Publicado hace 3 años por SiempreAContracorriente a pduchement.wordpress.com

Hoy, en “delitos que cometías sin saber que lo eran”, hablaremos de un clásico de los más extendidos: compartir capturas de conversaciones. Porque un “¡tía!, ¡mira lo que me ha dicho Javi!” y un “¡Chavales, me parece que a esta tía le molo! Mirad lo que me suelta” te puede llevar a un juzgado. Empecemos con un resumen, para los más perezosos: NO PUEDES ¡Pero si es una conversación conmigo! NO PUEDES ¡Pero si he emborronado la foto! NO PUEDES ¡Pero si todo el mundo lo hace! ¡QUE NO PUEDES!

Comentarios

i

#5 yo también he pensado lo mismo. Seguro que nos estamos perdiendo algo

Trigonometrico

#16 Precisamente el problema son los mensajes en los que no has quedado para el finde.

Y no es que no haya habido ningún condenado, es que nadie ha empezado a denunciar.

Varlak

#30 pues si nadie ha empezado a denunciar, deduzco que no hay tanto problema

D

#37 Puede ser ignorancia sobre la ley

Varlak

#49 O que no es un problema.

D

#5 Y, si la persona a quien quieres enseñar la conversación está junto a ti, le puedes enseñar hasta el puto teléfono con ella.

Zade

#39 Es que es eso, donde está el límite? En la captura? En copiar y pegar texto? En escribir “fulanito me ha dicho que eres fea”, en decirlo a viva voz?

D

#5 pero no reenvía los datos del que lo puso primero

a

#6 Para muchos delitos no vale el consentimiento, sigue siendo delito.
Además eso implicaría que basta que por ejemplo Whatsapp o correos cambien sus condiciones de uso para que todo volviese a ser legal.
Has leído las condiciones de uso de whatsapp ?, quizás ya tienen cláusulas que cubren esos casos.
Y ademas lo que dice el artículo estaría sesgado porque ocultaria información al no mencionar por ningún lado que el que sea delito o no depende del criterio del proveedor del servicio de comunicaciones.

kmon

#48 #7 en ningún momento he dicho que el consentimiento valga para todo. Es un tema muy complejo. Matar a alguien es delito incluso si la víctima lo pide (eutanasia), pero si es en medio de un combate de boxeo y siguiendo las reglas no lo es.

D

#60 Dices que instalas un juego y das consentimiento a algo. Pues eso, puedes haber dicho que sí a todo. Que si ese "todo" no se ajusta a la ley, da igual. No vale.

kmon

#63 he dicho que cuando instalas das consentimiento "a todo eso", y estamos hablando del tema de compartir pantallas de videojuegos, no de otros posibles delitos, de esos.
Qué manía de responder a cosas de las que no se están hablando.

D

#6 Lo de consentimiento no vale para todo. Se tiene que ajustar a la ley. Si no lo hace, no vale. No es legal.
Ejemplo radical. Puedes firmar un contrato de trabajo en el que aceptas y firmas que recibirás latigazos del jefe.
Puedes consentir pero eso no vale legalmente. Es ilegal.

ExpoX7

#48 Pero aquí el delito reside en la falta de consentimiento de la persona a la que pertenece dicha información, ¿no? Obviamente puedes darle a una tercera persona información mía si yo te doy consentimiento para ello, o al menos entiendo que debería ser así.

Martull

#6 ¡¡Qué gran ejemplo!!

D

#6 Solo decir que aunque des tu consentimiento para el médico te toque, eso tampoco significa que todo vale. De hecho hay casos de mujeres que denuncian tocamientos indebidos por parte de su ginecólogo.

kmon

#76 tocarte con fines médicos y tocarte con fines sexuales son acciones distintas. Si das consentimiento para la primera es más que obvio que no das consentimiento para la segunda. El consentimiento debe ser específico.

D

#87 Ya, estaba siendo un poco Capitan Obvio. Era solo por reforzar que el consentimiento no es un todo vale. De todas formas, la mayoría de tocamientos que autorealizo son tanto con fines médicos como lúdicos. No son incompatibles.

a

#2 Es curioso porque lo que dice la ley implica por ejemplo que las compañías de videojuegos están incitando a cometer delitos a todos los jugadores, y cometiendolos ellas mismas, porque todas solicitan capturas de pantallas o acceden a las conversaciones privadas para dirimir disputas entre jugadores.

