Publicado hace 11 años por --249168-- a quedicenen.blogspot.com.es

Se ha publicado en el BOE con fecha de 30 de Octubre de 2012 una nueva disposición adicional decimoctava con la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Es una de las medidas estrella del Gobierno para combatir el fraude fiscal.Si no aviso a hacienda; 5.000 euros por hacerte una cuenta en el extranjero, 5.000 euros por sacar dinero de una cuenta en el extranjero (sin ser tuya la cuenta).

Comentarios

D

#4 va más por "españoles por el mundo" aunque den relevancia a lo de Erasmus. Se habla de erasmus porque creo que fue un catedrático en economia (no recuerdo quien) quien los puso como ejemplo de injusticia de aplicarse esta medida que en breve ya habrá las primeras multas.

Es un gran hermano fiscal y roza el límite de lo que puede permitir la UE

D

#29 un Erasmus puede haber hecho la delcaración de la renta años anteriores o estar en la obligación de hacerlo

La novedad es el reglamento con unas multas brutales. El ejemplo de Erasmus es el que han tratado diferentes expertos en temas de derecho. Hay que poner un ejemplo "vistoso" para denunciar la injusticia.

Pero olvida el tema de erasmus

Como ves que a un español que se haga dos seguros en el extranjero, no los comunique le multen con 10.000 euros?

jorso

#31 ¿Ahora me dices que me olvide del Erasmus y todo el post gira en torno a ese detalle tan engañoso?

D

#32 muchos Erasmus son "obligados tributarios" No son extraterrestes estos obligados "Conforme a la Ley General Tributaria, obligado tributario es la persona física o jurídica y entidad a la que la normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias, materiales o formales, relacionadas con la aplicación del tributo. Por otro lado, sujeto pasivo es el obligado tributario que, según la Ley debe cumplir la obligacion tributaria principal así como las obligaciones formales inherentes a la misma, sea como contribuyente o como sustituto del mismo. Sería conveniente deslindar igualmente que el contribuyente es el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible.

Por tanto obligado tributario en realidad es un concepto general que se refiere a cualquier persona física o jurídica que por imposición de las disposiciones tributarias resulta obligado a cumplir determinadas prestaciones en relación con la aplicación del tributo"

#29 parece que ni te hayas leído el artículo. Negativo por manipular.

MrAmeba

#29 mi novia tributaba y estudiaba a la vez, es lo que tiene tener que trabajar a la vez que estudias, pero claro, tu a lo mejor tenías dinero de papi y mami y no lo sabías....

Me parece una barbaridad tanto la noticia como la gente que vota negativo, lo que están haciendo el bloquear la emigración bloqueando los pequeños movimientos bancarios eso si, el que tiene cuentas en suiza y es millonario ese está seguro.

D

#62 mi mujer es de un pequeño pueblo y trabajo antes de los 16 por necedidad . Se pago la carrera sola y aún presto dinero a sus padres. Se ve que para muchos esto es de otro planeta

MrAmeba

#63 viendo los comentarios de la noticia se ve que muchos creen que si trabajas no puedes ser universitario y viceversa, y que si haces la declaración eres multimillonario. Mi novia aún está pagando a hacienda por que iba de trabajo en trabajo y claro, tantos trabajos inframileuristas ... en fin, asco de pais... yo me voy de aquí y no sólo es por necesidad, es por que en España sufrimos una falta de empatía enorme.

Nitros

Me surge una duda. Yo estoy viviendo en RU desde hace ya años. No he comunicado a ninguna autoridad española que he salido del país (lo cual no debería importar porque no cobro ningún tipo de prestación del estado). Por lo tanto tengo sueldo, cuentas y seguro médico en el extranjero.

Las dudas son:
1) Van a intentar empapelarme?
2) Pueden perseguirme y embargarme dinero de mis cuentas en el extranjero? (En España no tengo un duro)

No tengo ninguna intención de comunicar a nadie que estoy viviendo en otro país. Principalmente porque no estoy obteniendo ningún beneficio por ello (no cobro prestación por desempleo ni nada parecido) y porque creo firmemente que cuando algo no está roto no hay que arreglarlo (es decir, que si mi situación actual no es fraudulenta no veo porque tengo que andar con papeleo).

