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Para la Sala de lo Penal "no puede considerarse que el Parlamento sea una alta institución de la nación española". Por lo tanto, entiende que el acoso del pasado 15 de junio no es un delito competencia de la Audiencia Nacional. Ha decidido que el bloqueo y el acoso de diputados del Parlament de Catalunya del pasado junio se juzguen a la Fiscalía Provincial de Barcelona, que es quien abrió la investigación.
menéame
No significa que no se juzgue.
Lo dicho, al final todo lo que no sea presentar una queja por triplicado estará considerado como subversivo.
En serio, no mezcles ácido con vodka.
Dejando de lado la chorrada de "quemar el Parlament", ¿indignados españoles? ¿qué pasa, no los (nos) consideras "catalanes"?
¿Y la cámara baja?
Del mismo modo, acontecimientos similares delante del Parlament de la Generalitat Valenciana, tampoco fueron investigados por la Audiencia Nacional, sino por el tribunal valenciano de rigor.
Y si pasara delante de la Asamblea de Madrid, tampoco sería responsabilidad de la AN, sería también responsabilidad local.
Vamos, me parece de lo más razonable.
¿Estarías más de acuerdo si hubiesen redactado "alta institucion de TODO el estado"? Porque entiendo que eso es lo que han intentado transmitir, con evidente poco éxito.
Si entonces no hubo condenas, ahora tampoco "no toca".
hemeroteca.lavanguardia.com/preview/1984/05/31/pagina-17/32835981/pdf.
www.elpais.com/articulo/espana/fiscalia/investigara/quema/foto/Rey/ban
Podemos concluir que en la escala de valores de la Audiencia Nacional y de las instituciones del estado, una foto del monarca está por encima de un parlamento autonómico.
Que vergüenza.
Seria deseable tambien investigar e identificar a los agentes que utilizaron material antidisturbios (porras metalicas) ilegal en nuestro pais, como asi parecia en las imagenes recogidas ese dia.
Asi como esclarecer los motivos por los cuales no se aseguro de forma efectiva la entrada al parlament propiciando el caos y creando situaciones de peligro del todo innecesarias tanto para los parlamentarios como para los manifestantes.
Tambien creo que seria imprescindible conocer si fue realmente necesaria la entrada del Sr. mas en helicoptero o si esta pudo efectuarse por otros medios, por alguna otra puerta que estuviese despejada (que la habia) y en tal caso a que intereses obedecio dicha maniobra.
La Audiencia Nacional no está por encima de los TSJ autonómicos. De hecho, independientemente de lo que ponga en algún papel que yo no conozca, está al mismo nivel: la siguiente instancia a la AN es la misma a la de un TSJ: en los dos casos, la siguiente es el Supremo. Si no estuvieran al mismo nivel, los recursos de un TSJ se tratarían en la AN.
E incluso, los TSJ en algunos casos son la última instancia, mientras que la AN no lo es en ningún caso (hablo de memoria, no me pidáis más detalles).
El fiscal, q se basa a la investigación relizada por los mossos, reprodujo el vídeo de dos de los acusados, de pie, parados sin hacer ningún gesto, ni siquiera estaban cerca del parlament. El abogado pregunta cual es el delito por el q les acusan con esta contundente prueba, y el fiscal y el juez se miran con cara de circunstancias ... y el juez decide q por ahora en libertad y ya veran mas adelante si con cargos (si los encuentran), así q prefiere pasar al siguiente caso q segun el fiscal es más grave y hay más pruebas, por lo q el juez suspira de alivio.
Entra el siguiente acusado y proceden a recocerlo en el vídeo en el q se le ve portando una cámara sacando fotos a cierta distancia de una diputada. El fiscal procede a leer la declaración de dicha diputada afirmando que se sintió intimidada y amenazada por el acusado, sobre todo porque portaba un objeto contundente. El abogado protesta sensiblemente irritado, el juez vuelve a mirar al fiscal con cara de circustancias (tierra trágame) y vuelve a decidir q en libertad y ya verán mas adelante si hay cargos o no hay cargos.
EL PUEBLO, es SOBERANO.
El parlamento y demás instituciónes són orgános elegidos, directa o indirectamente, por los ciudadanos para la protección y defensa de los mismos.
#6 ¿Qué son 'dinámicas antirepresivas perversas'?.