SoryRules

#4 Disculpa, te voté negativo por error. Te compenso en otros comentarios.

leader

#14 Se puede deshacer el voto.

b

#40 Se puede??? Hasta hace nada no era posible.

leader

#70 Sí, ahora cuando das un voto, a un comentario o meneo, aparece una flecha durante unos segundos. Si le vuelves a pulsar se deshace el voto.

b

#98 oooooooh ok! Gracias!

SoryRules

#40 Sí, es cierto, pero se me pasó el tiempo de edición

M

#4 Seguramente en todo el tocho de condiciones de uso que nadie se lee especifica que das tu consentimiento para que el personal de la compañía pueda acceder para cuestiones del juego a estas conversaciones. Aparte como indica el propio artículo debe haber algún dato personal que identifique al usuario (email, número de teléfono, nombre, apellidos, foto real...) para que sea delito que tu compartas esa conversación.

cosmonauta

#4 No deberían.

Estuve dos años en una empresa de gaming y la gente de soporte no aceptaba (ni solicitaba) pruebas que no fuesen del propio sistema de mensajería interna, de los chats públicos o en general, de la actividad dentro de la red de juegos.

No digo que no pase, pero al menos el caso que yo conozco vigilaba mucho esos temas.

D

#4 No compro todo lo que dice el meneo, la parte importante es que depende de lo que se comparta, y también de muchas otras como el contexto en el que se dice. Por ejemplo, no es lo mismo un chat directo entre jugadores que un chat grupal que puede ser considerado como "público". También según el contexto no puedes exigir las mismas expectativas de privacidad, por ejemplo, como que cuando te metes a un grupo de juego, no vas a hablar de temas personales, sino que lo usas solo para desenvolverte en el juego.

También ten en cuenta que esas plataformas son responsables de lo que ocurre en ellas, y podrían ser deunciadas si hay un caso de acoso en el juego y no actúan, por lo que sería absurdo que les exijas actuar pero no lo permitas.

OILIME

#2 lo ha corregido en el artículo, ahora especifica menores de 14 años

E

#17 cierto y en Telegram hay grupos públicos en los que cualquiera puede entrar y leer lo que se escribe en cualquier momento.

f

#24 Ya, pero si son públicos, públicos son. No te pueden acusar de revelación por difundir un dato público. Si es un grupo de WhatsApp dónde hay 300 personas, escribes para que lo lean esas personas. Si escribes en un grupo público de Telegram, o aquí en Meneame sabes que lo puede leer todo el mundo que quiera.

inconnito

#17 Pues en grupos de Whatsapp donde hay 300 personas, lo que cualquiera escriba en el grupo está destinado a esas 300 personas, no a nadie de fuera del grupo. Da igual que el grupo sea de 3 personas, de 30 o de 300.

DangiAll

#17 Y otra cosa que no puedes hacer, es meter a alguien en un grupo de Whatsapp sin su consentimiento, porque al entrar automaticamente todos tienen sus datos de contacto.

hasta_los_cojones

Menos lobos.

decir "fulanito me dijo tal" es tan delito como compartir la captura donde te lo dice.

c

#20 El problema no es la conversación, son los datos que se muestran en la cabecera

C

#36 ¿Pero tú no le puedes contar a quien quieras esos datos personales de palabra?
¿No le puedes decir a quién sea fulanito de tal me digo cuál y este es su número de teléfono?
No entiendo la diferencia

c

#41 ¿Tu haces eso? Yo siempre pido permiso al tercero para revelar este tipo de información.

C

#73 #56 Pues en general sí, obviamente no a un desconocido, pero sí entre dos personas que conozco.

M

#41 Creo que no puedes hacer eso ni aunque se lo cuentes al oído a la otra persona. No se pueden revelar secretos de otra persona que te haya contado o sepas de ella, así que no habría diferencia.

a

#41 ¿Tú le das el teléfono personal de alguien a otra persona sin preguntarle antes?

D

#41 Me temo que son cosas que no se denuncian porque las tenemos asumidas, yo si consideraría una vulneración de mi intimidad que revelen mi número de telefono a terceros. Al final como ocurre con todas las leyes, nos podrían denunciar por muchas cosas, habría que ver qué dice un tribunal de ello, pero lo normal es que nadie se tome tantas molestias.

hasta_los_cojones

#36 ¿qué datos exactamente se muestran en la cabecera que no estoy también transmitiendo cuando digo "fulanito me dijo tal tal día a tal hora"?

a

#45 Yo entiendo que si haces una captura y la mandas, podías estar diciendo:

"Fulanito ( que es este de esta foto y que tiene de número de teléfono 6xx xxx xxx) me ha dicho que tal día a tal hora"

Si Fulanito y el tercero al que se lo mandas no se conocen o Fulanito no le ha dado su telefono al tercero estás revelando una información que no te corresponde a ti divulgar.

hasta_los_cojones

#47 El dellito entonces no es compartir una captura, sino un número de teléfono, o una foto.

