Hace 5 años | Por ClaraBernardo a elconfidencial.com
Publicado hace 5 años por ClaraBernardo a elconfidencial.com

Una sentencia da la razón a una camarera despedida tras diagnosticarle cáncer, considerando que fue discriminatorio tanto por su discapacidad como por su condición de mujer. Leydy Yurano, camarera en un hotel de Cantabria, solicitó a sus jefes la baja después de que le diagnosticaran cáncer de útero. Nueve días más tarde, la empresa la despidió, arguyendo “disminución continuada de su actividad laboral”. Ahora, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado el despido considerando que era discriminatorio.

Comentarios

jacktorrance

#1 en los huevos, para ser más exactos

D

#1 En realidad lo justo sería que la Seguridad Social fuera quien pagara el sueldo del paciente cuando está de baja en vez del empresario. Y justo sería hacer pagar más seguridad social a la empresa por tener este tipo de cobertura.

Mientras que esto no ocurra, se seguirá despidiendo (o intentándolo) a personas que no puedan trabajar correctamente (eso incluye a embarazadas, mujeres que están de baja 2-3 días al mes por dolores menstruales, gente con dolencias crónicas, esas típicas personas que tienen la desgracia de ponerse malas los lunes y los viernes...). Así todos ganaríamos en igualdad porque se quitarían motivos al empresario para no contratar o despedir según a qué personas con según qué circunstancias. Mientras tanto, un empresario (y más en el caso de pequeñas empresas como un bar) va a evitar a toda costa a estas personas porque hay otras que les salen más a cuenta.

vet

#8 Pues quizás de esa manera se eviten casos como este. Bien apuntado.

Nylo

#1 yo se lo daría a quien le puso el nombre. ¿Leydy? ¿En serio? Válgame el cielo.

vet

#13 Un nombre muy común en las antiguas colonias de este santo país, me temo.

oso_69

#9 Yo iba a decir lo mismo pero de próstata, que es más real.

m

#15 El ser tan mal hablado forma parte de mi desprecio hacia todo lo políticamente correcto.

D

#9 debe haber oposiciones al TS y los jueces se han querido apuntar un tanto metiendo eso con calzador en la sentencia.

D

Noticia tras la reforma laboral de 2012: "Faltar al trabajo justificadamente entre 9 y 20 días en 2 meses por enfermedad, motivo de despido 20MINUTOS.ES 12.02.2012 - 12:20h Así se recoge en la nueva reforma laboral aprobada por el Gobierno. El artículo 52, letra d, del Estatuto de los Trabajadores establece que se podría despedir por faltas justificadas superiores al 20% en dos meses o al 25% en cuatro meses. Sin embargo, se establecía la condición de que el absentismo total de la plantilla debía superar el 2,5% en los mismos periodos de tiempo. Con el nuevo texto de la reforma aprobada este viernes esta condición se elimina, no siendo necesario para despedir la situación del resto de la plantilla. Un trabajador con un turno de lunes a viernes debe acudir a su trabajo unas 45 jornadas, por lo que este 20% de faltas justificadas no podría superar los 9 días. Esta situación podría ser inconstitucional, ya que entra en conflicto con varios artículos de la Carta Magna, como el derecho a la protección de salud (Art. 43.1). El artículo 52, d, del Estatuto de los Trabajadores antes y después de la reforma."

Ver más en: https://www.20minutos.es/noticia/1306117/0/reforma-laboral/despido-objetivo/enfermedad-inconstitucional/#xtor=AD-15&xts=467263

Después entró en vigor una directiva europea que dejaba claro que era una barbaridad. Nadie puso recurso de inconstitucionalidad a aquella aberración.

placeres

Pues la noticia me pone a la defensiva ¿Porque hay discriminación agravada de género y no discriminación a secas?
Esta insinuando la noticia que si hubiera sido cancer de próstata no existe ese asidero legal.

L

Es que es un juicio ganado prácticamente de antemano. No sé qué pensaría alegar el empresario para ganarlo en caso de llegar a uno.

Si te despiden estando de baja, muy mal se tiene que dar para no ganar el juicio. O eso tengo entendido.

H

#2 Si cuela cuela, y si no, me la pela.

Incluso un despido nulo, que es el único que jode de verdad al empresaurio (el improcedente no es más que "la cuenta, por favor"), implica un proceso legal. No todo el mundo tiene aguante y medios económicos para afrontarlo. Y más en el caso de la noticia, la nulidad no se ganó en la sentencia de primera instancia.

Siempre os lo digo: tened ahorros. Son como un seguro, algo que ojalá nunca haya que usar, pero cuando se necesita puede marcar la diferencia entre salir del agujero o quedarse en él.

Dell_otro_lado

Jefes sin corazón. cry

D

"La nulidad del despido se fundamentaba en que era discriminatorio, tanto por la situación de discapacidad como por su condición de mujer padeciendo una enfermedad asociada al género."

Una enfermedad asociada al género. No lo entiendo ¿si tiene cáncer de pulmón y la despiden no es lo mismo?

c

¿Por qué en la entradilla dice que le pide a sus jefes la baja?
La baja te la da el médico.

M

Una indemnización considerable, alegando que todo este estrés le afecto a la enfermedad, para que aprendan.

D

Hay cada empresario que mas parece hijo de trump.

Veeli915

Mira que hay que ser hp... y luego encima la vida no se lo devolverá 😡