Y si me tocan mucho las bolas, me cambio de nacionalidad y punto.

D

#7 sin duda, van a ir a por todas, no se sabe si hoy mañana o pasado pero la ley ya esta hecha y el reglamento.

#8 esta todo en el BOE, consulta con alguien que interprete diariamente los BOE, o espera a que se pronuncien los massmedia

D

#10 Pero se entiende que todo eso es aplicable si estás obligado a hacer declaración de la renta no? (supuesto en el que no creo que entren muchos erasmus)

Nitros

#10 No estoy seguro porque no controlo el lenguaje legal, pero según el BOE:
1. Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración tributaria,...

Al no tener que hacer declaración de la renta en España ¿Es posible que yo no sea un obligado tributario y que por lo tanto no aplique?

Pancar

#17 Creo que, efectivamente, no perteneces a los obligados tributarios. Aquí está la enumeración de dichos obligados:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.t2.html#a35

Pancar

#7 Si no me equivoco esto no afecta a trabajo en el extranjero. Se trata de medidas contra el fraude fiscal contra personas físicas y jurídicas que declaran en España y hacen movimiento de capitales en el extranjero. Por eso se pone el ejemplo del estudiante y no del trabajador en el extranjero. Son normas que afectan a los "obligados tributarios" que son quienes tienen obligaciones fiscales en España. Todo esto lo digo sin tener mucha idea del tema y puede que meta la pata.

#8 Aquí hay un artículo muy bueno aunque un poco farragoso de leer por el lenguaje jurídico y la cantidad de referencias que tiene el texto:
http://cuadernosdepoliticafiscal.wordpress.com/2012/10/17/56-nueva-obligacion-de-informacion-sobre-bienes-y-derechos-situados-en-el-extranjero-y-regimen-sancionador-especifico/

WarDog77

#7 Te veo ultimamente un poco "sensible" con el tema de que se descubran cuentas sin declarar en el extranjero: lista-lagarde-completa-ha-motivado-detencion-kostas-vaxevanis#c-10 ¿No será por algo personal verdad? ;)

Nitros

#52 Ojala fuese yo el que tuviese ese dinero en Suiza y saliese en la lista. Pero es mucho más simple, soy consecuente y, a no ser que algo me haga cambiar de opinión, voy a expresar la misma opinión en diferentes hilos.

Simplemente me parece indignante que en unos casos nos echemos las manos en la cabeza cuando se filtra información personal y aquí no, más cuando no es necesariamente información de criminales.

Es cierto que el hecho de que sean griegos y tengan una cuenta en suiza nos hace percibir que muy probablemente sean delincuentes. Tambien muchos (en base a prejuicios similares) iban a pensar que muy probablemente un chaval de etnia gitana, con pelo largo, piercings, tatuajes y antecedentes de droga sea un delincuente y no veo que se hagan públicas listas con sus nombres y que la gente lo aplauda. También podemos hacer pública la lista de personas que están condenadas por algún delito en España, así no hará falta pedir antecedentes y cualquier empresa podrá saber si uno es un delincuente o no.

Es lo que tiene que unos nos tomemos en serio el hecho de que se difunda información personal y otros solo se lo tomen en serio cuando los afectados no son millonarios.

D

#7 Tu situación sí es fraudulenta porque si vives en el R.U. estás obligado a registrarte en el Consulado. Da igual que cobres paro o no.

Te lo dice otro que vive en Londres.

Otra cosa es que los españoles estemos acostumbrados a pasarnos las leyes por el forro de los cojones... cosa que es perfectamente comprensible, visto lo visto.

Ah, y la noticia es errónea de manual.

delado

#56 Siendo España y Reino Unido paises miembros de la UE no es necesario registrarte en el Consulado/Embajada.

Catacroc

Esta noticia es demagogica mas halla de todo limite. La ley esta hecha para pillar defraudadores no gente que saca 20 euros de la cuenta de un tio. Ademas nadie va a multarte por hacerte una cuenta en el extranjero. Lo que pasa es que el que se dedica a defraudar lo tiene muy facil y precisamente ponen leyes para intentar cortar el tema y salis con estas tonterias.

