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Voy a tratar de explicar esta noticia lo mejor posible. El Círculo de Estudios Soberanistas (CES) ha elaborado un estudio jurídico que será "documento de bases" para la futura ley de consultas populares de Catalunya. El Estatut de 2006 establece en su art.122 la competencia exclusiva de Catalunya sobre consultas populares. El estudio del CES se orientaba a cómo utilizar esta vía para consultar al pueblo de la nación catalana sobre si desea iniciar un proceso de reformas constitucionales para modificar la relación entre Catalunya y España.
menéame
ARTÍCULO 122. CONSULTAS POPULARES
Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva para el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria por la propia Generalitat o por los entes locales, en el ámbito de sus competencias, de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con excepción de lo previsto en el artículo 149.1.32 de la Constitución.
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Tiene competencia para la realización de "consultas populares" (que no referendums, la diferencia es importante porque por definición una consulta es consultiva, no decisoria) solamente "en el ámbito de sus competencias" y excluyendo expresamente las previstas por la Constitución en el artículo 149, que son competencia estatal.
Sobre lo de los 500 años Bueno, no se si será un mito franquista o no, pero creo que es un hecho que al casarse Fernando de Aragón e Isabel de Castilla se unieron ambos reinos, aunque fue más una unión de caracter patrimonial más que institucional. Luego tu dale las connotaciones que quieras, invoca si te apetece cualquier fantasma que te resulte comodo y socorrido. Y te equivocas si piensas que te voy a hablar de la españolidad del hombre de atapuerca o de la catalanidad de los neandertales del abri Romani ... Por cierto, tal vez sepas que es la UAB la que investiga y excava Atapuerca junto con el Museo de Ciencias Naturales.