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Más de una docena de establecimientos Carrefour Express presentó el pasado diciembre una demanda de conciliación contra el líder español de los hipermercados por incumplimiento de varías cláusulas de contrato.Los franquiciados acusan a Carrefour de obligarles a vender algunos productos a pérdida, es decir por debajo del precio de coste que asume el supermercado, según se recoge en la demanda.
menéame
Y es una práctica de competencia deseleal: La Comisión Nacional de Competencia (otro de esos organismos que se sufragan con nuestros impuestos) debería actuar de oficio y meterle un buen paquete a Carrefour.
Ahora bien obligar no deberias de estar pero no se la libertad de precios que tienen los diferentes establecimientos de una franquicia.
Claro, DIA pertenece a Carrefour, misma filial, distintas marcas...
Si obligan a franquiciados a comprar determinadas cantidades o partidas en menos que precio de coste esto si es denunciable. Pero si son ofertas en que la ganancia es a volumen u otro tipo de ganancias por oferta no hay el problema; otro historia es que para poder competir o tener los productos màs demandados tengas un porcentage de ganancia minimo... esto, por desgracia es norma géneral en todas franquicias.
Es que es muy raro que venda màs de 600 referencias << a perdida >>. Otro historia es que el margen sea muy bajo o que el pvp de adquisiciòn sea minimo y no dejen margen para subir porque sean artìculos de referencia (como comenta son ofertas) pero a cambio seguro que lleva productos con margen bastante alto.
Puede ser que no sepan como funciona una franquicia y como van el negocio de venta minorista.
Lo que es llamativo es que siempre tenga que salir el grupo Carrefour como negativo cuando este manera de vender referencias se realiza en el 100% de negocios. Sin exception.
El tema de la tarjeta Carrefour es otra queja injustificada. Primero, no tienen un Carrefour, sino son franquiciados de un Carrefour Express (otro tipo de establecimiento) y segundo, seguro que en contrato de franquicia ya viene estipulado que la tarjeta no es vàlida en estes establecimientos. Son distintos y no tienen porqué tener las mismas condiciones.
El tema de facturas si es asì si es un tema serio y hay que solucionar.
Lo que está mal es que estos establecimientos en manos privadas sean obligados a ello, pero no veo desleal hacer una competencia de precios vendiendo por debajo del coste.
Tengo un negocio y en ocasiones vendo por debajo del coste, con el objetivo de atraer clientela y que adquieran el hábito de venir a mi local es una forma de invertir en publicidad. A mi nadie me obliga que es el problema de los franquiciados del artículo.
#14 Pues ten cuidado que tu caso es el mismo y sí se considera competencia desleal: noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l3-1991.html#a17
a) Estás engañando a tu cliente, bajando el precio de productos de referencia le harás creer que tus precios son bajos, cuando esto es falso.
b) Te estás cargando la imagen del producto que vendes a pérdida.
c) Podrías llegar a cargarte a la competencia, si tienes las suficientes reservas para mantener esas ventas a pérdida mientras desangras a tus competidores. Cuando hayan desaparecido te será muy fácil explotar el mercado en monopolio.
Así que sí, es desleal "hacer una competencia de precios vendiendo por debajo de coste". Y sí, es ilegal atraer clientela de esa manera, de hecho se considera publicidad ilícita.
Y respecto a #14 puedes hacer qué quieras con el precio de tus productos, siempre que cumplas con 3 supuestos que hay en enlace de #17
vender a pérdidas: 3 palabras
dumping: 1 palabra
La lengua es economía y no tengo nada más que decir
En caso contrario el puede aplicar el precio que considera (incluso a perdida) con excusa de eliminar stock, articulos descatalogados, detalle en clientes etc.
Como bien comentas es dificil demostrar judicialmente, y normalmente empresas que utilizan estes procedimientos tienen abogados encantados de trabajar (ganar dinero) defendiendo.
Este es uno de problemas de crear majors en sectores que tanto gustan a la gente. Pues aquì tienen una causa de porqué no es bueno esto. Pero mientras la gente tenga su ropa a barata, su electrodomestico barato etc. lo demàs no preocupa... hasta que afecta, claro.
De tu link sobre el dumping:
"Sin embargo, la palabra generalmente se utiliza sólo en el contexto de las leyes del comercio internacional en donde el dumping se define como la práctica en donde una empresa establece un precio inferior para los bienes exportados que para los mismos bienes vendidos en el país"
De la noticia:
"Carrefour Express presentó el pasado diciembre una demanda"
¿Si la demanda está ya presentada por Carrefour Express, cómo va la CNC a actuar de oficio?
Y que tu comentario sea uno de los más votados...
dumping: no te entiende nadie
el lenguaje es comunicación y si tu interlocutor no te entiende entonces tu comunicación es incorrecta
el día q el dumping sea de uso frecuente, ya podrás ahorrarte dos palabras
No sé en que facultad de economía estudió usted. Supongo que en ninguna.
1. El término dumping efectivamente es profusamente utilizado en comercio internacional, en concreto así define el acuerdo general sobre comercio y aranceles a la práctica de venta a pérdida. No obstante, también es el término al uso para referirse a prácticas de venta en pérdida, en cualquier ámbito -comercio nacional o internacional-.
2. El litigio al que hace referencia el texto es absolutamente ajeno al abuso de posición dominante como tal -de ser así no se dilucidaría en acto de conciliación en el que la CNC no estuviese presente-. De hecho no habría que ir a un Juzgado de lo Mercantil absolutamente para nada, pues la Ley de Defensa de la Competencia atribuye a la CNC funciones tanto instructoras como resolutorias en todos los procedimientos en materia de defensa de la competencia.
En cuando al dumping, claro que conocía su significado, pero ¿Qué necesidad había de usar un termino que generalmente se aplica a comercio internacional, y con el que la población no está tan familiarizada? Me ha parecido pedante, y que no aporta nada, puesto que todo el mundo lo que significa vender a pérdida.
En lo que respecta a la CNC, tienes razón, Carrefour ha sido demandado por incumplimiento de varías cláusulas de contrato, no por competencia desleal. Fallo, mío.
PD: Tratar a la gente de usted en internet queda igual de raro que tutear al rey.
PD2: No me he podido resistir a leer tus otros comentarios, espero que tú tampoco hayas asistido a ninguna facultad de economía
Usar el término dumping: ha sido una coletilla profesional. Es jerga al uso completamente evitable, lo reconozco.
Lo de la pregunta retórica -No sé en que facultad de economía estudió usted-, la hago siempre que alguien me discute alguna cuestión económica en términos chulescos y además equivocadamente: #25 (¿Cómo se puede meter tanto la pata en tan poco comentario? o Y que tu comentario sea uno de los más votados).
No sé enfade. Un saludo.
Mi pregunta no era tan retórica, puesto que después de leer tu comentario sobre los productos fabricados en China, me imaginado que no podías ser economista. Te recomiendo que desempolves tus apuntes y libros sobre Ricardo.
lo mas positivo de este artículo es q he aprendido q vender por debajo de coste no es directamente ilegal, solo en determinados supuestos, difíciles de demostrar. por lo q en la práctica es legal salvo q un juez de por demostrario lo contrario