D

#11 eso que dices es totalmente sensacionalista

La ley es la que es, la puedes ver en el BOE. Como pones un "tochon" del BOE y que la gente lo lea? pues poniendo un ejemplo práctico y con esta ley te puedne multar por eso Mira otras funentes : http://cuadernosdepoliticafiscal.wordpress.com/2012/10/17/56-nueva-obligacion-de-informacion-sobre-bienes-y-derechos-situados-en-el-extranjero-y-regimen-sancionador-especifico/

http://www.burbuja.info/inmobiliaria/burbuja-inmobiliaria/359227-boe-multas-no-informar-de-cuentas-extranjero.html

Catacroc

#12 ¿Realmente crees que han hecho la ley para perseguir a los españoles que se van de Erasmus? Se perfectamente que la ley es la que se publica en el BOE, pero no se ha hecho para lo que pone en el meneo. La interpretacion es demagogia de libro.

D

#14 no se ha hecho para perseguir grandes fortunas o empresarios-medios que defraudan, sino para recaudar todo lo que se pueda. Desde Erasmus hasta curritos en el extranjero, la ley es la que es, quien crea que es sensacionalista que lea el BOE y explique porque es sensacionalista. Esto lo debe conocer todo el mundo, mirad esto:

b) Información de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.

telmah

#11 Mis ojos.... "más allá"

Catacroc

#20 ups, he tenido que mirar 2 veces para verlo

o

#11 Si si, primero te sacan la ley "porque no te la van a aplicar" y cuando te quieres dar cuenta ZASCA.

angelitoMagno

¿Pero que clase de basura de noticia es esta?

1. Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley y en los términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:

Solo deben informar aquellos que tengan obligación de presentar declaración de la renta. Y si haces declaración de la renta, ya tienes que indicar tus cuentas bancarias. La reforma extiende a cuantas bancarias en el extranjero.

De aquí, a la historia de horror y pavor que se inventa el blogger de un erasmus que se hace un seguro y le ponen una multa de 10.000 hay un trecho enorme.

Errónea.

D

#35 Con que haya trabajado y cobrado el paro (dos pagadores ) el ejercicio anterior ya esta obligado a realizar la declaración de la renta si entre los dos pagos superan los 11.200 euros. Pocos estudiantes que trabajen parece que conoces

angelitoMagno

#37 Pues si está obligado a hacer la declaración de la renta, ya tiene la obligación de de informar sobre títulos, activos, valores, derechos, seguros y rentas que tenga en España. Se amplia a las que tenga en el extranjero.

Me parece lógico.

D

#40 van por ahí los tiros

angelitoMagno

#40 Vamos, que el que gane dinero especulando en bolsas extranjeras ahora tendrá que declarar esas ganancias.

Pues ya iba siendo hora.

D

#45 y el seguro de limpieza bucal , ojo que como no se lo digas a hacienda 5.000 euros d emulta

En cambio Botin 2.000 millones en cuentas en el extranjero y .... "limpieza" cuando le han pillado por un 10% del importe

ahí esta la desproporción

Pero bueno si te parece bien, te comentaré que si algún día vas a l extranjero a vivir o a pasar una temporada, andate con ojo con lo que contratas, como te hagan un seguro, hamijo, a pagar.

angelitoMagno

#46 El problema es cuando normas complicadas de comprender como esta, con poca publicidad y demás pueden perjudicar a personas completamente honradas y que pagan como deben los diferentes tributos.
Las entidades son las que te envían la información.

#47 El seguro de limpieza dental no:
así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero
Seguros de vida y similares, y si son contratados con entidades financieras.

p

#51 Si, te suministran los estados financieros anuales de tus cuentas. Pero si alguien no comprende la normativa fiscal de su país, y por lo visto en normas como esta nadie tiene muy claro que es lo que hay que hacer, pues no te sirve de mucho conocer los movimientos bancarios de tu cuenta a lo largo de año...
Evidentemente, en el caso de las entidades extranjeras, no te dan "masticado" el borrador del IRPF como puede ser el caso de muchas entidades españolas, ya que no están obligadas a conocer la materia fiscal de terceros países. En estos casos, te encuentras con que simplemente tienes unos balances contables y, a partir de ahí te buscas la vida...

