www.nofunciona.es/como-saltarse-la-ley-de-cierre-express-... por Sigerico_Redivivo el 11-01-2010 17:20 UTC
De todos modos, como sabemos dónde vivimos, y cómo funcionan las cosas, es bueno que sepamos que existe un método casi infalible para retrasar estos procesos...
#2 <<<Puede haberse mudado, o estar de viaje en el extranjero, o haberse ido a casa de su suegra, o estar haciendo el Camino de Santiago, a pie, desde Vladivostok. ¿No es cierto?>>>
Ole, coño.
#5 No creo que sea un gran método para saltarse la ley. Para empezar porque sólo se trata de un retraso, y además teórico. No sabes si por el hecho de no presentarte te declararan culpable igualmente o si cerrarán la web "por cautela" hasta que te presentes. Y entonces el problema será tuyo para reabrirla.
#6#5 Te lo digo yo. Creo que esto está pensando para cerrarte la web te presentes o no, digas lo que digas.
Si han pensado en traspasarse las decisiones judiciales a una comisión administrativa, no les va a ir ya mucho más en saltarse otras cosas. Total, a nivel administrativo no se nota tanto.
#8 a ver, no son 4 días. Primero avisan y dan 3 meses para retirar el contenido denunciado si no la web no lo borra entonces el juez tiene 4 días para decidir si la cierra.
Es algo similar al sistema americano de avisar antes y llegar a juicio solo como último recurso, ¡solo que sin juicio!
#14 Creo que con esta ley los datos que el proveedor de internet tiene que dar no son al juez sino a la comisión que cree el ministerio:
2. Los órganos competentes para la adopción de las medidas a que se refiere el apartado anterior, con el objeto de identificar al responsable del servicio de la sociedad de la información que está realizando la conducta presuntamente vulneradora, podrán requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información la comunicación de los datos que permitan tal identificación a fin de que pueda comparecer en el procedimiento. Los prestadores estarán obligados a facilitar los datos de que dispongan.
#16#4 Ella es la responsable del 90% de contenidos "piratas" en la red Española.
#0 Lo que das por hecho es que se vayan a cumplir las garantías judiciales. Y ahí es donde falla todo tu argumentación...si han aprobado esta ley que va en contra de la misma Constitución, ¿crees que van a cumplir con las notificaciones judiciales?
Ole, coño.
Si han pensado en traspasarse las decisiones judiciales a una comisión administrativa, no les va a ir ya mucho más en saltarse otras cosas. Total, a nivel administrativo no se nota tanto.
Es algo similar al sistema americano de avisar antes y llegar a juicio solo como último recurso, ¡solo que sin juicio!
Pero supongo que ante el juez deberán comparecer las partes, ¿no?
en 3 meses se migra a otro server, y a los 3 a otro, y asi hasta el infinito.
Pregúntele a Pinochet...
Si es que cuando se juega con la muerte a favor, no se pierde nunca una discusión...
2. Los órganos competentes para la adopción de las medidas a que se refiere el apartado anterior, con el objeto de identificar al responsable del servicio de la sociedad de la información que está realizando la conducta presuntamente vulneradora, podrán requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información la comunicación de los datos que permitan tal identificación a fin de que pueda comparecer en el procedimiento. Los prestadores estarán obligados a facilitar los datos de que dispongan.
#0 Lo que das por hecho es que se vayan a cumplir las garantías judiciales. Y ahí es donde falla todo tu argumentación...si han aprobado esta ley que va en contra de la misma Constitución, ¿crees que van a cumplir con las notificaciones judiciales?