajo dignos. Al menos si te dejan de pagar, no les tienes que dar tu trabajo, pero si tu casa temporalmente. Mejor no lo puedo explicar. Pero lo de que se pasan el marrón, si claro.

D

#23 Tu si no pagas el alquiler o se acaba el contrato te vas a la calle, tarde o temprano. Ni Constitución ni narices.

D

#31 Si okupas la casa también, aunque nunca hayas pagado alquiler. Siendo okupa tardan años, pagando alquiler ni te cuento

E

#23 te parece bien que yo ahora, si no tuviera nómin (conocida), pudiera dejar de pagarle a mi casero, pegarme meses viviedo a gatos pagados, y luego antes de irme destrozarle el piso? Luego ya si eso que me reclame, que yo soy insolvente... Es un disparate. La lógica es, no puedes pagar mi piso, pues búscate otro, o que te lo solucione la administración, pero un particular no puede ni debe cargar con los problemas de nadie.
Y la Constitución, en su artículo 47, que está situado en los "principios rectores de la política social y económica" no consagra nada.

Cc #22

D

#15 Te has leido la noticia? La policía, tras verificar los argumentos de la inquilina, detuvo al casero y no al contrario.

D

#17 ¿Sabes cómo está la ley? Si tú eres el casero y tienes un okupa o inquilino moroso, y le cambias la cerradura para echarlo, te detienen a ti, no al moroso/okula. La policía simplemente ha seguido al pie de la letra una ley absurda y disparatada, que deja ojiplática al resto de Europa. Tienes que esperar 6-12-24 meses a que se solucione por vía judicial (y eso con suerte, porque como haya niños de por medio, prepárate).

armadilloamarillo

#18 La ley es una mierda, defiende al inquilino y al propietario lo deja indefenso. De qué sirve tener un piso en propiedad si no puedo cambiarle lo que quiera o entrar cuando quiera? En muchos casos los inquilinos dejan el piso hecho una mierda y el dueño no puede ni entrar para ver el estado de su propiedad. Eso se arreglaría si simplemente se le diera al dueño la potestad de entrar y salir de su propiedad cuando considerara oportuno, simplemente respetando su derecho a la propiedad, el inquilino está en el piso gracias al favor que le hace el propietario de alquilárselo. El que desee privacidad que se compre su propia vivienda.

D

#46 Hay un punto intermedio entre la trolleada que te marcas, y la selva actual: mientras el inquilino paga, nadie puede poner el pie en la vivienda; pero en el momento en que deja de pagar, el propietario puede entrar,cambiar la cerradura y ponerle de patitas en la calle.

armadilloamarillo

#48 Ya existe una ley para los desahucios que puede utilizar el propietario sin problemas, no es necesario que se tome la justicia por su mano y de hecho eso sería un problema, ya que una ley que lo amparara podría dar lugar a abusos por parte de los propietarios. A lo que iba es que el hecho de ser propietario no te puede dar derecho a hacer lo que a uno le plazca.
El problema real, sin embargo, es con la ley que permite que alguien se quede en un piso que no es suyo con cambiar la cerradura. En ese caso el dueño debería poder denunciar el hecho a la policía, que procedería con el desahucio.
La idea de aplicar la justicia por cuenta propia, como propones, puede ser tentadora y parecer justa, pero es peligrosa, porque el uso de la fuerza por parte de alguien que no está entrenado para ello y desconoce la legislación como debe, siempre tiene más probabilidades de acabar en desgracia.

D

#50 La ley para los deshaucios que ya existe es un desastre que tarda meses y hasta años en actuar. Para cuando recuperas la vivienda o local, has perdido miles de euros en alquileres impagados, luz, agua, tienes el piso destrozado y te has gastado una pasta en abogados. Fantástica ley.

p

#15 La noticia dice que la inquilina pago por adelantado los 300 euros y 250 euros en concepto de alquiler, por lo que si es cierto no es ni morosa, ni okupa, ni similar. También menciona que según el contrato firmado bastaba con avisar con quince días de antelación si decide mudarse, por lo que es posible que el contrato de alquiler firmado fuera de temporada y no como vivienda habitual, por tener prevista una estancia menor que el año y por motivos de trabajo.

mahuer

#9 Claro, en este caso la inquilina incumple contrato. El casero tenía todas las de ganar y acaba en la cárcel, o falta información o el tío es un zote.

D

#10 Más bien lo último jaja

h

#10 o las dos cosas...

Rexor

#8 Es verdad, mira que he leído la noticia, pero obviamente como el culo

K

#11 jajajaja

e

En Galicia, la fianza la tiene la Xunta que hacer de intermediaria, por lo que estos problemas se reducen

mahuer

Tengo la sensación de que falta información. En un contrato de alquiler no te puedes ir en un mes y encima pedir la fianza. El casero tenía todas las de ganar para cobrar 6 meses completos. Así que debe haber algo raro con el contrato o el casero es un burro de mucho cuidado.

mahuer

#2 Sí, pero en esta noticia dice que la inquilina se va al segundo mes, le toca pagar por incumplimiento de contrato.