Pero tampoco tengo muy claro que sea delito que te diga ahora que el teléfono de pepe es 666123456 y que vive en rue 13 del percebe

Había hasta una guía con números de teléfono, donde aparecían nombres y direcciones.

¿Nos hemos vuelto gilipollas?

M

#54 A través de un grupo de whatsapp de empresa en donde antes trabajabais todos y esa compañera se fue "no sé por qué", tú puedes compartir un mensaje de ella en donde esté su nuevo teléfono y dárselo a conocer al acosador que está en el mismo grupo porque trabaja/ba en la misma empresa, y si además dices dónde vive, peor.

De las guías telefónicas puedes excluirte y además las guías invertidas en donde por el número buscabas el nombre no estaban permitidas

hasta_los_cojones

#78 Veamos tú supuesto:

Tengo una excompañera que se fué de la empresa por un acoso que no denunció.

Para proteger a ese caso excepcional, hay que convertir en delito digital preventivo algo de uso común como es compartir una conversación grupal, que además ya ha sido considerado como comunicación pública por jueces en otros casos.

mmmm

Creo que los principios legales dictan que la solución al problema es que mi excompañera denuncie a su acosador.

M

#80
Tu compañera denunció el acoso en cincuenta comisarías y cuarenta juzgados si te apetece pero tú no tienes por qué saberlo ni ella por qué decírtelo

No compartes una conversación grupal sino que es una conversación privada de ella contigo que tú luego compartes en el grupo de trabajo.

El caso supuestamente excepcional es una de las miles de variantes que se me ocurrió. Hay muchos secretos, muchas circunstancias y muchas formas de meter la pata queriendo o sin querer, por eso la norma establece que por lo general no compartas secretos.

hasta_los_cojones

#83 Ok. Está denunciado. El acosador la llama, bárbara avisa a la policía, y el acosador duerme caliente en el calabozo.

¿Crees que la solución para un caso estadísticamente excepcional es prohibir hacer algo que todo el mundo hace con normalidad y que se hacía desde antes de que existiese internet?

Si quieres que algo sea secreto, no se lo digas a alguien en quien no confías que lo vaya a mantener secreto.

M

#84 Si fuese tan fácil como que la policía lo meta en el calabozo no tendríamos estas noticias: 1 - 2 - 3 Y tú hablas de compartir su número y donde vive.

De excepcional no tiene nada y te sigues centrando en un solo ejemplo cuando la ley es general y abarca muchos casos. Que se haga de forma normal no significa nada ¿tú sabes cuanta gente pinta su casa sin pedir los pertinentes permisos? eso está prohibido y lo normal es que se pinte, sobre todo por dentro, sin sacar ningún permiso. Normalmente no pasa nada porque es algo a priori inocuo pero si pasa, te encuentras con el problema de que lo hiciste sin permisos.

De lo que se hacía antes no me hables porque antes también se quemaba a la gente en la hoguera.

Imagínate el otro supuesto de que alguien te cuente en secreto que viene del médico y que probablemente tiene cáncer, tú vas y cuentas ese secreto al jefe y curiosamente a esa persona no le renuevan el contrato. También vale para embarazos.


"Si quieres que algo sea secreto, no se lo digas a alguien en quien no confías" Eso significa no decírselo a nadie porque cualquiera te puede traicionar pero es que en este supuesto Bárbara no ha dicho nada a nadie de su problema, el ex-compañero de trabajo no sabía nada de su problema, tan solo hablaban por el whatsapp de la última película que vieron y él compartió esa opinión de Bárbara en el grupo revelando así el teléfono y no sé por qué razón, donde vive. Entonces ¿me dices que Bárbara directamente no puede hablar con nadie de nada?

Pero ni siquiera tienes por qué tener ningún trato con Bárbara, te puedes enterar de sus circunstancias de forma indirecta.

hasta_los_cojones

#88 Me has convencido. Bárbara puede hablar de lo que quiera con quien quiera, y prohibamos toda forma de reproducir ese mensaje a terceros porque aún siguen pasanco cosas como la 1 - 2 y 3.

