El funcionamiento anormal de la administración de Justicia es un supuesto previsto a efectos indemnizatorios en la Constitución. En su título VI, dedicado al poder judicial, la carta magna española contiene un precepto que dice: “Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la administración de justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la Ley”.
- Unos jueces del supremo dicen que los bancos han hecho mal una cosa y hay que hacerla bien.
- El miedo a las perdidas de hacerla bien, hacen bajar a los bancos en bolsa.
- Los jueces se acojonan y deciden que se queda la forma mala para que no pierdan los bancos.
- Ahora las perdidas en bolsa la pagará el estado, es decir, todos nosotros, incluídos los perjudicados por lo que los bancos hacían mal.
- Unos jueces del supremo dicen que los bancos han hecho mal una cosa y hay que hacerla bien.
- El miedo a las perdidas de hacerla bien, hacen bajar a los bancos en bolsa.
- Los jueces se acojonan y deciden que se queda la forma mala para que no pierdan los bancos.
- Ahora las perdidas en bolsa la pagará el estado, es decir, todos nosotros, incluídos los perjudicados por lo que los bancos hacían mal.
-Si de lo que se quejan es de la caída de las acciones, ¿qué más le da a la banca? Los afectados son los que especulan con sus acciones y no la banca en sí
-¿Cómo tienen el morro de pedir indemnización cuando las acciones subieron después de la decisión del supremo y han acabado ganando pasta?
las opciones de que las entidades financieras reclamen una indemnización por la actuación del Supremo es muy poco probable
Menuda no-noticia. Podrían pedir una indemnización, podrían manifestarse los ejecutivos de los bancos delante del Supremo, podrían denunciar a toda la Sala Tercera por prevaricación, podrían mandar sicarios contra los miembros de la sección que dictó la sentencia esa... Podrían hacer todas esas cosas, pero ni sería buena idea ni lo harán.
En concreto, para que prospere una demanda de error judicial (a menos que cambie completamente de criterio el TS, pero no creo que lleguen a ese extremo) es necesario que se haya producido un error que cause una lesión grave de algún derecho fundamental. Un cambio de criterio no supone de por sí un error judicial indemnizable.
Pero la probabilidad de que el presidente del Supremo organice un acto para corregir una sentencia de su propio tribunal y que en ese acto no solo se anule la retroacitividad de la sentencia, lo que todo el mundo se esperaba, sino que se le de la vuelta por completo ¿esa sí era muy alta?
#15 En verdad es un asunto con bastante trascendencia económica en el que el Tribunal Supremo ya había fijado una doctrina contraria a la que plasmó la Sección en su sentencia.
¿El motivo por el que se llevó al pleno es que el presidente de la Sala Tercera es un vendido? Puede ser. ¿El motivo por el que se fijó una doctrina favorable a los bancos es que el Tribunal Supremo sirve a ciertos intereses económicos? Puede ser. Pero ni la decisión de avocar al pleno ni la de fijar esa doctrina son totalmente irrazonables.
Si dijeran ahora que un cambio de doctrina es suficiente para justificar que ha ocurrido un error judicial indemnizable, el pifostio que montarían sería importante. Demasiado descarado, por muy vendidos que puedan estar.
Comentarios
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yorokobu.es#6 Qué cabrón!!
#10 casi una sandía nos cabe
#12 Sí, una sandía es lo que me has colao 😆
A ver si me entero...
- Unos jueces del supremo dicen que los bancos han hecho mal una cosa y hay que hacerla bien.
- El miedo a las perdidas de hacerla bien, hacen bajar a los bancos en bolsa.
- Los jueces se acojonan y deciden que se queda la forma mala para que no pierdan los bancos.
- Ahora las perdidas en bolsa la pagará el estado, es decir, todos nosotros, incluídos los perjudicados por lo que los bancos hacían mal.
Pues está quedando un país muy bonito...
La banca siempre gana... Después de ganar te vuelve a robar... Y luego vuelve a ganar.
Estado social y de derecho le llaman a esto en la Constitución.
Pues como diría Trump ¡que la paguen los del Supremo!
Vale, ya sé que la íbamos a pagar entre todos, pero por lo menos, dejadme el desahogo.
¿Todavía no ha llamado nadie a Lesmes para decirle que lo mejor para todos es que pida perdón y se vaya a su puta casa?
Joder, que dé un comunicado el Preparaó o algo!
Si claro, en la Constitución también pone algo de derecho a vivienda y trabajo digno y soberanía del pueblo español y luego ya tal...
Además de putas, aún les vamos a tener que hacer la cama...
#2 No creo que pase jamás porque ayer Sánchez le pidió a la banca "responsabilidad".
Y ante eso optarán por ser muy responsables en vez de embolsarse dinero.
Me parece bien, que la paguen los jueces.
Claro que sí, guapi. Y traductoras rumanas también, que paga la casa.
Si les dan una indemnización nos bajarán los intereses. Yo estoy con los banqueros, seres superiores sin los que la Tierra deja de girar.
¿Y eso quién lo decidirá?, ¿el Tribunal Subprime, no?
Lo que yo no entiendo son dos cosas:
-Si de lo que se quejan es de la caída de las acciones, ¿qué más le da a la banca? Los afectados son los que especulan con sus acciones y no la banca en sí
-¿Cómo tienen el morro de pedir indemnización cuando las acciones subieron después de la decisión del supremo y han acabado ganando pasta?
Claro que sí. Pero no lo harán porque el Gobierno al día siguiente les puede subir los impuestos.
las opciones de que las entidades financieras reclamen una indemnización por la actuación del Supremo es muy poco probable
Menuda no-noticia. Podrían pedir una indemnización, podrían manifestarse los ejecutivos de los bancos delante del Supremo, podrían denunciar a toda la Sala Tercera por prevaricación, podrían mandar sicarios contra los miembros de la sección que dictó la sentencia esa... Podrían hacer todas esas cosas, pero ni sería buena idea ni lo harán.
En concreto, para que prospere una demanda de error judicial (a menos que cambie completamente de criterio el TS, pero no creo que lleguen a ese extremo) es necesario que se haya producido un error que cause una lesión grave de algún derecho fundamental. Un cambio de criterio no supone de por sí un error judicial indemnizable.
#11 Visto así parece muy lógico.
Pero la probabilidad de que el presidente del Supremo organice un acto para corregir una sentencia de su propio tribunal y que en ese acto no solo se anule la retroacitividad de la sentencia, lo que todo el mundo se esperaba, sino que se le de la vuelta por completo ¿esa sí era muy alta?
#15 En verdad es un asunto con bastante trascendencia económica en el que el Tribunal Supremo ya había fijado una doctrina contraria a la que plasmó la Sección en su sentencia.
¿El motivo por el que se llevó al pleno es que el presidente de la Sala Tercera es un vendido? Puede ser. ¿El motivo por el que se fijó una doctrina favorable a los bancos es que el Tribunal Supremo sirve a ciertos intereses económicos? Puede ser. Pero ni la decisión de avocar al pleno ni la de fijar esa doctrina son totalmente irrazonables.
Si dijeran ahora que un cambio de doctrina es suficiente para justificar que ha ocurrido un error judicial indemnizable, el pifostio que montarían sería importante. Demasiado descarado, por muy vendidos que puedan estar.