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Condenado a 20 años de prisión un hombre que dejó embarazada a su hijastra de 12 años

Abusó sexualmente y en repetidas ocasiones de la hija de su esposa, de 12 años, que se vio obligada a abortar tras quedar embarazada de su padrastro. Por este delito, L.N.M. ha sido condenado por la Audiencia de Valladolid a 20 años de prisión y a pagar una indemnización a la víctima de 200.000. Sin embargo, durante todo el proceso judicial, la menor no contó con todo el apoyo de su madre, que permanece casada con el agresor y que se negó a declarar en el juicio, actitud que la sentencia considera 'sorprendente'.

negativos: 6   usuarios: 84   anónimos: 9  
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  1. #1   Espero que cumpla la condena íntegra
    62  votos: 5   link
    el 04-08-2009 14:23 UTC por JGR JGR
  2. #3   #1 El y la madre que lo defiende y no apoya a la hija
    73  votos: 6   link
    el 04-08-2009 14:27 UTC por sinoriel sinoriel
  3. #4   #3 Eso no es delito y por lo tanto no se condena. Lo que no quita que como madre deje mucho que desear.
    32  votos: 2   link
    el 04-08-2009 14:28 UTC por --146360-- --146360--
  4. #5   #4 ¿ah no? ¿encubrir a un delincuente no es delito? Yo creo que es bastante complice del asunto
    47  votos: 4   link
    el 04-08-2009 14:31 UTC por sinoriel sinoriel
  5. #6   En la carcel Dios va a hacer que pague... y muy feo... :-D
    32  votos: 2   link
    el 04-08-2009 14:34 UTC por --125164-- --125164--
  6. #8   #7 ¿En España?..., yo que tu afirmaría que no la va a cumplir.
    41  votos: 2   link
    el 04-08-2009 14:39 UTC por --86633-- --86633--
  7. #9   Es poco tiempo.
    29  votos: 2   link
    el 04-08-2009 14:39 UTC por carcharodon carcharodon
  8. #10   No entiendo a los usuarios que votan "amarillista" este tipo de noticias.
    50  votos: 3   link
    el 04-08-2009 14:42 UTC por JGR JGR
  9. #12   #4 Sólo si la madre no sabía lo que estaba ocurriendo, cosa que el texto de la noticia parece descartar, porque en caso contrario sería encubridora y cómplice.
    61  votos: 6   link
    el 04-08-2009 14:45 UTC por LadyMarian LadyMarian
  10. #13   #6 En cuanto entre en la carcel habra mas de uno esperandole, que la carcel será la carcel (que lo es, es la carcel) pero en la carcel tambien tienen su codigo y en la carcel como seas un violaniños o un fraticida/parricida la que te espera es buena.

    PS: En la carcel...
    25  votos: 1   link
    el 04-08-2009 14:51 UTC por Tito_Charly Tito_Charly
  11. #15   #14 Puede que los separen pero no al llegar, al menos una vez le acariciaran la cara... :-P espero!
    25  votos: 1   link
    el 04-08-2009 14:55 UTC por Tito_Charly Tito_Charly
  12. #16   #10 Yo hace ya mucho que no entiendo nada de lo que se vota en este país. Así que imagínate en menéame...
    35  votos: 1   link
    el 04-08-2009 15:01 UTC por --86633-- --86633--
  13. #18   vamos increíble como piensa la gente...,al votar esta noticia como amarillista.
    de todo tiene que haber...
    23  votos: 1   link
    el 04-08-2009 15:52 UTC por Placi_ Placi_
  14. #19   #10 ¿Qué tienes de interesante esta noticia? En todo caso deberías preguntarte qué le ves de interesante que se condene a alguien que cometió un delito. Hay miles cada día.

    Pero parece que éste llama la atención porque se trata de abuso sexual. ¿Y esto no es morbo?

    Cuánto mal han hecho los telediarios y secciones de sucesos de los periódicos :-(
    41  votos: 2   link
    el 04-08-2009 15:56 UTC por gallir gallir
  15. #20   #19 esta noticia tienen de interesante que se ha aplicado una condena ejemplar. Y también es interesante porque denuncia una cruda realidad social: el silencio de muchas madres que permiten que sus maridos abusen de sus hijas. De todos modos, respeto la forma de pensar de todo el mundo.
    16  votos: 0   link
    el 04-08-2009 15:59 UTC por JGR JGR
  16. #21   #12 Ley de Enjuiciamiento Criminal

    Artículo 261.
    Tampoco estarán obligados a denunciar:
    1.El cónyuge del delincuente.

    Artículo 416.
    Están dispensados de la obligación de declarar:
    1.Los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil, así como los parientes naturales a que se refiere el número 3 del artículo 261.

    Pd: Es duro, pero es así, y así debe ser. Lo grotesco es el caso, no la ley.
    41  votos: 3   link
    el 04-08-2009 18:34 UTC por Gaeddal Gaeddal
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