p

#45 No. Los mínimos por los cuales tributan tus ganancias patrimoniales siguen siendo los mismos que antes, la diferencia es que ahora, tienes que informar de activos financieros por cantidades por las que no estás sujeto a tributación. Es decir, si ganas 100 euros tienes que informar de que ganaste 100 euros (antes no), pero no vas a tributar por ese beneficio.
En cuanto a los límites que estás exento de declarar en este caso son: "rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales." Antes si eses rendimiento eran inferiores a 1.600 y se producían tanto en el extranjero como en territorio español no tenías que declarar, ahora, si esos rendimientos se producen en el extranjero tienes que informar a la A.T, pero sigues exento de tributar por ellos.

Es lo que yo entiendo vamos....Desde luego la normativa fiscal debería ser sencilla y clara para que todo el mundo pudiese ejercer sus obligaciones tributarias de formar correcta, algo que se incumple de manera flagrante con esta nueva norma.

D

#38 el problema es que es una desproporción brutal. Por una cuenta de 100 euros o de 1.000 o incluso de 5.000 euros te meten 5.000 euros de multa. Por una cuenta de 2.000.0000 , te meten también 5.000 euros de multa

Por un seguro dental te meten 5.000 euros de multa, mientras que por un seguro de vida de 30.000.000 de euros te meten 5.000 euros

NO es progresivo, lo que se busca es una medida SIN PRECEDENTES de presión a los españoles que hayan decidido tener cuentas en el extranjero.

angelitoMagno

#41 lo que se busca es una medida SIN PRECEDENTES de presión a los españoles que hayan decidido tener cuentas en el extranjero

Pues ya iba siendo hora.

D

#42 a "Españoles por el mundo" no a grandes fortunas

p

#42 Tener una cuenta en el extranjero no es ni fue un delito. Hai muchas personas que las tienen por motivos más que honrados, así como hay otras muchas que evidentemente las tienen con el objetivo de defraudar.
El problema es cuando normas complicadas de comprender como esta, con poca publicidad y demás pueden perjudicar a personas completamente honradas y que pagan como deben los diferentes tributos.
Desde luego, los que las tienen con intención de defraudar seguro que están más que enterados de las diferentes normativas fiscales y de como escaparse de las mismas.

c

#35 ¿Y ahora tú me aseguras que si emigras y mantienes el coche aquí para las vacaciones no eres un obligado tributario?
¿Qué pasa si heredas algo y ese año olvidas declarar tus cuentas de nuevo país?
Acláranos a todos la condición de "obligado tributario" y te podremos dar la razón.

Entre otros, son obligados tributarios:
j. Los sucesores.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.t2.html#a35

http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/coches/24439-impuesto-circulacion-vehiculos-ivtm-ya-no-es-obligatorio-en-trafico?limit=8&start=48

Impuesto Circulación vehículos IVTM
El obligado tributario es el titular del vehiculo a dia 1 de enero...

D

... ¿PAYPAL se considera "el extranjero"? Así, como una idea...

D

"b) En el caso de incumplimiento de la obligación de informar sobre títulos, activos, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada elemento patrimonial individualmente considerado según su clase, que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros."

O soy muy tonto, cosa que puede ser, o el texto está redactado con el culo, que también puede ser. No acabo de entender si la multa mínima son 10000 euros o se sancionará las operaciones superiores a 10000 euros no comunicadas. ¿Si sólo es "un dato" el no comunicado, o sea 5000 euros, también te clavan 10000? Los redactores de textos legales deberían ser enviados a galeras.

D

#18 5.000 euros si no comunicas

es muy fácil si tienes una cuenta que tengas un seguro o cualquier gilipollez. El texto del BOE es así...

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Joder, ahora no va a servir con irse de Hispanistán, va a haber que pedir la nacionalidad también...

ermieldas

Lo de siemrpe: Perseguir al pequeño defraudador mientras las grandes fortunas como Amancio Ortega se lo llevan en bandeja con SICAVS y demás chanchullos.

anxosan

Esa medida es para que la gente no salga de España, no sea que les de por comparar.