Salvemos a Bárbara impdiendo a los humanos comunicarse entre ellos.

¿Algo que ocurre con una incidencia inferior al 0.1% no es excepcional?

M

#89 ¿aún siguen pasando? como si fuese tan extraño.

No hace falta prohibir toda forma de reproducir ese mensaje a terceros, con la ley que tenemos considero que es suficiente y dicha ley de ningún modo impide a los humanos comunicarnos entre nosotros (nota: ¿tú no eres humano que hablas de "ellos"? ), tan solo intenta proteger los secretos e intimidades de cada persona. Tu exageración al absurdo no cuela.

hasta_los_cojones

#90 Exacto, la exageración no cuela. Si no es ilegal hacerlo de palabra no es ilegal hacerlo con una captura.

Y el argumento "es que nadie va a pensar en las victimas de X" cuando se trata de hechos estadísticamente irrelevantes, tampoco cuela.

No se puede cambiar un hecho cotidiano que se hace cientos de miles de veces al día en toda españa para evitar unas decenas de casos de lo que sea al año, porque además cuando se trata de cuestiones marginales no se van a poder evitar de ningún modo.

Es imposible reducir cualquier tipo de criminalidad a 0, o de ser posible el coste de eliminar ese ultio 0.1% es totalmente desproporcionado e inasumible.

M

#92 El problema es que sí es ilegal hacerlo de palabra.

hasta_los_cojones

#93 El teléfono de xxxx [EDITADO POR ADMIN]

Denunciame ante la policía. Ya sé que en meneame me podrían poner un strike por cualquier cosa, pero estás diciendo que es ilegal. Quiero ver si me me llega una citación, o si el juez se limpia el culo con tu denuncia.

M

#94 Yo no soy XXX ¿cómo voy a denunciarte? te denuncio y XXX alega que tú lo publicaste con su consentimiento convirtiéndolo en legal.

Yo he pintado la casa sin permiso, denúnciame ante la policía porque es ilegal y aquí te pongo los enlaces:

https://www.20minutos.es/noticia/289397/0/pintar/piso/permiso/
https://www.quotatis.es/consejos-reformas/normativas/tratamiento-y-renovacion-de-exteriores/que-licencias-se-necesitan-para-pintar-una-fachada/

¿qué pretendías demostrar con tu comentario?

P.D: pon mi número y mi nombre a ver qué pasa.

hasta_los_cojones

#95 Ok. Suponte que eres alejandro y que me has dado consentimiento, y que luego me denuncias y dices ante el juez que no me lo has dado.

¿Cómo lo resuelve el juez?

No tiene sentido.

De hecho, aunque no me hayas dado consentimiento, si tu teléfono me lo da otra persona, o me lo encuentro en internet, ya puedo compartirlo incluso sin tu consentimiento.

M

#96 No soy juez pero yo de ti guardaría las pruebas en donde él te da permiso o corres el riesgo de que el juez le dé la razón a él.

Si mi teléfono está en Internet de forma legal ya dejó de ser secreto; si está de forma ilegal, ten cuidado con republicarlo y si eres el primero en publicarlo lo mismo te pasa esto: https://confilegal.com/20200205-condenado-a-dos-anos-y-un-dia-de-carcel-por-publicar-una-foto-de-la-victima-de-la-manada/

editado:
si te lo dio otra persona, sigues sin tener mi permiso y no puedes compartirlo ¿por qué deduces que conque te lo dé otra persona ya tienes permiso?

hasta_los_cojones

#97 idealmente es la acusación la que tiene que probar la culpabilidad y no la defensa la que tiene que probar la inocencia.

Si me das la información diciendo que es confidencial, y luego me das permiso. Guardaré la prueba del permiso, porque tú puedes haber guardado la prueba de la confidencialidad.

Si me lo da otra persona, yo asumo que lo ha obtenido de forma legal y que es lícito compartirlo.

Deduzco que por norma general la gente no es malintencionada. Y no lo hago solo yo, es otro de los principios jurídicos en los que se basan jueces y legisladores.

M

#96 Mira ejemplos reales:

Condenada por publicar el móvil de una examiga en un chat erótico

Indemnizada con 2000 euros al publicarse por error su teléfono en página de contactos

Si compartes el número de forma normal nadie te va a denunciar pero eso no significa que esté permitido y si por mala suerte lo que hiciste causa algún perjuicio a la otra parte, puede denunciarte.

