Hace 6 años | Por KeepYourCoins a elsaltodiario.com
Publicado hace 6 años por KeepYourCoins a elsaltodiario.com

Muchos municipios siguen cobrando un impuesto que el Tribunal Constitucional invalidó en mayo Rel: El TC tumba el impuesto de plusvalía porque las casas no siempre se revalorizan
Hace 7 años | Por RubiaDereBote a elespanol.com
Publicado hace 7 años por RubiaDereBote
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El impuesto sobre la plusvalía es un tributo directo de naturaleza municipal que constituye una impo [...]

Comentarios

S

#4 yo no tuve que hacer tasación ni nada. Un escrito aludiendo a las sentencias judiciales previas indicando los valores de compra y de venta y me contestaron aceptando mis alegaciones y paralizando la liquidación.

S

Yo mandé carta de alegaciones y pasaron por el aro.

Pero de entrada la liquidacion te la mandan por si cuela

K

#1 y si no lo pagas y pasas de esa liquidación? no te podrán decir nada, no?

p

#2 Claro que pueden, y lo tienen muy fácil, se te aplica unos bonitos intereses de demora y si sigues sin pasar por el aro pues un embargo y listo. En estos casos lo que suelen recomendar es pagar primero y reclamar después, lo que en ocasiones implica gastos de abogados, procuradores, etc.

Me sorprende como la gente se rasga las vestiduras cuando no se cumplen las sentencias del tribunal constitucional pero luego son nuestras propias instituciones las primeras en no hacerlo.

Don_Gato

Como aún no está normalizado el procedimiento de comprobación y devolución del impuesto los Ayuntamientos no han cambiado nada. No olvidemos que la plusvalía no ha sido invalidada completamente sino solo en el caso de que se hubiera producido una pérdida patrimonial en la transmisión.

Como la fórmula de la plusvalía (cuestionada todo hay que decirlo 1) sólo implica saber el valor catastral del suelo y los años de posesión y es un impuesto que te liquida la Hacienda local (a diferencia de otros impuestos como el IRPF en los que los autoliquidas tú), te cargan el recibo y luego te toca demostrar que hay pérdida patrimonial.

Total, escrito de solicitud de ingresos indebidos al que deberían acompañarse tasaciones del inmueble (#1) y a esperar. Problema: que a veces te gastas más en la tasación y el gestor que te lo lleve que en el propio impuesto.

Si no pagas (#2) debes cursar la reclamación por vía civil, que sale más caro y en el tiempo en que se tarde en resolver seguramente te embarguen la cuenta corriente.

1 https://www.idealista.com/news/finanzas/fiscalidad/2017/02/15/745346-la-formula-de-calculo-de-la-plusvalia-municipal-de-nuevo-cuestionada