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Dado que la licencia de copyright no dice nada sobre los derechos exclusivos de puesta a disposición, sino únicamente de los de distribución, el hecho de poner una obra en un directorio o carpeta compartida no puede ser considerado una infracción al copyright: en ningún caso la acusación ha demostrado que tuvo lugar una transferencia de los archivos en cuestión iniciada por el denunciado, sino únicamente la presencia de los archivos en tales directorios o carpetas. “Poner a disposición” no es lo mismo que “distribuir”.
menéame