Delitos informáticos: difusión de datos personales y /o familiares.
Según la Agencia Española de Protección de Datos, “un número de teléfono que no vaya acompañado de ninguna otra información de carácter personal que contribuya a identificar Sin embargo, cuando este número de teléfono esté ligado a un nombre y apellido o bien cuando se pueda identificar su titular, según reiterada jurisprudencia, sí se consideraría un dato de carácter personal y familiar.

M

#102 "idealmente es la acusación la que tiene que probar la culpabilidad y no la defensa la que tiene que probar la inocencia."

Por supuesto, está claramente probado que tú en #94 has publicado el teléfono de XXX ¿dónde está la duda? ¿dices tú que tenías permiso? de eso nada, te lo estás inventando, demuéstralo, eso lo tienes que demostrar tú.

"yo asumo que lo ha obtenido de forma legal y que es lícito compartirlo."

¿por qué motivo supones tal cosa? Si te lo doy yo también te lo doy de forma legal (obvio, es mi teléfono) pero en ningún momento te di permiso para publicarlo. Si te lo da otra persona, aunque esa persona lo haya obtenido de forma legal e incluso te dé permiso para publicarlo, no sirve porque el único capacitado para dar tal permiso soy yo.

Que la gente no sea malintencionada no sé qué tiene que ver.

SirMcLouis

#47 Efectivamente… y lo estas haciendo por escrito, que para mi es lo importante, y en un formato que se puede reproducir. Si tu le das mi telf a tu vecino, y lo haces de palabra, pues bueno, pero si lo haces por escrito … es otras cosa.

D

#11 #13 #20 No creo que sea lo mismo. Sería lo mismo a grabarte y mostrar la grabación

hasta_los_cojones

#52 Hasta el más torpe es capaz de hacer una captura falsa donde fulanito diga X

Se puede mentir tan fácilmente con una captura como con un "fulanito dijo", por lo tanto son equivalentes. Fulanito tiene la misma facilidad/dificultar para desmentir el "fulanito dijo" como para desmentir la captura. (independientemente de que sea cierto o falso lo que dicen que dijo o lo que dicen que capturaron que dijo)

Una grabación es más dificil de trucar, (por ahora)

mahuer

#20 Tenía entendido que no es ilegal tener una conversación grabada donde tú mismo participas. ¿Es ilegal que la escuche un tercero?

a

#53 Yo tengo entendido que puedes grabar una conversación en la que participas, y que se la puedes enseñar a un tercero si no se revelan datos propios del otro interlocutor. Que sería una cosa similar a esto de la captura de whatsapp.

estoyausente

#20 Eso iba a decir, que entiendo que esto venía de cuando el correo postal y ha ido evolucionando... hasta nuestros días y las nuevas herramientas de conversación escrita.

Tampoco me parece mal siempre y cuando se tenga en consideración el tipo de contenido difundido y el fin de los hechos. No sería la primera vez que en un grupo de "Cumpleaños de Fulanito", la pareja/amigo de Fulanito nos manda un pantallazo de Fulanito diciendo que quiere tal cosa o que "ya sale de casa" con objetivo de facilitar el regalo/la fiesta. Contenido irrelevante + finalidad irrelevante...

Vamos que no sé, entiendo que ese tipo de cosas se toman en consideración.

D

#20 Seguramente haya que replantearlo, pero tampoco veo mucha diferencia , ni veo porque tu y yo podríamos tener una conversación "privada" por cartas, pero no por email, o por chat. A mi me parece que el soporte no es relevante, tampoco puedes grabar una llamada y publicarla sin más.

Se trata de tener un reproducción literal de una comunicación en el formato que sea.

mikelx

#11 Pero una cosa se puede demostrar en un juicio y la otra, difícilmente.

hasta_los_cojones

#61 "fabricar" una captura es una chorrada.

La única manera de demostrar que la conversación ha tenido lugar es pidiendosela a whatsapp, de sus bases de datos. Y hay que confíar en que whatsapp no está mintiendo.

Para una discusión de vecinos, whatsapp no tiene motivos para mentir. ¿Pero una captura sobre un tema importante político?

Fiate tú de los intereses de una empresa privada.

mikelx

#64 aAra eso hace falta un peritaje informático, tal como comenta el artículo. En cualquer caso, para resolver temas políticos importantes muy probablemente vayan por otras vias y tengan medios fuera del alcance de jueces y ffccssee (y dudo mucho que se envien por whatsapp y se comparta capturas alegremente).

