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Este mes, los clientes de contrato de Vodafone recibíamos junto con la factura una notificación indicando la modificación de la cláusula 11 del contrato, que es la referente a la Protección de Datos Personales. Tal y como informan en la misma notificación, los clientes que no estén de acuerdo con esta cláusula pueden rescindir el contrato de permanencia sin penalización alguna.
menéame
Lo de la permanencia es una milonga. Cambiarse de compañía o hacer el "amago" por el lamín del móvil chachi piruli es atarte a otra permanencia, pero en otra compañía. Salvo un verdadero ahorro tarifario es un sinsentido.
Nadie ni nada te impide cancelar un contrato de telefonía, nunca, hayan modificado el contrato o no. Si tú das de alta una línea la puedes dar de baja o portar a otra compañía cuando te salga de la churra y no te cobrarán nada.
El compromiso de permanencia es por la subvención que la compañía te hizo en su momento para la adquisición del terminal, y eso lo vas a tener que pagar sí o sí, aunque hayan modificado en contrato, puesto que el contrato afecta a la línea que contratas (el servicio) y no al terminal que te venden.
El importe exacto de la penalización depende de la compañia y de la parte restante del compromiso de permanencia. Y si alguien tiene dudas, todo esto lo pone explicado en la parte trasera del contrato que haría en su día ("Condiciones generales").
Si esto es legal o no, lo desconozco, pero es lo que pone en el contrato. Si quieres que te den la razón terminarás en abogados, seguro.
Más información en el boletín de las 20:30.
Contrato que es modificado por Vodafone, por tanto que deja de tener validez
¿Alguien aquí que haya cancelado su contrato y no le hayan cobrado penalización? ¿Por las buenas?
No perdamos de vista la razón, QUIEREN SABER DONDE NAVEGAS, legalmente, que páginas usas, cuanto tiempo y vender esta información a terceros, vamos ¿Valoras tu intimidad?
Sal de Vodafone.
rangus2008.blogspot.com/2008/01/el-laudo-de-arbitraje-de-consumo-que-d
rangus2008.blogspot.com/2008/01/he-perdido-la-batalla-con-vodafone.htm
(*) No estoy seguro de si la opción b) se puede hacer en cualquier momento sin cambio de condiciones, pero en cualquier caso poca diferencia hay.
"El cliente consiente que Vodafone lleva a cabo un tratamiento de dichos datos con las siguientes finalidades: (i) desarrollar acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por Vodafone, por empresas del Grupo Vodafone (www.vodafone.es) y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia de la relación contractual, así como la realización de las mismas por cualquier medio de comunicación electrónica"
Y desgraciadamente, es legal, puesto que la permanencia se aplica a la subvención del terminal, y no tiene nada que ver con el contrato de telefonía que tenga cada uno. Vodafone siempre se cubre las espaldas, y en este caso también las tiene bien cubiertas gracias a que separa ambas cosas.
Edit. Antes de fundirme a negativos, he tenido una tienda Vodafone durante 7 años. Se muy bién lo que me hablo. Mas que nada porque antes de que esas clausulas cambien, nos daban cursillos informativos y nos dejaban bién claro a qué cliente podíamos ayudar a gestionar su baja, y a cual nó. (Mas que nada para que luego no nos culpara a nosotros de la penalización. Si el cliente tenía permanencia por RENOVE, que llamara él directamente a att al cliente.)
Pero...el artículo 107 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril. Donde dice textualmente:
"Cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales, incluidas las mencionadas en el artículo 105.2, deberán ser comunicada al abonado con una antelación mínima de un mes, en la que se informará, al mismo tiempo, del derecho del abonado a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no-aceptación de las nuevas condiciones."
Con lo que no deberian cobrarte nada por que ellos han roto el contrato y no hay nada que cumplir.
Aun si, ya ves que Arbitraje de consumo no me dio la razon. Ya no tenia ganas pero deberia haber terminado en los tribunales, la ley es clara y no discutible.
Pero esta nueva clausula me va a ser de ayuda
- Cualquier modificación de manera unilateral de un contrato, hace que el susodicho quede invalidado.
