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Los bienes culturales comunales bajo amenaza

Un bien comunal o procomún es aquel del que ninguna persona individual tiene un control exclusivo sobre el uso y la disposición de un recurso particular bajo el régimen de procomún. ¿Qué quiere decir esto? Pues que algunos bienes pertenecen a todos y que en su conjunto, con una comunidad de bienes que debe ser activamente protegida y gestionada.

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  1. #1   Solamente hay que ver la página de aviso legal del Museo del Prado, para comprobar que te están "levantando" la cultura por la cara y eso, a pesar de las disposiciones adicionales decimosexta y decimoséptima de la LISI:

    www.museodelprado.es/pie/aviso-legal/

    Disposición adicional decimosexta (nueva).

    Siempre que por su naturaleza no perjudique al normal funcionamiento de la Administración, ni afecte al interés público o al interés general, los contenidos digitales o digitalizados de que dispongan
    las Administraciones Públicas, cuyos derechos de propiedad intelectual le pertenezcan sin restricciones o sean de dominio público, serán puestos a disposición del público, en los términos legalmente establecidos, de forma telemática sin restricciones tecnológicas, para su uso consistente en el estudio, copia o redistribución, siempre que las obras utilizadas de acuerdo con lo anteriormente señalado citen al autor y se distribuyan en los mismos términos.

    Disposición adicional decimoséptima (nueva).
    Cesión de contenidos para la puesta a disposición de la sociedad. Las personas físicas o jurídicas podrán ceder sus derechos de explotación sobre obras para que una copia digitalizada de las mismas pueda ser puesta a disposición del público de forma telemática, sin restricciones tecnológicas o metodológicas, y libres para ser usado con cualquier propósito, estudiados, copiados, modificados y redistribuidos, siempre que las obras derivadas se distribuyan en los mismos términos.

    Esto es contrario a lo que dice la ONU y el artículo 44 de la Constitución Española, que el Ministerio de Cultura parece olvidar.
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    el 09-03-2010 13:42 UTC por kismet kismet
  2. #2   #1 las adaptaciones de música antigua también están a la orden del día. La SGAE sigue cobrando por poemas anónimos de los siglos XII a XV a los que, en los siglos sucesivos, se les fue poniendo música, también anónima.

    Pero como están en su catálogo y sólo lo cotejan ellos...
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    el 09-03-2010 13:58 UTC por endevido endevido
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