Gato-Pardo

#64 Tú no le puedes pedir nada a WhatsApp. Los mensajes de WhatsApp, a diferencia de Messenger o Skype, no se almacenan en la nube si no que se almacenan exclusivamente en tu móvil, WhatsApp solo los retiene hasta que se han enviado. Por eso la única manera de transferir tu historial de mensajes de WhatsApp de un móvil a otro es a través de la opción de backup en Google Drive.

"Once a message has been delivered, it no longer resides on our servers." https://www.whatsapp.com/legal?doc=privacy-policy&version=20120707

Polmac

#11 Efectivamente. No estoy de acuerdo con el razonamiento del autor.

El art. 197 del CP establece una pena de 1 a 4 años de prisión para quien “para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales”. Y… ¡premio! Los WhatsApps tienen la consideración jurídica de documentos (digitales) personales.

Una conversación de Whatsapp de la que formas parte no es equivalente a apoderarse de las cartas o los documentos de alguien. Es equivalente a difundir una carta que te han enviado a ti. No te has “apoderado” de los documentos de nadie: son tuyos.

Es un matiz importante.

Jack-Bauer

Un consejo de "amigo". Nunca dejes nada por escrito que pueda comprometerte, nunca.

omegapoint

#25 y saca el cadaver antes de limpiar la sangre, que también hay gente que no lo hace.

D

Esto es interesante

D

de 2 a 5 años por algo que parece hasta normal .

jacktorrance

y si se trata de una transcripción del texto?

D

Si me follo a una chica de Tinder luego público el vídeo es legal porque yo salgo en la grabación y soy participe?
Sabemos las respuesta clara no demos pie a la difusión solo porque este normalizada

garfius1

Quien fuera CNI para leer el WhatsApp de quien te de la gana... roll

Noeschachi

#8 cual Villarejo leyendo el móvil de Dina

sad2013

#8 menuda maruja estás hecha


Pd: se puede decir eso, o estoy ofendiendo a algún colectivo?

D

#8 ¿dónde compras tu gorro de aluminio? Es para un amigo...

garfius1

#35 Càlico, eres tu?

Jakeukalane

Jajajajajajaja

maria1988

Pero ¿en teoría no puedes grabar cualquier conversación en la que participes tú?

JaVinci

#18 Me parece que el tema no es la grabación de datos, sino su difusión.

maria1988

#22 Acabo de leerlo. Al parecer los delitos son: divulgar datos personales (nombre completo, DNI, etc.) o "hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre". En el segundo punto, supongo que es tan delito como chismorrear sobre alguien.

Elbaronrojo

Lo que alguien hable conmigo pues conmigo se queda y a nadie más le importa. Y alguna vez me han enviado un mensaje por error que iba dirigido a su amante y lo he borrado y nunca le he dicho nada puesto que no es mi problema.

r

Esto pasa para los Whatsapp. ¿Se podría extrapolar por ejemplo a los emails?

Una de la funcionalidad de base de los mails es el "transferir". Ahí, por defecto, reenvía toda la conversación y se ven los nombres y emails de todos los que han 'estado' en la conversación

A

¿En qué caso un "¡tía!, ¡mira lo que me ha dicho Javi!" o un "Chavales, me parece que a esta tía le molo! Mirad lo que me suelta" encaja con los dos supuestos que dice la noticia?:
1. Ley Orgánica 1/1982 establece que si se realiza “la divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre"

D

#59 A mi me parece que lo es, parte de hecho y es que podría ser delito, pero no es automático. Así que en resumen, no, no vas a poder conseguir que condenen a cualquiera que comparta capturas de tus conversaciones. La palabra más importante es "depende" y depende de muchas cosas:

- del contexto de la conversación
- del contenido
- de la forma en que se comparte

Y seguro que más cosas.

D

Aunque estoy de acuerdo con el fondo del meneo, me parece que hace una interpretación muy extensa, y para ello debería citar exactamente en qué casos/fallos se basa. No considero que sea ilegal siempre, y en todo caso tampoco considero que siempre debiera serlo, así como dice depende de lo que se comparta y el contexto.

Por ejemplo, si mal no recuerdo ya ha habido jurisprudencia respecto a que se considera que hablar en un chat con muchos miembros, que no conoces, se considera un acto público. Por lo que las injurias vertidas en él, aunque no lleguen a la víctima, se consideran delito.

D

Ya están poniendo los primeros ladrillos, y no hablo del muro de Trump.

Fisionboy

Sé fuerte Luis.

A la cárcel!!

D

menuda mierda sensacionalista... esto es totalmente falso.

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