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Cuando se contrata una conexión a internet, ésta va asociada a un contrato de tráfico que define las características del enlace. Al contrario de lo que se suele pensar, éste contrato no es una garantía de velocidad del operador al abonado. El contrato es un compromiso de mutuo acuerdo: 1. Es el usuario el que se compromete a no exceder el tráfico contratado; 2. El operador garantiza que, siempre que el usuario no transmita más de lo que debe, todo el tráfico será aceptado.
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