Kikogat

#2 Estás en lo cierto. a
Artículo 11 de la LAU
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurridos al menos seis meses, siempre que se se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.

mahuer

#3 Claro, por eso digo que la irregularidad es por parte del casero o bien el contrato era irregular o lo ha hecho fatal cambiando la cerradura, algunos intentan cortar la luz o el agua.

D

#6 En la ley de arrendamientos urbanos de 2015 debes cumplir como mínimo 6 meses de contrato (siempre que no se pacte otra tiempo diferente) y si no cumples, el casero te puede exigir una mensualidad por año de contrato que reste por finalizar hasta 3 años. Ahora han modificado la ley y no se si son hasta 5 años. En cualquier caso, todo depende de lo que hayan pactado en el contrato

txirrindulari

#9 creo que si la ley especifica algún punto de la contratación, impera la ley antes que lo especificado en el contrato de arrendamiento para particulares, justo al contrario que un arrendamiento a empresas en el que tiene más peso lo pactado en el contrato

D

#36 No hombre, es un contrato privado, todo lo que firmes te lo comes (como por ejemplo, que debes pintar la casa antes de dejarla) a menos que un juez declare esas cláusulas como abusivas

txirrindulari

#39 he tenido que buscarlo, pero no, no te lo comes con patatas, espero que no te dediques a esto
"Ambas partes pueden pactar las cláusulas que deseen, pero no pueden contradecir lo que determina la LAU"

y con respecto a pintar una casa
"los inquilinos deberían hacerse cargo de las reparaciones necesarias derivadas del uso habitual de la vivienda o de aquellas de las que haya sido responsable directo. Y el propietario se ocupará de los arreglos necesarios causados por el paso del tiempo o de aquellos que sean necesarios para que la casa sea habitable."

D

#43 Cómo se nota que nunca has vivido de alquiler y, si lo has hecho, no has tenido que tirar de abogado porque el casero no te devuelve la fianza por no pintar la casa o por querer cobrarte 50€ por un día de retraso en la entrega de llaves. Se hace lo que se firma en el contrato y si no, no lo firmas y punto.
Muchos viven aún en los mundo de yupi

txirrindulari

#45 te equivocas, en alquiler durante 30 años.Y si te a tocado pintar es que has hecho mal uso de la propiedad, sino se acude a la justicia con las pruebas. Esta bien hacer fotos antes y después de abandonar la propiedad y entregar el inventario el día de la entrega de llaves como corresponde

D

#47 Si te contase la de cláusulas abusivas que puso en el contrato... O firmaba o me quedaba en la calle, en Mallorca, en pleno verano cuando es imposible encontrar casa. Te sorprendería la de cosas que hace la gente cuando no le queda más remedio. Oh wait... me suena a la gente sin recursos que deben recurrir a la okupación o cosas por el estilo

txirrindulari

#49 el alquiler en Mallorca lo conozco de maravilla. Ya sabes para la próxima si encuentras cláusulas abusivas que tienes un as en la manga

sevier

#3 claro, y con lo rápida que es la justicia en este país igual en 3 o 4 años sale la vista oral cuando ya no te sirve para nada, cuanto confías en la justicia, se nota que no has tenido ningún caso en los juzgados.

D

#1 ¿Seis meses? ¿el alquiler mínimo no es un año?

Quizás fuera un alquiler vacacional.

mahuer

#4 Sí, la duración mínima es un año, pero el inquilino, si incumple, tiene que pagar 6 meses completos.

oceanon3d

#7 """De forma habitual, los contratos que se firman actualmente exigen al inquilino un año de permanencia en la vivienda. La reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece desde su entrada en vigor en el año 2013, que el arrendatario tiene derecho a dar por terminado el contrato una vez transcurridos los seis primeros meses a la firma del documento. La penalización por este cese se establece en la misma ley.

No obstante, para que la penalización opere, debe recogerse expresamente y por escrito en el contrato, ya que de no hacerse así, el arrendador no tendrá derecho a indemnización alguna"""

Y casi nadie la pone, porque si no, no alquilan.


https://www.legalitas.com/actualidad/clausulas-ilegales-y-habituales-en-los-contratos-alquiler

mahuer

#13 Es una cláusula legal, todo el mundo la pone porque está en los modelos que te descargas por Internet y alquilas igual aunque pongas esa cláusula porque la cosa está fatal.

D

#1 Suena a que la inquilina sería morosa, okupa o similar. Pero como es El Diario, la verdad no la esperes.

p

#1 Depende, si ellas pueden demostrar que llegaron a un acuerdo con el propietario aceptándolo (como indica la noticia), podría no tener las de ganar en un juicio.

strike5000

#1 "Comentó además que había decidido mudarse el próximo mes a otra casa y que dio avisó al casero, cumpliendo el plazo estipulado en el contrato de 15 días de antelación, y que le comentó al arrendador que debería reintegrarle la fianza en su momento."

Igual era una cláusula particular de ese contrato.

D

Aquí hay algo que no encaja: la inquilina le dice al casero que en quince días se va, y el casero le cambia la cerradura el mismo día...

J

Que curioso el país que habitamos ...

- Un casero cambia la cerradura a la inquilina sin su consentimiento (mal hecho, por supuesto) y se va directo a comisaría arrestado por coacciones.

- Un okupa cambia la cerradura al propietario, obviamente sin su consentimiento, y no pasa nada.