D

A los que ponen Erronea o sensacionalista les reto que con el BOE en la mano, digan donde esta el fallo o el sensacionalismo?

Con el BOE en la mano se puede multar de esa manera? a mi realmente me da igual lo declaro todo en España, pero este gobierno va a por todas me andaria con ojo...

D

Alguien puede ampliar info?

Konata_Izumi_II

El dinero bajo el colchón y la "recortá"

D

Habrá muchos 'zascas' #65 y muchos 'yo no lo sabia' y 'es injusto'

rafaLin

#67 Total, no es más que hacer un formulario al año, no es para tanto.

D

Es un tema discutido y va en contra de algunos conceptos jurídicos " Un ejemplo que se ha utilizado por quienes han comentado el anteproyecto de ley ilustraría de la desigualdad que se alcanza si se sanciona con la misma multa a un estudiante de Erasmus que no declare una cuenta bancaria que abrió en el país donde realice sus estudios y a un empresario que omite declarar una cuenta en el extranjero donde percibe comisiones importantes de sus negocios [vid. el Informe de la AEDAF, cit., p. 58. También vid. SÁNCHEZ PEDROCHE: “Primeras y preocupantes impresiones...”, cit.,
p. 114]."

Esto antes de que se desarrollara el reglamento, ahora dentro de unas semanas muchos se echaran las masno a la cabeza. Otros al bolsillo

rafaLin

A ver, hasta que no salga el reglamento que desarrolle la ley no hay nada claro, pero por lo que oigo esto está pensado para grandes defraudadores, habrá que declarar si tienes cuentas muy grandes (probablemente el mínimo sea un millón, igual que la declaración que hay que hacer al Banco de España).

En cualquier caso tampoco es tan grave, es hacer un papelito más al año... cualquiera que se preocupe un pelín por la diversificación de sus ahorros tendrá la mayor parte en el extranjero, y no los vas a traer a España por eso. Si trabajas en España y vives en España, es una temeridad tener también los ahorros en España, si pasa algo te quedas sin nada.

Pero lo dicho, hasta que no salga el reglamento con los detalles y los formularios para hacer la declaración, esto es papel mojado... eso puede tardar un mes, 15 o no salir nunca, no hay que preocuparse antes de tiempo.

D

#60 no sé de donde se saca lo de "grandes defraudadores" lo que esta claro es que (y no es la gente "normal") han sacado 300.000 millones en poco mas de un año

rafaLin

#61 Solo son rumores, hasta que no salga el reglamento no hay nada. La cifra del millón de euros la saqué de http://www.boe.es/boe/dias/2012/05/04/pdfs/BOE-A-2012-5920.pdf , pero eso es del Banco de España, igual en la AEAT hacen otra cosa... pero si tuviera que apostar, apostaría por esa cifra, pero no aceptaría menos de 10 a 1.

D

Es lo que hemos votado o consentido con nuestras abstenciones.

Mercromino

Que bomba de país España eh? Cada día que pasa la gente tiene que estar más contenta con los resultados en las elecciones. Pero aún mejor, volverán a votar la misma mierda, o directamente ni irán a votar y se quejarán desde la barra del bar tomándose la cañita de turno, como bien se vió el finde pasado en Galicia.

D

Yo también lo veo mal redactado.

¿Obligación de informar a quien y como? Se refiere al momento de hacer la declaración o a alguna información especial?

No quiero ni imaginarme el caos que se puede producir entre todos los españoles que están viviendo en el extranjero.

D

Con esto y la tasa tobin, sablearan a todo el mundo que se vaya de vacaciones o estudios . Mientras que los que operan con sociedades fantasmas o no, se iran de rosita.
Mas piedras encimas

r

Y como se compatibiliza esto con las amnistias fiscales y a los defreudadores?

p

Leyendo el BOE no me queda claro, a partir de cuando se aplica esta norma, a partir de hoy? a partir del 1 de enero de 2013? De que activos tienes que informar, de los que tenías en el 2012 pongamos por ejemplo en enero y ya no los tengas, a los que tengas a partir de hoy? No se si me pierdo algo, pero soy incapaz de encontrar mucha de la información.

tiopio

Está claro el motivo: CORRALITO a la vista.