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El Derecho de Cita y su utilización en los blogs

Pequeño estudio sobre el uso legal de las citas en Internet. El derecho de cita supone una limitación objetiva a los derechos otorgados por la ley a los autores de creaciones intelectuales. El derecho de autor no está configurado como un derecho absoluto y la ley determina los límites en el ejercicio del mismo. El bien jurídico protegido es la autoría de una obra intelectual. El límite de un derecho encuentra su frontera cuando choca o lesiona el ejercicio de otro derecho.

etiquetas: derecho, cita, blogs
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  1. #1   No sé si llegarás a portada, pero su lectura es muy recomendable para cualquiera que tenga un blog.

    El resumen de sus conclusiones (me acojo al derecho de cita para reproducirlo aquí. El autor y la fuente son los señalados en el vínculo del título :-D ):
    - Se debe de tratar de obras divulgadas
    - Sólo se permite la inclusión de un fragmento para utilizarlo como cita para comentarlo, analizarlo o valorarlo.
    - Sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación.
    - No cabe hacer un uso indiscriminado de este recurso.
    - Se debe indicar claramente la fuente: el autor y el título de la obra y la fecha de divulgación
    157  votos: 12   link
    el 09-09-2008 20:31 UTC por kekobola kekobola
  2. #2   > El derecho de cita y su utilización en los blogs

    3. Sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación.

    ¡todos a la cárcel!

    [título de pelí., de berlanga]
    77  votos: 4   link
    el 09-09-2008 20:32 UTC por s0phisma s0phisma
  3. #3   ..si pero..y al revés?...que derechos tenemos los que nos citan en medios escritos y ganan dinero con ello?... te lo digo:

    N-I-N-G-U-N-O!!!
    45  votos: 3   link
    el 09-09-2008 20:35 UTC por kurioso kurioso
  4. #5   #2 No todos. Art. 32.1 párafo 2º de la LPI:
    "Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revista de prensa tendrán la consideración de citas. No obstante, cuando se realicen recopilaciones de artículos periodísticos que consistan básicamente en su mera reproducción y dicha actividad se realice con fines comerciales, el autor que no se haya opuesto expresamente tendrá derecho a percibir una remuneración equitativa. En caso de oposición expresa del autor, dicha actividad no se entenderá amparada por este límite".

    Es decir, es lícita la cita en un blog a título de "reseña periodística", aunque no tenga fines docentes ni de investigación. Pero si se limita a copiar tal cual y existe lucro, el autor tiene derecho a una retribución, y además puede oponerse a que se le cite en esa "reseña".
    59  votos: 4   link
    el 09-09-2008 20:50 UTC por kekobola kekobola
  5. #7   Justo lo que estaba buscando desde hace dias
    17  votos: 1   link
    el 10-09-2008 03:41 UTC por nikelout nikelout
  6. #8   El concepto de propiedad intelectual es un absurdo. De qué naturaleza es la naturaleza del pensamiento....y de qué sustancia están hechas las ideas?
    12  votos: 0   link
    el 10-09-2008 14:16 UTC por ectolin ectolin
  7. #10   3. Sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación.

    La duda aquí es la siguiente: ¿esto tiene que ser en un ámbito estrictamente académico? No debo ser el único que ha traducido artículos al castellano publicados en inglés, con la coletilla de "por su interés", porque sea relevante a la temática del blog,...

    ...y me da la sensación de que legalmente hacerlo sea algo que se sostiene con pinzas

    (pst: la propiedad de las ideas en cuanto que impedir su reproducción me parece extremadamente ridícula, pero luego los mercantilizadores capitalistas de la mierda te sablean)
    8  votos: 0   link
    el 11-09-2008 09:11 UTC por yemeth yemeth
  8. 9  votos: 0   link
    el 11-09-2008 09:27 UTC por helisan helisan
  9. #12   Hey, si no os importa voy a aprovechar este hilo para hacer una pregunta relacionada, a ver si la inteligentzia colectiva de menéame me puede echar una manilla.

    El otro dia publiqué un post que recibió muy buenas críticas, me cayeron 3 o 4 enlaces de colegas y blogs varios. Rápidamente aparecio en los resultados de búsqueda de la palabra clave correspondiente. A la semana o así un blog de otro país, pero en castellano también, me fusila el post completo, con imágenes incluidas, sin permiso, aunque me pone un enlace (oye algo es algo). Inmediatamente después mi entrada desaparece del google. Al poco, desaparece también la del otro blog, el que me copió el artículo.

    Está claro que la entrada ha sido penalizada por google, pero primero no tengo muy claro si ha sido cosa de que me copypastearan, y segundo tampoco tengo muy claro qué puedo hacer para que vuelva del índice suplementario al principal (porque enlaces entrantes ya tengo). ¿A alguien le ha pasado?
    6  votos: 0   link
    el 11-09-2008 09:52 UTC por LoboFeroz_ES LoboFeroz_ES
  10. #13   ¿Quien es Cita? con mayúsculas parece un nombre propio.... Sería "de cita", No es por dar por #### pero mi cerebro tuvo que hacer una conversion de nombre propio a nombre común para entenderlo....
    14  votos: 1   link
    el 11-09-2008 10:31 UTC por pismak pismak
  11. -1  votos: 1   link
    el 11-09-2008 13:09 UTC por Niggle Niggle
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