- Cualquier tipo de cláusula abusiva es nula de pleno derecho.
A los compañeros que llaméis a Vodafone para daros de baja, no os pueden pedir nada por ello. Es decir es ilegal pedir cualquier tipo de penalización en este caso (realmente en muchos casos).
Salu2
¿Es realmente viable devolver el teléfono para que no te cobren penalización, o no están obligados a aceptar el "trato"?
y otra pregunta, ¿Daría lo mismo darse de baja que hacer una portabilidad (para no perder el número)?
Sin embargo, parece que Vodafone se está llevando la palma de oro en estos abusos pues últimamente hay una inmensa mayoría de quejas de clientes de Vodafone mucho mas qque de otras empresas. Por si acaso, mejor mantenerse alejados de ellos.
Resulta que si se finaliza una permanencia (que ya están obligados a liberarte el terminal si se lo pides), y se hace otra (plan renove?) para comprar otro terminal, durante esa nueva permanencia no te liberan los móviles, ni el que te acabas de comprar ni el que tenías antes y acabó su permanencia, ni ninguno que tengas con ellos. Esto es lo que me dijeron claramente hará cosa de un mes cuando intenté liberar el viejo.
Me parece que esto ya se sale de lo legal, pues el otro teléfono no está sujeto ya a nada, pero es que ahora me pregunto si terminando anticipadamente el contrato actual me cobrarían también por el viejo ¿?¿? Supuestamente es la parte proporcional (que ya serían 0€), pero como veo que de entrada lo intentan cobrar entero...
Antes era de Yoigo y empecé bien pero terminé mal.
Como mis padres son unos cabezotas, ahora les toca lidiar con Timofone...
Gracias #42 y #44 por la respuesta, la verdad es que no me cuesta nada acercarme a la OMIC a preguntar.
IMPORTANTE: Lo que sí puedes hacer es pedir que anulen los consentimientos que das en esa claúsula. Yo ya lo he hecho por teléfono, pero estoy a la espera de confirmar que lo han hecho de verdad...
LO QUE HAY QUE HACER:
Mandar un burofax diciendo que no estás deacuerdo con las nuevas condiciones del contrato y que por esta razón vas a realizar una portabilidad a otra compañía, salvo que rectifiquen.
Como no rectificarán (y solo te valen las rectificaciones por escrito), pues inicias la portabilidad antes de entrar en vigor las nuevas condiciones y mantienes tu número (y el movil que te dieron en su caso).
Posterioremente Vodafone te pasara un recibo ilegal a tu cuenta bancaria. Si lo devuelves quiza te metan en el fichero de morosos.
En ese caso inicias una reclamación a traves de la OMIC (o tu asociación de consumidores) y al año cuando el tribunal arbitral de consumo resuelva. TE DARÁN LA RAZÓN.
(También puedes decidir pagar, e iniciar tu la reclamación ante el tribunal arbitral de consumo, entonces al año te daran la razon y te devolverán el dinero, sin intereses).
Así gané yo una reclamación a Movistar, en cualquier caso, consulten y haganse socios de FACUA, los consumidores tenemos que apoyarnos.
Está claro que Vodafone va ha decir que la permanencia se paga. Y está claro que por las buenas no te la van a quitar.
Hay que ir por la vía de Consumo, y si pillastes un terminal, dejarse tus 12 euros en burofax, pero a cambio de un movil nuevo en la nueva compañía a la que vayas.
Y a ver si nos acostumbramos a reclamar, que si se hace bien, se gana. Mi ultima reclamación a Ryanair porque me estropearon una tienda de campaña que llevaba en la maleta, me dan 36 euros. Y todo el mundo decía que no había nada que hacer.
He llamado para que me den de baja el Internet (ya veré que hago con el móvil) y de momento solo he obtenido 20 minutos de espera y que me cuelguen.
Panda de ladrones.
Sé que mi caso es raro y poco común, pero yo no gasto los 9 € de consumo mínimo, y no quiero pagar por algo que no consumo cuando hay compañías que me permiten no hacerlo.
