Cuando se adquiere una casa el banco y el comprador formalizan una sociedad. La entidad financiera alquila el inmueble al comprador que se convierte en inquilino y, sin salirse de las reglas islámicas, reintegra la cantidad de acuerdo con el mercado local. Una vez se liquide la deuda en las condiciones acordadas, la sociedad creada entre el banco y el comprador se extingue. De producirse una pérdida, la casa sería subastada y los beneficios se repartirían entre ambas partes de la sociedad de acuerdo a su participación.
menéame
Lo único que cambia es que, al no poder pagar más, el propietario no se ve deshauciado a las semanas.
Artículo más denso: www.elreloj.com/article.php?id=20829
Descartado el asunto, AQUÍ no interesa a los banqueros.
#2 Es cuestión de un par de años.... o menos. Siempre seguimos los peores ejemplos y tenemos el mejor descontrol.