Hace 4 años | Por escuzaillo a diariosur.es
Publicado hace 4 años por escuzaillo a diariosur.es

Ninguna de las dos Cámaras ha instalado un sistema para controlar la jornada de sus trabajadores, y ni siquiera tienen previsto hacerlo

Comentarios

D

#4 Pues debería, porque vivir acosta de los trabajadores se les da muy bien...

Dene

#5 tu medico vive a tu costa? y el profesor de tus niños, si los tienes? anda que....

U

#18 no deben el médico y el profesor registrar su jornada entonces? Por alguna razón?

D

#21, pues porque la razón del registro es evitar el fraude, que no se paguen horas extras y tal. Estos trabajos que dices están totalmente regulados y se supone que no van a defraudar de dicha forma. Digo yo que será eso.

U

#22 igual de regulado que el mío. No puede un médico escaquearse? No puede un funcionario "recortar" su jornada laboral?

D

#23, es que la ley lo que busca es evitar el fraude por el lado de la empresa.

U

#24 entonces ya está todo dicho

D

#4 el personal laboral SI lo esta, y el contratado también. Y aunque al personal funcionario no se rige por el mismo, desde 2012, por resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas también lo está:
"11.1 Los empleados públicos deberán registrar en el sistema de control horario de su centro de trabajo todas las entradas y salidas correspondientes a su modalidad de jornada.11.2 Igualmente, las ausencias, las faltas de puntualidad y de permanencia del personal en su puesto de trabajo, cualquiera que sea su causa, deberán ser registradas por los empleados públicos que incurran en ellas en el sistema de control horario que debe existir en cada centro"
https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/29/pdfs/BOE-A-2012-15703.pdf

placeres

#7 No creo que esa resolución afecte al Senado y el Congreso (tribunal de cuentas Tribunal constitucional) tienen un reglamento propio y pueden ir a su aire. no son órganos de la administración del estado per se aunque trabajen funcionarios allí, como derecho supletorio y con muchas salvedades.

Otra cosa es que queda raro que aún no tengan control horario para la miriada de funcionarios que tienen allí, aunque solo sea para complementar la seguridad interna.

D

#10 olvida la resolución, si el personal que "trabaja" en el Congreso y Senado es "personal laboral" se rige por el Estatuto de los Trabajadores y deberían ser controlados como marca la modificación del mismo. Se que gran parte de la administración no tomará ninguna medida inicialmente, hasta que algún personal laboral denuncie un incumplimiento de horas trabajadas y el juez pida el registro obligatorio y todos pongan cara de conejo.

y por supuesto que hay personal laboral en ambas camaras
http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Informacion/ConcContPerLab/ConcCelebrPersLab

placeres

#11 Si tengo la dudas con el personal laboral que tienen dentro, de todas formas la queja sería relativamente rápida de resolver, al fin al cabo aunque fuera el ultimo mono de allí, iría directamente al tribunal supremo.

D

#11 si, al supremo, eso será si realmente estas cumpliendo con las horas estipuladas... y hasta aqui puedo leer

Dene

#11 el personal que "trabaja" (y las comillas van bien, seguramente para excluir a los politicos) puede ser funcionario, asi que se rije por el estatuto del funcionario y no por el estatuto... a los laborales que pueda haber si les aplica el estatuto y toda la legislacion laboral básica. por puntualizar. pero bueno, los funcionarios hace siglos que fichan en su gran mayoria

t

Esto no puede ser cierto. Y eso que la ministra ya avisó: "Nadie se ha tomado en serio el registro de jornada".

D

Consejos Leyes vendo, que para mí no tengo.

Belu84

Total, las horas extras a ellos no les afecta. 😂 😂

D

... y dos huevos duros. Si el Real Decreto Ley modificó el Estatuto de los trabajadores, y el personal laboral y contratado se rige por el mismo, deben tener obligación de implementar el control de los mismos. De los Diputados y Senadores dudo mucho que se rijan por el mismo

m

AJAJAJA, ni los directivos tampoco, lo han puesto sólo para los niños obreros

D

"El registro horario se aplica a la totalidad de trabajadores, al margen de su categoría o grupo profesional, a todos los sectores de actividad y a todas las empresas, cualquiera que sea su tamaño u organización del trabajo", señala inicialmente el documento publicado por Trabajo más de un día después de que la norma entrase en vigor el pasado domingo.

A continuación, sin embargo, especifica que "queda completamente excepcionada de la aplicación de la norma el personal de alta dirección", a lo que añade que tampoco existirá obligación de registro horario para "otras relaciones o prestaciones de trabajo excluidas del ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores, como socios trabajadores de cooperativas, trabajadores autónomos". Esto no quiere decir que los trabajadores autónomos no se verán afectados ya que la medida sí impacta, por ejemplo, sobre los trabajadores contratados por estos trabajadores.

https://www.elmundo.es/economia/macroeconomia/2019/05/13/5cd98b4bfdddff74ad8b45e7.html

Orgfff

Predicando con el ejemplo, y nosotros con nuestra cutreplantilla de Excel

Sendas_de_Vida

#2 Pues hay centenares de miles funcionarios y laborales que fichan, desde años, muchos. Lo que no sabía que el Congreso y Senado no fichaban.

D

#16 Casi todo de hace 8 o 10 años..., pero eso no quita lo otro que he dicho, que seguramente haya registro de entrada y salida y por lo tanto posiblemente ya se esté llevando a cabo el control horario.

D

Dudo mucho de que no exista control horario ni de entrada ni de salidas en esos dos organismos. La nueva ley no dice que haya que crear un sistema nuevo para dicha ley. En muchas empresas ya se estaba registrando las entradas y salidas de los trabajadores (en las tres que he trabajado en los últimos 14 años sin ir más lejos). Así que lo único que hay que hacer ahora es hacer un informe con los datos que ya existen de la base de datos. Base de datos, registro por vigilantes o policia a la entrada o si tenían ya tarjetas es casi seguro que esos datos fueran ya guardados, por lo tanto la ley no se estaría incumpliendo.
Eso sin contar con que realmente exista personal laboral contratada por la administración. Los que no sean funcionarios pueden ser personal de servicio en cuyo caso son sus empresas las que deben tener el control horario, y no la administración. Sistemas informáticos, personal de mantenimiento o limpieza, etc, etc.