Así que tengo un móvil sencillito, pero libre, sin permanencias y ahora pago lo que consumo, si son 5 € pues 5 €.
No te voto negativo, aunque debería por decir las cosas mal. Haced caso a #9, si tienes terminal tienes que pagar por irte, si no pides terminal no hay permanencia.
#52 Qué listos... ¿y cómo te vas a enterar tú de que utilizan esos datos? Menuda chusma.
En los foros suele salir las respuestas y argumentaciones de las compañías, raramente salen las resoluciones a favor de los usuarios 12 meses (o más) despues, de las juntas arbitrales de consumo.
Y es desinformación lo que hacéis porque, si uno no tiene terminal, nunca tiene obligación de permanecer en el contrato. NO hace falta esperar a que cambien las condiciones para ello.
La Ley obliga a que cuando cambian el contrato se avise de que se puede dar de baja sin penalización. Porque en este caso también se pueden quitar las penalizaciones de subvenciones de terminal.
Por otro lado, ¿Y si finalmente a los que se porten consumo les de la razón de que la penalización era indebida, les comprarás tu un movil nuevo a todos los que NO se han portado por tus malos consejos?
Es decir, el operador cambia unilateralmente las condiciones, dice ahora el minuto de llamada 3 euros y 2 de establecimiento de llamada.
¿cómo no voy a poder darme de baja sin pagar?
Si las cambian las condiciones y tengo derecho a rescindir el contrato... ¿la permanencia a que se aplica? ¿a la linea o al movil? ¿no puedo cambiar de movil en 18 meses?
Vamos, es que veo la resolucion de la junta arbitral que hay en comentarios anteriores y yo... ¡lo flipo!
EDITO: y si tienes derecho a rescindir el contrato sin penalización y te cobran... ¿que carajo puedes rescindir sin penalización?
www.gsmspain.com/foros/h858565_Operadores-Yoigo_RESULTADO-JUNTA-ARBITR
El único comentario en ese hilo de los que reclamaron:
Felicidades. Yo también las tuve con esa gentuza y gané. El problema es que los que reclamamos somos pocos y les sale muy rentable timarnos.
Lástima que la junta arbitral no tenga capacidad sancionadora...
Espero que cunda el ejemplo.
Un saludo.
Mañana volveré a llamar a ver que me dicen...
De todas maneras a mi me da igual, el que quiera darse de baja que lo haga y que reclame cuando le llegue la penalización, porque tened por seguro que os la van a cobrar y luego vosotros tendréis que ir a arbitraje a que decidan ellos.
O devolver el cobro indebido y que te reclamen ellos.
Creo que se ha explicado varias veces, en este hilo, de forma clara. Yo mismo lo he explicado en #9, pero lo repetiré:
- Si te das de alta una línea y no les compras móvil te das de baja cuando quieras y no pagas un céntimo, hayan modificado el contrato o no. Puedes dar de alta 37 líneas y darlas de baja la semana que viene sin ninguna penalización.
- Si te das de alta una línea y les compras móvil subvencionado pagas.
Y repito: no se si es legal o no, pero es lo que están haciendo ahora mismo. Y visto lo visto en el hilo hay uno que se libró de pagar por 2 que les tocó pagar. Después de meses de follones con consumo. Así que la proporción de éxito no es muy favorable.
#62 Opino que te han dicho lo que querías oír para librarse de ti, y punto.
-Redactar una carta explicando tus razones y mandarla mediante burofax a vodafone (hay modelos que puedes adaptar por ahí). Lo puedes hacer por internet.
-Ir a la OMIC (o a FACUA si eres socio) de tu ciudad con el burofax y el contrato e iniciar el tramite para la junta arbitral. Ya no quieres mediación.
-Meses después llegará una carta con la fecha del juicio arbitral
-El día de la fecha puedes presentarte y perder menos de una hora en el juicio (mas transporte) o mandar un fax al tribunal explicando otra vez bien tus razones (que es lo que hacen las empresas).
-Meses despues te darán la razon (casi siempre si has hecho todos los pasos bien Por eso yo recomiendo hacerse socio de FACUA) o no (casi nunca pero...).
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